N° 13553/15 Aviso del Boletín Oficial
estricto cumplimiento con el art. 7 inc a) de la PARTIDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Texto del aviso
estricto cumplimiento con el art. 7 inc a) de la PARTIDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ley 23.298. Sin perjuicio de ello, el Ministerio
Público Fiscal efectuó varias observaciones
Distrito Capital Federal
respecto de la Carta Orgánica.
II) Que conforme surge del informe de la ofi-
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correc- cina Partidos Políticos obrante a fs. 277, la
cional Federal Nº 1 con competencia Electoral agrupación de autos alcanzó el total de cuatro
en el Distrito Capital Federal, a cargo de la Dra. mil sesenta y un (4061) adhesiones válidas,
María Romilda Servini, en cumplimiento de lo dando cumplimiento con lo dispuesto en el ar-
establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica tículo 7º inc. a) de la Ley Orgánica de Partidos
de los Partidos Políticos 23.298, ha ordena- Políticos.
do la publicación en el marco del Expte. CNE
En efecto, de acuerdo a la verificación rea-
1191/2014 caratulado “PARTIDO DE LA SEGU-
lizada, se arriba a la conclusión de que se ha
RIDAD SOCIAL - C.F. S/RECONOCIMIENTO DE
superado el mínimo de adhesiones exigidas por
PARTIDO DE DISTRITO” por el término de un
el art. 7º de la Ley de aplicación en la materia,
(1) día, de la resolución que fuera adoptada con
lo que otorga suficiente certeza concerniente al
fecha 18 de febrero del corriente año por la cual
fin último de la norma. Es decir, que la agrupa-
se reconoció la personería jurídico política pro-
ción que pretende el reconocimiento provisorio
visoria al partido de marras.- Fdo. Dra. María
cuente con una necesaria representatividad y
Romilda Servini —Juez Federal—, Ante mí: Dr.
consenso de la ciudadanía, constituyendo de
Martin Rosendo Segui, Secretario Electoral.
esta manera una verdadera fuerza política.
En Capital Federal, a los 23 días del mes de Que, tal como se describió en el punto anterior,
febrero del año 2015.
la entidad de autos cumplió con lo requerido
Dr. Martín Rosendo Segui, Secretario Electoral. por el art. 7º inc. a) de la Ley 23.298, y tal cum-
RESOLUCIÓN N°: 4/15.-
plimiento se verificó con la presentación de los
///nos Aires, 18 de Febrero de 2015.
denominados “formularios y planillas de pre-
sentación de adhesiones y aplicativo informá- AUTOS Y VISTOS:
tico” tal como lo establece el decreto 937/10. Para resolver en los presentes autos Nº C.N.E.
Que esas planillas, formularios y aplicativos 1191/2014, caratulados: “PARTIDO DE LA SE-
no tienen otra función en la vida partidaria ni GURIDAD SOCIAL - C.F. S/RECONOCIMIENTO
en el ámbito judicial y por lo tanto no solo no DE PERSONALIDAD JURÍDICO POLÍTICA”, del
resulta preciso conservarlas, sino que resulta registro de causas de esta Secretaría Electoral
materialmente imposible su guarda por tiempo de la Capital Federal y,
indefinido debido al volumen que ocupan y al
CONSIDERANDO:
constante ingreso de nuevas planillas, formu-
I) Que a fs. 37/38 se presentan LEONARDO RU-
larios y aplicativos y en consideración que las
BEN FABRE, en su carácter de Presidente de la
mismas resultan innecesarias una vez obteni-
Junta Promotora, y JORGE RUBÉN BALBIN, en
do el reconocimiento provisorio, por lo que a
su carácter de Secretario de la Junta Promotora
efectos de evitar el dispendio de los recursos
y apoderado de la agrupación “PARTIDO DE LA
humanos y materiales disponibles, es que se
SEGURIDAD SOCIAL”, a fin de iniciar el trámite
procederá a su destrucción.
tendiente a la obtención de la personería jurí-
III) Que teniendo por cumplidos los requisitos
dico política de su representada como partido
necesarios para otorgar la personería proviso-
de distrito.
ria requerida, se pone en conocimiento de la
Que en la referida presentación, acompañan la agrupación, a través del Sr. Apoderado Partida-
documentación de la que da cuenta el informe rio, en orden a la jurisprudencia sentada por la
Actuarial obrante a fs. 57, a saber: Carta Orgá- Cámara Nacional Electoral —Fallos Nº 694/89,
nica obrante a fs. 13/21 y Declaración de Princi- 699/89, 759/89 y 764/89, y demás, que fueran
pios y Bases de Acción Política obrante fs. 9/10. confirmados por la Corte Suprema de Justicia
A fs. 62 se agrega el Informe del Registro Na- de la Nación— C.S.J.N. libros de sentencia: T
cional de Agrupaciones Políticas obrante a 206:4235; 207:4825; 206:4239, entre otros que
fs. 55/56. Toda vez que de dicho reporte no deberá dar cumplimiento, de acuerdo al texto
resultan coincidencias totales ni parciales rele- de la Ley 23.298, modificada por Ley 26.571, en
vantes entre la denominación pretendida por la el término de ciento cincuenta (150) días a partir
agrupación de autos y las que se encuentran de la notificación de la presente resolución, con
inscriptas en el Registro Nacional de Nombres el mínimo de cuatro mil (4.000) afiliaciones —
de las Agrupaciones Políticas, se procede a la presentadas en un ejemplar, con copia de los
inscripción del nombre pretendido en el Siste- documentos cívicos de los afiliados en donde
ma Informático del Registro Nacional de Agru- conste la identidad y el domicilio, certificadas
paciones Políticas.
