N° 6104/15 Aviso del Boletín Oficial
INTERCREDITOS COOPERATIVA DE VIVIENDA
Texto del aviso
INTERCREDITOS COOPERATIVA DE VIVIENDA,
CREDITO Y CONSUMO LIMITADA
CONVOCATORIA
En cumplimiento con las disposiciones legales,
estatutarias y reglamentarias pertinentes, el
Consejo de Administración de “INTERCREDI-
TOS Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consu-
mo Limitada” en su reunión de fecha 28 de Enero
de 2015 ha resuelto convocar a sus asociados
a las Asambleas electorales de Distrito que se
llevaran a cabo el día 23 de Febrero de 2015 a
las 9 horas, en los siguientes lugares: DISTRITO
CENTRO: Reconquista 656 3 B, de la Ciudad de
Buenos Aires, DISTRITO NORTE: San Lorenzo
516, San Miguel de Tucumán, Tucumán; DISTRI-
TO CUYO: Balcarce 200, San Martín, Mendoza;
DISTRITO PATAGONIA: Álvaro Barros 432, Vied-
ma, Río Negro, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
1°) Designación por Asamblea de dos asociados
que revestirán el carácter de presidente y secre-
tario de la asamblea, y serán los encargados de
firmar el acta.
2°) Elección de delegados titulares y suplentes
para constituir la Asamblea General Ordinaria de
acuerdo al siguiente detalle:
DISTRITO CENTRO: 8 delegados titulares y 8
delegados suplentes;
DISTRITO NORTE: 2 delegados titulares y 2 de-
legados suplentes;
DISTRITO CUYO: 2 delegados titulares y 2 dele-
gados suplentes y
DISTRITO PATAGONIA: 1 delegado titular y 1
delegado suplente.
DEL REGLAMENTO DE ASAMBLEAS ELECTO-
RALES DE DISTRITO:
ARTICULO 2º: Se considerarán distritos electo-
rales independientes 4 (cuatro) distritos. El Distri-
to Centro estará integrado por las Provincias de
Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Santa Fe y
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Distrito
Norte estará integrado por las provincias de Tu-
cumán, Salta, Catamarca, Santiago del Estero,
Jujuy, Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones; el
Distrito Cuyo estará integrado por las provincias
de Mendoza, San Luis, La Rioja y San Juan; y por
último el Distrito Patagonia estará integrado por
las provincias de Río Negro, La Pampa, Chubut,
Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Cada
Distrito tendrá una cantidad de delegados equi-
valentes a un delegado cada tres mil asociados
o fracción superior a mil quinientos.
ARTICULO 5º: Al acto eleccionario serán con-
vocados los asociados con derecho a voto
pertenecientes al distrito y tendrán por finalidad
la elección de los Delegados Distritales. Las
elecciones se llevarán a cabo por el sistema de
lista completa al vencimiento de los respectivos
mandatos.
ARTICULO 7º: La convocatoria a asamblea de
distrito para la elección de delegados distritales
será publicada por dos días en un matutino de
mayor circulación del distrito que se tratare o
en el Boletín Oficial, con 20 (veinte) días corri-
dos de antelación a la celebración de la misma
como mínimo y dando cumplimiento a las demás
normas reglamentarias que dicte la autoridad de
aplicación. La Asamblea Electoral de Distrito se
celebrará en el lugar que se fije en la convoca-
toria, el que deberá estar ubicado dentro de la
jurisdicción del distrito electoral designado en
el artículo 2. Se realizara a la hora fijada en la
convocatoria si se hubieran reunido la mitad más
uno de los asociados correspondientes al distri-
to. De no lograrse quórum en esa oportunidad
serán válidas las Asambleas que se celebren
una hora después, cualquiera sea el número de
asistentes.
ARTICULO 18º: En el supuesto que se presen-
tare una lista única oficializada conforme las
previsiones establecidas en este reglamento y/o
una sola lista resultare oficializada, sus candida-
tos serán proclamados directamente en el acto
eleccionario como delegados distritales por el
distrito electoral que se tratare.
Miércoles 4 de febrero de 2015
Designado según instrumento privado Acta de
Asamblea Ordinaria Nº 31 de fecha 22/03/2013.
PRESIDENTE - JUAN PABLO FICHERA
e. 03/02/2015 Nº 6104/15 v. 04/02/2015