W20 Argentina W20Argentina

N° 14158/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 4

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 6 de marzo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 4

SECRETARÍA N° 8

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 4 a cargo del Doctor Hector Hugo

Vitale- Secretaría Nº 8 a mi cargo-Sede: Dgal

Pte Roque S. Peña 1211 Piso 1º- CABA, comu-

nica por dos días en autos caratulados, “VICA-

RIA S.A. c/ MORUGO, Nora Mabel y otro s/Eje-

cutivo” (Expte.Nº 56819/1995) que el martillero

Raúl Francisco Ricciotti- CUIT Nº 20-4185638/7

-Responsable Inscripto ante el IVA- rematará el

día Martes 17 de Marzo del 2015 a las 11,30 hs.

EN PUNTO en la Oficina de Subastas Judiciales

Jean Jaures 545 CABA, el 50% Indiviso del in-

mueble sito en la calle GIRIBONE Nº 2347/2349

- Unidad Funcional Nº 6 - Piso 1º , entre las ca-

lles Lugones y Urdininea de esta Ciudad Autó-

noma de Buenos Aires-conforme constatación

de fs.270/279 Ocupada por la demandada, DNI

6.686404 y su grupo familiar; El inmueble cons-

ta de Hall, pequeño living comedor en “L” con

ventana al contrafrente-Cocina- Baño completo

totalmente instalado y Dos Dormitorios- Todo

en muy buen estado de conservación y habita-

bilidad en general-Superficie total: 50 mts2 76

dm2 porcentual 13 con 44 centésimos Unidad

Complementaria II: 24 mts2 04 dm2- sin deuda

por expensas fs.213 punto Iº 2do Párr. Nomen-

clatura Catastral: Circ.15 - Secc.49- Manz.51-

Pacela 32- Partida: 1548343- Matrícula: 15-

172/6 Compl.II- Impuestos atrasados: AySA: fs.

176/179 al 13/9/2011 sin deuda – Aguas Argenti-

nas: fs. 172/174 al 19/9/2011 sin deuda- Rentas:

fs. 183/192 al 30/9/2011 $ 133,67- EXPENSAS:

ver fs. 213 punto 1, segundo párrafo. Condi-

ciones de Venta: 50% Indiviso- Al contado y

al mejor postor Base: $ 150.000 - Seña 30%-

Comisión 3% más IVA sobre la comisión 21%

Impuesto de Sellos: 1,2% Arancel C.S.J.: 0,25%

Todo en dinero efectivo a cargo del comprador.

El saldo de precio deberá ser depositado den-

tro de los diez días de realizada la subasta sin

necesidad de otra notificación ni intimación

bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.

580 CPCC aun cuando se hubiere planteado

cualquier objeción que impida la aprobación

de la subasta; Queda prohibida la compra en

comisión así como la ulterior cesión del boleto

que se extienda; Que de optarse por registrar el

inmueble a través de escritura pública, la tota-

lidad de los gastos que demande dicho trámite

serán a cargo exclusivo del comprador; Todo

Segunda

posible comprador adquirente que concurra al

acto mediante poder otorgado por otra persona

de existencia física o ideal deberá denunciar-

lo en forma precedente al comienzo del acto

al Sr. martillero y éste anunciar de viva voz el

nombre del poderdante a su inicio. Las deudas

que puedan existir por impuestos, tasas y con-

tribuciones devengados hasta la fecha de toma

de posesión serán solventadas con los fondos

provenientes de la subasta, quedando eximi-

do el adquirente de afrontar las mismas aun

cuando el producido del remate no alcanzare

a cubrirlas (Com:B, 15/9/99,”Casa Biedma SA

c/ Reconor SRL s/Ejec.”). De existir deudas por

expensas-en caso de que los fondos que se ob-

tengan no alcanzaren para hacer frente a ellas-

el excedente quedará a cargo del comprador

-conf. arts. 8, 17 y 18 ley 13.512-(Com:B,15/9/99,

“Banco del Buen Ayre SA c/ Abramovich Jorge

s/Ejec.”). En ambas situaciones se comparten

los fundamentos plasmados en la doctrina del

fallo plenario de la CCiv. Del 18/2/99, “Servi-

cios Eficientes SA c/ Yabra R s/Ejec. Hipot.”

Se presume que los oferentes tienen debido

conocimiento de las constancias de autos, de

la presente resolución y de las dictadas y que

se dicten en relación con la subasta decretada,

advertencia que deberá constar en los edictos.

Días de exhibición: Jueves 12 y Viernes 13 de

Marzo de 2015 de 11 a 13 horas.

Buenos Aires 27 de Febrero de 2015.

Josefina Conforti, secretaria interina.

e. 05/03/2015 N° 14158/15 v. 06/03/2015