N° 11588/15 Aviso del Boletín Oficial
PROPUESTA FEDERAL
Texto del aviso
PROPUESTA FEDERAL
Que a fs. 175, luego de haberse tenido por cumpli-
PARA EL CAMBIO PRO-FED
do en lo pertinente lo dispuesto en el art. 7 de la ley
23.298, realizada la publicación en el Boletín Ofi-
cial, las notificaciones correspondientes, corridos Distrito Buenos Aires
los traslados de las oposiciones al nombre y sigla
partidarios efectuadas por el Partido Fe y Partido
El Juzgado Federal con competencia electoral Popular, por cumplido el requisito establecido en
en el Distrito de la Provincia de Buenos Aires, a el inciso a) del citado artículo y lo establecido en la
cargo del Doctor Laureano Alberto Durán Juez Acordada Nº 60/08 C.N.E., se fijó la audiencia que
Federal subrogante con competencia electoral establece el artículo 62 de la mencionada ley y a
en el distrito de la Provincia de Buenos Aires, fs. 300 nueva fecha para la realización de la mis-
hace saber en cumplimiento de lo establecido ma, efectuándose las notificaciones pertinentes.
en los artículos 63 de la Ley Orgánica de los
Partidos Políticos 23.298 y 14 del Decreto Que a fs. 411 obra acta de la audiencia en la que
937/2010, que en los autos caratulados “Pro- manifestaron su oposición los apoderados del
puesta Federal para el Cambio “PRO-FED” S/ Partido Fe, Partido Popular y Partido Federal y
Reconocimiento de Partido de Distrito”, Expte. en defensa del nombre adoptado, la apoderada
Nº CNE 469/2014, que tramitan ante sus estra- del partido de autos y a fs. 418/419 el dictamen
dos, se ha dictado la siguiente resolución: del señor Fiscal Federal.
//Plata 3 de febrero de 2015.
Que a fs. 432, encontrándose los autos a des-
pacho para resolver, se presenta la Dr. Natalia
Inés Vallejos en su carácter de apoderada, VISTOS: los autos caratulados “PROPUESTA
acompañando Acta de Fundación Complemen- FEDERAL PARA EL CAMBIO “PRO-FED” S/
RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRI- taria en la que resuelven modificar el nombre
TO”, Expte. Nº CNE 469/2014 y,
y sigla partidaria, adoptando como nombre de
la agrupación política el de “Propuesta Federal
para el Cambio” y la sigla “PRO-FED”, suscripta
RESULTANDO:
por los miembros fundadores y con las firmas
certificadas por Escribano Público. Asimismo
Que a fs. 15/16 se presenta el señor Julio César acompaña los textos de Carta Orgánica, Decla-
Garro invocando el carácter de apoderado de la ración de Principios y Bases de Acción Política
agrupación política “Propuesta Federal” (PROFE) con la nueva denominación.
y solicita el reconocimiento de la personalidad
jurídico política como partido de distrito de la Que a fs. 433 y atento lo comunicado, se resol-
agrupación que representa, acompañando a tal vió dejar sin efecto lo dispuesto a fs. 420 y dar
efecto, Acta de Fundación y Constitución, Decla- cumplimiento a lo dispuesto por la Acordada
ración de Principios, Bases de Acción Política, Nº 60/08 de la C.N.E.
Carta Orgánica, Acta de aceptación de los certifi-
cadores designados y formularios de adhesiones Que a fs. 436 y atento las coincidencias parciales
a la constitución del partido y fs. 19 su renuncia del nombre con los nombres de otras agrupacio-
como presidente de la Junta Promotora.
nes políticas, se intimó al partido a expresarse
en el plazo de tres (3) días, si mantenía la deno-
Que a fs. 46 y vta. se presenta la señora Natalia minación adoptada, bajo apercibimiento de que
Inés Vallejos invocando el carácter de apodera- vencido el plazo y ante la falta de respuesta, se
da, acompañando Acta de Fundación Comple- entendería que mantenía su pretensión.
mentaria y nuevo texto de Carta Orgánica, a fs.
