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N° 11157/15 Aviso del Boletín Oficial

ES POSIBLE

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 23 de febrero de 2015

Texto del aviso

ES POSIBLE

respecto por las autoridades partidarias.

Tienen derecho a ser elegidos, sea para des- Distrito San Luis

empeñar funciones dentro de la organización,

como así también para las electivas y ejecutivas

PARTIDO ES POSIBLE – ORDEN NACIONAL

en el Gobierno.

MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGÁNICA ARTICULO 11º: Son adherentes al Partido, los

argentinos menores de 18 años y los extranje-

El Juzgado Federal con competencia Electoral ros. Deben solicitarlo y recibir constancia de

en el distrito de San Luis, a cargo del Dr. Juan su adhesión. Gozarán de los mismos derechos

Esteban Maqueda, hace saber a la población y obligaciones que los afiliados, excepto las

que: el partido ES POSIBLE – Orden Nacional, electorales.

mediante Acta de fecha 20 de Septiembre de

2.014, el Congreso Nacional partidario, resolvió

CAPITULO III

modificar en la Carta Orgánica de dicha agru-

pación, la cual se transcribe seguidamente:

DE LAS UNIDADES DE TRABAJO

Y FORMACION; AUTORIDADES

CAPITULO I

DE CIRCUNSCRIPCIÓN, PARTIDO

O DEPARTAMENTO

ARTICULO 1º: Esta Carta Orgánica es la ley

ARTICULO 12º: Las Unidades de Trabajo y fundamental del Partido “ES POSIBLE”, cuya

organización y funcionamiento se ajustará a las Formación Política, constituyen el organismo

disposiciones contenidas en ella.

primario del Partido, centro natural de adoctri-

namiento y difusión de sus principios y bases

de acción política y actividades culturales. La ARTICULO 2º: El Partido “ES POSIBLE”, está

afiliación se efectuará en los locales que se ha- constituido por la totalidad de sus afiliados y

bilitarán al efecto por los organismos partida- adherentes en la República Argentina e inscrip-

tos en el Registro Partidario correspondiente. rios y las fichas deberán ser remitidas para su

aprobación y registro al Consejo Provincial del

distrito electoral al cual correspondan y según CAPITULO II

normas que ellos dicten.

DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES

ARTICULO 13º: Los organismos directivos del

Partido fijarán el número mínimo de afiliados

ARTICULO 3º: Son afiliados todos los ciudada- que sea preciso para constituir una Unidad de

nos de ambos sexos que soliciten su afiliación y Trabajo y Formación Política, y tendrán la juris-

sean admitidos por las autoridades competen- dicción territorial que ellos establezcan.

tes partidarias.

ARTICULO 14º: Serán autoridad de cada Uni-

ARTICULO 4º: No podrán afiliarse los ciudada- dad de Trabajo y Formación Política el Consejo

nos incluidos en las prohibiciones del art. 33 de que se forme, que actuará de acuerdo a las

la Ley 23.298, disposiciones legales posteriores instrucciones y directivas de las autoridades

o concordantes.

superiores del Partido.

ARTICULO 5º: El ciudadano que desee afiliarse ARTICULO 15º: En cada Circunscripción,

deberá firmar la solicitud de afiliación y llenar Partido o Departamento en que se dividen

la ficha correspondiente, que exprese: nombre los Distritos Electorales, podrá constituirse

y domicilio; matrícula; clase; sexo; estado civil; el Consejo de Circunscripción, Partido o

profesión; oficio; su firma o impresión digital Departamento cuando las circunstancias

debidamente autenticada y adhesión a los así lo requieran o lo exijan las necesidades

principios, las bases de acción política y a ésta partidarias, y ejercerá jurisdicción sobre las

Carta Orgánica. Aprobada su solicitud, se le Unidades de Trabajo y Formación Política de

entregará constancia de su afiliación.

las respectivas circunscripciones, partidos o

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Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.075

departamentos, quien supervisará su desen- Sus integrantes durarán cuatro años en su Reformar la Carta Orgánica, por la simple

CAPITULO VI

volvimiento y acción.

mandato. Ejercerá la autoridad efectiva en mayoría de los miembros presentes.

el orden local y tendrá la facultad de crear

DE LA ELECCION DE CANDIDATOS

ARTICULO 16º: Los integrantes de las Uni- organismos administrativos y de difusión ne- Entender en grado de apelación sobre las in- A PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE

dad de Trabajo y Formación Política y de los cesarios y de conducir el Partido en el orden tervenciones que dispongan los Congresos

DE LA NACIÓN

Consejos de Circunscripción, Partido o De- local.

de Distrito en los organismos que dependan

partamento, deben ser elegidos por simple

de ellos.

