W20 Argentina W20Argentina

N° 20795/15 Aviso del Boletín Oficial

derecho a afiliarse al mismo, y será admitido

CONCURSOS Y QUIEBRAS viernes, 27 de marzo de 2015

Texto del aviso

derecho a afiliarse al mismo, y será admitido

fecha de los mismos y de los nombres y domici-

PARTIDO RENOVADOR FEDERAL

por la Dirección Ejecutiva Provincial, conforme

lios de las personas que los hubieran ingresado Artículo 94.- En ningún caso se admitirán vo-

las disposiciones de esta Carta Orgánica y las

o recibido.- Los registros y sus respectivos tos de miembros no presentes al momento de

establecidas legalmente. Distrito Corrientes

comprobantes deberán conservarse diez (10) sufragar.-

ejercicios.-

Publicación ordenada por el art. 63,

Art. 6) La antigüedad del afiliado para participar

Artículo 95.- En caso de integrar alianzas o

párrafo 2do. de la Ley Nº 23.298

en la vida interna del Partido Renovador Fede-

TITULO IV

ingresar en alguna confederación de partidos,

ral, ocupar cargos partidarios o ser candidato

los representantes del Movimiento Federalista

a cargos electivos es de un año. La afiliación El Juzgado Federal Nº 1 con Competencia Elec-

CAPITULO ÚNICO

Pampeano a los órganos de conducción de toral en el Distrito Corrientes, a cargo del Dr. estará abierta en forma permanente y será

ellas, serán designados por el Centro de Acción CARLOS V. SOTO DÁVILA, Secretaría Electoral aceptada automáticamente si dentro del plazo

DE LOS LIBROS DEL PARTIDO

Provincial.-

de quince días de su presentación no fuera Nacional a cargo del Dr. Carlos Alberto Rausch,

rechazada expresamente por las autoridades hace saber, en cumplimiento de lo establecido

Artículo 82.- El Centro de Acción Provincial de- Artículo 96.- El Movimiento Federalista Pam-

partidarias de la mesa Directiva de la Junta en el art. 63, 2do. párrafo de la Ley Orgánica de

berá llevar los siguientes libros:

peano se extinguirá por:

Ejecutiva. los Partidos Políticos 23.298, de los autos ca-

ratulados: “PARTIDO “RENOVADOR FEDERAL

Inventario; Caja; Actas; y Resoluciones.-

a) Fusión con otro partido, resuelta por la mayo- S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DIS- Art. 7) Todos los afiliados gozan de derechos y

ría en elección directa de los afiliados con una

obligaciones y los mismos están enumerados TRITO”, Expte. Nº C.N.E 1759/2014 se ordena

Artículo 83.- En el libro Inventario se detallarán concurrencia no menor del cincuenta por ciento

en esta Carta Orgánica. El gobierno y la fisca- publicar por un día en el Boletin Oficial la carta

todos los bienes que componen el patrimonio (50%) de los habilitados para sufragar.-

lización del Partido Renovador Federal (P.R.) orgánica del partido.

del Partido.-

se ejerce únicamente a través de sus cuerpos

b) Las causas que establezcan las leyes.-

orgánicos partidarios constituido conforme lo CARTA ORGÁNICA

Artículo 84.- En el libro Caja constarán todos los Producida alguna de las causas de extinción,

reglamenta la presente Carta Orgánica. Ningún

ingresos y egresos que se produzcan.-

la Mesa Directiva de la Asamblea General la

afiliado o grupo de afiliados podrá arrogarse la PARTIDO RENOVADOR FEDERAL

decretara formalmente y sin más trámite lo co-

representación del Partido Renovador Federal

Artículo 85.- En el libro de Actas deberán municara al Juez Electoral, adjuntando toda la

o de sus órganos partidarios bajo pena de san-

CAPÍTULO 1: DEL PARTIDO

constar, sintéticamente, las deliberaciones de

ción disciplinaria. documentación partidaria.-

la Asamblea General y del Centro de Acción

Art. 1) El Partido Renovador Federal (P.R.) es

Provincial.-En el libro de Resoluciones, debe- Artículo 97.- Los bienes del partido en caso

Art. 8) No podrán ser afiliados las personas

una asociación voluntaria de mujeres y hom-

rán constar las que emanen de los organismos de extinción, previa cancelación del pasivo,

enunciadas en el dispositivo legal del art. 24 de

bres procedentes de distintas corrientes polí-

citados anteriormente, de la Junta Electoral y se destinarán según lo disponga en sesión ex-

la Ley Nacional 23.298. La afiliación se extingue

ticas y culturales que hunden sus raíces en la

del Tribunal de Disciplina

traordinaria convocada al efecto, la Asamblea

por: fallecimiento, renuncia y demás causales

rica historia de las luchas populares de nuestro

General por os dos tercios (2/3) de los votos de

establecidas en la Ley y esta Carta Orgánica.

país, y que coinciden en el objetivo de alcan-

Artículo 86.- Los libros que se mencionan en los delegados presentes.-

zar una plena democratización del Estado y la

este capítulo serán rubricados y sellados por el

Art. 9) La renuncia podrá ser formalizada de

sociedad, sobre la base de la igualdad de dere-

Juez Electoral.-

Artículo 98.- El emblema del Movimiento Fede-

acuerdo al artículo 25 quáter de la ley 23.298.

chos y la justa distribución de la riqueza de los

ralista Pampeano será el mapa de la Provincia

Las sanciones disciplinarias que deriven en la

ciudadanos,; es un partido cuyos propósitos

TITULO V

de La Pampa, con tres (3) franjas horizontales

descalificación o expulsión del partido serán

están definidos en su Declaración de Principios

de color rojo, azul y blanco, con la inscripción

resortes del órgano partidario competente

y Programa.

DE LOS BLOQUES POLITICOS

de la sigla MO.FE.PA.-

mediante procedimientos que se establecen en

esta Carta Orgánica, sin perjuicio del art. 25,

Art. 2) El Partido Renovador Federal realiza sus CAPITULO UNICO

Artículo 99.- La representación del Partido ante

segundo párrafo de la Ley 23.298.

actividades a través de métodos democráticos

la Justicia será ejercida por el Presidente del

y legales, y se distingue tanto por su nombre Art. 10) Son legítimos derechos de los afiliados: Artículo 87.- Los Diputados Provinciales y los Centro de Acción Provincial y dos afiliados en

como por los lemas y emblemas que defina la concejales se organizarán en Bloques Polí- carácter de apoderados, que serán designa-

elegir y ser elegidos para ocupar cargos en los

Asamblea Provincial. ticos, eligiendo Presidente, Vicepresidente, dos por el Centro de Acción Provincial.- Está

organismos partidarios y desempeñar funcio-

Secretario y Tesorero, cuando su número así lo representación podrá ser ejercida en forma

nes ejecutivas, administrativas e inherentes y

Art. 3) El domicilio partidario legal se fijará por permita.-

individual, conjunta o indistintamente.-

ser postulados como candidatos a ocupar car-

acta de la Dirección Provincial.

gos públicos representativos. El afiliado puede

renunciar a su ficha de afiliación. Puede expre- Artículo 88.- Los Bloques Políticos ajustarán

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 4) Las reglas democráticas de la vida in- sus tareas al programa partidario, a esta Carta

sar libremente su pensamiento en las asam-

terna de Partido se basan en los siguientes Orgánica y a las resoluciones que emanen de Artículo 100.- En la primera sesión de la Asam-

bleas y consultas partidarias y emitir su voto.

criterios: los organismos partidarios.-

blea General, en que se incorporen los Dele-

gados que resulten electos en el próximo acto

Art. 11) Son obligaciones y derechos del afiliado:

Artículo 89.- Cada Bloque Político podrá dictar electoral, se decidirá por sorteo que mandatos A. Derechos y obligaciones iguales para todos

sus miembros. un reglamento interno de funcionamiento, don- durará dos (2).- En caso de resultar integrada

Respetar, observar y difundir los principios

de estén expresadas las obligaciones de sus por un número impar de Delegados, la prime-

doctrinarios del Partido Renovador Federal

componentes.-

ra renovación parcial alcanzará al número de B. Todas las instancias de gobierno serán de (P.R.). Cumplir los postulados de la Declaración

miembros que multiplicados por dos (2), del par carácter colegiado y las decisiones se adopta- de Principios, Bases de Acción Política y Plata-

Contemplara, entre otras cosas, lo concernien- anterior.-

rán por mayoría de votos, salvo en los casos forma Electoral.

te a reuniones periódicas durante el periodo

especificados por esta Carta Orgánica.

de sesiones, concurrencia a las mismas y la Artículo 101.- A los efectos del próximo acto

Mantener la disciplina partidaria observando

representación del Bloque en las comisiones.- electoral de renovación de autoridades partida- C. Respeto a la disidencia y reconocimiento de cabalmente las disposiciones de la Carta Orgá-

Asimismo indicará las sanciones a imponer rias, la Asamblea General, por simple mayoría los derechos de las minorías.

nica y las reglamentaciones que se dicten.

