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N° 13553/15 Aviso del Boletín Oficial

estricto cumplimiento con el art. 7 inc a) de la PARTIDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 3 de marzo de 2015

Texto del aviso

estricto cumplimiento con el art. 7 inc a) de la PARTIDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ley 23.298. Sin perjuicio de ello, el Ministerio

Público Fiscal efectuó varias observaciones

Distrito Capital Federal

respecto de la Carta Orgánica.

II) Que conforme surge del informe de la ofi-

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correc- cina Partidos Políticos obrante a fs. 277, la

cional Federal Nº 1 con competencia Electoral agrupación de autos alcanzó el total de cuatro

en el Distrito Capital Federal, a cargo de la Dra. mil sesenta y un (4061) adhesiones válidas,

María Romilda Servini, en cumplimiento de lo dando cumplimiento con lo dispuesto en el ar-

establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica tículo 7º inc. a) de la Ley Orgánica de Partidos

de los Partidos Políticos 23.298, ha ordena- Políticos.

do la publicación en el marco del Expte. CNE

En efecto, de acuerdo a la verificación rea-

1191/2014 caratulado “PARTIDO DE LA SEGU-

lizada, se arriba a la conclusión de que se ha

RIDAD SOCIAL - C.F. S/RECONOCIMIENTO DE

superado el mínimo de adhesiones exigidas por

PARTIDO DE DISTRITO” por el término de un

el art. 7º de la Ley de aplicación en la materia,

(1) día, de la resolución que fuera adoptada con

lo que otorga suficiente certeza concerniente al

fecha 18 de febrero del corriente año por la cual

fin último de la norma. Es decir, que la agrupa-

se reconoció la personería jurídico política pro-

ción que pretende el reconocimiento provisorio

visoria al partido de marras.- Fdo. Dra. María

cuente con una necesaria representatividad y

Romilda Servini —Juez Federal—, Ante mí: Dr.

consenso de la ciudadanía, constituyendo de

Martin Rosendo Segui, Secretario Electoral.

esta manera una verdadera fuerza política.

En Capital Federal, a los 23 días del mes de Que, tal como se describió en el punto anterior,

febrero del año 2015.

la entidad de autos cumplió con lo requerido

Dr. Martín Rosendo Segui, Secretario Electoral. por el art. 7º inc. a) de la Ley 23.298, y tal cum-

RESOLUCIÓN N°: 4/15.-

plimiento se verificó con la presentación de los

///nos Aires, 18 de Febrero de 2015.

denominados “formularios y planillas de pre-

sentación de adhesiones y aplicativo informá- AUTOS Y VISTOS:

tico” tal como lo establece el decreto 937/10. Para resolver en los presentes autos Nº C.N.E.

Que esas planillas, formularios y aplicativos 1191/2014, caratulados: “PARTIDO DE LA SE-

no tienen otra función en la vida partidaria ni GURIDAD SOCIAL - C.F. S/RECONOCIMIENTO

en el ámbito judicial y por lo tanto no solo no DE PERSONALIDAD JURÍDICO POLÍTICA”, del

resulta preciso conservarlas, sino que resulta registro de causas de esta Secretaría Electoral

materialmente imposible su guarda por tiempo de la Capital Federal y,

indefinido debido al volumen que ocupan y al

CONSIDERANDO:

constante ingreso de nuevas planillas, formu-

I) Que a fs. 37/38 se presentan LEONARDO RU-

larios y aplicativos y en consideración que las

BEN FABRE, en su carácter de Presidente de la

mismas resultan innecesarias una vez obteni-

Junta Promotora, y JORGE RUBÉN BALBIN, en

do el reconocimiento provisorio, por lo que a

su carácter de Secretario de la Junta Promotora

efectos de evitar el dispendio de los recursos

y apoderado de la agrupación “PARTIDO DE LA

humanos y materiales disponibles, es que se

SEGURIDAD SOCIAL”, a fin de iniciar el trámite

procederá a su destrucción.

tendiente a la obtención de la personería jurí-

III) Que teniendo por cumplidos los requisitos

dico política de su representada como partido

necesarios para otorgar la personería proviso-

de distrito.

ria requerida, se pone en conocimiento de la

Que en la referida presentación, acompañan la agrupación, a través del Sr. Apoderado Partida-

documentación de la que da cuenta el informe rio, en orden a la jurisprudencia sentada por la

Actuarial obrante a fs. 57, a saber: Carta Orgá- Cámara Nacional Electoral —Fallos Nº 694/89,

nica obrante a fs. 13/21 y Declaración de Princi- 699/89, 759/89 y 764/89, y demás, que fueran

pios y Bases de Acción Política obrante fs. 9/10. confirmados por la Corte Suprema de Justicia

A fs. 62 se agrega el Informe del Registro Na- de la Nación— C.S.J.N. libros de sentencia: T

cional de Agrupaciones Políticas obrante a 206:4235; 207:4825; 206:4239, entre otros que

fs. 55/56. Toda vez que de dicho reporte no deberá dar cumplimiento, de acuerdo al texto

resultan coincidencias totales ni parciales rele- de la Ley 23.298, modificada por Ley 26.571, en

vantes entre la denominación pretendida por la el término de ciento cincuenta (150) días a partir

agrupación de autos y las que se encuentran de la notificación de la presente resolución, con

inscriptas en el Registro Nacional de Nombres el mínimo de cuatro mil (4.000) afiliaciones —

de las Agrupaciones Políticas, se procede a la presentadas en un ejemplar, con copia de los

inscripción del nombre pretendido en el Siste- documentos cívicos de los afiliados en donde

ma Informático del Registro Nacional de Agru- conste la identidad y el domicilio, certificadas

paciones Políticas.