por autoridad partidaria (conf. Art. 7 bis inc. a)
En el mismo acto S.S, ordena la notificación a de la Ley 23.298)—, requisito de cumplimiento
las agrupaciones en trámite de reconocimiento, previo necesario para la primera convocatoria a
partidos distritales, nacionales, partidos a los elección interna, la cual deberá realizarse den-
que se les ha decretado la caducidad de su tro de los ciento ochenta (180) días de haberse
personería política, la denominación y sigla de notificado de la presente resolución, de confor-
la agrupación de autos. Asimismo, se ordena midad con lo establecido por el inc. b) del art. 7
notificar al Sr. Procurador Fiscal Electoral y co- bis de la Ley 23.298.
municar al Superior la iniciación del trámite de Asimismo, deberá, dentro de los sesenta (60)
reconocimiento de la agrupación de autos, de días de obtenido el reconocimiento, haber pre-
conformidad con lo establecido en la Acordada sentado los libros a que se refiere el artículo 37,
81/90 de la C.N.E.
a los fines de su rúbrica.
Que a fs. 86, 148, 226, 227, 235, 240, 243, 245, Por último, la agrupación de autos deberá
247, 250, 251, 253, 255, 256, 258, 260, 262, 263, efectuar la adecuación de la Carta Orgánica
265, 266, 268, 270, 272, 274 y 275 el Sr. Apode- conforme las observaciones efectuadas por el
rado de la agrupación política de marras, acom- Sr. Procurador Fiscal en un plazo de 10 días
pañó formularios de adhesión a efectos de dar hábiles.
cumplimiento con el requisito establecido en el Así las cosas y llegado el momento de valorar lo
art. 7 inc a), de la ley de aplicación en la materia. expuesto en los considerandos que anteceden,
Martes 3 de marzo de 2015
Segunda Sección
BOLETIN
jurisprudencia citada, y de conformidad con
lo dictaminado por el Señor Procurador Fiscal
Electoral, es que corresponde y así,
RESUELVO:
I) RECONOCER LA PERSONERÍA JURÍDICO
POLÍTICA PROVISORIA A LA AGRUPACIÓN
“PARTIDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL” para
actuar como partido político en formación en este
distrito electoral de Capital Federal, con todos los
derechos y deberes emergentes del ordenamiento
jurídico vigente y con derecho exclusivo al nom-
bre y sigla “P.A.S.S.”, que fueran adoptados en su
oportunidad por la entidad (arts. 7, 14, 38, 61 y 63
de la Ley 23.298).
II) Hacer saber a las autoridades promotoras del
partido que en el plazo de ciento cincuenta (150)
días a contar de la notificación de la presente re-
solución deberán dar cumplimiento con el mínimo
de cuatro mil (4.000) afiliaciones —presentadas en
un ejemplar, con copia de los documentos cívicos
de los afiliados en donde conste la identidad y el
domicilio, certificadas por autoridad partidaria
(conf. Art. 7 bis inc. a) de la Ley 23.298)—; dentro
de los ciento ochenta (180) días haber realizado
la elección interna para constituir las autoridades
definitivas del partido.
III) Hacer saber a las autoridades promotoras que
dentro de los sesenta (60) días de obtenido el reco-
nocimiento, deberá presentar, para su rúbrica, los
libros a que se refiere el art. 37 de la Ley 23.298,
de conformidad con lo establecido por el art. 7 bis,
inciso c) de la citada norma.
IV) Hacer saber a las autoridades promotoras que
en el plazo de 10 días hábiles deberán adecuar la
Carta Orgánica de conformidad con las observa-
ciones efectuadas por el Sr. Procurador Fiscal.
V) Publicar, por el término de un (1) día y sin car-
go, en el Boletín Oficial de la Nación, la presente
resolución y de la Carta Orgánica una vez que sea
esta adecuada según lo dispuesto en el punto pre-
cedente (conf. Art. 63 de la Ley 23.298).
VI) Proceder a la destrucción de las planillas de
adhesiones, de los formularios y de los soportes
magnéticos del Partido de autos, que fueran
acompañadas a los efectos de acreditar el cum-
plimiento del requisito establecido en el art. 7 inc.
a) de la Ley 23.298.
VII) NOTIFÍQUESE, comuníquese a la Excma. Cá-
mara Nacional Electoral; a la Dirección Nacional
Electoral, al Departamento de Sistemas del Con-
sejo de la Magistratura de la Nación y al Tribunal
Superior de Justicia; y póngase en conocimiento
de la oficina Partidos Políticos y Control Patrimo-
nial, a sus efectos.
Maria Romilda Servini, Juez Federal. Ante mí:
Martín Rosendo Segui, Secretario Electoral.
e. 03/03/2015 Nº 13553/15 v. 03/03/2015