N° 19874/15 Aviso del Boletín Oficial
BANCO DO BRASIL S.A.
Texto del aviso
BANCO DO BRASIL S.A.
BANCO DO BRASIL S.A. - Agencia Buenos Aires
Ejercicio económico Nº 55, iniciado el 1° de enero de 2014.
Estados contables por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 presentados en forma
comparativa.
Domicilio legal: Lavalle 462 - Piso 1° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Actividad principal: Bancaria.
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio del acta constitutiva: 22/04/1959.
Fecha de inscripción en la Inspección General de Justicia de la última modificación del acta cons-
titutiva: 08/10/2008.
Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia de la última modificación del acta
constitutiva: 1374 Libro 58 Tomo B de Estatutos Extranjeros.
Composición del Capital: Ver estado de evolución del patrimonio neto y Anexo K.
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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE
2014 PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA
(Cifras expresadas en miles de pesos)
Nota 1 - SOLICITUD DE REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR COMO
ENTIDAD FINANCIERA
Como consecuencia del proceso de expansión de Banco do Brasil (Brasil) en América Latina, que
incluyó la adquisición en Argentina de la mayoría accionaria de Banco Patagonia S.A., el Consejo
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de Administración de Banco do Brasil S.A. (Brasil) con fecha 17 de diciembre de 2012 resolvió La Entidad ha recibido notificaciones de medidas cautelares disponiendo, principalmente en juicios
proceder al cierre y autoliquidación de Banco do Brasil - Agencia Buenos Aires, con el objetivo de de amparo, la devolución de depósitos en efectivo por importes superiores a los establecidos por
centralizar sus operaciones a través de Banco Patagonia S.A.
la normativa en vigencia y/o la desafectación de los depósitos reprogramados y/o la inaplicabilidad
de las normas dictadas por el Poder Legislativo Nacional, el Poder Ejecutivo Nacional o el B.C.R.A.
En este sentido, el 20 de diciembre de 2012 Banco do Brasil S.A., Agencia Buenos Aires, presentó con motivo de la crisis de fines de 2001. Los pagos de dichos depósitos fueron efectuados en cum-
una nota al Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) solicitando se inicie el trámite de plimiento de las mencionadas medidas cautelares dictadas en las causas judiciales que carecen
revocación de la autorización para funcionar como Entidad Financiera en Argentina y de autoliqui- de sentencia firme a la fecha y en las que la Entidad ha interpuesto los correspondientes recursos
dación conforme la Ley 21.526, Título VII, Capítulo I.
para obtener su recupero.
Al 31 de diciembre de 2014 la Entidad no cuenta ni con préstamos otorgados al sector privado ni El B.C.R.A. mediante la Comunicación “A” 3916 del 3 de abril de 2003 admitió la activación de las
con pasivos por depósitos.
diferencias resultantes del cumplimiento de tales medidas judiciales con vigencia al 31 de marzo
de 2003, estableciendo que dicho importe debe ser amortizado en 60 meses a partir del 1° de abril
Hasta tanto se efectúe el cierre de la Entidad se han descentralizado sus actividades de tipo de 2003. La Entidad hizo uso de esta opción para los pagos realizados desde enero 2003. Por ello,
activó en el rubro Bienes Intangibles miles de pesos 653 en concepto de diferencia de cambio administrativas. En tal sentido, acordó con Banco Patagonia S.A. la prestación de ciertos servicios
auxiliares para el soporte administrativo y contable de su actividad específica, y de asesoramiento resultante de los recursos de amparo proveídos por la Justicia desde enero de 2003 a septiembre
jurídico legal, entre otros, que no tienen exteriorización al público, cuya atención se había discon- de 2006 devengando sobre dicho importe miles de pesos 653 en concepto de amortizaciones de
tinuado con fecha 30 de septiembre de 2011.
acuerdo a lo establecido por el B.C.R.A. Los pagos realizados hasta el 31 de diciembre de 2002
por miles de pesos 472 fueron imputados a los resultados del ejercicio económico finalizado en
esa fecha. Sin perjuicio de la descentralización de dichas actividades en Banco Patagonia S.A., la Entidad
mantiene su responsabilidad respecto al cumplimiento de las condiciones normativas y regulato-
rias exigibles para ellas.
No obstante este tratamiento, la Entidad se reserva el derecho de exigir ante quien corresponda el
reintegro del diferencial abonado.
Nota 2 - BASES DE PREPARACION DE LOS ESTADOS CONTABLES
A la fecha de los presentes estados contables, las autoridades nacionales no han anunciado
2.1) Criterios de presentación de los estados contables
mecanismos para compensar a los bancos por los efectos adversos sobre sus balances como
consecuencia de los amparos abonados.
