N° 3351/15 Aviso del Boletín Oficial
CENTRALAB S.A.
Texto del aviso
CENTRALAB S.A.
Por Acta de Asamblea Nº 37 de fecha
08/09/2014 se resolvió la modificación del obje-
to social y, en consecuencia la modificación del
artículo Tercero del contrato social como sigue:
“ARTICULO TERCERO: OBJETO. La sociedad
tiene por objeto realizar por cuenta propia, de
terceros o asociada a terceros, las siguientes
actividades: a) Servicios: La realización de
análisis clínicos ya sean químicos, físicos, bio-
lógicos, parasitológicos, inmunológicos, bac-
teriológicos, toxicológicos y de cualquier otra
naturaleza y el procesamiento de los mismos en
forma mayorista o minorista. La prestación de
servicios de consultoría mediante la organiza-
ción y asesoramiento industrial, administrativo,
comercial, financiero, técnico, de informática
y computación. Cuando así lo exijan las res-
pectivas reglamentaciones, los servicios serán
prestados por profesionales de la matrícula
respectiva; b) Organización, administración,
gerenciamiento y comercialización de servicios
de salud, médicos asistenciales en todas sus
especialidades y en sus tres niveles prestacio-
nales, de obras sociales y empresas de medi-
cina prepaga, organismos públicos y privados,
personas físicas y jurídicas. c) Prestación de
servicios de urgencias, emergencias sin inter-
nación en materia de salud, pre-hospitalarias,
atención médica, domiciliaria y traslados sani-
tarios de alta y baja complejidad, atención en
consultorios médicos; c) Organización, admi-
nistración, gerenciamiento y comercialización
de servicios de medicina del trabajo; d) Co-
merciales: La compra, venta, comercialización
y distribución de productos relacionados con
la salud humana, el intercambio internacional
de bienes y servicios vinculados con la salud
humana y mediante su importación y/o exporta-
ción y toda otra actividad de compra, venta, co-
mercialización y distribución de productos rela-
cionados con la salud humana, el intercambio
internacional de bienes y servicios vinculados
con la salud humana y mediante su importación
y/o exportación y toda otra actividad de com-
pra, venta, almacenaje, distribución, transpor-
te, ejercicio de representaciones nacionales o
extranjeras, mandatos, comisiones y cualquier
otra vinculada directa o indirectamente con las
actividades reseñadas. Para el cumplimiento
de los objetos indicados la sociedad tiene ple-
na capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer todos los actos
que no sean prohibidos por las leyes o por
este estatuto”. Asimismo, se resolvió ampliar el
el plazo de duración de las autoridades, y en
consecuencia la modificación del artículo Oc-
tavo del contrato social como sigue. ARTICULO
OCTAVO: “La administración y representación
de la Sociedad estará a cargo del Directorio
integrado por el número de miembros que fije la
asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo
de siete miembros con mandato por tres ejer-
Segunda
cicios. La Asamblea puede designar de uno a
tres directores suplentes y por el mismo plazo
que los titulares, a fin de llenar las vacantes
que se produjeran en el orden de su elección.
Mientras la sociedad prescinda de sindicatura
en los términos del artículo número 284 de la
ley 19.550 la elección por la Asamblea de uno o
más directores suplentes será obligatoria. Los
directores en su primera sesión deben designar
un PRESIDENTE y un VICEPRESIDENTE. El Di-
rectorio funciona con la presencia de la mayoría
absoluta de todos sus miembros y resuelve por
mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la
remuneración del Directorio.” Se hace necesa-
rio adaptar el Artículo Noveno, que se refiere a
la garantía de los Directores a las exigencias de
la Resolución 7/2005 de la Inspección General
de Justicia, para lo cual mociona el siguiente
texto: ARTICULO NOVENO: “Los directores
darán en garantía del buen desempeño de su
mandato la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000)
cada uno. Los señores directores podrán cons-
tituir dicha garantía a través de la entrega de
bonos, certificados de depósito en moneda
nacional o extranjera en entidades financieras o
cajas de valores a la orden de la sociedad, fian-
zas o avales bancarios, seguros de caución o
de responsabilidad civil a favor de la sociedad.
La garantía deberá mantener su exigibilidad
hasta el cumplimiento de un plazo no inferior a
los tres (3) años que se deberán contar desde
el cese en sus funciones del respectivo director
que se trate y en la medida en que se haya apro-
bado su gestión”. Finalmente se designaron
autoridades por el plazo de tres ejercicios, que-
dando como PRESIDENTE: Adrián Laplacette
DNI12.264.195, como VICEPRESIDENTE: Adol-
fo Patricio Herrmann DNI 11.478.608. DIREC-
TORES TITULARES: Pablo Javier Menéndez
DNI 20.385.500 y Raúl Federico Laplacette DNI
11.266.147. Y como DIRECTORES SUPLENTES:
Ramona Antonia Graziani DNI 6.162.019 y Mar-
tha Auora Travaglini DNI 9.980.943. Todos ellos
aceptan sus cargos y constituyen domicilio
especial, a los efectos del artículo 256 “in fine”
de la Ley 19.550, en Niceto Vega 5651 CABA.
Autorizado según instrumento privado Acta de
Asamblea Nº 37 de fecha 08/09/2014.
EDUARDO DANIEL CARLETTI
Tº: 101 Fº: 202 C.P.A.C.F.
e. 20/01/2015 Nº 3351/15 v. 20/01/2015