N° 14687/15 Aviso del Boletín Oficial
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO. CAMBIO DE AGRUPAMIENTO. RECAUDOS.
Texto del aviso
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO. CAMBIO DE AGRUPAMIENTO. RECAUDOS.
De conformidad con el último párrafo in fine del inciso a) del artículo 32 del SINEP, la agente
deberá ser reubicada en el TRAMO GENERAL del Nivel y Grado de revista.
BUENOS AIRES, 22 de septiembre de 2014
SEÑORA SUBSECRETARIA:
I.- Reingresan las presentes actuaciones en las que ahora tramita un anteproyecto de Resolución,
por cuyo artículo 1º se aprueba el cambio de Agrupamiento en el Sistema Nacional de Empleo
Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto
Nº 2098/08, dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 86 de la Secretaría de la Gestión Pública
y Nº 4517 del Ministerio de Desarrollo Social de fecha 19 de octubre de 2009, en relación a la
agente..., Nivel D, Grado 7, del Agrupamiento General al Agrupamiento Profesional.
Por el artículo 2º, se imputa la partida presupuestaria.
A fojas 50/52, se expidió esta dependencia mediante Dictamen ONEP Nº 2815/13, al que en honor
a la brevedad se remite.
A fojas 56/57, se adjuntaron las constancias que acreditan que se notificó a la Oficina Nacional
de Presupuesto y a la Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público, ambas de
la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS, el costo que demanda la implementación de la propuesta
en el año 2013.
A fojas 60, se cumplió con la veeduría gremial.
A fojas 61, obra la certificación de la situación de revista de la causante, Planta Permanente, Nivel
C, Grado 7 y Tramo Intermedio.
A fojas 64, la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria certifica la existencia de
crédito para hacer frente a la medida.
A fojas 66, la Dirección de Administración de Personal certifica la inexistencia de otros postulantes
para cubrir las necesidades de servicios de autos.
A fojas 69, la Dirección de Fomento Deportivo y la Secretaría de Deporte señalan que una de las
responsabilidades que desarrolla el área de Capacitación de la Subsecretaría de Planeamiento y
Gestión Deportiva es el análisis Psico-educativo para becarios deportistas.
Para efectuar esos análisis es necesario contar con personal capacitado para mejorar los servicios
de la Unidad organizativa respectiva, preferentemente Licenciada en Psicología del Deporte.
Las funciones a desempeñar son las siguientes:
a) Organizar y planificar actividades de capacitación, cursos, conferencias, seminarios, etc.
b) Contribuir en el dictado de cursos de Psicología Deportiva Social para capacitadores;
c) Análisis psico educativo de becarios deportistas;
d) Seguimiento de informes y documentación para la proyección de programas y
e) Capacitar de manera continua a los Recursos Humanos del sector, tales como Confederaciones,
Federaciones y Asociaciones Deportivas Provinciales y Nacionales.
Agrega que se infiere que es necesario contar con la agente de autos para la realización de
lo descripto, no contando con otro personal de las características de la misma, habiéndose
desempeñado satisfactoriamente hasta la fecha.
A fojas 71/73, se expidió de conformidad el Servicio Jurídico Permanente del organismo de origen.
II.- 1.- Se deberán actualizar las notificaciones a la Oficina Nacional de Presupuesto y a la Dirección
Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público, ya que las de fojas 56 y 57 datan del año 2013.
2.- Corresponde que se reformule el artículo 1º de la medida, a título de colaboración se señala que
el mismo deberá ser redactado de la siguiente forma:
“Apruébase el Cambio de Agrupamiento de... (D.N.I. Nº ….) agente de la planta permanente Nivel
D, Grado 7 y Tramo Intermedio del Ministerio de Desarrollo Social, al Agrupamiento Profesional
del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2098/08,
correspondiendo el pago de dicho Suplemento a partir del 1º del mes siguiente al dictado de la
presente Resolución”.
3.- Se resalta que en el proyecto de resolución se consigna la situación de revista de la agente al
momento de tramitarse su cambio de agrupamiento.
Sin perjuicio de ello, y de conformidad con el último párrafo in fine del inciso a) del artículo 32 del
SINEP, la agente una vez que se aprueba su cambio de agrupamiento deberá ser reubicada en el
TRAMO GENERAL del Nivel y Grado de revista.
IV.- Por lo expuesto, una vez cumplido con lo señalado en el apartado II, puntos 1 y 2, la medida
estará en condiciones de seguir su trámite, debiéndose tener presente lo indicado en el apartado II.3.
Subsecretaría de Gestión y Empleo Público.
Expediente JGM Nº 34013/13 — MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DICTAMEN DE LA OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO Nº 3353/14
Cra. MÓNICA BEATRIZ ZORRILLA
Subsecretaria de Gestión y Empleo Público
Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
Jefatura de Gabinete de Ministros
e. 18/03/2015 Nº 14687/15 v. 18/03/2015