Los presentes estados contables exponen cifras expresadas en miles de pesos de acuer-
do con lo requerido por la norma CONAU 1-349 del B.C.R.A. (Comunicación “A” 3147 y e) Previsiones del pasivo
complementarias).
Comprende los importes estimados por la Entidad en función de la opinión de sus asesores lega-
La Entidad ha preparado los estados contables de acuerdo con las normas establecidas por el les para hacer frente a contingencias de probable concreción que, en caso de producirse, darían
B.C.R.A., y con las normas contables profesionales, vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos origen a una pérdida para la Entidad.
Aires, República Argentina.
f) Indemnizaciones por despido
Las normas contables más significativas aplicadas por la Entidad para la preparación de los esta-
dos contables son las siguientes:
Las indemnizaciones por despido y las gratificaciones por renuncias o retiros del personal son
cargados a resultados de acuerdo a los pagos efectivamente realizados.
2.2) Unidad de medida
g) Reconocimiento de ingresos
Los estados contables de la Entidad reconocen las variaciones en el poder adquisitivo de la mo-
neda hasta el 28 de febrero de 2003 de acuerdo a lo requerido por el Decreto 664/2003 del Poder
Los ingresos por servicios se reconocen en el estado de resultados en proporción al porcentaje de
Ejecutivo Nacional (PEN) y la Comunicación “A” 3921 del B.C.R.A.
cumplimiento de la transacción a la fecha de cierre.
Hasta esa fecha, se aplicó la metodología de reexpresión establecida por las Resoluciones técni-
h) Uso de estimaciones
cas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de la Repú-
blica Argentina (FACPCE) utilizando coeficientes de ajuste derivados del Índice de Precios Interno
La preparación de estos estados contables requiere que se realicen estimaciones y evaluaciones Mayorista.
que afectan el monto de los activos y pasivos registrados, como así también los resultados regis-
trados en el ejercicio.
Estas normas establecen, principalmente, la existencia de una tasa acumulada de inflación
en tres años que alcance o sobrepase el 100%, considerando para ello el Indice de Precios
La Entidad realiza estimaciones para calcular, entre otros, las previsiones por contingencias. Internos al por Mayor (IPIM), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC), como característica que identifica un contexto de inflación que amerita ajustar los
Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la estados contables para que los mismos queden expresados en moneda de poder adquisitivo
fecha de preparación de los presentes estados contables. de la fecha a la cual corresponden. A la fecha de cierre de ejercicio la variación acumulada
del IPIM en los últimos tres años no alcanza el 100% por lo que no se dan las condiciones
para dicha reexpresión.
Nota 4 - DETALLE DE LOS COMPONENTES DE LOS CONCEPTOS “OTROS/AS” CON SAL-
DOS SUPERIORES AL 20% DEL TOTAL DEL RUBRO RESPECTIVO
Sin embargo, la existencia de variaciones como las observadas en los últimos ejercicios en
los precios de las principales variables de la economía, como el costo salarial, los precios
de las materias primas, las tasas de interés y el tipo de cambio, que afectan los negocios de
la Entidad, aun cuando no se haya alcanzado la pauta cuantitativa mencionada en el párrafo
anterior, igualmente afectan la situación patrimonial, los resultados y el flujo de efectivo de
la Entidad, y por ende, la información suministrada en los presentes estados contables, por
lo que esas variaciones deberían ser tenidas en cuenta en la interpretación de los mismos.
2.3) Información comparativa
El estado de situación patrimonial, de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de
efectivo y sus equivalentes y los anexos se presentan comparativos con el ejercicio precedente
finalizado el 31 de diciembre de 2013, en cumplimiento de lo establecido por la Comunicación “A”
4667 del B.C.R.A.
Nota 3 - CRITERIOS DE VALUACION
Los principales criterios de valuación empleados en la preparación de los estados contables son
los siguientes:
a) Activos en moneda extranjera
Los activos en moneda extranjera están expresados a los tipos de cambio aplicables o cotizacio-
nes vigentes al cierre de las operaciones del último día hábil de cada ejercicio. Las diferencias de
cambio fueron imputadas a los resultados de cada ejercicio.
b) Método utilizado para el devengamiento de intereses
El devengamiento de los intereses de la cartera activa y pasiva ha sido calculado mensualmente
apropiándose en forma lineal, en proporción a los días en que el capital ha estado expuesto a la
incidencia de dichos intereses.
c) Bienes de uso y diversos
Han sido valuados a su valor de incorporación, menos la correspondiente depreciación acumulada.
Dichos bienes se depreciaron siguiendo el método de la línea recta en función de las vidas útiles
asignadas.
Nota 5 - DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS CONTABLES DEL B.C.R.A. Y LAS NOR-
Al 31 de diciembre de 2014 la Entidad posee máquinas y equipos por miles de pesos 150 total- MAS CONTABLES PROFESIONALES VIGENTES EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
mente depreciados.
