N° 11157/15 Aviso del Boletín Oficial
ES POSIBLE
Texto del aviso
ES POSIBLE
respecto por las autoridades partidarias.
Tienen derecho a ser elegidos, sea para des- Distrito San Luis
empeñar funciones dentro de la organización,
como así también para las electivas y ejecutivas
PARTIDO ES POSIBLE – ORDEN NACIONAL
en el Gobierno.
MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGÁNICA ARTICULO 11º: Son adherentes al Partido, los
argentinos menores de 18 años y los extranje-
El Juzgado Federal con competencia Electoral ros. Deben solicitarlo y recibir constancia de
en el distrito de San Luis, a cargo del Dr. Juan su adhesión. Gozarán de los mismos derechos
Esteban Maqueda, hace saber a la población y obligaciones que los afiliados, excepto las
que: el partido ES POSIBLE – Orden Nacional, electorales.
mediante Acta de fecha 20 de Septiembre de
2.014, el Congreso Nacional partidario, resolvió
CAPITULO III
modificar en la Carta Orgánica de dicha agru-
pación, la cual se transcribe seguidamente:
DE LAS UNIDADES DE TRABAJO
Y FORMACION; AUTORIDADES
CAPITULO I
DE CIRCUNSCRIPCIÓN, PARTIDO
O DEPARTAMENTO
ARTICULO 1º: Esta Carta Orgánica es la ley
ARTICULO 12º: Las Unidades de Trabajo y fundamental del Partido “ES POSIBLE”, cuya
organización y funcionamiento se ajustará a las Formación Política, constituyen el organismo
disposiciones contenidas en ella.
primario del Partido, centro natural de adoctri-
namiento y difusión de sus principios y bases
de acción política y actividades culturales. La ARTICULO 2º: El Partido “ES POSIBLE”, está
afiliación se efectuará en los locales que se ha- constituido por la totalidad de sus afiliados y
bilitarán al efecto por los organismos partida- adherentes en la República Argentina e inscrip-
tos en el Registro Partidario correspondiente. rios y las fichas deberán ser remitidas para su
aprobación y registro al Consejo Provincial del
distrito electoral al cual correspondan y según CAPITULO II
normas que ellos dicten.
DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES
ARTICULO 13º: Los organismos directivos del
Partido fijarán el número mínimo de afiliados
ARTICULO 3º: Son afiliados todos los ciudada- que sea preciso para constituir una Unidad de
nos de ambos sexos que soliciten su afiliación y Trabajo y Formación Política, y tendrán la juris-
sean admitidos por las autoridades competen- dicción territorial que ellos establezcan.
tes partidarias.
ARTICULO 14º: Serán autoridad de cada Uni-
ARTICULO 4º: No podrán afiliarse los ciudada- dad de Trabajo y Formación Política el Consejo
nos incluidos en las prohibiciones del art. 33 de que se forme, que actuará de acuerdo a las
la Ley 23.298, disposiciones legales posteriores instrucciones y directivas de las autoridades
o concordantes.
superiores del Partido.
ARTICULO 5º: El ciudadano que desee afiliarse ARTICULO 15º: En cada Circunscripción,
deberá firmar la solicitud de afiliación y llenar Partido o Departamento en que se dividen
la ficha correspondiente, que exprese: nombre los Distritos Electorales, podrá constituirse
y domicilio; matrícula; clase; sexo; estado civil; el Consejo de Circunscripción, Partido o
profesión; oficio; su firma o impresión digital Departamento cuando las circunstancias
debidamente autenticada y adhesión a los así lo requieran o lo exijan las necesidades
principios, las bases de acción política y a ésta partidarias, y ejercerá jurisdicción sobre las
Carta Orgánica. Aprobada su solicitud, se le Unidades de Trabajo y Formación Política de
entregará constancia de su afiliación.
las respectivas circunscripciones, partidos o
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departamentos, quien supervisará su desen- Sus integrantes durarán cuatro años en su Reformar la Carta Orgánica, por la simple
CAPITULO VI
volvimiento y acción.
mandato. Ejercerá la autoridad efectiva en mayoría de los miembros presentes.
el orden local y tendrá la facultad de crear
DE LA ELECCION DE CANDIDATOS
ARTICULO 16º: Los integrantes de las Uni- organismos administrativos y de difusión ne- Entender en grado de apelación sobre las in- A PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
dad de Trabajo y Formación Política y de los cesarios y de conducir el Partido en el orden tervenciones que dispongan los Congresos
DE LA NACIÓN
Consejos de Circunscripción, Partido o De- local.
de Distrito en los organismos que dependan
partamento, deben ser elegidos por simple
de ellos.
