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N° 5564/15 Aviso del Boletín Oficial

MARKETDYNAMO S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 30 de enero de 2015

Texto del aviso

MARKETDYNAMO S.R.L.

Por instrumento privado del 27/01/2015 se

constituyó la sociedad. 1) Socios. a) Juan Clau-

dio Marcelo Darín, argentino, casado, nacido el

17/10/1974, contador público, DNI 24.235.270,

CUIT 20-24235270-0, con domicilio real en

Aristóbulo del Valle 528, Martínez, Provincia

de Buenos Aires; y b) Fernando Daniel Alvaro,

argentino, casado, nacido el 28/05/1973, li-

cenciado en comercialización, DNI 23.416.129,

CUIT 20-23416129-7, con domicilio real en

Santa María de las Conchas 3280, Barrio El

Atardecer, Lote 30, Tigre, Provincia de Buenos

5 OFICIAL Nº 33.061

Aires; 2) Plazo. 99 años desde su inscripción. 3)

Objeto: realizar por si, por terceros o asociada

a terceros, las siguientes actividades: servicios

de consultoría en negocios y marketing; desa-

rrollo y ejecución de campañas de promoción

y marketing de productos y servicios, servicios

de formación y capacitación para empresas y

organización de eventos empresariales relacio-

nados a su actividad. La sociedad podrá reali-

zar todas las actividades, actos y operaciones

que tengan vinculación con las enunciadas,

teniendo plena capacidad para adquirir dere-

chos, contraer obligaciones, participar en otras

sociedades y llevar a cabo todos los actos ju-

rídicos no prohibidos por las leyes aplicables.

Cuando el desarrollo del objeto social así lo

requiera la sociedad contratará a profesionales

con título habilitante. 4) Capital. $ 40.000. 5)

Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre. 6) Geren-

tes: Juan Claudio Marcelo Darín y Fernando Da-

niel Alvaro como gerentes titulares, ambos con

domicilio especial en la sede social. 7) Domici-

lio: CABA. 8) Sede social: Juana Manso 1181,

Piso 7º Departamento 703, CABA. Autorizado

según instrumento privado contrato social de

fecha 27/01/2015.

MARÍA SOFIA PERES

Tº: 69 Fº: 314 C.P.A.C.F.

e. 30/01/2015 Nº 5564/15 v. 30/01/2015