AIRES
d) Bienes intangibles
Las principales diferencias entre las normas contables del B.C.R.A. y las normas contables pro-
fesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, se detallan a
• Gastos de Organización y Desarrollo - Diferencias por Resoluciones Judiciales
continuación:
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Contabilización del impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido.
Con fecha 8 de enero de 2015, mediante la Comunicación “A” 5689 el B.C.R.A. estableció que
las entidades financieras que deseen distribuir resultados durante el año 2015, correspondientes
La Resolución Técnica N° 17 ha incorporado dentro de las normas contables la aplicación del al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2014, deberán deducir el importe corres-
impuesto diferido, el cual no es aceptado por el B.C.R.A. El método consiste en la medición de las pondiente a la previsión para sanciones administrativas, disciplinarias y penales constituida de
diferencias temporarias generadas por ciertos rubros que poseen distinto tratamiento contable e acuerdo con lo dispuesto en dicha norma.
impositivo. Asimismo, cuando existan quebrantos impositivos o créditos fiscales no utilizados sus-
ceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, se reconocerá un activo por impuesto Teniendo en cuenta lo detallado y el resultado neto del ejercicio, la Entidad no distribuye utilidades.
diferido, pero solo en la medida en que sea recuperable.
Nota 10 - PREVISION POR CONTINGENCIAS
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Entidad no ha registrado activos ni pasivos por impuesto
diferido, ya que no existen normas del B.C.R.A. que regulen su aplicación. No obstante, teniendo Durante los ejercicios anteriores, se iniciaron demandas laborales contra la Entidad por miles de
en consideración la situación actual de la Entidad mencionada en Nota 1 no cabría la registración pesos 12.775 actualizadas al 31 de diciembre de 2014.
de acuerdo con normas contables profesionales.
En base a la opinión de sus asesores legales, la Entidad ha registrado dentro del rubro Previsiones
Nota 6 - BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
al 31 de diciembre de 2014 y 2013 miles de pesos 4.674 y 7.948 respectivamente, para hacer frente
a dichas contingencias laborales.
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, existen activos de la Entidad que se encuentran restringidos
en el rubro Otros Créditos por Intermediación Financiera por miles de pesos 49 para ambos ejer- Nota 11 - CUENTAS QUE IDENTIFICAN EL CUMPLIMIENTO DE EFECTIVO MÍNIMO
cicios, correspondientes a saldos en cuentas especiales de garantía a favor de las cámaras elec-
trónicas de compensación y al aporte realizado por la Entidad para la constitución de la cámara La Entidad integra el efectivo mínimo en pesos requerido por el B.C.R.A. con los fondos que
compensadora “Compensadora Electrónica S.A. (COELSA)”.
posee. De acuerdo con lo establecido por las normas del B.C.R.A. se detallan a continuación los
conceptos computados por la Entidad para la integración del efectivo mínimo al 31 de diciembre
Asimismo la Entidad registra al 31 de diciembre de 2014 y 2013, en el rubro Créditos Diversos, de 2014 y 2013:
depósitos en garantía constituidos por alquileres de inmuebles por miles de pesos 6 y 149 respec-
tivamente, y depósitos efectuados en relación a demandas judiciales por miles de pesos 4.674 y
7.871 respectivamente.
Nota 7 - SISTEMA DE SEGURO DE GARANTIA DE LOS DEPOSITOS
En virtud de lo mencionado en la Nota 1, la Entidad no cuenta con pasivos por depósitos, por lo
cual no efectúa aportes al régimen de garantía de los depósitos.
Nota 8 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 la Entidad cumple con la exigencia de efectivo mínimo determi-
La Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente sobre la utilidad impo- nada de acuerdo con lo dispuesto por el B.C.R.A.
sitiva estimada, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable
e impositivo (ver Nota 5).
Nota 12 - CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES TECNICAS
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Entidad no constituyó provisión para el impuesto a las ganan- Desde diciembre de 2013 la Entidad presenta defecto en la integración de la exigencia de capital
cias, dado que se computaron los quebrantos acumulados de ejercicios anteriores, no generando mínimo básico establecida por la Comunicación “A” 5355 del B.C.R.A. Al 31 de diciembre de
en consecuencia impuesto a pagar.
2014 el defecto es de aproximadamente miles $ 4.205 en la integración de la exigencia de capital
mínimo.