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Viernes 27 de marzo de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.097

Ejercer los cargos electivos y partidarios cum- V.- La Junta Electoral

3. En el texto de la convocatoria se deberá con- A. Analizar la situación política local y apro-

pliendo estrictamente sus funciones conforme a

signar los aspectos específicos que se deberán bar el plan de acción del Partido en el ámbito

la representatividad del cargo e investidura y al

abordar.

municipal. Art. 18) Salvo otras disposiciones estatutarias,

mandato partidario que le fuera otorgado, ajus- los órganos partidarios sesionarán con por lo

tando sus actos a los postulados de la Decla- menos la mitad más uno de sus miembros y 4. La convocatoria además de cursarse a B. Definir la plataforma y evaluar la política de

ración de Principios, Bases de Acción Política las resoluciones serán aprobadas por mayoría todos los delegados acreditado s en la fecha alianzas y la táctica electoral el Partido.

y las directivas de las Autoridades Partidarias. simple de los presentes.

estipulada.

C. Examinar la gestión de la Dirección Municipal.

Es obligación del afiliado informar a las autori-

5. Hasta un día hábil antes de la fecha convo- Art. 19) La Asamblea Provincial como órgano

dades partidarias competentes sobre las acti- de jerarquía máxima es el único facultado para cada para la Asamblea, la Dirección Provincial D. Decidir en grado de recurso sobre las deci-

vidades desarrolladas, en tiempo y forma que decidir intervenciones a cualquier otra instancia recibirá los proyectos que sobre los temas siones tomadas por la Dirección Municipal.

determinen los organismos partidarios.

partidaria.

específicos a tratar presenten los delegados

acreditados.

E. Aprobar las directrices políticas que orienta-

Efectuar los aportes al Tesoro partidario, pre-

rán a concejales e Intendentes. Art. 20) Los representantes ante la Asamblea

vistos en este cuerpo legal.

Provincial y los miembros de las Direcciones CAPÍTULO 5: DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL

Provincial, Municipal, y Distritales, serán elegi-

F. Decidir sobre recursos presentados por los

Mantener permanentemente actualizado el do- dos por el voto directo, universal y secreto de Art. 25) La Dirección Provincial está compuesta afiliados en los casos previstos por esta Carta

micilio real del afiliado en el padrón partidario los afiliados, siendo la duración de sus man- por 15 miembros: Los cargos se reparten de la Orgánica.

siguiente manera: un presidente, un vicepresi- datos de dos años. La anticipación del término

dente primero, un vicepresidente segundo, un G. Las demás que establezca esta Carta Art. 12) Se prohíbe a los afiliados:

o la prórroga de los mandatos sólo podrá ser

autorizada por la decisión de la Asamblea Pro- secretario general, un pro secretario general, Orgánica.

Difundir, propiciar o propagar la deformación vincial y de acuerdo al marco legal vigente. un secretario de finanzas, un prosecretario de

ideológica de la doctrina partidaria.

finanzas, un secretario de prensa, un prose- Art. 31) La Asamblea Municipal será convocada

cretario de prensa, un secretario de formación en los plazos y para los fines previstos por la CAPÍTULO 4: DE LA ASAMBLEA PROVINCIAL

política, un prosecretario de formación política, presente Carta Orgánica, o por convocatoria de Defractar en forma dolosa o maliciosa los prin-

cuatro vocales titulares y cuatro vocales su- cipios, objetivos o programas de acción política Art. 21) La Asamblea Provincial es el organismo

la mitad más uno de los miembros de la Direc-

y los postulados de la declaración de principios de máxima jerarquía partidaria y está constitui- plentes. Dichos cargos serán distribuidos como ción Municipal, o por un tercio de los afiliados

del partido. Ocupar cargos públicos represen- da por delegados de los departamentos que se se establece en el art. 59 inc. 13.

con domicilio en el municipio.

tativos en representación del partido sin previo elegirán del siguiente modo:

Art. 26) La Dirección Provincial, se reunirán en CAPÍTULO 7: DE LAS DIRECCIONES conocimiento y autorización del órgano parti-

carácter ordinario por lo menos una vez cada

MUNICIPALES dario competente.

A. Cada Departamento tendrá un delegado titu-

cuarenta y cinco días sin necesidad de ser con- lar y un suplente, en forma igualitaria.

Comprometer con su opinión publica las po-

vocada, en día, hora y local previamente esta- Art. 32) Las Direcciones Municipales, salvo la de

blecidos; y de modo extraordinario a solicitud Corrientes Capital que se regula en el capítulo siciones sustentadas por el partido, relacio- B. Un delegado más por cada 50.000 electores

de un tercio de sus miembros.

9, tendrán 5 titulares y 2 suplentes, elegidos por nadas a la problemática nacional, provincial o del padrón de la Justicia Electoral del depar-

voto directo de los afiliados. municipal.

tamento a la fecha del llamado a lecciones

Art. 27) Son atribuciones de la Dirección internas.

Colaborar con partidos opositores o intervenir

Provincial:

I. En caso de producirse una vacante o impe-

dimento, será convocado el primer suplente de en las internas de los mismos.

Art. 22) Son atribuciones de la Asamblea

A. Establecer la posición del Partido en las la Dirección Municipal en el orden proporcional Provincial:

cuestiones políticas de ámbito provincial orien- que corresponda. Agraviar a dirigentes y afiliados con motivo de

tadas por el plan de acción aprobado en la su actuación en representación partidaria o A. Analizar la situación política nacional y pro-

Asamblea Provincial. menoscabar la integridad o cívica de los mis-

II. La Dirección Municipal electa se constituirá vincial y aprobar el plan de acción del Partido

dentro los treinta días de Concluido el comicio mos, quedando a salvo el derecho al disenso en la Provincia.

B. Convocar a la Asamblea Provincial.

interno correspondiente. en el marco de la crítica responsable, fundada,

veraz, objetiva pero no ofensiva.

B. Definir la plataforma y evaluar la política de

C. Mantener relaciones internacionales.

Art. 33) Los cargos de las Direcciones Muni-

alianzas y la táctica electoral del Partido.

cipales se compondrán de un presidente, un Art. 13) La transgresión a cualquiera de las

disposiciones enunciadas, será considerada

D. Cobrar las contribuciones financieras de vicepresidente, un secretario de finanzas, un

C. Evaluar la gestión de la Dirección Provincial

los afiliados que detentan mandatos electos secretario de prensa, un secretario de forma- como una falta grave y habilitará de oficio o a y de los representantes del Partido en cargos

de nivel provincial y nacional y sus asesores y ción política. petición de parte a la intervención de Tribunal públicos.

personal contratado. de Disciplina partidario.

Art. 34) Son atribuciones de la Dirección

D. Aprobar las directrices política que orienta-

E. Garantizar la financiación de todos los ni- Municipal: Art. 14) Son adherentes al Partido Renovador rán la tarea de los representantes electos del

veles partidarios según las normas fijadas por Federal (P.R.), los ciudadanos nacionales cuyas Partido.

esta Carta Orgánica.

A. Establecer la posición del Partido en las edades se comprendan entre los 14 y 16 años,

cuestiones políticas de ámbito municipal orien- y los extranjeros mayores de esta edad que se E. Reglamentar la formación del Tesoro del F. Administrar la institución partidaria de acuer- tadas por el plan de acción aprobado en la inscriban en tal calidad en los registros parti- Partido.

do a las leyes vigentes y a los principios éticos, Asamblea Municipal. darios que funcionaran en cada comité cons-

políticos y programáticos del Partido. tituido. Los adherentes gozaran de los mismos F. Reglamentar las infracciones y sanciones

B. Expresar su posición ante la realidad política derechos y obligaciones como de prohibicio- para castigar los actos de inconducta partidaria G. Elaborar y aprobar un presupuesto anual, municipal, en concordancia con las decisiones nes; con la única excepción de que no podrán y disponer amnistías.

mantener al día la contabilidad y garantizar la del nivel provincial. elegir ni ser elegidos en comicios internos para

elaboración aprobación y entrega de las cuen- ocupar cargos en organismos partidarios y/o G. Aprobar y reformar la Carta Orgánica y la tas partidarias al órgano correspondiente. C. Elaborar un presupuesto anual para el fun- electivos.

