N° 13943/15 Aviso del Boletín Oficial
FAVACARD S.A.
Texto del aviso
FAVACARD S.A.
NOTIFICACIÓN DE CESIÓN DE CRÉDITOS
Se hace saber por un día al público en general,
y en especial a los deudores cedidos, que en
virtud del contrato de mutuo de fecha 20 de Oc-
tubre de 2014, celebrado entre Favacard S.A.
(la “Sociedad”) y Banco Patagonia S.A., Banco
Macro S.A., Banco Provincia del Neuquén S.A.
y Banco de la Ciudad de Buenos Aires S.A., (los
Sección
“Bancos”), la Sociedad ha cedido en garantía
por la suma de $ $ 54.471.421,35 (Pesos Cin-
cuenta y cuatro millones cuatrocientos setenta
y un mil cuatrocientos veintiuno con 35/100)
más intereses, (i) los créditos presentes y futu-
ros provenientes o que derivan de la utilización
de las tarjetas de crédito emitidas por la socie-
dad. El presente aviso importa notificación por
acto público en los términos del artículo 1467
del Código Civil. Sin perjuicio de ello, la Socie-
dad continuará a cargo de la administración
y cobro de los créditos cedidos a menos que
sea sustituido por los “Bancos”. La cesión de
los créditos no implica alterar las relaciones ju-
rídicas originales celebradas entre la Sociedad
y los deudores cedidos, y sólo determina para
éstos el cambio de la persona del acreedor, sin
perjuicio de lo cual los deudores cedidos po-
drán continuar efectuando los pagos debidos
bajo los créditos en los lugares habituales de
pago hasta tanto reciban una comunicación en
contrario emitida por los “Bancos” en cuyo caso
deberán abonarles a donde estos les indiquen).
Los Créditos Cedidos son aquellos que se
encuentran contenidos en el Disco Compacto
marca TELTRON número de serie CDR UG 80
G1 (07142106) grabado, cerrado y no regraba-
ble, rotulado bajo el título “FAVA VI”. Cualquier
interesado podrá consultar la información allí
contenida acercándose a las Oficinas de Banco
Patagonia SA sita en Av. De Mayo 701 piso 17,
Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires, 26 de
Febrero de 2015. Apoderado según instrumen-
to público Esc. Nº 219 de fecha 04/10/2013 Reg.
Nº 14).
EDUARDO CARLOS BUSACCA
e. 02/03/2015 Nº 13943/15 v. 02/03/2015