El impuesto a la ganancia mínima presunta es complementario del impuesto a las ganancias
En virtud de la solicitud de la revocación de la autorización para funcionar como entidad finan- dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganan-
cia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos ciera, según lo mencionado en la Nota 1, la Entidad ha presentado una nota, con fecha 18 de
activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Entidad coincidirá diciembre de 2013, a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) del
con el mayor de ambos impuestos. La mencionada ley prevé para el caso de entidades regidas B.C.R.A., mediante la cual informó que entendía que no le correspondía la aplicación del nuevo
por la Ley de Entidades Financieras que las mismas deberán considerar como base imponible límite. A la fecha de emisión de los presentes estados contables el B.C.R.A. no ha respondido
del gravamen el 20% de sus activos gravados previa deducción de aquellos definidos como no dicha nota.
computables.
Nota 13 - ADOPCIÓN DE NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un período fiscal al impuesto
a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del Dentro del proceso de adopción de las normas internacionales de Información financiera (NIIF)
impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse emitidas por el IASB (Consejo Internacional de Normas de Contabilidad) iniciado hace unos años
en cualquiera de los diez períodos siguientes.
en la República Argentina, el BCRA emitió con fecha 12 de febrero de 2014 la Comunicación “A”
5541, mediante la cual estableció la hoja de ruta para la convergencia del Régimen Informativo y
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Entidad ha determinado un cargo por impuesto a la ganancia Contable hacia las NIIF para las entidades financieras sujetas a la supervisión del BCRA, a partir
mínima presunta de miles de pesos 54 y 62, respectivamente, que fueron imputados en el rubro de los ejercicios anuales iniciados el 1 de enero de 2018 y para los períodos intermedios corres-
“Gastos de Administración – Impuestos”.
pondientes a los referidos ejercicios.
Nota 9 - RESTRICCIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
Con fecha 22 de septiembre de 2014, el BCRA emitió la Comunicación “A” 5635 en la que dispuso
el contenido y las formalidades que debe reunir el Plan de Implementación para la convergencia
hacia las NIIF que las entidades financieras deberán presentar ante dicho organismo antes del 31 Mediante la Comunicación “A” 5072, “A” 5485 y complementarias, el B.C.R.A. estableció el nuevo
de marzo de 2015 y en forma semestral deberán informar los avances que se hayan registrado, así texto ordenado de las normas sobre “Distribución de resultados”.
como las modificaciones o desvíos respecto de la planificación inicial.
En dichas normas se determina el procedimiento y los requisitos a cumplir por las entidades
financieras a efectos de la distribución de utilidades, la cual deberá ser aprobada en forma En virtud de la solicitud de revocación de la autorización para funcionar como entidad finan-
ciera según lo mencionado en la Nota 1, la Entidad ha presentado una nota al BCRA, con expresa por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC). La Entidad
fecha 14 de noviembre de 2014, mediante la cual solicitó la eximición del cumplimiento del podrá distribuir utilidades siempre que, al mes anterior de la presentación de la solicitud i) no
Plan de Implementación para la convergencia hacia las NIIF. Con fecha 11 de diciembre de esté alcanzada por las disposiciones de los artículos 34 “Regularización y saneamiento” y 35
bis “Reestructuración de la entidad en resguardo del crédito y los depósitos bancarios” de 2014, la Entidad ha recibido por carta documento la aceptación de lo solicitado, por parte
la Ley de Entidades Financieras, ii) no registre asistencia financiera del B.C.R.A., en el marco del B.C.R.A.
del art. 17 de la Carta Orgánica del B.C.R.A., iii) no presente atrasos o incumplimientos en el
Nota 14 - NORMA ESPECIAL DEL B.C.R.A. PARA ENTIDADES EXTRANJERAS régimen informativo establecido por el B.C.R.A., iv) no registre deficiencias de integración de
capital mínimo o de efectivo mínimo, v) no registren sanciones impuestas por la Unidad de
Información Financiera (UIF) que se ponderen como significativas, excepto cuando se hayan El Banco do Brasil S.A. realiza actividad bancaria en Argentina a través de su sucursal.
implementado medidas correctivas a satisfacción de la Superintendencia de Entidades Finan-
cieras y Cambiarias o, en el caso de que se le haya requerido un plan de mitigación de riesgos, La responsabilidad del Banco do Brasil S.A., emergentes de esas operaciones, en particular
que éste haya sido aprobado por dicha Superintendencia.
por depósitos y demás obligaciones aceptadas por su sucursal en Argentina, se encuentra
limitada por las disposiciones contractuales aplicables en cada caso, la legislación vigente
La mencionada normativa dispone que la utilidad a distribuir no podrá superar el saldo acreedor en Argentina y en Brasil y por el acaecimiento de eventos de riesgo político en Argentina.
remanente de la cuenta resultados no asignados, luego de deducir las reservas legal y estatutarias, Los depósitos y demás obligaciones aceptados en Argentina son pagaderos únicamente en
la diferencia neta positiva entre el valor contable y el valor de mercado de los activos del sector Argentina en la sucursal de Banco do Brasil S.A. con los activos de la sucursal de Banco do
Brasil S.A. en Argentina. público que tengan en su cartera, las diferencias de cambio residuales por amparos activados,
los ajustes de valuación de activos notificados por la SEFyC o la auditoría externa de la entidad
pendientes de registración contable y las franquicias individuales que la SEFyC hubiere otorgado Nota 15 - PUBLICACION DE LOS ESTADOS CONTABLES
para la valuación de activos.
