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N° 6104/15 Aviso del Boletín Oficial

INTERCREDITOS COOPERATIVA DE VIVIENDA

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS miércoles, 4 de febrero de 2015

Texto del aviso

INTERCREDITOS COOPERATIVA DE VIVIENDA,

CREDITO Y CONSUMO LIMITADA

CONVOCATORIA

En cumplimiento con las disposiciones legales,

estatutarias y reglamentarias pertinentes, el

Consejo de Administración de “INTERCREDI-

TOS Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consu-

mo Limitada” en su reunión de fecha 28 de Enero

de 2015 ha resuelto convocar a sus asociados

a las Asambleas electorales de Distrito que se

llevaran a cabo el día 23 de Febrero de 2015 a

las 9 horas, en los siguientes lugares: DISTRITO

CENTRO: Reconquista 656 3 B, de la Ciudad de

Buenos Aires, DISTRITO NORTE: San Lorenzo

516, San Miguel de Tucumán, Tucumán; DISTRI-

TO CUYO: Balcarce 200, San Martín, Mendoza;

DISTRITO PATAGONIA: Álvaro Barros 432, Vied-

ma, Río Negro, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA:

1°) Designación por Asamblea de dos asociados

que revestirán el carácter de presidente y secre-

tario de la asamblea, y serán los encargados de

firmar el acta.

2°) Elección de delegados titulares y suplentes

para constituir la Asamblea General Ordinaria de

acuerdo al siguiente detalle:

DISTRITO CENTRO: 8 delegados titulares y 8

delegados suplentes;

DISTRITO NORTE: 2 delegados titulares y 2 de-

legados suplentes;

DISTRITO CUYO: 2 delegados titulares y 2 dele-

gados suplentes y

DISTRITO PATAGONIA: 1 delegado titular y 1

delegado suplente.

DEL REGLAMENTO DE ASAMBLEAS ELECTO-

RALES DE DISTRITO:

ARTICULO 2º: Se considerarán distritos electo-

rales independientes 4 (cuatro) distritos. El Distri-

to Centro estará integrado por las Provincias de

Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Santa Fe y

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Distrito

Norte estará integrado por las provincias de Tu-

cumán, Salta, Catamarca, Santiago del Estero,

Jujuy, Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones; el

Distrito Cuyo estará integrado por las provincias

de Mendoza, San Luis, La Rioja y San Juan; y por

último el Distrito Patagonia estará integrado por

las provincias de Río Negro, La Pampa, Chubut,

Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Cada

Distrito tendrá una cantidad de delegados equi-

valentes a un delegado cada tres mil asociados

o fracción superior a mil quinientos.

ARTICULO 5º: Al acto eleccionario serán con-

vocados los asociados con derecho a voto

pertenecientes al distrito y tendrán por finalidad

la elección de los Delegados Distritales. Las

elecciones se llevarán a cabo por el sistema de

lista completa al vencimiento de los respectivos

mandatos.

ARTICULO 7º: La convocatoria a asamblea de

distrito para la elección de delegados distritales

será publicada por dos días en un matutino de

mayor circulación del distrito que se tratare o

en el Boletín Oficial, con 20 (veinte) días corri-

dos de antelación a la celebración de la misma

como mínimo y dando cumplimiento a las demás

normas reglamentarias que dicte la autoridad de

aplicación. La Asamblea Electoral de Distrito se

celebrará en el lugar que se fije en la convoca-

toria, el que deberá estar ubicado dentro de la

jurisdicción del distrito electoral designado en

el artículo 2. Se realizara a la hora fijada en la

convocatoria si se hubieran reunido la mitad más

uno de los asociados correspondientes al distri-

to. De no lograrse quórum en esa oportunidad

serán válidas las Asambleas que se celebren

una hora después, cualquiera sea el número de

asistentes.

ARTICULO 18º: En el supuesto que se presen-

tare una lista única oficializada conforme las

previsiones establecidas en este reglamento y/o

una sola lista resultare oficializada, sus candida-

tos serán proclamados directamente en el acto

eleccionario como delegados distritales por el

distrito electoral que se tratare.

Miércoles 4 de febrero de 2015

Designado según instrumento privado Acta de

Asamblea Ordinaria Nº 31 de fecha 22/03/2013.

PRESIDENTE - JUAN PABLO FICHERA

e. 03/02/2015 Nº 6104/15 v. 04/02/2015