48 y vta. conforme lo resuelto en el acta mencio- Que a fs. 439 se tuvo por contestado el traslado
nada se tuvo por comunicada la nueva composi- conferido a fs. 436 y presente la manifestación
ción de la Junta Promotora, presente la renuncia de mantener la denominación y se ordenó eli-
a los cargos de presidente y apoderado del Dr. minar del Registro Nacional de Agrupaciones
Julio César Garro, como nueva apoderada a Políticas a la agrupación de autos en trámite
la Dra. Natalia Inés Vallejos, D.N.I. 27.366.560, con el nombre de “Propuesta Federal” y la sigla
como domicilio Central, Legal y Local partidario “PROFE” y dar ingreso bajo el nuevo nombre
el sito en calle 50 Nº 1135 de La Plata, como adoptado “Propuesta Federal para el Cambio”
certificadores de firmas de los formularios de y la sigla “PRO-FED” (Acordada 60/08 C.N.E.).
adhesiones y fichas de afiliación a las señoritas
Maite Bentancourt, D.N.I. 34.376.696 y Julieta En la misma resolución, se dispuso, atento lo
Elisabet Quintero Chascan, D.N.I. 36.215.210 y prescripto por el artículo 14 de la ley 23.298
como Declaración de Principios y Bases de Ac- y su modificatoria, la publicación de edictos
ción Política los textos obrantes a fs. 3 y 4 y vta. en el Boletín Oficial de la Nación por tres (3)
respectivamente y a fs. 51 como texto de carta días, la notificación a los señores apoderados
Orgánica el obrante a fs. 39/44.
de los partidos políticos reconocidos y en
40
Martes 24 de febrero de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.076
formación en este distrito, a los nacionales, a CONSIDERANDO:
nombre y sigla adoptados y cuyo registro se
“CARTA ORGÁNICA DEL PARTIDO
las confederaciones reconocidas e inscriptas
ordena por la presente resolución, con todos UNION POR LA LIBERTAD DISTRITO
y al señor Fiscal Federal, la decisión adoptada I) Que conforme surge de las constancias de los derechos y obligaciones que emanan de su
PROVINCIA DE BUENOS AIRES”
por la asamblea fundacional el día 15 de octu- autos, se ha dado cumplimiento a los requisitos reconocimiento (Ley 23.298, modif. Ley 26.571).
bre de 2014 del cambio de nombre, por el de que prescriben los arts. 7 y concordantes de la
I. SÍMBOLOS Y DENOMINACIONES
“Propuesta Federal para el Cambio” y la sigla Ley 23.298 modificada por la Ley 26.571.
II. OBJETO Y FINALIDAD III) Tener por autoridad partidaria en este distrito
“PRO-FED” y librar oficios a las Secretarías
III. DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES a la Junta Promotora integrada por: Presidente:
Electorales de otros distritos en los que tra- II) Que en relación al nombre adoptado y a las
IV. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Nelson Adrián Marino, D.N.I. 22.325.862, Vice-
mitaran agrupaciones políticas que tuvieran
V. LAS JUNTAS DE PARTICIPACIÓN oposiciones e impugnaciones efectuadas por presidente 1º: Eduardo Cháves, D.N.I. 5.192.093,
coincidencias parciales de sus nombres con los apoderados del “Partido Federal” y del Vicepresidente 2º: Diana Cecilia Zonaro, D.N.I. MUNICIPAL
el de la agrupación de autos, solicitándoles la “Partido Popular” ambos de este distrito, a la 13.916.307, Secretario General: Juan Ignacio VI. LAS JUNTAS SECCIONALES
notificación a las mismas.