De acuerdo con lo previsto en la Comunicación “A” 2813 y complementarias del B.C.R.A., la previa
intervención del B.C.R.A. no es requerida a los fines de la publicación de los presentes estados Asimismo, en la medida que luego de los ajustes efectuados la Entidad mantenga resultados po-
sitivos, deberá cumplir con la relación técnica de capitales mínimos deduciendo los conceptos contables.
anteriormente citados, el importe del impuesto a la ganancia mínima presunta computable en el
capital regulatorio, el monto de las utilidades que se aspira distribuir y, finalmente, las franquicias Nota 16 - SANCIONES APLICADAS A LA ENTIDAD FINANCIERA Y SUMARIOS INICIADOS
otorgadas por la SEFyC que afecten la posición de capital mínimo.
POR EL BCRA
El B.C.R.A. mediante la Comunicación “A” 5273 de fecha 27 de enero de 2012 introdujo ade- Mediante la Comunicación “A” 5689 de fecha 8 de enero de 2015, el BCRA estableció que las
cuaciones a las normas sobre distribución de utilidades, entre las cuales establece que el entidades financieras deberán registrar contablemente e informar las sanciones administrativas
importe máximo a distribuir no podrá superar el exceso de integración de capital mínimo y/o disciplinarias, y las penales con sentencia judicial de primera instancia, que fueron aplicadas
considerando, exclusivamente a estos efectos, un ajuste incremental de 75% a la exigencia o iniciadas por el BCRA, la Unidad de Información Financiera (UIF), la CNV y la Superintendencia
y deduciendo ciertos ajustes. Para el caso de entidades financieras que sean sucursales de de Seguros de la Nación (SSN). El importe que deberán exponer contablemente, a partir de enero
entidades extranjeras, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias tendrá en de 2015, deberá contemplar la totalidad de las sanciones, constituyéndose una previsión por el
cuenta, además, la situación de liquidez y solvencia de sus casas matrices y de los mercados 100% de cada una de ellas y debiendo mantener la misma hasta tanto se proceda al pago o bien
en los cuales operen.
se cuente con sentencia judicial firme.
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Con fecha 13 de junio de 2011 y mediante Resolución N° 195, la Superintendencia de Entidades • Identificar y evaluar todos los tipos de riesgos del negocio.
Financieras y Cambiarias del B.C.R.A. notificó a la Entidad la apertura de un Sumario Cambiario
N° 4688 contra Banco do Brasil S.A. – Agencia Buenos Aires y los Sres. Alexandre Ronald de Al- • Implementar estrategias de negocios compatibles con los objetivos globales de Banco do Brasil
meida Cardoso, María Izilda Ferreira, Sebastián Luis Ferraro, Alejandro Fabián Ludovico y Osvaldo S.A. (Brasil).
Horacio Cazeres.
c) Funciones del Gerente General
Dicho sumario se origina en el incumplimiento de la Entidad de ciertos aspectos vinculados con
la Comunicación “A” 3493 del B.C.R.A. por la liquidación de divisas en el mercado de cambios. El El Gerente General, entre otros aspectos, debe:
período de la supuesta infracción se encuentra comprendido entre 28 de diciembre de 2004 y 26
de julio de 2007.
• Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos, estrategias y orientaciones de la Entidad, de
acuerdo con la legislación argentina y de la Casa Matriz.
Con fecha 22 de julio de 2013 el B.C.R.A. ha enviado una nota a la Entidad solicitando se sirvan
efectuar una propuesta sobre los avales y/o garantías valorizadas que estarían en condiciones • Orientar los negocios y servicios, así como establecer y cumplir las metas para la realización de
de aportar a fin de hacer frente a los eventuales pagos que pudieran surgir por dicho asunto. Di- negocios acordados con la Casa Matriz.
cha propuesta ha sido presentada por la Entidad con fecha 12 de noviembre de 2013 al B.C.R.A.
