N° 16099/15 Aviso del Boletín Oficial
BGH S.A.
Texto del aviso
BGH S.A.
Se hace saber que por Asamblea Gene-
ral Extraordinaria de fecha 06 de enero de
2015, se resolvió modificar el objeto social
quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene
por objeto realizar por cuenta propia, o de
terceros o asociada a terceros las siguientes
actividades: INDUSTRIALES: La fabricación
de toda clase de aparatos, equipos o dispo-
sitivos electrónicos, eléctricos, mecánicos,
térmicos y/o sus combinaciones, destinados
a uso personal, en el hogar, comercial, in-
dustrial, civil y/o estatal. Los componentes,
accesorios y repuestos para estos aparatos,
así como el instrumental, equipos y/o herra-
mientas necesarias para su conservación y
reparación. Artículos de camping, casas ro-
dantes, vehículos, acoplados, artículos para
deportes y entrenamientos. Fabricación,
industrialización, elaboración y desarrollo
de equipos de comunicaciones, informá-
tica, energía, entretenimiento, seguridad,
vigilancia, instrumentación, telecontrol,
señalización y de electrónica en general
con su contenido intelectual; respectivo e
incluyendo radioteléfonos fijos, móviles y
portátiles, computadoras de uso general y
dedicadas, multiplexores y módems, recep-
tores de radiodifusión de todo tipo, disposi-
tivos electrónicos de todo tipo, dispositivos
electrónicos para vehículos, generadores
solares y eólicos, etc., y las partes, com-
ponentes y accesorios empleados en o los
equipos mencionados precedentemente.
COMERCIALES: la compra, venta, permuta,
importación, exportación, cesión, locación
con opción a compra, mandato, consigna-
ción y distribución de las materias primas,
productos y procesos relacionados con el
objeto industrial y/o agropecuario, sus par-
tes componentes, accesorios y repuestos o
implementos directamente vinculados a los
mismos o necesarios o convenientes para su
funcionamiento ya sea que provengan de su
propia fabricación o de terceros, explotación
de patentes y marcas nacionales o extranje-
ras, licencias, diseños, dibujos industriales,
artísticos o literarios y su negociación dentro
o fuera del país. INMOBILIARIAS: mediante la
compra-venta, permuta y administración de
inmuebles en general propios o de terceros,
ya sea urbanos o rurales con fines de explo-
tación, renta, fraccionamiento o enajenación
inclusive por el régimen de propiedad hori-
zontal. FINANCIERAS: mediante aportes o
inversiones de capital a empresas o socieda-
des constituidas o a constituirse, formando
sociedades con las modalidades permitidas
Buenos Aires,
martes 10
de marzo de
Año CXXIII
Número
Precio $ 6,00
por las leyes, constitución y transferencia
de hipotecas y los demás derechos reales,
compra, venta, permuta y toda otra forma
de disposición de bienes títulos, acciones y
otros valores mobiliarios, creados o a crear-
se, otorgamiento de créditos en general, con
o sin garantía real. Se excluyen expresamen-
te las operaciones comprendidas en la ley de
entidades financieras y toda otra por la que
se requiera el concurso público. AGROPE-
CUARIAS: mediante la explotación de esta-
blecimientos agricolo-ganaderos, apícolas,
avícolas y de granja, establecimientos de
estancias, invernadas y/o cría de ganado,
tambos y cabañas. La forestación o refo-
restación de cualquier predio sean éstos de
propiedad de la sociedad o ajenos, pudiendo
realizar aquella explotación para sí, para ter-
ceros, asociada a terceros, o dando partici-
pación a éstos. CONSTRUCTORA: mediante
la ejecución, propia o asociada a terceros,
de proyectos, dirección, administración de
obras de cualquier naturaleza, incluyendo,
entre otras, a las hidráulicas, mecánicas,
sanitarias, eléctricas y/o edificios, barrios,
caminos, pavimentaciones, urbanizaciones,
mensuras, obras de ingeniería y/o arquitec-
tura en general. Realización de toda clase de
obras públicas contratadas por organismos y
reparticiones nacionales, provinciales y mu-
nicipales, ya sea por contratación directa o
por licitaciones públicas o privadas. Quedan
excluidas las tareas que en virtud de la ma-
teria hayan sido reservadas a profesionales
con título habilitante, según las respectivas
reglamentaciones. Para el cumplimiento de
su objeto social, la sociedad tiene capacidad
jurídica para adquirir todos los derechos y
contraer todas las obligaciones necesarias,
pudiendo ejecutar todos los actos lícitos au-
torizados por las leyes y por este estatuto”.
Autorizado según instrumento privado Acta
de Asamblea Nº 124 de fecha 06/01/2015.
DEMIAN PODOLSKY
Tº: 90 Fº: 986 C.P.A.C.F.
e. 10/03/2015 Nº 16099/15 v. 10/03/2015