Declaración de Principios.

cionamiento partidario.

H. Orientar, asesorar y apoyar a las demás ins- Art. 15) Todos los cargos electivos son

H. Reglamentar el ejercicio de los derechos de tancias partidarias en el cumplimiento de esta D. Mantener al día la contabilidad y garantizar la reelegibles.

revocatoria, referendo y plebiscito.

Carta Orgánica y en lo referido a la integridad elaboración del balance anual.

política y financiera de la institución. CAPÍTULO 3: DE LA ORGANIZACIÓN

I. Las demás que establezca esta Carta

E. Convocar a la Asamblea Municipal en los Y FUNCIONAMIENTO DEL PARTIDO

Orgánica.

I. Elegir a las autoridades del Instituto de Es- términos de esta Carta Orgánica.

tudios e Investigación Participativa del Partido

Art. 16) El Partido Renovador Federal está

Art. 23) La Asamblea Provincial se reunirá Renovador Federal y aprobar sus programas e F. Convocar a elecciones internas, plebiscitos, sujeto en su funcionamiento a los principios,

ordinariamente dos veces al año –una por se- informes.

referendos y consultas a los afiliados en el ám- normas y procedimientos establecidos en esta

mestre- y podrá ser convocada con carácter

bito municipal. Carta Orgánica.

extraordinario por su Mesa Directiva (consti- J. Aplicar sanciones disciplinarias que corres-

tuida por 5 miembros uno de ellos presidente pondan de acuerdo al procedimiento dictado G. Convocar a concejales e intendentes para

Art. 17) Son órganos del Partido:

de la Asamblea), por la Dirección Provincial, o por esta Carta Orgánica y sus reglamentaciones. orientar u obtener información sobre su actua-

a solicitud de un tercio de los asambleístas. La

ción en el ámbito de sus funciones.

I.- Deliberativos:

fecha de las asambleas deberán ser comuni- K. Las demás que establezca esta Carta

cadas por la Dirección a las mesas directivas Orgánica.

H. Establecer las directrices generales para

Asamblea Provincial;

respectivas, con una antelación no inferior a 10

la actuación de los concejales del Partido en

días, a fin de que las direcciones municipales

CAPÍTULO 6: DE LA ASAMBLEAS

el municipio, en acuerdo con los lineamientos

Asamblea Municipal;

eleven las propuestas que deberán ser inclui-

MUNICIPALES

surgidos de la Asamblea Municipal.

das en el temario a tratar, en un plazo no inferior

Asamblea Distrital

a un día anterior a la asamblea; dicho temario Art. 28) La Asamblea Municipal es el ámbito I. Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la

podrá ser ampliado por razones extraordinarias deliberativo del partido a nivel local y estará Asamblea Municipal.

II.- Ejecutivos:

que determinen la necesidad y urgencia en el formado por la totalidad de los afiliados que se

tratamiento de los nuevos temas.

presenten ante la convocatoria fundada, públi- J. Aprobar resoluciones sobre materia de su

Dirección Provincial;

ca y con una anticipación no menor de cinco competencia.

Art. 24) La Asamblea Provincial tiene la atri- días, efectuada por la Dirección Municipal, sal-

Dirección Municipal;

bución de modificar total o parcialmente esta vo la Asamblea de Corrientes Capital; que se K. Informar y actualizar a los afiliados sobre las

Carta Orgánica. Para tal fin la misma debe ser regula en el Cap. 10.

políticas, propuestas, publicaciones, materia-

Direcciones de Distrito de Corrientes;

convocada de acuerdo a las siguientes pautas:

les y demás iniciativas del Partido.

Art. 29) La Asamblea Municipal Ordinarias se

III.- De Disciplina:

1. La convocatoria la realizará su Mesa Directiva reunirán trimestralmente para aprobar y elabo- L. Realizar periódicamente actividades abiertas

o la Dirección Provincial con el voto afirmativo rar los planes y las metas de acción del Partido a la población.

Comisión de Ética Provincial;

de la mitad más uno de todos sus miembros en el ámbito Municipal, inclusive auditarán la

titulares.

actividad de los Concejales.

M. Cobrar contribuciones financieras de los afi-

IV.- De Investigación y Capacitación:

liados y de los ocupantes de cargos electivos,

2. La convocatoria deberá realizarse con diez Art. 30) Son atribuciones de la Asamblea ejecutivos y personal nombrado por estos, en

Instituto de Investigación Participativa Provincial días de anticipación a la fecha prevista.

Municipal:

su ámbito.

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Viernes 27 de marzo de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.097

N. Efectuar todos los procedimientos vincula- A. Establecer la posición del Partido en las la mitad más uno de los miembros de la Direc- E. Confeccionar anualmente su presupuesto

dos a la confección del padrón de afiliados. cuestiones políticas de ámbito municipal orien- ción Distrital, o la mitad más uno de los afiliados de gastos, designar al personal necesario para

tadas por el plan de acción aprobado en la con domicilio en de Sección.

el cumplimiento de sus funciones, y adoptar

O. Crear Secretarías explicitando sus incum- Asamblea Municipal.

todas las medidas conducentes al mejor cum-

bencias y funciones.

CAPÍTULO 11: DE LAS

plimiento de sus funciones.

B. Expresar su posición ante la realidad política

DIRECCIONES DE SECCION

P. Aplicar sanciones disciplinarias que corres- municipal, en concordancia con las decisiones

F. Las demás que establezca la Carta Orgánica

del nivel provincial. pondan de acuerdo al procedimiento dictado

Art. 49) La Direcciones de Sección se com- y sus reglamentaciones.

por esta Carta Orgánica y sus reglamentaciones.

pondrán de 3 miembros titulares y 1 suplentes,

C. Elaborar un presupuesto anual para el fun- elegidos por voto directo de los afiliados.

Art. 56) La Junta Electoral dictará su propio

Q. Las demás que establezca esta Carta cionamiento partidario.

reglamento, el cual deberá ser aprobado por la

Orgánica.

I. En caso de producirse una vacante o impedi- Asamblea Provincial.

D. Mantener al día la contabilidad y garantizar la mento, será convocado el suplente de la Direc-

elaboración del balance anual. Art. 35) Las Direcciones Municipales, se reunirá

ción de Sección.

Art. 57) Para ser miembro de La Junta Electoral

en carácter ordinario por lo menos una vez cada

se debe ser afiliado y poseer como mínimo dos

treinta días sin necesidad de ser convocada, en E. Convocar a la Asamblea Municipal y/o Co- II. La Dirección de Sección electa se constituirá años de antigüedad en el padrón de afiliados

día, hora y local previamente establecidos; y de munal en los términos de esta Carta Orgánica. dentro de los 15 días de concluido el comicio partidarios.

modo extraordinario a solicitud de un tercio de

interno correspondiente.

F. Aprobar la constitución de Redes Sociales sus miembros.

Art. 58) No pueden ser miembros de la Junta

organizadas en el ámbito municipal.