ARTICULO 25º: Internas Abiertas: Los can-

mayoría, por voto directo y secreto de los

CAPITULO V

didatos partidarios a Presidente y Vicepresi-

afiliados de las respectivas jurisdicciones y

ARTICULO 22º: El Congreso verificará los dente de la Nación, serán elegidos conforme

revestir ese carácter. Durarán dos años en DE LAS AUTORIDADES NACIONALES poderes de los delegados en su sesión pre- el procedimiento previsto en el art. 23 de la

sus funciones. En las Unidades de Trabajo y

paratoria y será único Juez de su validez. Ley Nº 26.571, disposiciones legales poste-

Formación Política, Partidos de Circunscrip- ARTICULO 19º: El Congreso Nacional del

riores o concordantes.

ción o Distrito, donde se haya oficializado Partido es su organismo supremo y repre- ARTICULO 23º: El Consejo Nacional estará

una sola lista para las elecciones internas senta directamente a la soberanía partidaria. integrado por Un Presidente, Un Vicepresi-

CAPITULO VII

del Partido, podrá prescindirse del voto de Sus miembros durarán en sus mandatos cua- dente Primero, Un Vicepresidente Segundo,

los afiliados; será suficiente en tal caso la tro años, pudiendo ser elegidos de manera Un Vicepresidente Tercero, Un Secreta- DE LA JUNTA ELECTORAL NACIONAL

pública proclamación de los candidatos o la directa por los afiliados o por los respectivos rio General, Un Secretario de Actas y Un

lista presentada. La única lista se pondrá de Congresos distritales en la siguiente propor- Tesorero.

ARTICULO 26º: La Junta Electoral Nacional

manifiesto en las respectivas sedes partida- ción: cada distrito electoral designará ocho

estará integrada por Tres miembros titula-

rias durante cinco días para que los afiliados (8) delegados titulares y ocho (8) delegados Los Apoderados Nacionales formarán parte res y Dos suplentes, y durarán cuatro años

puedan, dentro de ese término, impugnar, en suplentes. Los Congresales Nacionales de- del Cuerpo participando de las deliberacio- en sus funciones. Serán designados por el

su caso, a sus integrantes por no estar afilia- berán ser mayores de edad y cumplir además nes, con voz y sin voto.

Congreso Nacional y se conformará de la

dos dentro de la jurisdicción del organismo las condiciones exigidas para ser Diputados

siguiente manera: Un Presidente, Un Vice-

para el cual se lo elige o por las causales Nacionales.

El Consejo Nacional dictará su propio regla- presidente y Un Secretario.

previstas en la Carta Orgánica Partidaria.

mento y determinará las funciones y com-

Una vez incorporados al Congreso integra- posición de todos sus organismos. Tendrá

Frente a cada proceso electoral, y hasta la

Las impugnaciones se resolverán por la au- rán el cuerpo y su permanencia en el cargo Sede en la Ciudad Capital de la Provincia de

finalización del mismo, la mesa directiva del

toridad que corresponda, según las disposi- será inamovible mientras dure el mandato San Luis y podrá sesionar en el lugar de la

Congreso Nacional designará Un miembro

ciones reglamentarias o que se dicten, den- original, salvo sanción impuesta por el pro- República que se establezca en cada caso.

titular a propuesta de los apoderados de

tro de las cuarenta y ocho horas de vencido pio órgano.

Los mandatos durarán cuatro años. Serán

listas que hayan oficializado candidatos. La

dicho término.

elegidos por los Congresales Nacionales

no proposición de miembros por parte de las

Para el supuesto que los congresales lo sean reunidos en el Congreso Nacional Partida-

listas o la no designación de miembros por

El término de manifiesto de la lista única; se de un distrito intervenido, designados por el rio que se convoque a dichos efectos. El

parte de la mesa del Congreso, no invalida

hará conocer a los afiliados por los medios propio interventor, estos no gozarán de la quórum para el Consejo Nacional será de la

el funcionamiento del cuerpo. Mientras no se

más idóneos en el lugar. Los Consejos de garantía antes mencionada.