ARTICULO 25º: Internas Abiertas: Los can-
mayoría, por voto directo y secreto de los
CAPITULO V
didatos partidarios a Presidente y Vicepresi-
afiliados de las respectivas jurisdicciones y
ARTICULO 22º: El Congreso verificará los dente de la Nación, serán elegidos conforme
revestir ese carácter. Durarán dos años en DE LAS AUTORIDADES NACIONALES poderes de los delegados en su sesión pre- el procedimiento previsto en el art. 23 de la
sus funciones. En las Unidades de Trabajo y
paratoria y será único Juez de su validez. Ley Nº 26.571, disposiciones legales poste-
Formación Política, Partidos de Circunscrip- ARTICULO 19º: El Congreso Nacional del
riores o concordantes.
ción o Distrito, donde se haya oficializado Partido es su organismo supremo y repre- ARTICULO 23º: El Consejo Nacional estará
una sola lista para las elecciones internas senta directamente a la soberanía partidaria. integrado por Un Presidente, Un Vicepresi-
CAPITULO VII
del Partido, podrá prescindirse del voto de Sus miembros durarán en sus mandatos cua- dente Primero, Un Vicepresidente Segundo,
los afiliados; será suficiente en tal caso la tro años, pudiendo ser elegidos de manera Un Vicepresidente Tercero, Un Secreta- DE LA JUNTA ELECTORAL NACIONAL
pública proclamación de los candidatos o la directa por los afiliados o por los respectivos rio General, Un Secretario de Actas y Un
lista presentada. La única lista se pondrá de Congresos distritales en la siguiente propor- Tesorero.
ARTICULO 26º: La Junta Electoral Nacional
manifiesto en las respectivas sedes partida- ción: cada distrito electoral designará ocho
estará integrada por Tres miembros titula-
rias durante cinco días para que los afiliados (8) delegados titulares y ocho (8) delegados Los Apoderados Nacionales formarán parte res y Dos suplentes, y durarán cuatro años
puedan, dentro de ese término, impugnar, en suplentes. Los Congresales Nacionales de- del Cuerpo participando de las deliberacio- en sus funciones. Serán designados por el
su caso, a sus integrantes por no estar afilia- berán ser mayores de edad y cumplir además nes, con voz y sin voto.
Congreso Nacional y se conformará de la
dos dentro de la jurisdicción del organismo las condiciones exigidas para ser Diputados
siguiente manera: Un Presidente, Un Vice-
para el cual se lo elige o por las causales Nacionales.
El Consejo Nacional dictará su propio regla- presidente y Un Secretario.
previstas en la Carta Orgánica Partidaria.
mento y determinará las funciones y com-
Una vez incorporados al Congreso integra- posición de todos sus organismos. Tendrá
Frente a cada proceso electoral, y hasta la
Las impugnaciones se resolverán por la au- rán el cuerpo y su permanencia en el cargo Sede en la Ciudad Capital de la Provincia de
finalización del mismo, la mesa directiva del
toridad que corresponda, según las disposi- será inamovible mientras dure el mandato San Luis y podrá sesionar en el lugar de la
Congreso Nacional designará Un miembro
ciones reglamentarias o que se dicten, den- original, salvo sanción impuesta por el pro- República que se establezca en cada caso.
titular a propuesta de los apoderados de
tro de las cuarenta y ocho horas de vencido pio órgano.
Los mandatos durarán cuatro años. Serán
listas que hayan oficializado candidatos. La
dicho término.
elegidos por los Congresales Nacionales
no proposición de miembros por parte de las
Para el supuesto que los congresales lo sean reunidos en el Congreso Nacional Partida-
listas o la no designación de miembros por
El término de manifiesto de la lista única; se de un distrito intervenido, designados por el rio que se convoque a dichos efectos. El
parte de la mesa del Congreso, no invalida
hará conocer a los afiliados por los medios propio interventor, estos no gozarán de la quórum para el Consejo Nacional será de la
el funcionamiento del cuerpo. Mientras no se
más idóneos en el lugar. Los Consejos de garantía antes mencionada.
