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N° 8238/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 4

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 13 de febrero de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 4

SECRETARÍA Nº 7

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo

Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, Diagonal Ro-

que Saenz Peña 1211 P. 1º CABA, hace saber

a los interesados la existencia del proceso

colectivo “Consumidores Financieros Aso-

ciación Civil para su Defensa c/ La Equitativa

del Plata SA de Seguros s/ Ordinario” (Expte.

5828/2011). Es así que se cita a los clientes

y ex clientes de LA EQUITATIVA DEL PLATA

SA DE SEGUROS (CUIT 30-51541976-0), com-

prendidos hasta el 14.03.2011, que se vean

eventualmente involucrados en esta causa, a

que puedan hacer uso de la opción otorgada

por el art. 54 de la Ley 24.240 de Defensa del

Consumidor, manifestando expresamente

su voluntad de no quedar afectados por el

alcance de este proceso. Se precisa que la

demanda se refiere a los contratos de segu-

ros con cobertura patrimonial de renovación

bimestral o mayor, celebrados con personas

físicas en los últimos 10 años a la fecha de

interposición de la demanda (14.03.2011), en

los que se haya pactado el pago de la prima

en cuotas y respecto de los cuales, por acae-

cimiento del siniestro de robo o destrucción

total, se haya abonado a los asegurados la

pertinente indemnización descontándole de

ella el saldo de las cuotas de la prima pen-

dientes de pago en ese momento y de una

vez, sin discriminar entre capital e intereses.

Así, el objeto de la demanda es el reintegro

de la carga financiera e intereses del monto

de las cuotas de las primas canceladas antes

de la fecha de pago pactado, que no se les

haya deducido al momento de liquidarse el si-

niestro. Se demanda, además, por el cese de

la conducta y por daño punitivo. En caso de

hacer uso de la opción deberán comunicarlo

directamente al accionante CONSUMIDORES

FINANCIEROS ASOCIACIÓN CIVIL PARA SU

DEFENSA (CUIT 30-70882936-2), dentro de

los 30 días de efectuada la última publicación

de edictos, en el sentido de que prefiera ejer-

cer una acción individual por considerar que

una eventual sentencia en estas actuaciones

no resolverá adecuadamente su situación par-

ticular. Los citados pueden consultar el expe-

diente en el Juzgado de lunes a viernes, de

7:30hs a 13:30hs; o pueden comunicarse tele-

fónicamente con los letrados de la accionante

al 4328 - 5755 (Estudio Jurídico Arazi, Prato,

Mariani de Vidal, Merola & Asoc.). Se deja

constancia que el presente debe publicarse

sin costo y libre de todo impuesto y sellado,

dado que a la parte se le concedió beneficio

de litigar sin gastos por resolución firme en el

expte. nro. 20176/2011.

Buenos Aires, 23 de diciembre de 2014.

Héctor Hugo Vitale, juez.

Ignacio M. Galmarini, secretario

e. 12/02/2015 Nº 8238/15 v. 13/02/2015