N° 13661/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 25
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 25
SECRETARÍA N° 49
Acción Colectiva de Consumo: ‘Adecua c/Banco
de Servicios Financieros S.A. s/Ordinario’ (Expte.
Nº 35.735/2010), en trámite por ante el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Comercial
Nº 25, a cargo del Dr. Horacio Robledo, Secretaría
Nº 49 a cargo de la Dra. Sonia Santiso, sito en la
3.2. Sucesiones
JUZGADOS NACIONALES
Publicación extractada (Acordada
partir de la fecha de primera publicación a herederos
días comparezcan a estar a derecho conforme
Fecha Edicto
02/12/2014 ARROYO
22/09/2014 JULIO ERNESTO
20/02/2015 COPPINI
23/02/2015 DOMINGUEZ
08/05/2014 LAVALLEN
24/02/2015 RYOKO
19/02/2015 CASAL
03/07/2013 ALICIA
05/02/2015 BRESSAN
20/02/2015 FERNANDEZ
25/02/2015 DAKESSIAN
11/02/2015 COLABARDINI
18/02/2015 MARIANO
10/02/2015 MAC GRATH
10/02/2015 MARTIN
29/12/2014 HORACIO
26/11/2014 FRANCOS
04/02/2015 DORA SALOMON
19/02/2015 GENEROSA
18/02/2015 ANTONIO
Sección
BOLETIN
Av. Callao 635, piso 4º de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Se saber a los clientes y ex clientes
del Banco de Servicios Financieros S.A. (en ade-
lante “El Banco”) que la Asociación de Defensa
de los Consumidores y Usuarios de la Argentina
(ADECUA) ha demandado a la mencionada enti-
dad financiera por considerar que ha contratado el
seguro de vida colectivo sobre saldo deudor para
los usuarios de sus servicios de créditos a precios
y condiciones más onerosas que los corrientes
en plaza. El artículo 54 de la Ley Nº 24.240 (texto
según Ley Nº 26.361) establece: ‘La sentencia que
haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para
el demandado y para todos los consumidores o
usuarios que se encuentren en similares condicio-
nes, excepto de aquellos que manifiesten su vo-
luntad en contrario previo a la sentencia…’ En con-
secuencia los clientes o ex clientes del Banco, que
durante el periodo comprendido entre septiembre
de 2000 y el presente, hubieran pagado cargos
por cualquier concepto vinculado a los seguros de
vida sobre saldo deudor y que no quieran ser be-
neficiados por la sentencia que eventualmente se
dicte, deberán comunicar su decisión al Juzgado
dentro de los treinta (30) de la última publicación de
edictos. La comunicación deberá efectuarse en la
sede del Juzgado de lunes a viernes de 07:30 hs a
13:30hs. sin necesidad de intervención de letrado.
Por el contrario, los clientes y ex clientes del Ban-
co que quieran ser beneficiados por una eventual
sentencia favorable que se dicte, no deben realizar
ninguna manifestación y en caso de denegarse el
reclamo colectivo, subsistirá la vía judicial indivi-
dual. En la página web de la asociación www.ade-
cua.org.ar se puede obtener un formulario modelo
para efectuar la notificación.
Horacio F. Robledo. juez.
Sonia Santiso, juez
e. 03/03/2015 Nº 13661/15 v. 05/03/2015