mitad más uno de sus miembros presentes
incorporen los miembros en representación
Circunscripciones, Partido o Departamento,
en Primera Citación y de un tercio de sus
de las listas de candidatos, el quórum de la
estarán integrados por el número de miem- El Congreso Nacional tendrá su sede en la miembros presentes en Segunda Citación.
junta se constituirá con la presencia de la
bros que determinan las respectivas Cartas Ciudad Capital de la Provincia de San Luis Las decisiones sometidas a su considera-
mitad más uno de sus miembros. Las deci-
Orgánicas de cada Distrito Electoral y serán pero podrá sesionar en el lugar de la Repú- ción se tomarán por simple mayoría de los
siones de la Junta Electoral son inapelables
elegidos con determinación de funciones. blica que designe en cada caso, el quórum presentes y en caso de empate el Presidente
e irrevocables en el ámbito partidario. Que-
se forma con la mitad más uno de los pre- tendrá doble voto. Para todo lo no previsto y
dando expedita para el o los interesados la
ARTICULO 17º: En las Circunscripciones, sentes en la primera citación y con un tercio hasta tanto dicho Organismo dicte su propio
vía establecida en la Ley Nº 23.298, disposi-
Partidos, Departamentos o centros urbanos de los presentes en la segunda citación. reglamento se regirán por el Reglamento del
ciones legales posteriores y/o concordantes.
para los que deban elegirse autoridades mu-
Honorable Congreso Nacional y supletoria-
nicipales, los candidatos del Partido serán Sus deliberaciones y resoluciones se regirán mente por el último Reglamento de la Cáma-
ARTICULO 27: La Junta Electoral tiene las
elegidos por simple mayoría, por el voto di- por el Reglamento del Honorable Congreso ra de Diputados de la Nación.
siguientes facultades: a) Dirección y control
recto y secreto de los afiliados de la respec- Nacional y supletoriamente por el último Re-
de todo acto eleccionario interno. b) Apro-
tiva jurisdicción o por el modo que las cartas glamento de la Cámara de Diputados de la El Consejo Nacional es el órgano permanen-
bación, ordenamiento, clasificación y distri-
orgánicas de cada distrito lo dispongan. Nación.
te encargado de cumplir las disposiciones
bución de los padrones. c) Organización de
de esta Carta Orgánica, las resoluciones del
los comicios y conocimiento y resolución de
Los candidatos a legisladores provinciales ARTICULO 20º: El Congreso Nacional de- Congreso Nacional y las reglamentaciones
impugnaciones, fiscalización de elecciones y
se designarán igualmente por el modo que signará de su seno sus autoridades por sim- que se dicten. Representa la suprema auto-
proclamación de candidatos electos. d) Con-
lo señalan las Cartas Orgánicas de cada ple mayoría de votos presentes. Elegirá un ridad ejecutiva del Partido y es el encargado
fección de cronograma electoral. e) Dictado
Distrito.
Presidente, un Vicepresidente Primero, Un de orientar la acción partidaria en los casos
de su propio reglamento y normas comple-
Vicepresidente Segundo, Un Vicepresidente no previstos por resolución del Congreso
mentarias necesarias para la regulación de
CAPITULO IV
Tercero, Un Secretario General, Un Secreta- Nacional. De todo lo actuado por los distin-
los actos electorales.
rio de Actas, Un Secretario de Organización, tos Órganos del Consejo Nacional se levan-
DE LAS AUTORIDADES DE DISTRITO Un Secretario de Prensa y Difusión y Dos tará acta, al igual que las resoluciones que
CAPITULO VIII
Prosecretarios, los que conformarán la Mesa dicte, se instrumentarán por escrito, con las
Directiva de dicho Organismo Partidario. El firmas de quien haya presidido el acto; y de ARTICULO 18º: En cada Distrito (Ciudad Au-
DE LOS TRIBUNALES DE DISCIPLINA tónoma de Buenos Aires y en cada una de Congreso Nacional deberá reunirse ordina- los secretarios que correspondan.
las Provincias), la dirección del Partido esta- riamente, al menos, una vez al año y extraor-
ARTICULO 28º: En cada Distrito existirá un rá a cargo de los organismos que se indican dinariamente cuando lo solicite un tercio de ARTICULO 24º: Corresponde asimismo al
tribunal permanente de disciplina para en- a continuación sobre los que legislarán las sus miembros por nota, con firmas certifi- Consejo Nacional:
tender en los casos individuales o colectivos respectivas Cartas Orgánicas, ajustándose cadas, dirigida al Presidente del Congreso
que se susciten por inconducta, indisciplina, Nacional o cuando lo solicite el Consejo a las siguientes bases generales: a) El Con-
Dirimir conflictos de cualquier naturaleza que
violación de los principios y resoluciones greso de la Ciudad Autónoma de Buenos Nacional. Será obligación de las autoridades se susciten entre los organismos partidarios.
