N° 12263/15 Aviso del Boletín Oficial
3er. Piso, Unidad Funcional 551, de esta Ciudad
Texto del aviso
3er. Piso, Unidad Funcional 551, de esta Ciudad
de Buenos Aires. Nom. Cat.: Circ.11, Secc.9, JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
Manz.5, Parc.1B. Matrícula: 11-2620/551. Sup. SECRETARÍA N° 18
Total: 52,85 m2. Conforme constatación la unidad
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial se encuentra identificada como departamento
Nº 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. “B” del 3er. Piso, forma parte integrante de un edi-
ficio con ingreso por la calle Castelli 374, con una Nº 18 a mi cargo, sito en M. T. de Alvear 1840,
antigüedad aproximada de 35 años, con tres as- Piso 4º CABA, hace saber por cinco días en
censores y servicio de vigilancia. Consta de living los autos “Panzillo Liberato Carlos s/ Quiebra”
comedor, dos dormitorios con placard a la calle (Expte. Nº 18427/2000) que el martillero Gustavo
Alejandro Lépori –CUIT: 20-17577964-8- rema- Castelli, cocina con lavadero incorporado y baño
tará el día 17.03.2015 a las 10:45 hs. en la oficina completo. Los pisos de living comedor y dormi-
torios son de parquet; con calefacción por loza de Subastas Judiciales sita en Jean Jaures 545
radiante. Se encuentra en buen estado de con- CABA, el 100% de la UF. 3 del bien sito en la
servación y desocupado. Es apto profesional. No calle Almeyra 2623 de Villa Libertad, Pdo. de
tiene líneas telefónicas. CONDICIONES DE VEN- Gral. San Martín, Pcia. de Buenos Aires -iden-
tificado como Circ. III, Sec. W, Mz. 39 “a”, Parc. TA: “AD-CORPUS”, al contado y al mejor postor.
13, subparcela 3, Mat. 23306/3. El inmueble BASE: $ 900.000.- SEÑA: 30%. COMISION: 3%
más IVA a la alícuota de ley. SELLADO GCBA.: cuenta con aprox. 95 m2, se encuentra ocupado
1%. ACORDADA 10/99: 0,25%. Todo en dinero y en muy buen estado de conservación. EXHI-
efectivo en el acto del remate. El impuesto sobre BICION: los días 12 y 13 de marzo de 2015 de
la venta de los bienes inmuebles que establece el 15 a 17 hs. CONDICIONES DE VENTA: Base:
$ 590.250 al contado, en efectivo y al mejor art. 7 de la ley 23.905, será a cargo de los com-
postor. SEÑA: 30%. COMISION: 3% más I.V.A. pradores, no estarán incluídos en el precio y será
retenido por el Escribano que otorgue la escritura Sellado de ley y 0,25% de arancel dispuesto por
traslativa de dominio. Las tasas, impuestos y Ac. CJSN 24/00, a cargo del comprador y en el
contribuciones devengadas luego de la posesión acto del remate. Queda excluida la posibilidad
del inmueble serán a cargo del adquirente, no así de compra en comisión, intervención de gesto-
res de negocios, la cesión de los derechos emer- las anteriores. Corre por cuenta del comprador:
gentes del boleto y el otorgamiento por parte del a) el cumplimiento de todas las reglamentaciones
de cualquier tipo que se refieran al inmueble, b) la comprador de poderes especiales irrevocables
remoción de cualquier impedimento que obsta- a favor de 3ros para la posesión, escrituración,
culice la escrituración y sea ajeno a la quiebra, y c) cesión, adquisición y/o venta. Para el caso en
hacerse cargo de la totalidad de gastos que oca- que quien realice la última oferta lo haga en re-
presentación de un 3ro, deberá anunciar a viva sione la escritura de cualquier índole que sean. El
voz y exhibir el respectivo poder en ese mismo saldo de precio deberá ser depositado dentro del
quinto día de aprobada la subasta, resolución que momento bajo apercibimiento de continuar con
quedará notificada “ministerio legis” –art. 580 del el acto de subasta y en su caso, hacerlo respon-
Cód. Proc.-, bajo apercibimiento de lo dispuesto sable de los eventuales perjuicios. En cuanto a
los gastos que la transferencia del inmueble irro- por el art. 584 del mismo cuerpo legal. Queda
gue cualquiera sea la modalidad que se adopte, prohibida la compra en comisión o posterior ce-
aclárase que los mismos deberán ser soporta- sión del boleto de compraventa. El comprador,
al suscribir el boleto pertinente deberá constituir dos exclusivamente por el adquirente. El saldo
domicilio dentro del radio del Juzgado y declarará de precio deberá ingresarse en el Banco de la
conocer el estado físico y jurídico del bien y se Nación Argentina -Sucursal 89- a la orden del
tribunal en cuenta que se abrirá al efecto, dentro comprometerá, cualquiera sea el objeto de forma
del plazo de cinco días de aprobado el remate o fondo que se pudiera hacer a la venta, a ingre-
sin necesidad de notificación a los adquirentes sar el saldo de precio en término. Para el caso
de que el adquirente fuera quien eventualmente ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de
planteara la nulidad de la subasta, para hacer uso declararlos postores remisos. En caso de adeu-
de esta facultad, deberá integrar el saldo de pre- darse tasas, impuestos o contribuciones, sólo
serán a cargo del comprador las devengadas cio a las resultas de su planteo nulificatorio. Salvo
con posterioridad a la toma de posesión. Y las por causas no imputables al adquirente, se lo ten-
demás condiciones fijadas en el auto de subas- drá por tomada la posesión del bien dentro de los
treinta días de aprobado el remate. Por resolución ta. LE. del fallido: 5.582.840.
de fecha 1 de diciembre de 2014, de conformidad Buenos Aires, 20 de febrero de 2015.
con lo dispuesto por el art. 3187 del Cód. Civil, se Paula Maria Hualde, juez.
Florencia Maria Claus, secretaria interina.
dispuso la cancelación del gravamen hipotecario
inscripto por escritura pública Nº 289 de fecha 29
e. 26/02/2015 Nº 12263/15 v. 04/03/2015 de mayo de 1997, pasada al folio 803 del Registro