mitad más uno de sus miembros presentes

incorporen los miembros en representación

Circunscripciones, Partido o Departamento,

en Primera Citación y de un tercio de sus

de las listas de candidatos, el quórum de la

estarán integrados por el número de miem- El Congreso Nacional tendrá su sede en la miembros presentes en Segunda Citación.

junta se constituirá con la presencia de la

bros que determinan las respectivas Cartas Ciudad Capital de la Provincia de San Luis Las decisiones sometidas a su considera-

mitad más uno de sus miembros. Las deci-

Orgánicas de cada Distrito Electoral y serán pero podrá sesionar en el lugar de la Repú- ción se tomarán por simple mayoría de los

siones de la Junta Electoral son inapelables

elegidos con determinación de funciones. blica que designe en cada caso, el quórum presentes y en caso de empate el Presidente

e irrevocables en el ámbito partidario. Que-

se forma con la mitad más uno de los pre- tendrá doble voto. Para todo lo no previsto y

dando expedita para el o los interesados la

ARTICULO 17º: En las Circunscripciones, sentes en la primera citación y con un tercio hasta tanto dicho Organismo dicte su propio

vía establecida en la Ley Nº 23.298, disposi-

Partidos, Departamentos o centros urbanos de los presentes en la segunda citación. reglamento se regirán por el Reglamento del

ciones legales posteriores y/o concordantes.

para los que deban elegirse autoridades mu-

Honorable Congreso Nacional y supletoria-

nicipales, los candidatos del Partido serán Sus deliberaciones y resoluciones se regirán mente por el último Reglamento de la Cáma-

ARTICULO 27: La Junta Electoral tiene las

elegidos por simple mayoría, por el voto di- por el Reglamento del Honorable Congreso ra de Diputados de la Nación.

siguientes facultades: a) Dirección y control

recto y secreto de los afiliados de la respec- Nacional y supletoriamente por el último Re-

de todo acto eleccionario interno. b) Apro-

tiva jurisdicción o por el modo que las cartas glamento de la Cámara de Diputados de la El Consejo Nacional es el órgano permanen-

bación, ordenamiento, clasificación y distri-

orgánicas de cada distrito lo dispongan. Nación.

te encargado de cumplir las disposiciones

bución de los padrones. c) Organización de

de esta Carta Orgánica, las resoluciones del

los comicios y conocimiento y resolución de

Los candidatos a legisladores provinciales ARTICULO 20º: El Congreso Nacional de- Congreso Nacional y las reglamentaciones

impugnaciones, fiscalización de elecciones y

se designarán igualmente por el modo que signará de su seno sus autoridades por sim- que se dicten. Representa la suprema auto-

proclamación de candidatos electos. d) Con-

lo señalan las Cartas Orgánicas de cada ple mayoría de votos presentes. Elegirá un ridad ejecutiva del Partido y es el encargado

fección de cronograma electoral. e) Dictado

Distrito.

Presidente, un Vicepresidente Primero, Un de orientar la acción partidaria en los casos

de su propio reglamento y normas comple-

Vicepresidente Segundo, Un Vicepresidente no previstos por resolución del Congreso

mentarias necesarias para la regulación de

CAPITULO IV

Tercero, Un Secretario General, Un Secreta- Nacional. De todo lo actuado por los distin-

los actos electorales.

rio de Actas, Un Secretario de Organización, tos Órganos del Consejo Nacional se levan-

DE LAS AUTORIDADES DE DISTRITO Un Secretario de Prensa y Difusión y Dos tará acta, al igual que las resoluciones que

CAPITULO VIII

Prosecretarios, los que conformarán la Mesa dicte, se instrumentarán por escrito, con las

Directiva de dicho Organismo Partidario. El firmas de quien haya presidido el acto; y de ARTICULO 18º: En cada Distrito (Ciudad Au-

DE LOS TRIBUNALES DE DISCIPLINA tónoma de Buenos Aires y en cada una de Congreso Nacional deberá reunirse ordina- los secretarios que correspondan.

las Provincias), la dirección del Partido esta- riamente, al menos, una vez al año y extraor-

ARTICULO 28º: En cada Distrito existirá un rá a cargo de los organismos que se indican dinariamente cuando lo solicite un tercio de ARTICULO 24º: Corresponde asimismo al

tribunal permanente de disciplina para en- a continuación sobre los que legislarán las sus miembros por nota, con firmas certifi- Consejo Nacional:

tender en los casos individuales o colectivos respectivas Cartas Orgánicas, ajustándose cadas, dirigida al Presidente del Congreso

que se susciten por inconducta, indisciplina, Nacional o cuando lo solicite el Consejo a las siguientes bases generales: a) El Con-