de los organismos partidarios que puedan Aires o Provinciales representativo de la so- del Congreso, en estos casos, efectuar la
significar la aplicación de sanciones para beranía local partidaria, serán elegidos por convocatoria dentro del quinto día de soli- Fiscalizar la conducta política de los repre-
sus afiliados o adherentes. Substanciarán simple mayoría y voto directo y secreto de citada para que este pueda reunirse dentro sentantes del Partido en los cuerpos cole-
las causas por el procedimiento escrito que los afiliados de las respectivas jurisdicciones del plazo de veinte días de efectuada la peti- giados nacionales.
se reglamente y que asegure el derecho de ción. Si así no lo hicieren el Congreso podrá en el modo, número y proporción que de-
defensa del imputado y dictaminará aconse- terminen las respectivas Cartas Orgánicas. autoconvocarse por decisión de un tercio de Mantener las relaciones con los poderes
jando la sanción que corresponda. Sus integrantes durarán cuatro años en sus los Congresales o ser citado por el Consejo públicos nacionales y con los organismos
mandatos.
Nacional. En caso de acefalía del Congreso partidarios de Distrito.
ARTICULO 29º: En el Orden Nacional exis- la convocatoria se hará por el Presidente
tirá asimismo un Tribunal de Disciplina b) Corresponderán al Congreso de la Ciudad del Consejo Nacional o por un tercio de los Organizar la difusión y propaganda Partida-
Congresales.
designado por el Congreso Nacional, que Autónoma de Buenos Aires o Provinciales la
ria en el orden nacional creando los organis-
con los mismos recaudos, procedimiento facultad disciplinaria sobre los afiliados y au-
mos necesarios para ese fin.
escrito, garantía de la defensa, dictaminará toridades partidarias de su jurisdicción, de- ARTICULO 21º: Corresponderá al Congreso
en los casos que le sean propuestos por el signará los candidatos a Jefe y Vice Jefe de Nacional:
Dar directivas sobre la orientación y ac-
Congreso Nacional y el Consejo Nacional y Gobierno y demás cargos electivos locales y
tuación del Partido de conformidad a las
en las Apelaciones cuando ellas procedan, provinciales, Gobernador y Vicegobernador Fijar en el orden nacional un plan de acción disposiciones de esta Carta Orgánica y las
interpuestas ante el Congreso Nacional por de las Provincias y demás cargos electivos política, social, económica y cultural del Resoluciones del Congreso Nacional y rea-
sanciones disciplinarias resueltas por las Provinciales, por la elección directa de los Partido y aprobar en su caso la Plataforma lizar con las facultades suficientes, todos
autoridades del Distrito. El Consejo Nacional afiliados según lo establece la Carta Orgá- Electoral.
los actos y contratos que deben cumplirse
aplicará la sanción prevista en los incisos a) nica Partidaria o por el voto de la mitad mas
conforme a las disposiciones legales.
y b) del artículo 31 a propuesta del Tribunal uno de los congresales presentes, lo que en Impartir las directivas generales para el
de Disciplina. definitiva se resuelva.
desenvolvimiento del partido, en toda la Aplicar las sanciones a que hace referencia
Nación, expedir los reglamentos necesarios el artículo 31, inciso a) y b) de esta Carta
ARTICULO 30º: El Tribunal de Disciplina está Conforme a la Ley Nº 26.571 para la desig- para su mejor gobierno.
Orgánica, previo dictamen de los Tribunales
compuesto por Tres miembros titulares y nación de candidatos a cargos electivos
de Disciplina, y ad referéndum del Congreso
dos suplentes, preferentemente abogados o nacionales – Presidente y Vicepresidente de Recabar y recibir informes de los organis- Nacional.
la Nación, Diputados Nacionales, Senadores mos nacionales o provinciales del Partido o
escribanos, que durarán cuatro años en sus
funciones, y no podrán formar parte de otros Naciones y Parlamentarios del Mercosur se de sus afiliados.
