N° 103116/14 Aviso del Boletín Oficial
PUCARA SOLUCIONES S.A.
Texto del aviso
PUCARA SOLUCIONES S.A.
Por Escritura Nº 659 del 29.12.2014 del Re-
gistro Notarial 539 Cap Fed; 1) Gabriel Javier
Nuñez, 18/11/69, Empresario, DNI 20.782.987 y
Andrea Graciela Rojas, 26/01/69, comerciante,
DNI 20.633.218; ambos argentinos, casados y
domiciliados en la calle Del Chiripá 1160, Itu-
zaingó, Bs. As.; 2) 99 años; 3) Juramento 2059,
piso 3º Departamento 310 Cap. Fed. 4) INMO-
BILIARIA: mediante la compra, venta, permuta,
administración y/o arrendamiento, locación o
sublocación de bienes inmuebles, urbanos o
rurales, al contado o a plazos, con garantía o sin
ellas, subdivisiones, urbanizaciones y/o afecta-
ciones comprendidas en las leyes y reglamen-
taciones de Propiedad Horizontal, intermedia-
ción en operaciones de compraventa, alquiler,
permuta, fideicomisos inmobiliarios, leasing y
todo tipo de negocios jurídicos relacionados
con bienes inmuebles, ubicados en el país o en
el extranjero. CONSTRUCTORA: mediante la
construcción de inmuebles urbanos o rurales,
por cualquiera de los sistemas de propiedad
que permitan las leyes, planes de construcción
de viviendas, contratación de obras de ingenie-
ría y/o arquitectura de todo tipo. COMERCIA-
LIZACIÓN DE MATERIALES: Compra, venta,
importación, exportación, representación o
distribución de materias primas, productos
elaborados, mercaderías o accesorios, sean
o no de su propia elaboración, relacionados
con el rubro de la Construcción, Artículos de
Ferretería, de Ferretería Industrial y Limpieza en
general. 5) $ 100.000. 6) Presidente: Gabriel Ja-
vier Nuñez. Directora Suplente: Andrea Graciela
Rojas. Domicilio especial de los Directores: Ju-
ramento 2059, piso 3º Departamento 310 Cap.
Fed.; Directorio: Mínimo: 1, Máximo: 5; duración
3 ejercicios; sin sindicatura. 7) Representación
Legal: Presidente o Vice, en su caso. 8) 30/11.
Segunda
Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 659 de fecha 29/12/2014 Reg. Nº 539.
VERONICA MAGALY MACIERI
Matrícula: 5179 C.E.C.B.A.
e. 02/01/2015 Nº 103116/14 v. 02/01/2015