Art. 50) Los cargos de la Direcciones de Sec- Electoral ningún afiliado que este en ejercicio

CAPÍTULO 8: DE LA ASAMBLEA DE LA

ción se compondrán de: un presidente y dos de otro cargo partidario en la Asamblea Provin-

MUNICIPALIDAD DE CORRIENTES CAPITAL G. Convocar a elecciones internas, plebiscitos, vocales.

cial o en la Dirección Provincial.

referendos y consultas a los afiliados en el ám-

bito municipal. Art. 36) La Asamblea Municipal de Corrientes

Art. 51) Las atribuciones de las direcciones dis-

CAPÍTULO 13: DE LAS

Capital es el ámbito deliberativo del partido a

tritales son:

ELECCIONES INTERNAS

H. Convocar a concejales e intendentes para nivel de la ciudad y estará formada por tres de

legados titulares y un suplente por cada sec- orientar u obtener información sobre su actua- A. Expresar su posición ante la realidad de la Art. 59) Regirá el siguiente procedimiento para

ción en el ámbito de sus funciones. ción electoral, elegidos por voto directo de los

Sección.

la elección de autoridades partidarias, munici-

afiliados.

pales y provinciales:

I. Establecer las directrices generales para la B. Elaborar un presupuesto anual para el fun-

actuación de los concejales del Partido en el Art. 37) La Asamblea Municipal será convocada

cionamiento partidario en el ámbito distrital. l. La Dirección Provincial por mayoría absoluta

Municipio, en acuerdo con los lineamientos en los plazos y para los fines previstos por la

establecerá el cronograma electoral con una

surgidos de la Asamblea. presente Carta Orgánica, o por convocato-

C. Mantener al día la contabilidad y garantizar anticipación mínima de sesenta días respecto

ria de la mitad más uno de los miembros de

la elaboración del balance anual, en el ámbito de la votación y treinta días respecto de la pre-

J. Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la la Dirección Municipal, o por un tercio de los

distrital.

sentación de listas.

Asamblea Municipal. asambleístas.

D. Convocar a los concejales para orientar u 2. Dicho cronograma deberá ser publicitado

K. Aprobar resoluciones sobre materia de su Art. 38) Son atribuciones de la Asamblea

obtener información sobre su actuación en el por la Junta Electoral antes de los diez días de

competencia. Municipal:

ámbito de sus funciones.

establecido, en –al menos- dos medios masi-

vos de comunicación.

L. Informar y actualizar a los afiliados sobre las A. Analizar la situación política local y aprobar

E. Informar y actualizar a los afiliados sobre las

políticas, propuestas, publicaciones, materia- el plan de acción del Partido en el ámbito mu-

políticas, propuestas, publicaciones, materia- 3. Atendiendo al cronograma electoral, las nó-

les y demás iniciativas del Partido. nicipal, en concordancia con las decisiones del

les y demás iniciativas del partido.

minas de candidatos deben presentarse ante la

nivel provincial.

Junta Electoral, donde se les asignará número,

M. Realizar periódicamente actividades abier-

F. Realizar periódicamente actividades a la color u otro signo distintivo. Tales nóminas ten-

tas a la población.

B. Definir la plataforma y evaluar la política de

población.

drán la forma de lista completa, con especifica-

alianzas y la táctica electoral del Partido, en su

ción de cargos.

N. Cobrar contribuciones financieras de los afi-

nivel.

CAPÍTULO 12: DE LA JUNTA ELECTORAL

liados y de los ocupantes de cargos electivos,

4. La inscripción de listas de candidatos a in- ejecutivos y personal nombrado por estos, en

C. Examinar la gestión de la Dirección Municipal.

Art. 52) La Junta Electoral será elegido por la tegrar alguna Dirección partidaria deberá ser su ámbito.

Dirección Provincial con el Voto de 2/3 del total acompañada de una propuesta denominada

D. Decidir en grado de recurso sobre las deci-

de sus miembros.

Plan de Acción. La presentación se hará ante la O. Efectuar todos los procedimientos vincula-

siones tomadas por la Dirección Municipal y las

Junta Electoral. dos a la confección del padrón de afiliados.

Direcciones Distritales.

I. La Junta Electoral estará integrada por cinco

miembros titulares y tres suplentes.

5. Hasta diez días después del término del P. Crear secretarías explicitando sus incumben-

E. Aprobar las directrices políticas que orienta-

plazo para presentar listas cualquier afiliado en cias y funciones.

rán a concejales e intendentes.

II. Los miembros de la Junta Electoral durarán condiciones de votar podrá presentar por escri-

en su cargo dos años.

to ante la Junta Electoral, impugnación de listas Q. Aplicar sanciones disciplinarias que corres-

F. Decidir sobre recursos presentados por los

y candidaturas que deberá estar acompañada pondan de acuerdo al procedimiento dictado

afiliados en los casos previstos por esta Carta

III. Los miembros de la Junta Electoral podrán de pruebas fundadas. por esta Carta Orgánica y sus reglamentaciones.

Orgánica.

renunciar voluntariamente por causa grave o

motivo fundamental para el objeto del Partido; 6. La Junta Electoral solamente examinará la R. Las demás que establezca esta Carta

Art. 39) La Asamblea Municipal se reunirán

y sólo podrán ser removidos por resolución inscripción de la candidatura si viene acompa- Orgánica.

mensualmente, previa convocatoria fundada y

ñada de los siguientes avales: aprobada de dos terceras partes de la Asam-

con una anticipación no menor de cinco días,

blea Provincial, previa solicitud debidamente CAPÍTULO 10: DE LA ASAMBLEA DE

para aprobar y elaborar los planes y las metas

fundada y motivada.

a) El 2% de los afiliados en la categoría en que SECCION DE CORRIENTES CAPITAL

de acción del Partido en el ámbito Municipal,

se presentan candidaturas.

inclusive auditarán la actividad de los Conceja-

Art. 53) La Junta Electoral se constituirá den- Art. 45) La Asamblea de Sección es el ámbito

les e intendente.

deliberativo del partido a nivel distrital, estará tro de los treinta días de la elección de su b) Para presentar listas en el nivel provincial

formada por la totalidad de los afiliados que miembros y se compondrá de un presidente, será necesario constituir estas en cinco de

CAPÍTULO 9: DE LA DIRECCIÓN

un vicepresidente y tres vocales. Funcionará departamentos. acrediten domicilio en la sección electoral, que

MUNICIPAL DE CORRIENTES CAPITAL

con la mayoría absoluta de sus miembros y sus se presenten ante la convocatoria fundada, pú-

decisiones requerirán igualmente la mayoría blica y con anticipación no menor a 5 días por

7. En el proceso de realización de elecciones

absoluta de los miembros que lo componen. Art. 40) La Dirección Municipal de Corrientes la Dirección de Sección.

internas los afiliados precandidatos podrán

Capital, tendrán 9 miembros titulares y 3 su-

En todos los casos el presidente tendrá voz y participar de debates, tener acceso a la infor-

plentes, elegidos por el voto directo de los afi- Art. 46) La Asamblea de Sección se reunirán voto en las deliberaciones y dispondrá de voto mación, al padrón y divulgar su candidatura al

liados del municipio; y se constituirá dentro de

doble cuando se produjera empate en alguna interior del Partido. mensualmente para proponer ante la Asamblea

los treinta días de concluido el comicio interno

votación. Municipal los Planes y metas de acción del par-

correspondiente.

tido en el ámbito de la sección.

8. Los comicios se realizarán en los locales

Art. 54) Las resoluciones de la Junta Electoral partidarios o en aquellas sedes que la Junta

Art. 41) En caso de producirse una vacante o Art. 47) Son atribuciones de la Asamblea de serán definitivas y solamente recurribles ante la Electoral determine. En tal sentido, la Junta

impedimento, será convocado el primer su- Sección:

Justicia Electoral, articulo 32 ley 23.298.

Electoral deberá comunicar con diez días de

plente de la Dirección Municipal, en el orden

anticipación al acto eleccionario a la Dirección

proporcional que corresponda.

Art. 55) Las funciones de la Junta Electoral A. Analizar la situación política local y proponer

Provincial, y las Direcciones Municipales la ubi-

el plan de acción del Partido en el ámbito de la serán:

cación definitiva de los locales comiciales.

Art. 42) Los cargos de la Dirección Municipal Sección.

se compondrán de un presidente, un vicepre-

A. Fiscalizar la inscripción y el pase de los 9. Cada comicio estará formado por mesas

sidente, un secretario general, un secretario de

afiliados en los municipios, y formar el padrón B. Examinar la gestión de la Dirección de

receptoras de votos en la proporción de una

finanzas, un prosecretario de finanzas, un se-

partidario con arreglo a lo establecido en esta Sección.

por cada seiscientos afiliados. Dichos comicios

cretario de prensa, un prosecretario de prensa,

Carta Orgánica.

serán presididos en cada Municipio por las

un secretario de formación política, un prose- C. Aprobar las directrices políticas que orienta-

autoridades que fije la Junta Electoral. Será la

cretario de formación política.

rán a los delegados de la Sección.