Dirimir conflictos de cualquier naturaleza que

violación de los principios y resoluciones greso de la Ciudad Autónoma de Buenos Nacional. Será obligación de las autoridades se susciten entre los organismos partidarios.

de los organismos partidarios que puedan Aires o Provinciales representativo de la so- del Congreso, en estos casos, efectuar la

significar la aplicación de sanciones para beranía local partidaria, serán elegidos por convocatoria dentro del quinto día de soli- Fiscalizar la conducta política de los repre-

sus afiliados o adherentes. Substanciarán simple mayoría y voto directo y secreto de citada para que este pueda reunirse dentro sentantes del Partido en los cuerpos cole-

las causas por el procedimiento escrito que los afiliados de las respectivas jurisdicciones del plazo de veinte días de efectuada la peti- giados nacionales.

se reglamente y que asegure el derecho de ción. Si así no lo hicieren el Congreso podrá en el modo, número y proporción que de-

defensa del imputado y dictaminará aconse- terminen las respectivas Cartas Orgánicas. autoconvocarse por decisión de un tercio de Mantener las relaciones con los poderes

jando la sanción que corresponda. Sus integrantes durarán cuatro años en sus los Congresales o ser citado por el Consejo públicos nacionales y con los organismos

mandatos.

Nacional. En caso de acefalía del Congreso partidarios de Distrito.

ARTICULO 29º: En el Orden Nacional exis- la convocatoria se hará por el Presidente

tirá asimismo un Tribunal de Disciplina b) Corresponderán al Congreso de la Ciudad del Consejo Nacional o por un tercio de los Organizar la difusión y propaganda Partida-

Congresales.

designado por el Congreso Nacional, que Autónoma de Buenos Aires o Provinciales la

ria en el orden nacional creando los organis-

con los mismos recaudos, procedimiento facultad disciplinaria sobre los afiliados y au-

mos necesarios para ese fin.

escrito, garantía de la defensa, dictaminará toridades partidarias de su jurisdicción, de- ARTICULO 21º: Corresponderá al Congreso

en los casos que le sean propuestos por el signará los candidatos a Jefe y Vice Jefe de Nacional:

Dar directivas sobre la orientación y ac-

Congreso Nacional y el Consejo Nacional y Gobierno y demás cargos electivos locales y

tuación del Partido de conformidad a las

en las Apelaciones cuando ellas procedan, provinciales, Gobernador y Vicegobernador Fijar en el orden nacional un plan de acción disposiciones de esta Carta Orgánica y las

interpuestas ante el Congreso Nacional por de las Provincias y demás cargos electivos política, social, económica y cultural del Resoluciones del Congreso Nacional y rea-

sanciones disciplinarias resueltas por las Provinciales, por la elección directa de los Partido y aprobar en su caso la Plataforma lizar con las facultades suficientes, todos

autoridades del Distrito. El Consejo Nacional afiliados según lo establece la Carta Orgá- Electoral.

los actos y contratos que deben cumplirse

aplicará la sanción prevista en los incisos a) nica Partidaria o por el voto de la mitad mas

conforme a las disposiciones legales.

y b) del artículo 31 a propuesta del Tribunal uno de los congresales presentes, lo que en Impartir las directivas generales para el

de Disciplina. definitiva se resuelva.

desenvolvimiento del partido, en toda la Aplicar las sanciones a que hace referencia

Nación, expedir los reglamentos necesarios el artículo 31, inciso a) y b) de esta Carta

ARTICULO 30º: El Tribunal de Disciplina está Conforme a la Ley Nº 26.571 para la desig- para su mejor gobierno.

Orgánica, previo dictamen de los Tribunales

compuesto por Tres miembros titulares y nación de candidatos a cargos electivos

de Disciplina, y ad referéndum del Congreso

dos suplentes, preferentemente abogados o nacionales – Presidente y Vicepresidente de Recabar y recibir informes de los organis- Nacional.

la Nación, Diputados Nacionales, Senadores mos nacionales o provinciales del Partido o

escribanos, que durarán cuatro años en sus

funciones, y no podrán formar parte de otros Naciones y Parlamentarios del Mercosur se de sus afiliados.