• Cumplir la estrategia y filosofía de riesgos global de la Entidad definida por el Comité de
Con fecha 02 de diciembre de 2014, Banco Patagonia S.A. presentó ante B.C.R.A. una garantía Administración.
por el plazo de dos años por la suma máxima y total por miles de pesos 20.000, con lo cual ga-
rantiza con fianza solidaria y en el carácter de liso, llano y principal pagador, las obligaciones • Establecer las directrices generales del entorno de control interno.
de pago que surjan de las sanciones que eventualmente sean impuestas a la Entidad en mate-
ria financiera y/o penal cambiaria que pudieran derivar de las actuaciones que se encuentran • Coordinar la definición de las políticas y el marco de actuación en que se desenvolverá la Entidad.
pendientes de resolución tanto en sede del B.C.R.A. como en sede judicial, incluyendo dicho
sumario cambiario.
• Apoyar las gestiones indispensables para salvaguardar los intereses de la Entidad relativos a los
aspectos operacionales, contables, patrimoniales, de personal y de seguridad.
La Entidad en base a la opinión de sus asesores legales considera que existen fundadas razones
para estimar como remota la probabilidad de un resultado desfavorable y por lo tanto, al 31 de
d) Comités
diciembre de 2014, no se ha constituido previsión por dicho sumario.
Teniendo en cuenta lo expuesto en Nota 1, la situación y estructura actual de la Entidad, la inexis-
Nota 17 - POLITICAS DE GERENCIAMIENTO DE RIESGOS
tencia de clientes, de préstamos otorgados al sector privado y de pasivos por depósitos, la Entidad
estableció los siguientes Comités considerando sus dimensiones, complejidad, importancia eco-
Mediante la Comunicación “A” 4667 del 14 de mayo de 2007, el B.C.R.A. estableció como requisito
nómica y perfil de riesgo de sus negocios:
a cumplir por las entidades financieras la descripción de las políticas y procesos integrales para la
identificación, evaluación, control y mitigación de cada tipo de riesgo relevante con que se enfrenta
• Control y Prevención del Lavado de Dinero
en su operatoria habitual.
• Cumplimiento y Controles Internos Posteriormente, las Comunicaciones “A” 5203 y “A” 5398, el B.C.R.A. aprobó las normas sobre
“Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras”, para la cual las entidades
Cada Comité está integrado por la Alta Gerencia, Gerentes y/o personal de las áreas involucradas financieras deberán contar con un proceso de gestión integral para la gestión de riesgos, que
en los temas de incumbencia de cada uno de ellos. Todos los Comités reportan al Comité de incluya la vigilancia por parte del Directorio y de la Alta Gerencia para identificar, evaluar, seguir,
Administración. controlar y mitigar todos los riesgos significativos.
2) Estructura Propietaria Teniendo en cuenta lo expuesto en Nota 1, sobre la situación y estructura actual de la Entidad, la
inexistencia de clientes, de préstamos otorgados al sector privado y de pasivos por depósitos, la
Entidad a través del Comité de Administración, observa el cumplimiento de las relaciones técnicas En la actualidad la entidad funciona como Entidad autorizada por el B.C.R.A. inscripta en la Ins-
pección General de Justicia como Sucursal de Sociedad Extranjera en los términos del artículo 118 establecidas por el B.C.R.A. y la política de la Casa Matriz, adoptándose siempre la posición más
de la Ley de Sociedades Comerciales. conservadora de ambas.
La composición accionaria de Banco do Brasil S.A. (Brasil) es la siguiente: Asimismo, el Comité de Administración monitorea el cumplimiento normativo en materia de
• Riesgo de liquidez: La Gerencia monitorea los niveles de liquidez adecuados y autoriza, con
el acuerdo de Casa Matriz, la aplicación del Plan de Contingencia (en caso de corresponder).
El seguimiento de la liquidez es realizado a través del análisis de flujos de caja distribuidos por
vencimientos.
• Riesgo de Crédito: La Entidad cuenta con políticas de gestión de crédito que garantizan
3) Estructura organizacional
el cumplimiento de las exigencias de supervisión bancaria, normativa y de procedimientos
y los controles internos y externos. La realización de operaciones que impliquen asumir
La dirección y administración de la Entidad está a cargo de un Comité de Administración confor-
riesgo de crédito, se encuentran condicionadas al previo análisis de riesgo del cliente, al
mado por el Gerente General y el Gerente Adjunto.
límite de crédito establecido y a la clasificación de riesgo de la operación. Los precios de-
finidos para una transacción deben ser compatibles con el riesgo asumido y la rentabilidad
4) Práctica de incentivos económicos al personal
esperada.
La Entidad no ha implementado políticas y/o prácticas de incentivos económicos al personal. • Riesgo de Mercado: La gestión de este riesgo comprende el seguimiento de la tasa de
interés y el tipo de cambio o moneda y es monitoreado permanentemente por la Gerencia de
5) Código de Ética y Conducta la Entidad.