B. Depurar dicho padrón, procediendo de oficio Junta Electoral el órgano que designe a los pre-

a las tachas o eliminaciones que hubiese lugar. sidentes de las mesas receptoras de votos, no

Art. 43) La Dirección Municipal, se reunirán en D. Auditar la actuación de los delegados de la

pudiendo recaer este nombramiento en autori-

carácter ordinario por lo menos una vez cada Sección ante la Asamblea Municipal.

C. Resolver en las impugnaciones presentadas dades partidarias o candidatos que concursen

treinta días sin necesidad de ser convocada, en

durante las campañas electorales que organice en la elección respectiva.

día, hora y local previamente establecidos; y de E. Las demás que establezca esta Carta y entender en los recursos de queja interpues-

modo extraordinario a solicitud de un tercio de Orgánica.

tos por los afiliados.

10. Cada núcleo de afiliados que haya oficiali-

sus miembros.

zado una lista podrá hacer fiscalizar la elección

Art. 48) La Asamblea de Sección será convoca- D. Presidir, organizar y fiscalizar las elecciones por un ciudadano en cada mesa, el cual pre-

Art. 44) Son atribuciones de la Dirección do en los plazos y para los fines previstos por la internas en toda la Provincia, así como los Ple- sentará a las autoridades del comicio la creden-

Municipal:

presente Carta Orgánica, por convocatoria de biscitos y referendos que sean convocados. cial que acredite su misión, la que deberá ser

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Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.097

firmada por el candidato que encabeza la lista o ñadas de una propuesta denominada Plan de ciales o municipales registrados conforme a la

CAPÍTULO 16: DEL PATRIMONIO

por su apoderado.

Acción.

ley aplicable y en el marco de la misma.

Y LA CONTABILIDAD DEL PARTIDO

11. Finalizado el acto comicial y siempre que no La presentación se hará ante la Junta Electoral. Art. 68) Cuando las alianzas sean acordadas Art. 77) Los recursos financieros del Partido se

mediare oposición de las listas concurrentes,

con anterioridad a la correspondiente elec- originan en:

se realizará el escrutinio en los locales eleccio- 5. Hasta tres días después del término del plazo ción interna partidaria, el Partido solamente

narios de acuerdo con los requisitos estableci- para presentar listas cualquier afiliado en con- elegirá los candidatos que por convenio le 1. Las contribuciones obligatorias de sus afi-

dos por la Junta Electoral.

diciones de votar podrá presentar por escrito corresponda.

liados en la forma descripta por esta Carta

ante la Junta Electoral, impugnación de listas

Orgánica.

12. Terminado el escrutinio primario, el comité y candidaturas que de berá estar acompañada Art. 69) Corresponde a la Asamblea Provincial

de apoyo a la Junta Electoral entregarán a ésta de pruebas fundadas.

concertar alianzas, siempre con el voto de dos 2. Contribuciones espontáneas de afiliados y

personalmente y de inmediato las urnas con

tercios de sus miembros.

simpatizantes; conforme a lo establecido en las

los votos escrutados y las actas del escrutinio 6. La Junta Electoral solamente examinará la

leyes electorales.

inscripción de la candidatura si viene acompa- practicado, a fin de que ratifique los resultados

Art. 70) Los candidatos a cargos públicos elegi-

ñada de los siguientes avales: practicando el escrutinio definitivo.

dos democráticamente por el Partido deberán 3. Aportes estatales para el financiamiento de

poner a disposición su lugar para el eventual los partidos políticos en estricta observancia de

13. Finalizado el escrutinio definitivo, la Junta a) El 2% de los afiliados en la categoría en que caso de realizarse alianzas; para ello, antes de las leyes vigentes.

Electoral procederá a la proclamación de los se presentan candidaturas.

ser proclamados por la Junta Electoral, debe-

electos conforme el siguiente criterio:

rán entregar a dicha Junta renuncia a los cargos 4. Otras formas reglamentadas por la Asamblea

b) Para presentar listas en el nivel provincial de que se trate.

Provincial.

En el caso de listas plurinominales para Direc- será necesario constituir estas en cinco de

ciones Ejecutivas Provinciales, Municipales, departamentos.

CAPÍTULO 15: DEL CONSEJO DE

Art. 78) Los afiliados que ocupan cargos electi-

Seccionales, estos serán distribuidos entre las

CONTRALOR PATRIMONIAL

vos, ejecutivos o legislativos, deberán efectuar

7. En el proceso de realización de elecciones distintas listas participantes por el sistema de

una contribución mensual al Partido, en su

internas los afiliados precandidatos podrán mayorías y minorías A, B, C; con las siguientes

Art. 71) La Asamblea Provincial del Partido Re- nivel, municipal o provincial, correspondien-

participar de debates, tener acceso a la infor- posibilidades:

novador Federal (P.R.) designará con el voto de te a un porcentual líquido equivalente al 10%

mación, al padrón y divulgar su candidatura al la mitad mas uno del total de sus miembros a de la respectiva remuneración mensual. Esta

- Si las listas que alcanza el segundo lugar interior del Partido.

los integrantes del órgano jurisdiccional encar- contribución financiera debe ser hecha obliga-

obtienen el 20 % de los votos válidos emitidos

gado de la fiscalización de los ingresos y gastos toriamente por débito automático a favor de la

8. Los comicios se realizarán en los locales la distribución de cargos será AAB, AAB hasta

partidarios, el cual se denominará Consejo de cuenta bancaria partidaria o en consignación

partidarios o en aquellas sedes que la Junta completar la totalidad de los miembros.

Contralor Patrimonial.

de la Secretaría de Finanzas o similar de la ins-

Electoral determine. En tal sentido, la Junta

tancia correspondiente.

Electoral deberá comunicar con diez días - Si las listas que alcanzan el segundo y ter-

I. El Consejo de Contralor Patrimonial estará

de anticipación al acto eleccionario a la Di- cer lugar obtienen el 20% de los votos válidos

integrado por cinco miembros titulares y cinco Art. 78 Bis) Los afiliados que ocupen cargos de

rección Provincial, y las Direcciones Muni- emitidos, la distribución de cargos será AB-AC

Suplentes que reemplazarán por su orden a los asesores o empleados directa o indirectamente

cipales la ubicación definitiva de los locales hasta completar la totalidad de los cargos.

titulares en los casos que correspondan.

contratados por quienes ejercen cargos electi-

comiciales.

vos, ejecutivos o legislativos, en representación

El piso para obtener cargos en las Direcciones

II. Los miembros del Consejo de Contralor Pa- del Partido y que no sean empleados de carre-

9. Cada comicio estará formado por mesas es del 20% de los votos válidos positivos, des-

trimonial durarán en su cargo dos años y pue- ra, deberán efectuar una contribución mensual

receptoras de votos en la proporción de una cartándose los votos blancos y nulos.

den ser reelegidos en forma indefinida.

del 5%.

por cada seiscientos afiliados. Dichos comicios

serán presididos en cada Municipio por las Art. 60) En caso de renuncia o fallecimiento de

III. Los miembros del Consejo de Contralor Art. 79) Los recursos originados por los meca-

autoridades que fije la Junta Electoral. Será la candidatos electos antes de ser oficializada la

Patrimonial podrán renunciar voluntariamente nismos previstos en la presente serán aplica-

Junta Electoral el órgano que designe a los pre- lista, ocupará la vacante el candidato que le

por causa grave o motivo fundamental para el dos a:

sidentes de las mesas receptoras de votos, no siga en el orden de colocación numérica de la

objeto del Partido; y sólo podrán ser removidos

pudiendo recaer este nombramiento en autori- lista correspondiente.

por resolución aprobada de dos terceras partes 1. Manutención de la Sede y servicios del

dades partidarias o candidatos que concursen

de la Asamblea Provincial, previa solicitud debi- Partido.

en la elección respectiva.

