W20 Argentina W20Argentina

N° 10612/15 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 25 de febrero de 2015

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S.Sa. del Señor

Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo

Criminal Federal de Corrientes, Dr. FERMIN

AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publi-

cación en el Boletín Oficial, por el termino de

cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia

Nº 39 de fecha 05 de Noviembre de 2014, en

la causa caratulada: “ARRASCAETA, GUSTAVO

ADOLFO JULIO S/ Infracción Ley 23.737”, Ex-

pediente Nº 34021720/2012/TO1/9, respecto a

GUSTAVO ADOLFO JULIO ARRASCAETA, DNI.

Nº 11.457.750, de nacionalidad Argentina, de 59

años de edad, separado de hecho, instruido, de

profesión comerciante, nacido el 24 de Febrero

de 1955 en la ciudad de San Juan, provincia

homónima, domiciliado en calle Tomas Guido

Nº 4.800 de la ciudad de Posadas, provincia

de Misiones, hijo de Gustavo Adolfo Pedro

Arrascaeta (f) y de Yolanda Espinosa (f), la que

dispone: “SENTENCIA Nº 39 CORRIENTES,

05 de Noviembre de 2.014.- Y VISTOS: Por los

fundamentos que instruye el Acuerdo prece-

dente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) CONDENAR

a GUSTAVO ADOLFO JULIO ARRASCAETA,

DNI Nº 11.455.750, ya filiado en autos, a la

pena de cuatro (4) años y ocho (8) meses de

prisión y multa de pesos doscientos veinticinco

($ 225,00) como autor penalmente responsable

del delito previsto y reprimido por el 5 inc. c) de

la Ley 23.737, en la modalidad “transporte de

estupefacientes”, en concurso real con el delito

de Falsificación de Documento Público (Arts.12,

40, 41, 45, 55 y 292 primero y último párrafo del

Código Penal, con costas artículos 530, 531 y

533 del C.P.P.N.). 3º)... 4º) … 5º) … 6º) …7º) …

8º) REGISTRAR, agregar el original al expedien-

te, copia testimoniada al Protocolo respectivo,

cursar las comunicaciones correspondientes, y

una vez firme este pronunciamiento, practicar

por Secretaría el cómputo de pena fijando la

fecha de su vencimiento (Art. 493 del C.P.P.N.);

notificar al imputado con remisión del testimo-

nio de la presente Sentencia y oportunamente

archivar.- FDO.: Dr. Víctor Antonio Alonso.­­- Dra.

Lucrecia M. Rojas de Badaró.– Dr. Fermín Ama-

do Ceroleni, Jueces de Cámara. Ante mí: Dra.

Susana Beatriz Campos, Secretaria, Tribunal

Oral en lo Criminal Federal, Corrientes”.

Fermín Amado Ceroleni, juez.

Sebastian Avila, secretario de Ejecución Penal.

e. 20/02/2015 Nº 10612/15 v. 26/02/2015