W20 Argentina W20Argentina

N° 19080/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 18

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS viernes, 20 de marzo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 18

SECRETARÍA N° 35

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nro. 18, Secretaría Nro. 35, con sede

en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3ero.,

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos

caratulados “CANTERAS ZAFIRO S.A. s/QUIE-

BRA” (expediente Nro. 126.022/2001), en trámite

por ante dicho Juzgado y Secretaría), HACE SA-

BER y CONVOCA a los interesados a participar

en el “CONCURSO DE OFERENTES DE LLAMA-

DO A MEJORA DE OFERTAS” que se describe

a continuación. Objeto.: Derechos posesorios y

100 OFICIAL Nº 33.094

litigiosos de la fallida sobre la concesión minera

ubicada en la Provincia de Santa Cruz Lote 18,

Zona de San Julián, Departamento de Magalla-

nes, denominada “Cola de Zorro”, así como el

material existente a boca de mina (arcillas) en las

condiciones en que se encuentra. Oferta a mejo-

rar. La oferta a realizar por cualquier interesado

deberá mejorar la oferta formulada por la firma

PIEDRA GRANDE S.A., es decir $ 605.000 (pesos

seiscientos cinco mil), IVA incluido o precio final

si no tributara IVA, en efectivo y la comisión del

martillero que se fija en el 4% del precio a obte-

nerse.- Apertura de Ofertas: A tal fin, fijase hasta

el día 9 del mes de abril de 2015, a las 10, 00 hs.

para la presentación en autos de las mejoras de

ofertas que se presenten, haciéndose saber que

se procederá a la apertura de las mismas a las

11, 30 hs. del mismo día ante la Suscripta y en

presencia del Sr. Secretario, la Sindicatura, el

martillero y los oferentes. Déjese constancia que

una vez abiertos los sobres, se invitará a los parti-

cipantes a mejorar la oferta más alta no pudiendo

las sucesivas nuevas ofertas ser inferiores al 5%

de la anterior. Las ofertas deberán cumplimentar

los siguientes requisitos: Personería: Personas

físicas: todos los datos de identificación personal,

tales como sus nombres completos, el de los

padres, tipo y nro. de documento de identidad,

estado civil, profesión, domicilio real y procesal a

todos los efectos de su presentación, su número

de CUIT e indicación de los impuestos en los cua-

les se hallare inscripto. Personas de existencia

ideal: El presentante debe acreditar la existencia

de la sociedad y su personería con los siguientes

documentos: a) contrato social o estatuto, según

fuere el tipo social, b) acta de reunión de socios

o acta de asamblea y de directorio, según el tipo

social de la que resultare la facultad del compare-

ciente para representar a la sociedad y formular la

oferta. Toda la documentación debe presentarse

en fotocopias certificadas por escribano público

nacional de esta jurisdicción o bien legalizada su

firma por el Colegio Provincial respectivo. Para

el caso de tratarse de documentación en idioma

extranjero, deberá acompañarse su traducción

efectuada por Traductor Público Nacional, con las

respectivas legalizaciones. Apoderados: cuando

un oferente presentare su propuesta por medio de

mandatario, deberá acompañarse el instrumento

en el cual conste el otorgamiento del respectivo

poder. En ningún caso se admitirá la intervención

y/o presentación de propuestas de quienes in-

voquen la calidad de comisionistas o gestor de

negocios de un tercero. En caso de interesados

residentes en el exterior deberán acreditar su

personería mediante instrumentos debidamente

legalizados por las autoridades argentinas com-

petentes. El oferente deberá constituir domicilio

procesal y acompañar a la oferta la garantía de

mantenimiento de oferta equivalente al 10 % (diez

por ciento) del precio ofrecido, el que deberá ser

depositada en la cuenta abierta a nombre de au-

tos y a la orden de la Suscripta en el Banco de

la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales

(L 0603 F 0599 DV 1). La resolución de adjudica-

ción de los bienes será notificada a quien resulte

vencedor en el mismo acto, debiendo efectuarse

el depósito del saldo de precio dentro de los 10

días corridos desde que se encuentre firme la ad-

judicación, bajo apercibimiento de ser declarado

postor remiso, en cuyo caso, se adjudicarán los

bienes, directamente, al que hubiere realizado la

siguiente mejor oferta, quien contará con idéntico

plazo. Y así, sucesivamente. Los montos depo-

sitados en concepto de garantía serán devueltos

una vez abonado el saldo de precio y adjudicados

los bienes. Hágase saber que los impuestos tasas

y contribuciones devengados con anterioridad al

decreto de quiebra deberán ser objeto de verifi-

cación en autos por los organismos respectivos,

las acreencias post-concursales deberán ser pa-

gadas con fondos de la quiebra hasta la toma de

posesión por parte del adquirente, en tanto que

las generadas con posterioridad serán a cargo

del comprador. PUBLIQUESE POR 2 DÍAS EN EL

BOLETIN OFICIAL.

Valeria Perez Casado, juez.

Santiago Doynel, secretario.

e. 20/03/2015 Nº 19080/15 v. 25/03/2015