El Código de Ética y Conducta de Banco do Brasil reafirma la continua valorización de los precep- • Riesgo Operacional y Legal: La gestión de este riesgo es realizada por medio de la observancia
tos éticos existentes en la cultura de la Organización, reconocidos por la comunidad. de las Políticas Generales y específicas de la Entidad, con especial atención a las Políticas de
Crédito, Prevención del lavado de dinero, seguridad y confidencialidad.
Nace de la realidad de la empresa, de la experiencia profesional y del deseo de consolidar los
principios de la ciudadanía en las relaciones con la sociedad. Este código pretende integrar los Nota 18 - POLITICA DE TRANSPARENCIA EN MATERIA DE GOBIERNO SOCIETARIO
valores esenciales a la práctica de lo cotidiano, ser fuente de reflexión ética no disociada de la
actuación profesional. Teniendo en cuenta lo expuesto en Nota 1, sobre la situación y estructura actual de la Entidad, la
inexistencia de clientes, de préstamos otorgados al sector privado y de pasivos por depósitos, la
En ese sentido, el Código es la expresión de la identidad profesional de aquellos que en él buscan Entidad informa lo siguiente:
inspiración para la conducta ética. Banco do Brasil reconoce la responsabilidad del empleado por
la imagen que tiene ante la comunidad y la diseminación y mantenimiento de los principios éticos 1) Estructura del Directorio, de la Alta Gerencia y miembros de los Comités
envueltos en su actuación en el mercado.
La dirección y administración de la Entidad está a cargo de un Comité de Administración confor-
El propósito del Código de Ética y Conducta es asegurar que todos los empleados de la entidad mado por el Gerente General y el Gerente Adjunto.
conocen los estándares de honestidad que son requeridos por el Banco do Brasil para la conduc-
ción de los negocios, el comportamiento y la gestión. a) Objetivos
Todos los empleados del Banco reciben una copia de este Código dejándose constancia de su Deliberar sobre asuntos relacionados con el planeamiento, ejecución y control de las actividades
recepción por escrito en sus legajos personales, comprometiéndose a leerlo cuidadosamente y a de la Entidad.
cumplirlo.
b) Responsabilidades del Comité de Administración
6) Políticas relativas a los conflictos de intereses, y a la naturaleza y extensión de las operaciones
El Comité de Administración, entre otros aspectos, debe:
con subsidiarias y vinculados.
La Entidad cumple con lo estipulado en la Comunicación “A” 2140 del B.C.R.A., en lo que se • Definir y aprobar el plan anual de actividades de la Entidad y la propuesta presupuestaria, así
como sus revisiones.
refiere a operaciones con personas físicas y jurídicas vinculadas y a la definición de sujeto
“vinculado”.
• Definir y aprobar los procedimientos para la gestión operacional y de los recursos humanos,
Los límites establecidos en tal comunicación ascienden en líneas generales al 5% para operacio- materiales, tecnológicos y presupuestarios de la Entidad, teniendo en cuenta los criterios, pará-
nes sin garantía, y al 10% cuando cuentan con garantías admitidas. metros, normas y procedimientos establecidos por la Dirección, las unidades gestoras y por la
legislación local.
Asimismo, el total de las operaciones comprendidas de todas las empresas o personas vinculadas
• Definir y aprobar el “Manual de políticas y control interno”, así como las actualizaciones que del a la entidad financiera a que refiere la norma, no puede superar, en ningún momento, el 20% de
mismo se realicen.
la responsabilidad patrimonial computable de la entidad del último día del mes anterior al que
corresponda.
• Hacer que la estrategia de gestión de riesgos de la Entidad este siempre en conformidad con las
políticas de gestión de riesgos establecidas por la Casa Matriz.
Al 31 de diciembre de 2014, la Entidad no registra operaciones con contrapartes relacionadas.
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Jueves 26 de marzo de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.096
Nota 19 - HECHOS POSTERIORES
No existen otros acontecimientos u operaciones ocurridos entre la fecha de cierre del ejercicio
y la fecha de emisión de los estados contables no revelados en los mismos que puedan afectar
significativamente la situación patrimonial y financiera de la Entidad ni los resultados del ejercicio.
EZEQUIEL BERNUEZ, Apoderado.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 09 de febrero de 2015.
KPMG Reg. de Asoc. Prof. CPCECABA, T° 2 – F° 6. — FERNANDO QUIROGA LAFARGUE, Socio,
Contador Público (UBA), CPCECABA, T° 224 – F° 116.
Informe de los auditores sobre estados contables
Al Señor
Gerente de
Banco do Brasil S.A. - Agencia Buenos Aires
N° de CUIT 30-50001244-3
Domicilio legal: Lavalle 462 - Piso 1°
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1. Hemos examinado el estado de situación patrimonial de Banco do Brasil S.A. Agencia Buenos
Aires al 31 de diciembre de 2014, los correspondientes estados de resultados, de evolución del
patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes, las notas 1 a 19 y los anexos B, C, D, H, I,
J, K y L por el ejercicio finalizado en esa fecha, presentados en forma comparativa con el ejercicio
anterior.