Hacer las designaciones de Responsable

organismos partidarios. aplicará el sistema que rige en la legislación

Económico-Financiero y Responsable Políti-

vigente y/o la que en un futuro la modifique. Juzgar en definitiva, originariamente, o por co de las campañas electorales, o cualquier

apelación, de la conducta de todas la autori- otra necesaria conforme a las disposiciones ARTICULO 31º: Los Tribunales de Disciplina

c) El Consejo de la Ciudad Autónoma de dades establecidas por esta Carta Orgánica de la ley 26.215 y/o sus modificatorias.

podrán aconsejar las siguientes sanciones:

Buenos Aires o Provinciales, compuesto por o las de Distrito.

Amonestación. el número que determinen las Cartas Orgáni-

Intervenir los Distritos u Organismos Parti-

cas respectivas, elegidos por simple mayoría Considerar los informes de representaciones darios, la duración de la Intervención en nin-

por el voto directo y secreto de los afiliados. parlamentarias nacionales.

gún caso podrá extenderse más de un año. Suspensión temporaria de la afiliación.

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Desafiliación.

tidarios, observándose las disposiciones al a las minorías, correspondiendo a la primera - Iniciado el 1-01-2009 y finalizado el 31-12-

respecto de las leyes 23.298, 26.215, 26.571 minoría el veinticinco por ciento de los mis- 2009” expediente Nº CNE 16000047/2010,

Expulsión.

o de las disposiciones legales concordantes mos, siempre que alcance dicha minoría el que tramita por ante este Tribunal se ha dic-

tado la siguiente Resolución Nº 2: “Viedma, 9 o que se dicten en lo sucesivo.

veinticinco por ciento de los votos válidos

CAPITULO IX

emitidos.

de febrero de 2015

CAPITULO XII

VISTOS: … RESULTA: … CONSIDERANDO:

DE LA COMISION DE FISCALIZACIÓN

ARTICULO 43º: El Partido podrá elegir can- … RESUELVO:

DE LA MUJER

didatos para cargos electivos a quienes no 1) Estar a la desaprobación de los estados

contables presentados por el partido Unión ARTICULO 32º: A los efectos del contralor con-

sean afiliados. Esta Carta Orgánica autoriza

table de los ingresos y egresos de los fondos ARTICULO 37º: Los cargos partidarios en to- y las Cartas Orgánicas de los Distritos auto- Cívica Radical del Distrito de Río Negro

partidarios, el Congreso Nacional designará una dos sus niveles electivos nacionales, provin- rizarán la concertación de confederaciones, con relación al ejercicio contable cerrado

Comisión Fiscalizadora de tres miembros, ciales y municipales y para los que postule fusiones y alianzas en los términos previstos el 31/12/2009, decidida por la Resolución

candidatos del Partido “ES POSIBLE”, debe- en las leyes 23.298 y 26.571 y modificatorias. Nº 52/2011 de fecha 21/12/2011, en el contex- preferentemente profesionales especializados

to de los resultados de la auditoría practicada, en la materia. La Comisión se dará su propia rán contar con la representación femenina

por el CPN León Derhovsepian del Cuerpo de reglamentación de funcionamiento la que de- correspondiente.

En los casos en que el Distrito está interve-

berá ser aprobada por el Consejo Nacional.

nido, el Consejo Nacional estará facultado Auditores Contadores dependiente de la Cá-

CAPITULO XIII

para concertar alianzas electorales, confe- mara Nacional Electoral y de las efectuadas

deraciones o fusiones con Partidos Naciona- en relación a los siguientes balances genera- CAPITULO X

les, Provinciales y Municipales y elegir can- les correspondientes a los ejercicios 2010 a DE LA JUVENTUD

2013 con el alcance fijado en la presente. DE LOS APODERADOS

didatos a cualquier cargo que corresponda a

ARTICULO 38º: La Juventud del Partido “ES ese Distrito, pudiendo delegar esta facultad 2) Extinguir la suspensión de aportes dis-

POSIBLE” es parte integrante del Movimien- en la intervención partidaria.

puesta en autos a través de la mencionada ARTICULO 33º: El Consejo Nacional y las

resolución y decretar, en los términos del art. autoridades distritales, en sus respectivos to y podrá participar en forma activa de la

CAPITULO XVI

13 de la ley 26215, la pérdida del aporte para ámbitos, nombrarán uno o más apoderados, estructura partidaria. Estará integrada por

desenvolvimiento institucional correspon- con preferencia abogados, para que conjun- todos los afiliados y adherentes hasta veinti-

diente a un ejercicio contable (con subsun- ta, alternativa o separadamente representen cinco (25) años cumplidos inclusive.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

al Partido ante las autoridades judiciales,

ción de la multa aplicada a fs. 2), disponiendo

ARTICULO 44º: Si existieran circunstancias además, firme que se encuentre la presente, electorales o administrativas y realicen todas Se faculta al Congreso Nacional para recep-

excepcionales, de tipo institucional, político, la formación de actuaciones con las constan- las gestiones o trámites que le sean enco- tar propuestas de las organizaciones de la

cias relevantes de esta causa y fotocopias mendados por aquellos.

