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N° 3345/15 Aviso del Boletín Oficial

EDIFICIO RIO DE LA PLATA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 16 de enero de 2015

Texto del aviso

EDIFICIO RIO DE LA PLATA S.A.

Escritura 97, Folio 474, 22.12.2014, Registro

348 Cap. Fed. 2) “EDIFICIO RIO DE LA PLATA

S.A” 3) Por Acta de Asamblea 26.11.2014 se

resolvió aumentar el capital social de la suma

de $ 800.000, a la suma de $ 6.414.200, con

reforma de Esta-tuto, con el aporte del in-

mueble sito en Av. Del Libertador 550, Vicente

López, Provincia de Buenos Aires valuado en

$ 614.200 y la capitalización de los créditos por

$ 5.000.000 se emiten 5.614.200 acciones de

valor nominal $ 1.- cada una, ordinarias nomi-

nativas no endosables, con derecho a un voto

x acción integradas por los accionistas de la

siguiente manera: el señor Elzo Neri Etchevers

la suma de $ 1.871.400, “Martillé S.A.”, la suma

de $ 1.871.400, el señor César Antonio López

$ 935.700, y “Bienes Raíces Baires S.A.”, la

suma de $ 935.700, reformar el artículo cuarto

del estatuto social el cual quedó redactado en

los siguientes términos: “ARTICULO CUARTO:

El capital social asciende a la suma de PESOS

SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE

MIL DOSCIENTOS ($ 6.414.200) representado

por SEIS MI-LLONES CUATROCIENTOS CA-

TORCE MIL DOSCIENTAS acciones ordinarias

nominativas no endosables de PESOS UNO

($ 1) valor nominal cada una, con derecho a un

voto por acción. El capital puede ser aumenta-

do por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta

el quíntuplo de su monto conforme a lo previsto

en el artículo 188 de la Ley 19.550, texto orde-

nado por Decreto número 841/84, debiendo

dicha decisión ser elevada a escritura pública,

oportunidad en que se abonará el impuesto

fiscal en caso que resultare exigible.” Faculta-

da Escritura 97 22/12/2014 Folio 474 Registro

348 Cap. Fed. Matrícula 5216.- Autorizado se-

gún instrumento público Esc. Nº 97 de fecha

22/12/2014 Reg. Nº 348.

PAMELA MARÍA LAURA IRIBARREN

Matrícula: 5216 C.E.C.B.A.

e. 16/01/2015 Nº 3345/15 v. 16/01/2015