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N° 1517/15 Aviso del Boletín Oficial

FATE S.A. INDUSTRIAL, COMERCIAL

miércoles, 14 de enero de 2015

Texto del aviso

FATE S.A. INDUSTRIAL, COMERCIAL

E INMOBILIARIA

Se comunica que por disposición de la Asam-

blea General Ordinaria y Extraordinaria iniciada

el 28 de noviembre de 2014 y que por su pase

a cuarto intermedio concluyó de sesionar el 17

de diciembre de 2014, se decidió: (i) aumentar

el capital social a $ 478.409.616.-; (ii) Emitir

$ 239.204.808 acciones ordinarias nominativas

no endosables y de valor nominal $ 1.- por ac-

ción con derecho a voto, de iguales caracterís-

ticas a las actualmente en circulación. (iii) Emitir

todas las acciones como ordinarias, nominati-

vas no endosables. (iv) Su puesta a disposición

se efectúe a favor de los accionistas en pro-

porción a sus respectivas tenencias, en pago

del dividendo en acciones de $ 239.204.808

aprobado al tratarse el punto cuarto de esta

Asamblea, en la fecha que determine el Direc-

torio una vez concluidos los trámites de rigor

ante los organismos de contralor. Asimismo,

la mencionada Asamblea resolvió reformar el

artículo 4º del Estatuto Social, el que quedó

redactado de la siguiente forma: “Artículo 4º.

El capital social se fija en pesos cuatrocientos

setenta y ocho millones cuatrocientos nueve mil

seiscientos dieciséis ($ 478.409.616.-) represen-

tado por cuatrocientas setenta y ocho millones

cuatrocientas nueve mil seiscientas dieciséis

acciones de un peso ($ 1.-) valor nominal, cada

una. El capital social podrá ser elevado por

resolución de Asamblea hasta el quíntuplo me-

diante la emisión de acciones ordinarias de cin-

co votos o de un voto o de acciones preferidas,

dividiéndolo en series o no. El capital social se

dividirá en las siguientes categorías o grupos

de acciones ordinarias: Categoría “A” y “B”.

Dentro del capital social las emisiones de ac-

ciones de las distintas categorías mencionadas

deberán efectuarse manteniendo las siguientes

proporciones: Categoría “A”: 51% y Categoría

“B”: 49%. En todos los casos que se resuelva la

emisión de acciones ordinarias, deberán emitir-

se conjuntamente y en la proporción preceden-

temente indicada, acciones de las categorías

“A” y “B”. Las acciones y los certificados pro-

visorios que en su caso se emitan contendrán

las menciones del artículo 211 de la ley 19.550

y llevarán la firma autógrafa del Presidente o del

Vicepresidente y las de un Director y un Síndi-

co, pudiendo ser reemplazadas por impresión

con las formalidades previstas en el artículo

212 de dicha ley. Toda integración de capital

podrá hacerse en una de las formas siguientes

o bien combinando dos o más de ellas, a sa-

ber: a) Capitalizando reservas aprobadas por

Asamblea General, excluida la reserva legal; b)

Capitalizando los beneficios del ejercicio apro-

bado por Asamblea General; c) Capitalizando el

excedente del valor que puedan tener los bie-

nes de la sociedad sobre el valor establecido

en el último inventario y Balance General cuyo

excedente se demostrará mediante las revalua-

ciones practicadas en la forma que establezca

Sección

BOLETIN

la autoridad competente; d) Apelando al aporte

de nuevos capitales por emisión de acciones

a integrar en dinero efectivo; e) Por conversión

de debentures que se hubiesen emitido o de

cualquier otro pasivo a cargo de la sociedad;

f) Emitiendo acciones liberadas en pago de

bienes u otros valores o derechos que adquiera

la sociedad siempre que los precitados valores

incorporados como parte integrante del activo

social representen un valor equivalente al de

las acciones así integradas”. Designado según

instrumento privado acta de directorio de fecha

28/11/2013.

PRESIDENTE - ALBERTO

EDUARDO MARTINEZ COSTA

e. 14/01/2015 Nº 1517/15 v. 14/01/2015