N° 16310/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 1
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 1
SECRETARÍA Nº 1
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 1, a cargo del Dr. Alberto Daniel
Aleman, Secretaria 1 a mi cargo, sito en Av. Ro-
que Sáenz Peña 1211 Piso 5º de esta Ciudad,
hace saber que por ante dicho tribunal tramitan
los autos caratulados “UNIÓN DE USUARIOS
Y CONSUMIDORES Y OTRO c/ BANCO MA-
CRO S.A. s/ sumarísimo S/ Inc. de apelación
ART. 250 CPCCN” (Expte. Nº 5257/2014), con
intervención de la Fiscalía Nº 3 a cargo de la
Dra. Raquel Mercante. La parte actora está
conformada por dos asociaciones de consumi-
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dores que promueven una acción de incidencia
colectiva, en representación de todos los clien-
tes de Banco Macro S.A. usuarios de las tarje-
tas de crédito VISA y Mastercard emitidas por
esa entidad (ya sea que se les hubiera aplicado
el cargo cuestionado o que pueda aplicárseles
en el futuro). La parte demandada es el Banco
Macro S.A. La fecha de inicio de la acción es
el 13 de agosto de 2010. El objeto de la acción,
consiste en que el Banco demandado cese de
cobrar a sus usuarios de tarjetas de crédito
el concepto “Exceso en el límite de compra”;
reintegre, con más sus intereses lo pagado a
quienes se le hubiere impuesto el cargo y se
aplique la multa civil prevista en el art. 52 bis
de la Ley Nº 24.240. El presente edicto ha sido
dispuesto a los fines de poner en conocimiento
de los actuales clientes y de quienes ya hubie-
ran dejado de serlo, la existencia de esta acción
para que eventualmente puedan ejercitar la
facultad de apartamiento, prevista en el art. 54
Ley Nº 24.240. Dicha norma dispone que “La
sentencia que haga lugar a la pretensión hará
cosa juzgada para el demandado y para todos
los consumidores o usuarios que se encuentren
en similares condiciones, excepto de aquellos
que manifiesten su voluntad en contrario previo
a la sentencia en los términos y condiciones
que el magistrado disponga.”. Que en razón de
lo establecido en el artículo citado, se ha esta-
blecido un plazo de 30 días, desde que reciban
la comunicación y que podrán dirigirse al tribu-
nal por medio de carta simple haciendo saber
su voluntad de abstenerse de la cosa juzgada
que resulte de la sentencia a dictarse en este
expediente. Publíquese por cinco (05) días en
el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 9 de marzo de 2015.
Alberto Alemán, juez.
Mariano Conde, secretario.
e. 11/03/2015 Nº 16310/15 v. 17/03/2015