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N° 18091/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 19 de marzo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14

SECRETARÍA Nº 27

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. María

Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo de

la Dra. Karin F. Martín, sito en Callao 635 piso

2º de esta Capital Federal, comunica por 5 días

que con fecha 03 de Marzo de 2015, en los

autos caratulados “MAIVAN S.A. S/ QUIEBRA”,

se resolvió decretar la quiebra de MAIVAN S.A.

(CUIT 30-71163422-9) haciéndole saber a este

y a los terceros que deberán hacer entrega al

síndico de los bienes que posean del fallido,

así como la prohibición de realizar pagos a la

misma, los que serán ineficaces. Se intima al

deudor para que entregue al síndico dentro de

las 24 horas los libros de comercio y demás do-

cumentación relacionada con la contabilidad,

así como también a que dentro de las 48 horas

constituya domicilio procesal en el radio del

tribunal, con apercibimiento de tenerlo cons-

tituido en los estrados del Juzgado. Deberá el

deudor cumplir con los requisitos a los que se

refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su

remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso

1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjese hasta el

día 24 de Abril de 2015 para que los acreedores

por causa o título anterior a la declaración de

quiebras y sus garantes, formulen al síndico

el pedido de verificación de sus créditos. Se

fijan las fechas de 9 de Junio de 2015 y el 5 de

Agosto de 2015 para las presentaciones de los

informes individuales y generales, previstos en

el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente, pu-

diendo ser observado, el último, dentro de los

10 días de presentados art. 40 L.C..El síndico

designado es el contador WULFF CARLOS

ENRIQUE con domicilio en VIRREY DEL PINO

2354 6TO. “D” al cual deberán concurrir los

acreedores a verificar sus créditos. El presente

deberá ser publicado por el término de 5 días

sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de

asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89

inc. 3 L.C.).

Buenos Aires, 11 de Marzo de 2015.

Maria Virginia Villarroel (P.A.S.), juez.

Karin F. Martin, secretaria.

e. 17/03/2015 Nº 18091/15 v. 25/03/2015