denominación “Propuesta Federal para el Cam-
VII. LA CONVENCIÓN DEL DISTRITO Martínez Ayerra, D.N.I. 28.867.859, Tesorero:
bio” y la sigla “PRO-FED”, corresponde señalar
VIII. LA JUNTA DE GOBIERNO César Augusto Vallejos, D.N.I. 26.140.823, Vo-
Que a fs. 442 y 547 obra constancia de la publi- lo siguiente:
IX. EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y ÉTICA cales Titulares: Isabel Graciela Mislem, D.N.I.
cación en el Boletín Oficial, a fs. 443 de la no-
10.608.626 y Sergio Amadeo López, D.N.I. X. DE LA JUNTA ELECTORAL
tificación al señor Fiscal Federal, a fs. 444/451 Que respecto a lo previsto por la ley 23.298 en 23.799.495, Vocales Suplentes: Liliana Raquel XI. DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
de los oficios librados en cumplimiento de lo su artículo 16 cuando establece: “El nombre.... Guanini, D.N.I. 10.995.063 y Adriana Maricel XII. LAS COMISIONES DE TRABAJO
ordenado a fs. 439 y a fs. 456/539 de las notifi- Deberá distinguirse razonable y claramente del
XIII. DE LOS APODERADOS Balda, D.N.I. 28.868.067.
caciones efectuadas.
nombre de cualquier otro partido, asociación o
XIV. DEL FINANCIAMIENTO Y PATRIMONIO
entidad....”, la Excma. Cámara Nacional Electo-
DEL PARTIDO IV) Tener por apoderada partidaria a la doctora
Que a fs. 452 y vta. obra presentación del apo- ral en el Fallo N° 554/88 (Expte. N? 1315 C.N.E.)
XV. ELECCIONES INTERNAS Y PARTICIPA- Natalia Inés Vallejos, D.N.I. 27.366.560.
derado del “Partido Federal” de este distrito, en ha expresado: “... para determinar si existe o
CIÓN POPULAR
la que formula formal impugnación y oposición no posibilidad de confusión entre las denomi-
XVI. DE LAS ALIANZAS ELECTORALES
V) Tener como domicilio Central, Local y Legal
al uso del nombre y sigla de la agrupación de naciones de partidos políticos debe atenderse
XVII. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL PARTIDO
del partido el sito en calle 50 Nº 1135, de la ciu-
autos, señalando que “Conforme así lo dispone a la impresión de conjunto, a las semejanzas
XVIII. NORMAS TRANSITORIAS
dad de La Plata.
la ley 23.298, en su Capítulo II Art. 13 el nombre por sobre las diferencias, tomándose especí-
constituye un atributo del partido y en este caso ficamente en cuenta las semejanzas auditivas,
TITULO I.- SÍMBOLOS Y DENOMINACIONES
VI) Tener como textos de Carta Orgánica, Bases el nombre “Partido Propuesta Federal para el fonéticas y la analogía de conceptos implicados
de Acción Política y Declaración de Principios Cambio, en tiempos de elecciones podría con- en los vocablos que integran los conjuntos en
Artículo 1:
los obrantes a fs. 424/429vta., fs. 430 y vta. y fundir a los sufragantes simpatizantes con el examen (Conf. esta Cámara, Fallos n° 185/64 y
fs. 431 respectivamente. Partido Federal, de nombres similares lo que 25/84)”.
Este partido político se constituye bajo la de-
podría infringir serios perjuicios”.
nominación “UNION POR LA LIBERTAD”. La
VII) Hacer saber que a fin de obtener la perso- Que en ese sentido también ha expresado en
presente carta orgánica rige su organización y
nería jurídico política definitiva deberá acreditar, Expresa también, que “Conforme a razones de el Fallo Nº 674/89 y la Corte en Fallo 305:1262,
funcionamiento. El partido tendrá un único sím-
convivencia Políticas entre los partidos debida- que “la confusión solo puede resultar de la total dentro del plazo improrrogable de 150 días a bolo y un único logotipo. El símbolo y el logotipo
mente legitimados, la ley 23.298 en su Art. 16 desinformación, lo que no se presume”, y que partir de la notificación del presente resolutorio, válidos serán los aprobados y agregados como
establece que: “Deberá distinguirse razonable y “…no basta que exista “posibilidad de confu- la afiliación de 4.000 electores, acompañando Anexo a la presente Carta Orgánica.
