N° 20244/15 Aviso del Boletín Oficial
BAULERAS Y GUARDAMUEBLES QUILMES S.A.
Texto del aviso
BAULERAS Y GUARDAMUEBLES QUILMES S.A.
Constitución: Esc. 80 del 16/03/2015, Reg.
Nº 1441, CABA. Denominación: “BAULERAS
Y GUARDAMUEBLES QUILMES S.A.”. Sede
Social: Isabel La Católica 1107, piso 8, depto
“B”, C.A.B.A. Socios: Obdulio Arnaldo Alvarez,
argentino, casado, D.N.I 7.803.167, nacido el
01/06/49, contador, con domicilio en Garibaldi
449, piso 6, Partido de Quilmes, Provincia de
Buenos Aires, y Mirta Gloria Braga, argentina,
casada, D.N.I 6.139.022, nacida el 21/05/49,
comerciante, con domicilio en Garibaldi 449,
piso 6, Partido de Quilmes, Provincia de Bue-
nos Aires. Duración: 25 años. Objeto Social: La
sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuen-
ta propia, de terceros y/o asociada a terceros
a las siguientes actividades: la explotación de
establecimientos destinados al depósito, guar-
da y custodia de bienes muebles, valores, y/o
semovientes de terceras personas, a través
de la locación, cesión temporaria de uso y de
cualquier otro tipo de contrato oneroso por el
cual se utilice parte un inmueble de propiedad
de la sociedad o alquilado por esta, para estos
fines.- Capital Social: $ 100.000 representado
por 100.000 acciones ordinarias, nominativas
no endosables de $ 1, valor nominal, cada una
y 1 voto por acción. Administración: Directorio
de 1 a 5 titulares. Mandato: 3 ejercicios. Repre-
sentación: Presidente o Vicepresidente, en su
caso. Prescinde Sindicatura. Cierre ejercicio:
30/06. Presidente: Obdulio Arnaldo Alvarez, y
Director Suplente: Mirta Gloria Braga. Constitu-
yen domicilios especiales en los reales indica-
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini
Secretario
DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
2015
33.095
dos. Sociedad no comprendida en art. 299 Ley
19.550. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 80 de fecha 16/03/2015 Reg. Nº 1441.
GUILLERMO MARIO ALVAREZ FOURCADE
Matrícula: 2875 C.E.C.B.A.
e. 25/03/2015 Nº 20244/15 v. 25/03/2015