N° 1845/15 Aviso del Boletín Oficial
ADELC S.R.L.
Texto del aviso
ADELC S.R.L.
Por escritura del 22/12/2014: 1) Alfredo Fer-
nando DEL CORRO y Jorge Alberto POZZO
renunciaron a los cargos de gerentes; 2) se
designaron como gerentes a Sebastián Ro-
drigo DAUD, argentino, nacido el 16/02/1978,
soltero, DNI 26.281.003, comerciante, con
domicilio real y especial en José A. Cabrera
3451 piso sexto, departamento C de CABA
y a Juan Benito BICHI, argentino, nacido el
28/04/1977, divorciado, DNI 25.865.113, em-
pleado, con domicilio real y especial en Ola-
varría 1045 de CABA, 3) se decidió trasladar
la sede social ubicada en la Av. Congreso
número 2294, piso primero, departamento
“7” de CABA a la Av. Juan B. Justo número
1477 de CABA y 4) se reformó la cláusula
quinta del contrato social quedando redac-
tada así: QUINTA: La administración, repre-
sentación legal y uso de la firma social esta-
rá a cargo de uno o más gerentes, socios o
no, en forma indistinta, por todo el tiempo de
duración de la sociedad.- Representará/n a
la sociedad en todas las actividades y nego-
cios que corresponden al objeto de la mis-
ma, sin limitación de facultades en la medida
que los actos tiendan al cumplimiento de los
fines sociales.- Los gerentes tienen todas las
facultades para administrar y disponer de los
bienes, inclusive aquellos para los cuales la
ley requiere poderes especiales conforme
los artículos 1881 del Código Civil y 9 del
decreto Ley 5965/63.- Podrán especialmente
operar con toda clase de bancos, compañías
financieras o entidades crediticias oficiales
o privadas; dar y revocar poderes especiales
y generales, judiciales, de administración u
otros.- Los gerentes deberán constituir una
garantía por un monto no inferior a la suma
que establezcan las disposiciones legales
vigentes, por cada uno, debiendo consti-
tuirse dicha garantía en las condiciones y
formas previstas por el ordenamiento legal
y reglamentario vigente.- Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 70 de fecha
22/12/2014 Reg. Nº 1141.
MARIA LAURA DEL GIUDICE
Matrícula: 4739 C.E.C.B.A.
e. 14/01/2015 Nº 1845/15 v. 14/01/2015