claramente del nombre de cualquier otro partido
conjuntamente con las fichas respectivas co- sión” sino causa suficiente de confusión o, por
pias de los documentos cívicos de los afiliados, político, asociación o entidad”. El otorgamiento lo menos, seria posibilidad y no mera posibili-
TITULO II. OBJETO Y FINALIDAD
donde conste la identidad y el domicilio, certifi- del nombre a esa agrupación política implicaría dad de confusión”, y que ella “puede fácilmente
daños graves al partido que represento y con- disiparse por la acción consciente y continua cada por la autoridad partidaria (art. 7 bis, inc. a) Artículo 2:
llevaría al electorado a una confusión visual y de los partidos, que es imperativo del régimen de la ley 23.298, modificada por la Ley 26.571),
fonética”.
republicano”.
debiendo tener presente a tal efecto lo dispues- El Partido tiene por objeto:
to en los arts. 3º y 5º del Decreto Nº 937/2010
P.E.N. reglamentario de la referida ley. Como sustento de lo dicho, en cuanto a la dis- Que a través de lo allí determinado, lo que la
a) construir una sociedad participativa, repre-
tinción entre los nombres de las agrupaciones ley procura es preservar la genuina voluntad
sentativa, republicana y federal conforme a las
políticas, señala Fallos de la Excma. Cámara política del electorado y el caudal electoral de VIII) Hacer saber que -a los fines señalados pre- normas y principios consagrados en la Consti-
Nacional Electoral
los partidos, evitando que los ciudadanos, con- cedentemente y dentro del plazo improrrogable tución Nacional y en la Constitución de la Pro-
fundidos por el nombre de un partido que no se de 180 días de notificada la presente- deberá vincia de Buenos Aires;
Que a fs. 453 obra escrito del apoderado del distingue razonablemente de otro, vean, como realizar elecciones internas para constituir las
Partido Popular de este distrito, en el que in- consecuencia de ello, desviada la expresión de autoridades definitivas (art. 7 bis, inc. b) de la b) defender la plena vigencia de la democracia;
vocando un interés legítimo, formula oposición su auténtica doctrina o programa político. Y citada ley).
e impugnación al uso del nombre “Propuesta considerada la cuestión desde este ángulo, no
c) garantizar los Derechos Humanos, la sobera-
Federal para el Cambio” y de su sigla PRO- puede razonablemente suponerse que el “Par-
nía popular, la libertad, la igualdad ante la ley y IX) Hacer saber que dentro de los 60 días debe-
FED, expresando al igual que el apoderado del tido Federal” en su caso, o el caduco “Propues- rán presentar las autoridades partidarias para la solidaridad social;
Partido Federal que “Conforme así lo dispone ta Republicana” u otros partidos de nombres su rúbrica los libros exigidos por el artículo 37
la ley 23.298, en su Capítulo II Art. 13 el nombre similares, como lo expresa el apoderado del de la ley 23.298 y artículo 21 de la ley 26.215, d) respetar y mantener la diversidad cultural;
constituye un atributo del partido y en este caso Partido Popular, vayan a perder un solo elector bajo apercibimiento de lo dispuesto por el ar-
el nombre “PROPUESTA FEDERAL PARA EL o un solo afiliado por el simple hecho de que
e) respetar la diferencia de opiniones y defen- tículo 50 inciso d) de la ley 23.298, modificada
CAMBIO” y de siglas PRO-FED, en tiempos de otra agrupación política -con prescindencia por la Ley 26.571.