por autoridad partidaria (conf. Art. 7 bis inc. a)

En el mismo acto S.S, ordena la notificación a de la Ley 23.298)—, requisito de cumplimiento

las agrupaciones en trámite de reconocimiento, previo necesario para la primera convocatoria a

partidos distritales, nacionales, partidos a los elección interna, la cual deberá realizarse den-

que se les ha decretado la caducidad de su tro de los ciento ochenta (180) días de haberse

personería política, la denominación y sigla de notificado de la presente resolución, de confor-

la agrupación de autos. Asimismo, se ordena midad con lo establecido por el inc. b) del art. 7

notificar al Sr. Procurador Fiscal Electoral y co- bis de la Ley 23.298.

municar al Superior la iniciación del trámite de Asimismo, deberá, dentro de los sesenta (60)

reconocimiento de la agrupación de autos, de días de obtenido el reconocimiento, haber pre-

conformidad con lo establecido en la Acordada sentado los libros a que se refiere el artículo 37,

81/90 de la C.N.E.

a los fines de su rúbrica.

Que a fs. 86, 148, 226, 227, 235, 240, 243, 245, Por último, la agrupación de autos deberá

247, 250, 251, 253, 255, 256, 258, 260, 262, 263, efectuar la adecuación de la Carta Orgánica

265, 266, 268, 270, 272, 274 y 275 el Sr. Apode- conforme las observaciones efectuadas por el

rado de la agrupación política de marras, acom- Sr. Procurador Fiscal en un plazo de 10 días

pañó formularios de adhesión a efectos de dar hábiles.

cumplimiento con el requisito establecido en el Así las cosas y llegado el momento de valorar lo

art. 7 inc a), de la ley de aplicación en la materia. expuesto en los considerandos que anteceden,

Martes 3 de marzo de 2015

Segunda Sección

BOLETIN

jurisprudencia citada, y de conformidad con

lo dictaminado por el Señor Procurador Fiscal

Electoral, es que corresponde y así,

RESUELVO:

I) RECONOCER LA PERSONERÍA JURÍDICO

POLÍTICA PROVISORIA A LA AGRUPACIÓN

“PARTIDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL” para

actuar como partido político en formación en este

distrito electoral de Capital Federal, con todos los

derechos y deberes emergentes del ordenamiento

jurídico vigente y con derecho exclusivo al nom-

bre y sigla “P.A.S.S.”, que fueran adoptados en su

oportunidad por la entidad (arts. 7, 14, 38, 61 y 63

de la Ley 23.298).

II) Hacer saber a las autoridades promotoras del

partido que en el plazo de ciento cincuenta (150)

días a contar de la notificación de la presente re-

solución deberán dar cumplimiento con el mínimo

de cuatro mil (4.000) afiliaciones —presentadas en

un ejemplar, con copia de los documentos cívicos

de los afiliados en donde conste la identidad y el

domicilio, certificadas por autoridad partidaria

(conf. Art. 7 bis inc. a) de la Ley 23.298)—; dentro

de los ciento ochenta (180) días haber realizado

la elección interna para constituir las autoridades

definitivas del partido.

III) Hacer saber a las autoridades promotoras que

dentro de los sesenta (60) días de obtenido el reco-

nocimiento, deberá presentar, para su rúbrica, los

libros a que se refiere el art. 37 de la Ley 23.298,

de conformidad con lo establecido por el art. 7 bis,

inciso c) de la citada norma.

IV) Hacer saber a las autoridades promotoras que

en el plazo de 10 días hábiles deberán adecuar la

Carta Orgánica de conformidad con las observa-

ciones efectuadas por el Sr. Procurador Fiscal.

V) Publicar, por el término de un (1) día y sin car-

go, en el Boletín Oficial de la Nación, la presente

resolución y de la Carta Orgánica una vez que sea

esta adecuada según lo dispuesto en el punto pre-

cedente (conf. Art. 63 de la Ley 23.298).

VI) Proceder a la destrucción de las planillas de

adhesiones, de los formularios y de los soportes

magnéticos del Partido de autos, que fueran

acompañadas a los efectos de acreditar el cum-

plimiento del requisito establecido en el art. 7 inc.

a) de la Ley 23.298.

VII) NOTIFÍQUESE, comuníquese a la Excma. Cá-

mara Nacional Electoral; a la Dirección Nacional

Electoral, al Departamento de Sistemas del Con-

sejo de la Magistratura de la Nación y al Tribunal

Superior de Justicia; y póngase en conocimiento

de la oficina Partidos Políticos y Control Patrimo-

nial, a sus efectos.

Maria Romilda Servini, Juez Federal. Ante mí:

Martín Rosendo Segui, Secretario Electoral.

e. 03/03/2015 Nº 13553/15 v. 03/03/2015