N° 1517/15 Aviso del Boletín Oficial
FATE S.A. INDUSTRIAL, COMERCIAL
Texto del aviso
FATE S.A. INDUSTRIAL, COMERCIAL
E INMOBILIARIA
Se comunica que por disposición de la Asam-
blea General Ordinaria y Extraordinaria iniciada
el 28 de noviembre de 2014 y que por su pase
a cuarto intermedio concluyó de sesionar el 17
de diciembre de 2014, se decidió: (i) aumentar
el capital social a $ 478.409.616.-; (ii) Emitir
$ 239.204.808 acciones ordinarias nominativas
no endosables y de valor nominal $ 1.- por ac-
ción con derecho a voto, de iguales caracterís-
ticas a las actualmente en circulación. (iii) Emitir
todas las acciones como ordinarias, nominati-
vas no endosables. (iv) Su puesta a disposición
se efectúe a favor de los accionistas en pro-
porción a sus respectivas tenencias, en pago
del dividendo en acciones de $ 239.204.808
aprobado al tratarse el punto cuarto de esta
Asamblea, en la fecha que determine el Direc-
torio una vez concluidos los trámites de rigor
ante los organismos de contralor. Asimismo,
la mencionada Asamblea resolvió reformar el
artículo 4º del Estatuto Social, el que quedó
redactado de la siguiente forma: “Artículo 4º.
El capital social se fija en pesos cuatrocientos
setenta y ocho millones cuatrocientos nueve mil
seiscientos dieciséis ($ 478.409.616.-) represen-
tado por cuatrocientas setenta y ocho millones
cuatrocientas nueve mil seiscientas dieciséis
acciones de un peso ($ 1.-) valor nominal, cada
una. El capital social podrá ser elevado por
resolución de Asamblea hasta el quíntuplo me-
diante la emisión de acciones ordinarias de cin-
co votos o de un voto o de acciones preferidas,
dividiéndolo en series o no. El capital social se
dividirá en las siguientes categorías o grupos
de acciones ordinarias: Categoría “A” y “B”.
Dentro del capital social las emisiones de ac-
ciones de las distintas categorías mencionadas
deberán efectuarse manteniendo las siguientes
proporciones: Categoría “A”: 51% y Categoría
“B”: 49%. En todos los casos que se resuelva la
emisión de acciones ordinarias, deberán emitir-
se conjuntamente y en la proporción preceden-
temente indicada, acciones de las categorías
“A” y “B”. Las acciones y los certificados pro-
visorios que en su caso se emitan contendrán
las menciones del artículo 211 de la ley 19.550
y llevarán la firma autógrafa del Presidente o del
Vicepresidente y las de un Director y un Síndi-
co, pudiendo ser reemplazadas por impresión
con las formalidades previstas en el artículo
212 de dicha ley. Toda integración de capital
podrá hacerse en una de las formas siguientes
o bien combinando dos o más de ellas, a sa-
ber: a) Capitalizando reservas aprobadas por
Asamblea General, excluida la reserva legal; b)
Capitalizando los beneficios del ejercicio apro-
bado por Asamblea General; c) Capitalizando el
excedente del valor que puedan tener los bie-
nes de la sociedad sobre el valor establecido
en el último inventario y Balance General cuyo
excedente se demostrará mediante las revalua-
ciones practicadas en la forma que establezca
Sección
BOLETIN
la autoridad competente; d) Apelando al aporte
de nuevos capitales por emisión de acciones
a integrar en dinero efectivo; e) Por conversión
de debentures que se hubiesen emitido o de
cualquier otro pasivo a cargo de la sociedad;
f) Emitiendo acciones liberadas en pago de
bienes u otros valores o derechos que adquiera
la sociedad siempre que los precitados valores
incorporados como parte integrante del activo
social representen un valor equivalente al de
las acciones así integradas”. Designado según
instrumento privado acta de directorio de fecha
28/11/2013.
PRESIDENTE - ALBERTO
EDUARDO MARTINEZ COSTA
e. 14/01/2015 Nº 1517/15 v. 14/01/2015