2. La Gerencia es responsable por la preparación y adecuada presentación de los estados
contables mencionados en el párrafo 1. de acuerdo con las normas contables establecidas
por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.). Esta responsabilidad incluye: (a) el
diseño, implementación y mantenimiento de un control interno apropiado de manera que los
estados contables no contengan distorsiones significativas debidas a errores o irregularida-
des; (b) la selección de políticas contables apropiadas, y (c) la preparación de estimaciones
contables razonables en las circunstancias. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión
sobre los estados contables basada en nuestra auditoría.
3. Realizamos nuestra auditoría de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República
Argentina incluyendo los procedimientos establecidos por las “Normas Mínimas sobre Au-
ditorías Externas” emitidas por el Banco Central de la República Argentina. Dichas normas
requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener una seguridad razonable
de que los estados contables no contienen errores significativos. Una auditoría implica realizar
procedimientos sobre bases selectivas para obtener elementos de juicio sobre las cifras y
aseveraciones expuestas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados de-
penden de nuestro juicio profesional, incluyendo la evaluación del riesgo de que los estados
contables contengan distorsiones significativas debidas a errores o irregularidades. Al realizar
esta evaluación del riesgo, consideramos el control interno existente en la Entidad relativo a la
preparación y presentación de los estados contables con la finalidad de seleccionar los proce-
dimientos de auditoría apropiados en las circunstancias, pero no con el propósito de expresar
una opinión sobre la efectividad del control interno de la Entidad. Como parte de la auditoría
se evalúan asimismo las normas contables utilizadas, las estimaciones significativas hechas
por la Gerencia y la presentación de los estados contables en su conjunto. Consideramos que
la evidencia de auditoría que hemos obtenido es suficiente y apropiada para sustentar nuestra
opinión profesional.
4. En nuestra opinión, los estados contables mencionados en el párrafo 1. presentan razonable-
mente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de Banco do
Brasil S.A. Agencia Buenos Aires al 31 de diciembre de 2014, los resultados de sus operaciones,
las variaciones en su patrimonio neto y flujo de efectivo y sus equivalentes por el ejercicio termi-
nado en esa fecha, de acuerdo con las normas establecidas por el Banco Central de la República
Argentina y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
República Argentina.
5. Con relación a los estados contables de la Entidad al 31 de diciembre de 2013 y por ejercicio
finalizado en esa fecha presentados con fines comparativos, hemos emitido un informe de
auditoría con fecha 14 de febrero de 2014 expresando una opinión favorable sin salvedades
de acuerdo con las normas contables del Banco Central de la República Argentina y con las
normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República
Argentina.
6. En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
• hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del
terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profe-
sional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
• los estados contables surgen de registros contables llevados formalmente de acuerdo con
normas legales y reglamentarias del Banco Central de la República Argentina y cumplen con lo
dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales; y
• al 31 de diciembre de 2014 no surge de los registros contables deuda devengada en concepto de
aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de febrero de 2015.
KPMG Reg. de Asoc. Prof., CPCECABA, Tº 2 - Fº 6. — FERNANDO QUIROGA LAFARGUE, Socio,
Contador Público (UBA), CPCECABA, Tº 224 - F° 116.
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. — Buenos
Aires, 16/3/2015 01 0 T. 41 Legalización Nº 186568.
LEGALIZAMOS, de acuerdo con las facultades otorgadas a este CONSEJO PROFESIONAL
por las Leyes 466 (Art. 2 Incs. d y j) y 20.488 (Art. 21, Inc. i), la actuación profesional de fecha
9/2/2015 referida a BALANCE de fecha 31/12/2014 perteneciente a BANCO DO BRASIL S.A.
SUC. BS. AS. 30-50001244-3 para ser presentada ante …, y declaramos que la firma inserta
en dicha actuación se corresponde con la que el Dr. QUIROGA LAFARGUE FERNANDO,
20-18576011-2 tiene registrada en la matrícula CP Tº 0224 Fº 116 que se han efectuado los
controles de matrícula vigente y control formal de dicha actuación profesional de confor-
midad con lo previsto en la Res. C. 236/88, no implicando estos controles la emisión de un
juicio técnico sobre la tarea profesional, y que firma en carácter de socio de: KPMG. Soc. 1
Tº 2 Fº 6. — Dr. DANIEL L. ZUNINO, Contador Público (U.B.A.), Secretario de Legalizaciones.
e. 26/03/2015 N° 19874/15 v. 26/03/2015