Hacer las designaciones de Responsable
organismos partidarios. aplicará el sistema que rige en la legislación
Económico-Financiero y Responsable Políti-
vigente y/o la que en un futuro la modifique. Juzgar en definitiva, originariamente, o por co de las campañas electorales, o cualquier
apelación, de la conducta de todas la autori- otra necesaria conforme a las disposiciones ARTICULO 31º: Los Tribunales de Disciplina
c) El Consejo de la Ciudad Autónoma de dades establecidas por esta Carta Orgánica de la ley 26.215 y/o sus modificatorias.
podrán aconsejar las siguientes sanciones:
Buenos Aires o Provinciales, compuesto por o las de Distrito.
Amonestación. el número que determinen las Cartas Orgáni-
Intervenir los Distritos u Organismos Parti-
cas respectivas, elegidos por simple mayoría Considerar los informes de representaciones darios, la duración de la Intervención en nin-
por el voto directo y secreto de los afiliados. parlamentarias nacionales.
gún caso podrá extenderse más de un año. Suspensión temporaria de la afiliación.
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Desafiliación.
tidarios, observándose las disposiciones al a las minorías, correspondiendo a la primera - Iniciado el 1-01-2009 y finalizado el 31-12-
respecto de las leyes 23.298, 26.215, 26.571 minoría el veinticinco por ciento de los mis- 2009” expediente Nº CNE 16000047/2010,
Expulsión.
o de las disposiciones legales concordantes mos, siempre que alcance dicha minoría el que tramita por ante este Tribunal se ha dic-
tado la siguiente Resolución Nº 2: “Viedma, 9 o que se dicten en lo sucesivo.
veinticinco por ciento de los votos válidos
CAPITULO IX
emitidos.
de febrero de 2015
CAPITULO XII
VISTOS: … RESULTA: … CONSIDERANDO:
DE LA COMISION DE FISCALIZACIÓN
ARTICULO 43º: El Partido podrá elegir can- … RESUELVO:
DE LA MUJER
didatos para cargos electivos a quienes no 1) Estar a la desaprobación de los estados
contables presentados por el partido Unión ARTICULO 32º: A los efectos del contralor con-
sean afiliados. Esta Carta Orgánica autoriza
table de los ingresos y egresos de los fondos ARTICULO 37º: Los cargos partidarios en to- y las Cartas Orgánicas de los Distritos auto- Cívica Radical del Distrito de Río Negro
partidarios, el Congreso Nacional designará una dos sus niveles electivos nacionales, provin- rizarán la concertación de confederaciones, con relación al ejercicio contable cerrado
Comisión Fiscalizadora de tres miembros, ciales y municipales y para los que postule fusiones y alianzas en los términos previstos el 31/12/2009, decidida por la Resolución
candidatos del Partido “ES POSIBLE”, debe- en las leyes 23.298 y 26.571 y modificatorias. Nº 52/2011 de fecha 21/12/2011, en el contex- preferentemente profesionales especializados
to de los resultados de la auditoría practicada, en la materia. La Comisión se dará su propia rán contar con la representación femenina
por el CPN León Derhovsepian del Cuerpo de reglamentación de funcionamiento la que de- correspondiente.
En los casos en que el Distrito está interve-
berá ser aprobada por el Consejo Nacional.
nido, el Consejo Nacional estará facultado Auditores Contadores dependiente de la Cá-
CAPITULO XIII
para concertar alianzas electorales, confe- mara Nacional Electoral y de las efectuadas
deraciones o fusiones con Partidos Naciona- en relación a los siguientes balances genera- CAPITULO X
les, Provinciales y Municipales y elegir can- les correspondientes a los ejercicios 2010 a DE LA JUVENTUD
2013 con el alcance fijado en la presente. DE LOS APODERADOS
didatos a cualquier cargo que corresponda a
ARTICULO 38º: La Juventud del Partido “ES ese Distrito, pudiendo delegar esta facultad 2) Extinguir la suspensión de aportes dis-
POSIBLE” es parte integrante del Movimien- en la intervención partidaria.
puesta en autos a través de la mencionada ARTICULO 33º: El Consejo Nacional y las
resolución y decretar, en los términos del art. autoridades distritales, en sus respectivos to y podrá participar en forma activa de la
CAPITULO XVI
13 de la ley 26215, la pérdida del aporte para ámbitos, nombrarán uno o más apoderados, estructura partidaria. Estará integrada por
desenvolvimiento institucional correspon- con preferencia abogados, para que conjun- todos los afiliados y adherentes hasta veinti-
diente a un ejercicio contable (con subsun- ta, alternativa o separadamente representen cinco (25) años cumplidos inclusive.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
al Partido ante las autoridades judiciales,
ción de la multa aplicada a fs. 2), disponiendo
ARTICULO 44º: Si existieran circunstancias además, firme que se encuentre la presente, electorales o administrativas y realicen todas Se faculta al Congreso Nacional para recep-
excepcionales, de tipo institucional, político, la formación de actuaciones con las constan- las gestiones o trámites que le sean enco- tar propuestas de las organizaciones de la
cias relevantes de esta causa y fotocopias mendados por aquellos.
