N° 13687/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 12
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 12
SECRETARÍA N° 24
EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera
Instancia en lo Comercial Nro. 12, a cargo
del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaría Nro.
24, a mi cargo, sito en la calle Marcelo T. de
Alvear 1840 Planta Baja de la Ciudad de Bue-
nos Aires, comunica por cinco días en autos
“CUCCARESE, Néstor Norberto s/ quiebra s/
incidente (venta de inmuebles)” - expte. nro.
86305/1998/1, que el martillero Juan Antonio
Saráchaga rematará el lunes 16 de marzo de
2015, a las 11:15 hs., en la Dirección de Su-
bastas Judiciales (Jean Jaures 545, Capital), el
inmueble sito en la Av. Corrientes 2702/06/10/
14/18/24/28/30/32/38/44/50/54/58 esq. Castelli
372/74/76/80/82/84/86/88/90/92, 3er. Piso,
Unidad Funcional 551, de esta Ciudad de Bue-
nos Aires. Nom. Cat.: Circ.11, Secc.9, Manz.5,
Parc.1B. Matrícula: 11-2620/551. Sup. Total:
52,85 m2. Conforme constatación la unidad se
encuentra identificada como departamento “B”
del 3er. Piso, forma parte integrante de un edifi-
cio con ingreso por la calle Castelli 374, con una
antigüedad aproximada de 35 años, con tres
ascensores y servicio de vigilancia. Consta de
living comedor, dos dormitorios con placard a la
calle Castelli, cocina con lavadero incorporado
y baño completo. Los pisos de living comedor
y dormitorios son de parquet; con calefacción
por loza radiante. Se encuentra en buen estado
de conservación y desocupado. Es apto profe-
sional. No tiene líneas telefónicas. CONDICIO-
NES DE VENTA: “AD-CORPUS”, al contado y al
mejor postor. BASE: $ 900.000.- SEÑA: 30%.
COMISION: 3% más IVA a la alícuota de ley. SE-
LLADO GCBA.: 1%. ACORDADA 10/99: 0,25%.
Todo en dinero efectivo en el acto del remate. El
impuesto sobre la venta de los bienes inmuebles
que establece el art. 7 de la ley 23.905, será a
cargo de los compradores, no estarán incluídos
en el precio y será retenido por el Escribano que
otorgue la escritura traslativa de dominio. Las
tasas, impuestos y contribuciones devengadas
luego de la posesión del inmueble serán a car-
go del adquirente, no así las anteriores. Corre
por cuenta del comprador: a) el cumplimiento
de todas las reglamentaciones de cualquier tipo
que se refieran al inmueble, b) la remoción de
cualquier impedimento que obstaculice la es-
crituración y sea ajeno a la quiebra, y c) hacerse
cargo de la totalidad de gastos que ocasione la
escritura de cualquier índole que sean. El saldo
de precio deberá ser depositado dentro del
quinto día de aprobada la subasta, resolución
que quedará notificada “ministerio legis” –art.
580 del Cód. Proc.-, bajo apercibimiento de
lo dispuesto por el art. 584 del mismo cuerpo
legal. Queda prohibida la compra en comisión
o posterior cesión del boleto de compraventa.
El comprador, al suscribir el boleto pertinente
deberá constituir domicilio dentro del radio del
Juzgado y declarará conocer el estado físico y
jurídico del bien y se comprometerá, cualquiera
sea el objeto de forma o fondo que se pudiera
hacer a la venta, a ingresar el saldo de precio
en término. Para el caso de que el adquirente
fuera quien eventualmente planteara la nulidad
de la subasta, para hacer uso de esta facultad,
deberá integrar el saldo de precio a las resultas
de su planteo nulificatorio. Salvo por causas no
imputables al adquirente, se lo tendrá por to-
mada la posesión del bien dentro de los treinta
días de aprobado el remate. Por resolución de
fecha 1 de diciembre de 2014, de conformidad
con lo dispuesto por el art. 3187 del Cód. Civil,
se dispuso la cancelación del gravamen hipo-
Sección
BOLETIN
tecario inscripto por escritura pública Nº 289
de fecha 29 de mayo de 1997, pasada al folio
803 del Registro Notarial Nº 694 perteneciente
al escribano Juan Rubén Moreira. Con fecha 9
de diciembre de 2014 se diligenció el oficio al
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital
Federal a fin de proceder a su cancelación. EX-
HIBICION: 7 de marzo de 2015 de 11 a 14 hs.,
10 y 11 de marzo de 2015 de 14:00 a 17:00 hs.
Buenos Aires, 26 de febrero de 2015.
Magdalena M. Taboada, secretaria.
e. 27/02/2015 Nº 13687/15 v. 05/03/2015