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N° 19518/15 Aviso del Boletín Oficial

P.G.L. S.A.

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 20 de marzo de 2015

Texto del aviso

P.G.L. S.A.

Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Ex-

traordinaria Nº 22 del 20/02/2015, se resolvió

designar DIRECTOR TITULAR: Horacio Eduardo

BILBAO, y Director Suplente: Federico BILBAO,

los directores aceptaron los cargos y constitu-

yeron domicilio especial en la sede social, y se

aceptó la renuncia de los integrantes del Direc-

torio y de los síndicos, Marcos Rosario Gamba-

rotta, Liliana Klatt, Verónica Vanesa Gambarotta,

Pedro Osvaldo Cafardo y Claudia Alejandra

Guerra, y modificar los artículos octavo y nove-

no del Estatuto Social “ARTÍCULO OCTAVO: La

dirección y administración de la sociedad estará

a cargo del Directorio integrado por un mínimo

de uno y un máximo de tres miembros, según

lo determine la asamblea, pudiendo la misma

elegir igual o menor número de suplentes, los

que se incorporarán al directorio en el orden de

su elección. Mientras la sociedad prescinda de

Segunda

la sindicatura, la elección por asamblea de di-

rectores suplentes será obligatoria. La Asamblea

fijará el número de Directores, así como su re-

muneración. El término de su elección es de tres

ejercicios. El Directorio sesionará con la mayoría

absoluta de sus integrantes y resuelve por ma-

yoría de votos presentes. En caso de empate el

Presidente desempatará votando nuevamente.

En su primera reunión designará un Presidente

y los demás cargos del Directorio. En garantía

de sus funciones, los directores titulares cons-

tituirán una garantía del tipo, modalidades y de

los montos no inferiores a los establecidos en las

resoluciones vigentes de la autoridades admi-

nistrativa de control. El Directorio tiene amplias

facultades para administrar y disponer de los

bienes sociales, incluso aquellas para las cuales

la ley requiere poderes especiales a tenor del

artículo 1881 del Código Civil Argentino. Podrá

especialmente operar con toda clase de bancos,

entidades financieras o crediticias oficiales y pri-

vadas: dar y revocar poderes con o sin facultad

de sustituir, proseguir y contestar demandas,

denuncias, querellas y realizar todo otro hecho

o acto jurídico que haga adquirir derechos o

contraer obligaciones a la sociedad. La repre-

sentación legal de la sociedad le corresponde al

Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en

caso de ausencia o impedimento del primero”.

Y “ARTÍCULO NOVENO: La sociedad prescinde

de la sindicatura conforme lo dispuesto por el

artículo 284 de la Ley 19.550.- Cuando por au-

mento del capital social, la sociedad quedase

comprendida en el inciso segundo del artículo

299 de la ley citada, anualmente la sociedad

deberá elegir síndicos titular y suplente.” Autori-

zado según instrumento público Esc. Nº 101 de

fecha 11/03/2015 Reg. Nº 444.

VIRGINIA GATTI

Matrícula: 4930 C.E.C.B.A.

e. 20/03/2015 Nº 19518/15 v. 20/03/2015