Art. 61) En todos los casos cuando se oficializa-

damente fundada y motivada.

re una sola lista de candidatos no se realizará el

2. Propaganda doctrinaria y política.

10. Cada núcleo de afiliados que haya oficiali-

comicio interno, procediendo el Servicio Elec-

Art. 72) El Consejo de Contralor Patrimonial se

zado una lista podrá hacer fiscalizar la elección

toral a proclamar directamente los mismos.

constituirá dentro de los treinta días siguientes 3. Campañas electorales.

por un ciudadano en cada mesa, el cual pre-

a la elección de sus miembros y estará consti-

sentará a las autoridades del comicio la creden-

Art. 62) Son requisitos para ser candidato a

tuida por un presidente, un vicepresidente, un 4. Creación y manutención del Instituto de In- cial que acredite su misión, la que deberá ser

integrar cualquiera de los órganos de gobierno

secretario y dos vocales. Funcionará con la ma- vestigaciones Participativas, en no menos del firmada por el candidato que encabeza la lista o

partidario:

yoría absoluta de sus miembros y sus decisio- 20% del total recibido en cada nivel. por su apoderado.

nes requerirán igualmente la mayoría absoluta

de los miembros que lo componen. En todos A. Estar afiliado al Partido con por lo menos un

5. Formación política de los afiliados. 11. Finalizado el acto comicial y siempre que no

año de antigüedad a la fecha de las elecciones

los casos el presidente tendrá voz y voto en las

mediare oposición de las listas concurrentes,

Internas.

deliberaciones y dispondrá de voto doble cuan-

se realizará el escrutinio en los locales eleccio-

Art. 80) Antes de la última semana de abril de

do se produjera empate en alguna votación. cada año, las Direcciones partidarias de cada narios de acuerdo con los requisitos estableci-

B. Estar al día con las obligaciones financieras

nivel deben aprobar un presupuesto anual ela- dos por la Junta Electoral.

al Partido si las tuviere.

Art. 73) Las resoluciones del Consejo de Con- borado por la respectiva Secretaría de Finanzas

tralor Patrimonial serán definitivas y solamente o similar, con el apoyo del Consejo de Contra- 12. Terminado el escrutinio primario, el comité

Este último inciso también es de aplicación para

recurribles ante el Comisión de Ética Provincial. lor Patrimonial. Los presupuestos partidarios de apoyo a la Junta Electoral entregarán a ésta

las candidaturas a cargos públicos electivos. personalmente y de inmediato las urnas con

deben conformarse por programas, es decir,

Art. 74) Las funciones del Consejo de Contralor con objetivos precisos, para que a partir de los los votos escrutados y las actas del escrutinio

Art. 63) Se podrá designar candidato a cargo

Patrimonial serán:

mismos se evalúen de manera permanente los practicado, a fin de que ratifique los resultados

público provincial electivo a un ciudadano que

logros de las Direcciones partidarias. practicando el escrutinio definitivo.

no acredite estar afiliado al Partido.

1. Revisar sistemáticamente los ingresos y gas-

tos del Partido en el orden provincial, municipal. 13. Finalizado el escrutinio definitivo, la Junta

Art. 81) Los resultados del presupuesto ejecu-

Art. 64) Cuando corresponda incorporar a Electoral procederá a la proclamación de los

tado anualmente por el Partido serán conta-

un órgano público determinado sólo una

2. Realizar las auditorias que entienda nece- bilizados y administrados con acuerdo de las electos conforme el siguiente criterio:

parte de los candidatos del total de una

sarias; considerando también aquellas que le prescripciones legales.

lista votada en los comicios respectivos, lo

sean solicitadas formalmente por los afiliados. En el caso de listas plurinominales, estos serán

harán de acuerdo con el orden establecido distribuidos entre las distintas listas participan-

Art. 82) Los movimientos de recursos partida-

en la referida lista partidaria hasta cubrir las tes por el sistema de mayorías y minorías A,B,C; 3. Presentar un informe anual a la Asamblea rios deberán efectuarse a través de la cuenta

vacantes.

Provincial del resultado de su gestión, con su corriente única en el Banco de la Nación Argen- con las siguientes posibilidades:

rendición de cuentas respectivas; el mismo tina según el art. 20, 21 y 22 de la Ley 26.215 a

Art. 65: Regirá el siguiente procedimiento para

será publicado en una circular interna que será nombre del Partido Renovador Federal. - Si las listas que alcanza el segundo lugar

la elección de candidatos a cargos públicos,

remitida, en un plazo no mayor de treinta días obtienen el 20% de los votos válidos emitidos

electivos, provinciales y municipales:

la distribución de cargos será AAB, AAB hasta a las distintas Direcciones Municipales y/o I. La apertura y movimiento de la cuenta banca-

completar la totalidad de los miembros.

Comunales.

ria y toda otra transacción financiera en nombre

1. La Dirección Provincial por mayoría absoluta

del Partido deberán ser hechas, conjuntamen-

establecerá el cronograma electoral con una

4. Confeccionar anualmente su presupuesto de te, por el Presidente y el Secretario de Finanzas - Si las listas que alcanzan el segundo y ter-

anticipación mínima de sesenta días respecto cer lugar obtienen el 20% de los votos válidos gastos, designar al personal necesario para el de la respectiva Dirección.

dela votación y treinta días respecto de la pre- emitidos, la distribución de cargos será AB-AC cumplimiento de sus funciones y fijar su sueldo,

sentación de listas.

hasta completar la totalidad de los cargos. y adoptar todas las medidas conducentes al II. El Partido no cargará con la responsabilidad

mejor cumplimiento de sus funciones.

de cualquier transacción financiera que haya

2. Dicho cronograma deberá ser publicitado

sido efectuada por personas distintas a las ex- El piso para obtener cargos es del 20 % de los

por la Junta Electoral antes de los diez días de votos válidos positivos, descartándose los vo- 5. Las demás que establezca la Carta Orgánica presamente autorizadas en el párrafo anterior.

establecido, en –al menos- dos medios masi- tos blancos y nulos.

y sus reglamentaciones.

vos de comunicación.

III. Los recursos financieros del Partido serán

Art. 66: Regirá el siguiente procedimiento para Art. 75) El Consejo de Contralor Patrimonial administrados en acuerdo estricto con las nor-

3. Atendiendo al cronograma electoral, las nó-

mas legales vigentes. la elección de candidatos a cargos públicos, dictará su propio reglamento, el cual deberá ser

minas de candidatos deben presentarse ante la electivos, nacionales: Se regirá por la Ley 23. aprobado por la Asamblea Provincial.

Junta Electoral, donde se les asignará número, 298, Ley 26.571 y sus modificatorias.

IV. El inicio y fin del ejercicio económico será el

color u otro signo distintivo. Tales nóminas ten-

Art. 76) Todos los órganos partidarios que ma- periodo comprendido entre el 1 de Abril y el 31

drán la forma de lista completa, con especifica-

CAPÍTULO 14: DE LAS ALIANZAS

nejen recursos del Partido, están obligados a de Marzo.

ción de cargos.

ELECTORALES

entregar toda la documentación que requiera el

Consejo de Contralor Patrimonial; la renuencia Art. 83) Las instancias de Dirección en general,

4. La inscripción de listas de candidatos a inte- Art. 67) El Partido Renovador Federal podrá o negativa será considerada como una falta y las secretarías de finanzas o similares en par-

grar los cargos públicos deberán ser acompa- hacer alianzas electorales con partidos provin- sancionable.

ticular son responsables:

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BOLETIN OFICIAL Nº 33.097

A. Por el cobro de las contribuciones obliga- B. Determinar las sanciones por el incum- 4. Se actúe contra los principios fundaciona- 5. Impedir acuerdos o coaliciones con otros

torias de los afiliados, su contabilización y la plimiento de las obligaciones de los miembros les del partido, dejando a salvo la libertad de partidos en desacuerdo con las decisiones

emisión de recibos comprobantes.

y órganos del Partido.

conciencia.

superiores.

B. Por la distribución de los fondos menciona- C. Garantizar el cumplimiento de este Estatuto. 5. Se compruebe que se ha recibido cualquier 6. Preservar las normas estatutarias, la ética

dos en las instancias partidarias de acuerdo a

partidaria, los principios programáticos o la lí- beneficio para sí o para cualquier persona físi-

nea política fijada por los órganos competentes. lo dictado por esa Carta Orgánica.

D. Aplicar las sanciones estatutarias y ca o jurídica, o se ha participado en cualquier

reglamentarias.

actividad que reporte un lucro personal en

virtud del desempeño de un cargo en los órga- 7. Garantir el cumplimiento de las disposiciones C. Por la organización de campañas de recau-

nos del Partido y/o en la función pública, que partidarias sobre el proceso político - electoral. dación y colectas con los afiliados, los sim- E. Resolver consultas y controversias sobre la

no esté previsto por las leyes o los estatutos y patizantes y la población en general; siempre aplicación de este Estatuto.

individualizando quien aporta.

demás disposiciones partidarias como remu- Art. 102) En todos los casos el procedimiento a

neración o pago debido y transparente por ese seguir para la intervención de cualquier instan- F. Requerir la información necesaria y citar

desempeño.

cia partidaria será el siguiente: D. Por la creación de formas y mecanismo que como testigos a afiliados para el desempeño de

amplíen la recaudación, observando el estricto sus funciones.

cumplimiento de la ley vigente.

