N° 15364/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 25
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 25
SECRETARÍA N° 49
EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Ins-
tancia en lo Comercial Nº 25, a cargo de la Dr.
Horacio F. Robledo, Secretaría Nº 49, a cargo
de la suscripta, sito en Callao 635 4º piso de
esta Capital Federal, hace saber que con fe-
cha 26 de febrero de 2015 se ha decretado la
quiebra de Cabañas Las Acacias S.A. (CUIT
30-70761746-9). Los acreedores deberán pre-
sentar las peticiones de verificación ante la
Se cita por tres días a
dentro de los treinta
Juzg. Sec.
Secretario
1 UNICA PAULA M. IMBROGNO
3 UNICA IGNACIO OLAZABAL
5 UNICA GONZALO MARTINEZ ALVAREZ
5 UNICA GONZALO MARTINEZ ALVAREZ
5 UNICA GONZALO MARTINEZ ALVAREZ
11 UNICA JAVIER SANTISO
13 UNICA DIEGO HERNAN TACHELLA
13 UNICA DIEGO HERNAN TACHELLA
15 UNICA ADRIAN PABLO RICORDI
16 UNICA ADRIAN E. MARTURET
18 UNICA MARIA ALEJANDRA SALLES
19 UNICA MARIA BELEN PUEBLA
19 UNICA MARIA BELEN PUEBLA
20 UNICA JUAN CARLOS PASINI
21 UNICA HORACIO RAUL LOLA
29 UNICA CLAUDIA A. REDONDO
31 UNICA LAURA BEATRIZ FRONTERA
32 UNICA MARISA MAZZEO
33 UNICA CLEMENTINA MA. DEL V. MONTOYA
35 UNICA GUSTAVO G. PEREZ NOVELLI
36 UNICA MARIA DEL CARMEN BOULLON
37 UNICA MARIA PILAR REBAUDI BASAVILBASO
41 UNICA GONZALO M. ALVAREZ
41 UNICA GONZALO M. ALVAREZ
42 UNICA LAURA EVANGELINA FILLIA
43 UNICA ANA MARIA ROSON
52 UNICA DIEGO P. OHMIALIAN
54 UNICA FABIANA SALGADO
57 UNICA AGOSTINA SOLEDAD BARLETTA
Segunda
síndico Susana Graciela Marino (TEL. 4372-
2536), con domicilio en Uruguay 560 piso 6º of.
61 de Capital Federal, hasta el día 4 de mayo
de 2015. El funcionario presentará el informe
que prevé el art. 35 de la ley 24.522 el día 17
de junio de 2015 y el prescripto en el art. 39 del
mismo cuerpo legal el día 13 de agosto de 2015.
Asimismo se intima a la fallida para que dentro
de las 24 hs haga entrega al síndico de todos
sus bienes, papeles, libros de comercio y docu-
mentación contable perteneciente a su negocio
o actividad y para que cumpla los requisitos
exigidos por el art 86 de la ley 24.522. Intímese
a terceros que tengan bienes y documentos de
la quebrada en su poder a ponerlos a disposi-
ción de la sindicatura en el plazo de cinco días,
prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que
serán considerados ineficaces. Publíquese por
5 días sin previo pago.
Buenos Aires, 4 de marzo de 2015.
Horacio Francisco Robledo, juez.
Sonia Alejandra Santiso, secretaria.
e. 09/03/2015 Nº 15364/15 v. 13/03/2015