Juventud y a crear los Organismos que con- gremial o económico, o de grave trascen-

certificadas de esta resolución para pasarlas sidere convenientes a tal fin.

dencia, que impidiere el libre y normal de-

al Ministerio Público Fiscal a los efectos es- CAPITULO XI

senvolvimiento del Partido, el mandato de

sus miembros se entenderá prorrogado has- tablecidos en el considerando 16 del citado CAPITULO XIV

ta que el propio Congreso determine que han Fallo 4887/12 CNE y con las salvedades allí DEL PATRIMONIO

cesado las causales que motivaron dicha dispuestas. DEL CONSEJO FEDERAL DE LA

3) Disponer la publicación en el Boletín Oficial ARTICULO 34º: El Patrimonio del Partido se

INCLUSIÓN Y EL PROGRESO

prórroga. Queda sin efecto toda disposición

de la Nación, por un (1) día, de la parte reso- formará con:

que se oponga al presente artículo.

lutiva de la presente sentencia. A tal efecto ARTICULO 39: Se crea el Consejo Federal de

ARTICULO 45º: Para la constitución de Juntas confecciónese edicto. Las contribuciones de los afiliados en todo el la Inclusión y el Progreso cuyo funcionamien-

Promotoras Provinciales y en su caso la ins- 4) Ordenar al Tesorero de la agrupación polí- territorio de la Nación.

to e integración será reglamentado por el

tica de autos que capitalice las conclusiones Consejo Nacional que tendrá por finalidad cripción del Partido en los distintos Distritos

y recomendaciones técnicas y la evaluación el estudio y elaboración de programas de Electorales, deberá requerirse previamente la El diez por ciento de las retribuciones que

jurídica de la que fue objeto cada rubro conta- autorización y conformidad de los impulso- perciban los legisladores nacionales.

gobierno y políticas para las instituciones

res de esta Corriente Nacional Dr. ALBERTO ble, ejecutando el ajuste pertinente respecto del sector social, gremial, profesional y

JOSÉ RODRIGUEZ SAA, D.N.I. 7.376.767, Dr. del balance general auditado, como también

Los aportes, donaciones o ingresos de cual- universitario.

Alfredo Francisco Barzola, L.E. 6.819.780, las correcciones que correspondan con rela-

quier naturaleza que se efectuaran volunta-

ción a los siguientes cuyo control se encuen-

DE LA DISOLUCION DEL PARTIDO todos con domicilio legal en calle San Martín riamente y que no están prohibidas por las

tra en decurso. Regístrese, notifíquese por Nº 414 Piso 8 “A”, (C.P. 5700) de la Ciudad leyes.

cédula al partido de autos y al Ministerio Pú- de San Luis, Provincia de San Luis; y/o de la ARTICULO 40º: El Partido “ES POSIBLE”

persona que oportunamente se designe por blico Fiscal en su despacho y oportunamente

Este patrimonio será administrado por el sólo se disolverá, además de las causales

los dirigentes anteriormente nombrados y/o cuando adquiera firmeza esta resolución

Consejo Nacional.

previstas por las leyes, por la voluntad de

Autoridades Partidarias Nacionales.

comuníquese a la Cámara Nacional Electoral

sus afiliados, que deberán expresarse por el

y a la Dirección Nacional Electoral depen-

Se establece como fecha de cierre del ejer- Congreso Nacional del Partido, en decisio-

diente del Ministerio del Interior, conforme a Dr. Oscar Guillermo Pérez, Prosecretario cicio anual el 31 de diciembre de cada año nes unánimes de sus miembros.

lo establecido en el punto 5to de la Acordada Electoral Nacional. calendario.

Nº 105/2008 CNE para la deducción de la

CAPITULO XV

e. 23/02/2015 Nº 11157/15 v. 23/02/2015 sanción aplicada de los aportes que le co-

ARTICULO 35º: Los fondos del Partido se-