N° 102633/14 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 10
SECRETARÍA Nº 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo
Chomer, secretaría Nº 19, a cargo del Suscripto,
sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por
cinco días que con fecha 11/12/14 se ha decreta-
do la quiebra de SIP S.A. s/QUIEBRA, en la cual
ha sido designado síndico el contador Norberto
Rubén Moline con domicilio constituido en Av.
Rivadavia 2530 2do cuerpo piso 1º “8” Cap. Fed.,
ante quien los acreedores deberán presentar las
peticiones de verificación y los títulos pertinentes
justificativos de sus créditos hasta el día 18.3.15
(L.C: 32) en el horario de 12 a 18 hs. El informe
individual del síndico deberá presentarse el día
5/5/15, y el general el día 17/6/15 (art. 35 y 39 de
la citada ley). Intímese al fallido y a terceros para
que pongan a disposición del síndico la totalidad
de los bienes del deudor en la forma que sea
más apta para que el funcionario concursal tome
inmediata y segura posesión de los mismos. A
los efectos de la realización de bienes déjese
constancia que no se realizarán más citaciones
que la edictal y que se procederá a la venta en
los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el
patrimonio con inmediata distribución de los
fondos entre los acreedores verificados, sin per-
juicio de las reservas para los insinuados. Decré-
tase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de
sus integrantes por el plazo de un año contado
desde la fecha de la presente (art. 234 a 238 de
la ley 24.522). Intimese a la fallida a que dentro de
24 hs. entregue los libros de comercio y demás
documentos relacionados con su contabilidad al
síndico. Intímese al fallido para que en el plazo
de cinco días cumpla con los requisitos del art.
11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86). Pro-
híbase a los terceros hacer pagos al fallido, los
que serán ineficaces. Intímese al fallido para que
dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta
jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por
constituido en los términos de los ars. 41 y 133
del CPCCN.
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2014.
Leandro Sciotti, secretario.
e. 02/01/2015 Nº 102633/14 v. 08/01/2015