N° 3108/15 Aviso del Boletín Oficial
BIRAI EMPRENDIMIENTOS S.A.
Texto del aviso
BIRAI EMPRENDIMIENTOS S.A.
Noemí Filomena CIOLLARO, argenti-
na, 22/02/1950, periodista, casada, DNI
6.363.820; y Lucila Victoria GROSSMAN, ar-
gentina, 16/02/1993, soltera, estudiante, DNI
37.340.261, domiciliadas en Blanco Encalada
3354, CABA; 1. BIRAI EMPRENDIMIENTOS
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini
Secretario
DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
2015
33.052
S.A. 2. 99 años. 3. Dedicarse por cuenta pro-
pia, de terceros y/o asociada a terceros, a a)
INMOBILIARIA: la compraventa de inmuebles,
urbanos y rurales, incluso bajo el régimen de
la ley de propiedad horizontal, la realización
de tareas de intermediación, la celebración
de contratos de locación, la administración de
inmuebles propios o de terceros, incluso de
consorcios de propietarios, la compraventa,
administración y/o urbanización de loteos y la
realización de fraccionamientos de cualquier
índole, la ejecución de desarrollos inmobilia-
rios de cualquier índole, mediante las figuras
admitidas por la legislación argentina, incluso
el fideicomiso, el leasing, el aporte de capital
a sociedades por constituir o constituidas, la
construcción y/o reparación de obras civiles,
edificios, consorcios; y b) CONSTRUCTORA:
la edificación, construcción, remodelación de
obras en terrenos propios o de terceros, la ce-
lebración de contratos de locación de obras,
la ejecución y realización de planes urbanísti-
cos y todo lo relacionado con la construcción,
dichas actividades que así lo requieran serán
llevadas a cabo por profesionales con título
habilitante en la materia. 4. Capital: $ 100.000.
5. Cierre de ejercicio: 31/12. 6. Sede: Melian
3547 segundo “E” caba. 7. Presidente: Noemí
Filomena CIOLLARO. Director Suplente: Lu-
cila Victoria GROSSMAN, domicilio especial
en sede social. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 429 de fecha 30/12/2014 Reg.
Nº 475.
NATALIA KUPERVASER
Tº: 118 Fº: 97 C.P.A.C.F.
e. 19/01/2015 Nº 3108/15 v. 19/01/2015