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N° 8364/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 11

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 12 de febrero de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 11

SECRETARÍA N° 21

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 11, Secretaría Nº 21 a mi cargo,

sito en Av. Callao 635 5er Piso, C.A.B.A., comu-

nica por dos días en los autos “ILUSUD S.A. s/

QUIEBRA s/INCIDENTE DE VENTA AUTOMO-

TOR” Expte. Nº COM 49153/2002/1 (104788/12),

que el martillero Martín Saráchaga rematará, en

Jean Jaurés 545, C.A.B.A., el día 20 de febrero

de 2015 a las 11:40, el automotor marca Renault,

modelo AB-9RL, dominio XKZ617. El mismo se

encuentra en buen estado de conservación con

dos pequeñas oxidaciones en el guardabarros

delantero izquierdo y las cubiertas algo desin-

fladas. En algún momento pudo ser puesto en

marcha. Kilometraje de 97.000 km. El interior

se encuentra también en buen estado. BASE:

$ 12.000.- Exhibición: 19 de febrero de 2015 de

16 a 18 en la playa policial de la Av. Roca y La-

carra. Cond. de Venta: al contado y mejor pos-

tor, Seña 30%, Comisión 10%, Arancel 0,25%

Acordada CSJN, IVA según lo establecido por

la ley específica 23.349 y de acuerdo a la con-

dición fiscal del adquirente, todo en efectivo en

el acto de la subasta. El saldo de precio deberá

ingresarse a la orden del Tribunal en la cuenta

que se abrirá al efecto dentro del plazo de cinco

días de aprobado el remate sin necesidad de

notificación al adquirente ni requerimiento pre-

vio y bajo apercibimiento de declararlo postor

remiso (art. 580 Cód. Proc.). La posesión y el

acto traslativo de dominio del rodado deberá

cumplirse dentro de los treinta días siguientes

de acreditada la efectivización del saldo de

precio. Las deudas posteriores a la toma de

posesión estarán a cargo del adquirente. Que-

da prohibida la venta en comisión y la cesión

del boleto. Los compradores deberán constituir

domicilio en la C.A.B.A. Inf: 4440-0448.

Jimena Díaz Cordero, secretaria.

e. 12/02/2015 Nº 8364/15 v. 12/02/2015