Juventud y a crear los Organismos que con- gremial o económico, o de grave trascen-
certificadas de esta resolución para pasarlas sidere convenientes a tal fin.
dencia, que impidiere el libre y normal de-
al Ministerio Público Fiscal a los efectos es- CAPITULO XI
senvolvimiento del Partido, el mandato de
sus miembros se entenderá prorrogado has- tablecidos en el considerando 16 del citado CAPITULO XIV
ta que el propio Congreso determine que han Fallo 4887/12 CNE y con las salvedades allí DEL PATRIMONIO
cesado las causales que motivaron dicha dispuestas. DEL CONSEJO FEDERAL DE LA
3) Disponer la publicación en el Boletín Oficial ARTICULO 34º: El Patrimonio del Partido se
INCLUSIÓN Y EL PROGRESO
prórroga. Queda sin efecto toda disposición
de la Nación, por un (1) día, de la parte reso- formará con:
que se oponga al presente artículo.
lutiva de la presente sentencia. A tal efecto ARTICULO 39: Se crea el Consejo Federal de
ARTICULO 45º: Para la constitución de Juntas confecciónese edicto. Las contribuciones de los afiliados en todo el la Inclusión y el Progreso cuyo funcionamien-
Promotoras Provinciales y en su caso la ins- 4) Ordenar al Tesorero de la agrupación polí- territorio de la Nación.
to e integración será reglamentado por el
tica de autos que capitalice las conclusiones Consejo Nacional que tendrá por finalidad cripción del Partido en los distintos Distritos
y recomendaciones técnicas y la evaluación el estudio y elaboración de programas de Electorales, deberá requerirse previamente la El diez por ciento de las retribuciones que
jurídica de la que fue objeto cada rubro conta- autorización y conformidad de los impulso- perciban los legisladores nacionales.
gobierno y políticas para las instituciones
res de esta Corriente Nacional Dr. ALBERTO ble, ejecutando el ajuste pertinente respecto del sector social, gremial, profesional y
JOSÉ RODRIGUEZ SAA, D.N.I. 7.376.767, Dr. del balance general auditado, como también
Los aportes, donaciones o ingresos de cual- universitario.
Alfredo Francisco Barzola, L.E. 6.819.780, las correcciones que correspondan con rela-
quier naturaleza que se efectuaran volunta-
ción a los siguientes cuyo control se encuen-
DE LA DISOLUCION DEL PARTIDO todos con domicilio legal en calle San Martín riamente y que no están prohibidas por las
tra en decurso. Regístrese, notifíquese por Nº 414 Piso 8 “A”, (C.P. 5700) de la Ciudad leyes.
cédula al partido de autos y al Ministerio Pú- de San Luis, Provincia de San Luis; y/o de la ARTICULO 40º: El Partido “ES POSIBLE”
persona que oportunamente se designe por blico Fiscal en su despacho y oportunamente
Este patrimonio será administrado por el sólo se disolverá, además de las causales
los dirigentes anteriormente nombrados y/o cuando adquiera firmeza esta resolución
Consejo Nacional.
previstas por las leyes, por la voluntad de
Autoridades Partidarias Nacionales.
comuníquese a la Cámara Nacional Electoral
sus afiliados, que deberán expresarse por el
y a la Dirección Nacional Electoral depen-
Se establece como fecha de cierre del ejer- Congreso Nacional del Partido, en decisio-
diente del Ministerio del Interior, conforme a Dr. Oscar Guillermo Pérez, Prosecretario cicio anual el 31 de diciembre de cada año nes unánimes de sus miembros.
lo establecido en el punto 5to de la Acordada Electoral Nacional. calendario.
Nº 105/2008 CNE para la deducción de la
CAPITULO XV
e. 23/02/2015 Nº 11157/15 v. 23/02/2015 sanción aplicada de los aportes que le co-
ARTICULO 35º: Los fondos del Partido se-