N° 13132/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
SECRETARÍA N° 17
EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Ins-
tancia en lo Comercial Nro. 9, a cargo de la Dra.
Paula M. Hualde, SECRETARÍA Nro. 17, a mi
cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 4to.
piso de la Ciudad de Buenos Aires, comunica
por cinco días en autos “WENCELBLAT, Mario
s/quiebra s/ incidente de venta” - expte. nro.
34771/1993/1 (CUIT. del fallido 20-04220736-6)
que el martillero Juan Antonio Saráchaga (CUIT.
20-07593398-4) rematará el miércoles 18 de
marzo de 2015 a las 11:00 hs., en la Dirección
de Subastas Judiciales, Jean Jaurès 545, Cap.
Fed., el 50% indiviso del inmueble ubicado en
el Partido de General Pueyrredón, Ciudad de
Mar del Plata, designado como lote 16 de la
manzana 64, matrícula 233720. Nom.Cat.: Circ.
IV, Secc. W, Manz. 80, Parc. 16. Partida 92228.
Sup. Total del lote: 525 m2. Conforme constata-
ción el lote tiene su frente en la calle Serrano (ex
11 - ex 24), entre las calles 411 (ex 20) y 413 Luis
Franco (ex 18), de la Ciudad de Mar del Plata.
Para constituirse en el mismo se debe tomar
por el boulevard marítimo camino a Miramar,
pasando el faro 10 cuadras a la altura del Bal-
neario Alfar, se debe tomar por la calle 413 Luis
Franco y andar 5 cuadras hasta la calle Serrano,
doblando a la derecha se trata del segundo lote
desde la esquina, al lado del lote identificado
con el número 4590 de la calle Serrano. La calle
no tiene pavimento. El lote presenta su períme-
tro delimitado con lona de color verde, con una
vivienda en su parte trasera con unas medidas
aproximadas de 7 x 8 ms. y el resto terreno
libre. La vivienda cuenta con cocina comedor,
dormitorio y baño. En su parte trasera hay otro
ambiente en construcción. En buen estado de
conservación. Ocupado por el señor Ezequiel
Villagra, quien manifiesta ser comprador con
boleto de compraventa, sin haber exhibido
el mismo. CONDICIONES DE VENTA: “AD-
CORPUS”, al contado y al mejor postor. BASE:
$ 110.000.-. SEÑA: 30%. COMISION: 3% más
IVA a la alícuota de ley. SELLADO DE LEY: 1,2%.
ACORDADA 10/99: 0,25%. Todo en dinero efec-
tivo en el acto del remate. El bien se enajenará
Segunda
Fecha Edicto
19/02/2015 GATTI LUIS
19/02/2015 FERNANDEZ
13/02/2015 CONCEPCION
20/02/2015 RODOLFO
13/02/2015 ISALVA
24/02/2015 MELCHIORI
18/02/2015 ESQUIVEL
11/02/2015 VICTORIA
10/02/2015 SILVIA DORA
23/12/2014 BENIGNO
13/11/2014 OLGA HEBE
12/12/2014 SUSANA
09/02/2015 AURORA
18/02/2015 MACEDONIO
19/02/2015 ANALIA
19/02/2015 NORBERTO
12/02/2015 JOSE CASTELLI
02/02/2015 MARTIN
19/02/2015 FRANCISCO
10/02/2015 ENEIDA
07/11/2014 MELCHORA
20/02/2015 JUAN OSCAMOU
20/02/2015 MARIA
20/02/2015 CARLOS
20/02/2015 CASTRO
18/02/2015 DORA ELZA
10/12/2014 VALERIO
23/02/2015 ANTONIO
06/02/2015 DOLORES
en el estado en que se encuentra, senálandose
que habiéndoselo exhibido adecuadamente no
se admitirán reclamos de ningún tipo. Sólo es-
tarán a cargo de los adquirentes las expensas,
tasas, impuestos o contribuciones devengados
con posterioridad a la toma de posesión. Se
excluye la posibilidad de la compra en comi-
sión, intervención de gestores de negocios, la
cesión de los derechos emergentes del boleto
de compraventa y el otorgamiento por parte del
comprador de poderes especiales irrevocables
a favor de terceros para la posesión, escritu-
ración, cesión, adquisición y/o venta del bien.
Para el caso que quien realice la última oferta
lo haga en representación de un tercero deberá
acreditar tal calidad con poder especial (cfr.
art. 1881 inc. 7° del Código Civil) y exhibir el
respectivo instrumento en ese mismo momento
bajo apercibimiento de continuar con el acto
de subasta y en su caso hacerlo responsable
de los eventuales perjuicios que pudiera haber
ocasionado su accionar. El saldo de precio
deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad
de Buenos Aires -Sucursal Tribunales- y a la
orden del Tribunal en cuenta que se abrirá al
efecto, dentro del plazo de cinco días de apro-
bado el remate sin necesidad de notificación a
los adquirentes ni requerimiento previo y bajo
apercibimiento de declararlos postores remisos
(art.584 Cód. Proc.). Los gastos que la trans-
ferencia del inmueble irrogue cualquiera sea la
modalidad que se adopte (inscripción por testi-
monio o escrituración), deberán ser soportados
exclusivamente por el adquirente. EXHIBICION:
libremente desde la publicación de edictos.
Buenos Aires, 24 de febrero de 2015.
Paula María Hualde, juez.
Claudio Marjanovic Telebak, secretario.
e. 02/03/2015 N° 13132/15 v. 06/03/2015