6. Se cometan actos contra el patrimonio del A. El pedido de intervención será fundamentan-

Partido.

do e instruido con elementos que evidencien la G. Confeccionar anualmente su presupuesto

existencia de las infracciones previstas en este E. Por la confección y difusión, semestralmen- de gastos, designar al personal necesario para

artículo. te, del Balance de Entrada y Salidas, con identi- el cumplimiento de sus funciones, y adoptar Art. 97) Los órganos de dirección podrán hacer

todas las medidas conducentes al mejor cum- amonestaciones y, en caso de violaciones gra- ficación de los aportantes de ingresos y detalle

plimiento de sus funciones.

ves y de urgente resolución, podrán suspender B. Antes de los cinco días previos a la reunión de la conformación del saldo.

que deliberará sobre la intervención, deberá la provisionalmente los derechos y prerrogativas

instancia en cuestión ser notificada, por carta H. Las demás que establezca la Carta Orgánica de los afiliados, siempre y cuando remitan la F. Por la publicación en sitios visibles de las

con aviso de recibimiento, para presentar su y sus reglamentaciones.

denuncia y petición respectivas al Comisión sedes partidarias, en los distintos niveles, de

defensa por escrito o presentar defensa oral de Ética y mientras éste resuelve lo procedente los Balances mencionados en el inciso anterior.

respecto al fondo del asunto. Estas sanciones en la reunión de consideración del pedido de

Art. 90) Comisión de Ética dictará su propio

estarán vigentes aun en el caso de que se ape- intervención.

reglamento, adoptando el procedimiento de Art. 83 BIS) Se rendirán cuentas conforme a los

juicio oral con acusación y defensa. El regla- le a ellas, mientras la Comisión no resuelva el

art 23, 54 y 58 de la Ley 26.215 y de los art 36 y

C. La intervención será decretada por el voto asunto de fondo.

37 de la Ley 26.571 (PASO).

mento deberá ser aprobado por la Asamblea

de dos tercios de los miembros de la Asamblea, Provincial.

debiendo en el acto designarse a la Comisión Art. 98) El Comisión de Ética registrará y publi-

CAPÍTULO 17: DE LA COMISIÓN DE ÉTICA

Interventora, compuesta de cinco integrantes, cará sus actuaciones de acuerdo con las bases Art. 91) Estarán sometidos al conocimiento y

y fijando el plazo de su duración. siguientes: decisión de la Comisión de Ética:

Art. 84) La Comisión de Ética es el órgano juris-

diccional encargado de garantizar los derechos

D. El plazo de intervención podrá ser prorro-

1. Las quejas por actos u omisiones de los inte- A. Inscribirán las quejas, consultas o controver-

de los Afiliados del Partido y vigilar la aplica-

gado por la Asamblea, en tanto no cesen las

sias por las que se solicite su intervención pre- grantes de los órganos provinciales y municipa- ción del presente Estatuto, será elegido por la

causas que la determinaron.

cisando el nombre del solicitante, la naturaleza les, en primera instancia. Asamblea Provincial con el Voto de 2/3 del total

de su solicitud y la fecha en que fue presentada

de sus miembros.

E. La Comisión Interventora una vez designada y el número de entrada, en un registro foliado 2. Las quejas por actos u omisiones de los

estará investida de todos los poderes propios que deberán llevar permanentemente actualiza- órganos provinciales y municipales en primera I. La Comisión de Ética estará integrado por

de la instancia intervenida. do para el efecto. instancia. tres miembros titulares y dos suplentes que

reemplazarán por su orden a los titulares en los

F. Dada la decisión de intervenir podrá pre-

B. Inscribirán sus resoluciones identificando

casos que correspondan.

3. Las quejas, consultas y controversias de

sentarse recurso, sin efecto suspensivo, por el

las partes afectadas, la naturaleza de la reso- jurisdicción provincial, municipal en primera

plazo de diez días ante el Comisión de Ética.

lución, la fecha en que se adoptó, el número de instancia.

II. Los miembros de la Comisión durarán en su

la solicitud a la que corresponde en un registro

Art. 103) Para el caso en que la materia de inter- cargo dos años.

foliado que deberán llevar permanentemente CAPÍTULO 18: DE LOS

vención este relacionada con el proceso elec- actualizado para el efecto. PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

toral y la legislación en vigencia torne indispen- III. Los miembros de la Comisión podrán renun-

sable la aplicación inmediata de la decisión de ciar voluntariamente por causa grave o motivo

C. Por cada solicitud que reciba se abrirá el ex- Art. 92) Todo afiliado o instancia del Partido po-

intervención del órgano, la Dirección Provincial fundamental para el objeto del Partido; y sólo

pediente relativo que se integrará con todas las drá ocurrir ante el Comisión de Ética para hacer

podrá disponer tal resolución, ad referéndum podrán ser removidos por resolución aprobada

actuaciones del caso, y se archivará ordenada- valer sus derechos o exigir el cumplimiento de

de la Asamblea Provincial y siguiendo el proce- de dos terceras partes de la Asamblea Provin-

mente conforme a la numeración a que hace las normas estatutarias, cuando estime que cial, previa solicitud debidamente fundada y

dimiento definido por el artículo anterior.

referencia el primer inciso del artículo presente. han sido violados o vulnerados por órgano o motivada.

instancia partidaria o por alguna resolución

CAPÍTULO 20: DEL INSTITUTO

D. Publicará un boletín semestral seriado, al de cualquiera de éstos; por sus integrantes o

DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN Art. 85) Esta Comisión deberá atender en todo cualquier afiliado, mediante la presentación del menos con: la información correspondiente,

momento el fondo de los asuntos que se le escrito de queja.

generada durante el período que cubra el bo- Art. 104) El Instituto de Estudios e Investigación planteen sus resoluciones serán de acatamien-

letín; su reglamento y las modificaciones al Participativa del Partido Renovador Federal to obligatorio para los afiliados y órganos del

mismo; la sistematización de los criterios que Art. 93) El Comisión de Ética sólo podrá actuar a

es un órgano partidario, cuyo propósito es Partido.

fundamentaron las resoluciones a efecto de de- petición de parte interesada, siempre y cuando

coordinar los estudios y promover la discusión

sarrollar la jurisprudencia interpretativa de esta sean afiliados, órganos o instancias del Partido.

sobre los fundamentos doctrinarios del Partido,

Art. 86) La Comisión de Ética se constituirá

Carta Orgánica y la coherencia y credibilidad en como así también estimular la investigación y

dentro de los treinta días siguientes a la desig-

su aplicación. Art. 94) Las resoluciones del Comisión de Ética

el debate ideológico, político, cultural y técnico

nación de sus miembros y elegirá de su seno un

que no sean apeladas en los términos previstos

sobre los temas contemporáneos provinciales,

presidente. Funcionará con la mayoría absoluta

por esta Carta Orgánica serán inatacables. Art. 99) La Asamblea Provincial podrá resolver nacionales e internacionales de mayor interés

de sus miembros y sus decisiones requerirán

la amnistía a favor de las personas expulsadas para el Partido.

igualmente la mayoría absoluta de los miem-

del Partido, pero ésta será estrictamente indivi- Art. 95) Corresponde a la Comisión de Ética bros que lo componen. En todos los casos el

dual, sólo se podrá adoptar un año después de aplicar las siguientes sanciones por violaciones

Art. 105) El Instituto de Estudios e Investigación presidente tendrá voz y voto en las delibera-

haberse aplicado, la sanción por resolución de a las normas, los derechos y las obligaciones

Participativa del Partido Renovador Federal ciones y dispondrá de voto doble cuando se

establecidas en este Estatuto:

última instancia y se requerirá el voto favorable será financiado por al menos el 20% de lo que produjera empate en alguna votación.

de las dos terceras partes de los asambleístas el Partido recibe en concepto de aporte anual

presentes. A. Amonestación.

para desenvolvimiento institucional al financia-

Art. 87) Los integrantes de la Comisión de Éti-

miento de actividades de capacitación para la

ca serán recusables y estarán impedidos para

Art. 100) La Asamblea Provincial expedirá el función pública, formación de dirigentes e in- B. Inhabilitación para participar en los órganos conocer y decidir sobre alguna queja o asunto

Reglamento de Sanciones en el que se precisa- vestigación, art. 12 ley 26.215. de dirección. cuando tengan interés personal en la cuestión

rán las faltas y los procedimientos.

que haya motivado la queja y cuando tengan

Art. 106) El Instituto de Estudios e Investigación

amistad o enemistad manifiesta con alguna C. Inhabilitación para contender como candida-

CAPÍTULO 19: DE LA INTERVENCIÓN Participativa del Partido Renovador Federal to a cualquier cargo público electivo. de las partes. En el caso de estar impedido, el

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

contará con una directora o director y una di-

miembro de la Comisión lo hará saber al pleno

rectiva colegiada nombrados por la Dirección

del Cuerpo para su admisión. En caso de re- D. Suspensión de derechos y prerrogativas.