der la vía pacífica para resolver las diferencias
elecciones podría confundir a los sufragantes de quienes sean sus autoridades y candidatos
sociales, políticas y económicas, rechazando
tanto fueran simpatizantes con el Partido Fede- o de cual sea su plataforma- lleve el nombre
cualquier uso de la fuerza; X) Ordenar la publicación por un (1) día en el
ral y el caduco “PROPUESTA REPUBLICANA” “Propuesta Federal para el Cambio” y la sigla Boletín Oficial de la Nación del presente resolu-
u otros Partidos Políticos de nombres similares “PRO-FED-. Pensar lo contrario sería minimizar
f) propender al cumplimiento de los objetivos torio y de la Carta Orgánica partidaria.
lo que podría infringir serios perjuicios” y que la trayectoria del “Partido Federal”, del partido
básicos establecidos en la Declaración de Prin-
“Conforme a razones de convivencia Políticas “Propuesta Republicana” u de los otros parti-
cipios y Bases de Acción Programática aproba-
XI) Hacer saber al partido que a los efectos de entre los partidos debidamente legitimados, la dos con nombres similares y el lugar que estos
dos en su acto fundacional;
la publicación ordenada en el punto X), deberá ley 23.298 en su Art. 16 establece que: “Deberá ocupan en un sector del pensamiento político
acompañar a esta sede judicial una copia en distinguirse razonable y claramente del nombre del país. (Conf. Fallo N? 2087/95 C.N.E. entre
TITULO III. DE LOS AFILIADOS
CD del texto de la Carta Orgánica tenida como de cualquier otro partido político, asociación o otros).
Y ADHERENTES
tal en el punto VI). entidad”.
Que respecto a lo manifestado por el apode-
De la Afiliación:
XII) Comunicar la presente resolución a la Exc- Que a fs. 454 se los tiene a ambos apodera- rado del Partido Popular, corresponde señalar
ma. Cámara Nacional Electoral (Art. 39 de la dos por presentados, con el domicilio procesal que habiéndose realizado las notificaciones a
Artículo 3:
Ley 23.298, modif.. Ley 26.571). constituido y de las oposiciones e impugnacio- todos los partidos políticos de este distrito y
nes al nombre y sigla, se corrió traslado al par- a las agrupaciones con nombres similares en
El Partido está formado por afiliados y
tido de autos por el término de cinco (5) días. otros distritos, no se recibió impugnación u Regístrese, notifíquese y líbrense las comunica- adherentes
oposición al nombre por parte de ninguna otra ciones del caso. — Fdo. Laureano Alberto Du-
rán - Juez Federal subrogante con competencia Que a fs. 657 se tuvo por vencido el plazo de agrupación política.
a) Podrán ser afiliados las mujeres y hombres
traslado conferido sin haber el partido contes-
electoral en la Prov. Bs.As.-
mayores de 18 años, domiciliados en el Distrito,
tado el mismo.
Planteada así la cuestión, entiende el prove-
que adhieran a su Declaración de Principios
yente que entre “Propuesta Federal para el Dr. Laureano Alberto Durán Juez.
y cumplan con las formalidades de adhesión
Que a fs. 658 obra acta de celebración de la Cambio” y “Partido Federal” no existe posibi-
o afiliación previstas en la carta orgánica y lo Dr. Daniel Darío Armellini Prosecretario Electo-
audiencia, con la sola presencia del señor lidad de confusión, como tampoco existe con ral Nacional.
dispuesto por la Ley 23298 y las modificaciones
apoderado del “Partido Popular”, Jaime Isaac “Propuesta Republicana” u otra agrupación
introducidas por la Ley 23476.
Alper, quien ratificó en todo su contenido la política con nombre similar, tal como lo expresa
e. 24/02/2015 Nº 11588/15 v. 24/02/2015
presentación de impugnación efectuada el 7 de el apoderado del Partido Popular.
b) Podrán ser adherentes los argentinos mayo-