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N° 13698/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 20

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS viernes, 6 de marzo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 20

SECRETARÍA N° 40

El Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Co-

mercial Nº 20 sito en Marcelo T. De Alvear 1840,

piso 4º, de la Capital Federal, a cargo del Dr.

Eduardo E. Malde. Juez, Secretaría Nº 40, a mi

cargo, en los autos caratulados: “EL PIAMONTE

S.A. S/ QUIEBRA” (expte. Nº 1773/2013), hace

saber que con fecha 24 de octubre de 2014 se

decretó la quiebra de “EL PIAMONTE S.A.” (cuit

30-71183049-5) y que los acreedores podrán

verificar sus créditos hasta el día 8 de MAYO de

2015 por ante el síndico MARIANO SÁNCHEZ,

con domicilio constituido en la calle ALFREDO R.

BUFANO 2198, CABA, en los términos del art. 32

de la ley 24.522. El síndico deberá presentar los

informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley

citada, los días 24 de junio de 2015 y 21 de agosto

de 2015 respectivamente. Se ha dispuesto, asi-

mismo la prohibición de hacer pagos y/o entrega

de bienes a la fallida so pena de considerarlos

ineficaces, intimándose a la fallida y terceros que

tengan bienes del fallido para que los pongan a

disposición del síndico dentro del quinto día. Se

ha dispuesto, además la intimación a la fallida

para constituir domicilio dentro de las 48 hs.,

bajo apercibimiento de tenerlo por constituido

en los estrados del juzgado; y para que entregue

al síndico los libros de comercio y demás docu-

mentación relacionada con la contabilidad y para

que dentro del plazo de cinco días acompañe un

estado detallado y valorado del activo y pasivo

con indicación precisa de su composición, ubica-

ción estado y gravámenes de los bienes y demás

datos necesarios para conocer debidamente su

patrimonio. Para ser publicado en el Boletín oficial

por el término de cinco días, sin pago previo.

Buenos Aires, 26 de febrero de 2015.

Eduardo E. Malde, juez.

Guillermo M. Pesaresi, secretario.

e. 03/03/2015 Nº 13698/15 v. 09/03/2015