Provincial cada dos años con el acuerdo de, por Art. 101) Los organismos de gobierno del Par- cusación, la Comisión deberá solicitar informe

lo menos, dos tercios de sus miembros presen-

al integrante aludido para que dentro de las E. Expulsión del Partido.

tido, establecidos por la presente Carta Orgá-

tes al momento de la votación. El programa del

veinticuatro horas siguientes lo rinda; en el caso

nica, podrán ser intervenidos por la Asamblea

Instituto, así como sus informes anuales, serán Provincial en los casos de renuncia de la ma- de que niegue la causa del impedimento se rea- Art. 96) Las sanciones establecidas en la pre-

aprobados por el Dirección Provincial. En el yoría absoluta de sus miembros, desprecio a lizará audiencia de derecho dentro de los tres sente Carta Orgánica, según la gravedad de la

presupuesto provincial del Partido figurará una cualquier decisión tomada por los órganos su- días siguientes, para rendir pruebas pertinentes falta, procederán cuando:

partida anual para el sostenimiento del Instituto. periores o violación expresa de los estatutos, y resolver si se admite o se desecha la causa

del impedimento.

principios o programa partidario; a los efectos

1. Se contradiga la forma de gobierno repu-

Art. 107) El Instituto convocará permanente- de:

blicano, democrático, representativo y federal

mente a la intelectualidad democrática de la

Art. 88) Las resoluciones de la Comisión de consagrada en nuestra Constitución Nacional.

provincia y el país con el propósito de llevar a

Ética no son apelables en órganos partida-

1. Mantener la integridad partidaria.

cabo actividades de investigación, discusión,

rios, si pueden serlo ante la justicia electoral 2. Se comentan infracciones graves a las dis-

análisis y difusión.

competente.

2. Garantizar el ejercicio de la democracia inter- posiciones legales vigentes o se reiteren las

na, y los derechos de los afiliados y las minorías. conductas personales indecorosas.

Art. 108) El Instituto contará con áreas de estu-

Art. 89) Comisión de Ética tendrá las siguientes

dio e investigación, entre las cuales estarán las

atribuciones:

3. Se violen los principios doctrinarios, las di- 3. Asegurar la disciplina y la fidelidad partidarias. de finanzas públicas, políticas públicas, política

rectrices programáticas, el cumplimiento de los

municipal, ecología y medio ambiente y equi-

A. Proteger los derechos de los miembros del deberes partidarios u otros dispositivos previs- 4. Normalizar el control de las afiliaciones dad entre los géneros. La formación política

Partido.

tos en esta Carta Orgánica.

partidarias.

contará también con un área específica.

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Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.097

Art. 109) Siempre que su naturaleza lo permita, Art. 116) Desde la situación de precandidato a judiciales de otros fueros. Igualmente adopta- Que atento el estado de la causa, se fija audien-

el Instituto buscará realizar actividades en con- cargo público legislativo, el afiliado debe com- rán todas las medidas legales conducentes al cia en los términos del art. 62 de la Ley 23.298

junto con otras instancias partidarias.

prometerse rigurosamente a:

reconocimiento de la Personería Jurídica, Legal para el día 11/09/2014 a las 11 horas. De fs.

y Política del Partido Renovador Federal (P.R.) y 106/145 se cumplieron las notificaciones de ley.

CAPÍTULO 21: DE LOS INSTRUMENTOS 1. Reconocer de modo expreso que todo man- formularan las presentación es ante la Justicia

DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN

dato electo debe cumplir con la Declaración de Electoral en los casos de alianzas electorales A fs. 146/155 se agrega presentación de la apo-

Principios del Partido.

que el Partido Renovador Federal (P.R.), decida derada del Partido Renovador – Distrito Misio-

integrar.

nes, Karla Andrea Higa. Art. 110) La capacitación y la formación política

2. No invocar la condición de legislador para son tareas permanentes del Partido en todos

sus niveles.

participar de una elección interna en la que se Art. 129) Sin perjuicio de los mandatos expresos A fs. 156, obra Acta de Audiencia, en la que

busca reelección.

que le confiera la Asamblea Provincial, los apo- comparecen los apoderados del partido en

formación, quienes manifiestan ratificar el pe- I. Cada instancia de Dirección impulsará la edu-

derados deberán dentro del plazo legal corres-

3. Combatir rigurosamente cualquier privilegio

dido de reconocimiento de personería jurídico cación y la formación política de los miembros

pondiente posterior al reconocimiento político

o relación que implique “clientelismo”. del Partido en general y de los dirigentes del

– jurídico del Partido Renovador Federal (P.R.), política provisoria del partido, y comunican

mismo. Los dirigentes están obligados asistir a

hacer rubricar por la autoridad competente ju- que se ha arribado a un acuerdo con el Partido

los cursos de educación continua que establez- 4. Contribuir financieramente en los términos de dicial los libros a que se refiere la Ley Orgánica Renovador de la Provincia de Buenos Aires,

esta Carta.

de los Partidos Políticos – Ley 23.298/85- Igual- razón por la que la Junta Promotora local se ca el Partido.

apresta a aprobar el cambio de nombre, adop- mente formalizarán todos los actos relativos a

5. En cuestiones polémicas o proyectos contro- II. Las Direcciones en sus distintos niveles

la marcha institucional del Partido Renovador tándose el cambio de nombre por Partido Re-

versiales propiciar debates amplios y sistemáti- incluirán en su presupuesto anual una partida

Federal (P.R.).

novador Federal. Para lo cual se acompañará

cos pero limitados al interior del Partido.

la correspondiente documental. Acto seguido de, por lo menos, el 20% de su gasto al finan-

toma la palabra el apoderado del Partido Re- ciamiento de la capacitación y la formación

CAPÍTULO 28: DISPOSICIONES

CAPÍTULO 24: DE LAS

novador de la provincia de buenos Aires quien política.

TRANSITORIAS

CORRIENTES INTERNAS

ratifica la existencia del acuerdo mencionado y

presta su conformidad para que el partido de III. El Partido contará con una revista, diario o

Art. 130) Cumplido el trámite para la obtención Art. 117) Los afiliados tienen derecho a organi-

autos adopte el nombre “Partido Renovador en su defecto página web de análisis, debate

de la personería jurídica partidaria definitiva zarse en Corrientes Internas.

Federal”. y difusión.

ante la Justicia Federal Electoral y habien-

do ésta otorgado tal carácter se convocará a Art. 118) Se entiende por Corrientes Internas

Seguidamente, el Secretario actuante incor- IV. El Partido promoverá la creación de centros

Asamblea Provincial Extraordinaria a fin de ar- las relaciones entre militantes que se unen

pora al expte. el Oficio 2828 del distrito Elec- municipales de formación política y de forma-

monizar la presente Carta Orgánica con el pro- para defender dentro del Partido determinadas

toral Misiones adjuntando escrito que formula ción de cuadros dirigentes.

yecto de Carta Orgánica que, con el consenso posiciones políticas, no pudiendo asumir éstas

oposición al nombre Partido Renovador de la

del resto de las representaciones de las demás expresión pública.

Provincia de Corrientes, por la apoderada Karla

CAPÍTULO 22: DE LAS

provincias, se propondrá para obtener la perso-

A. Higa., corriéndose traslado de la misma a los

FORMAS DE CONSULTA

nería jurídica como entidad partidaria política a Art. 119) Todos los agrupamientos de afiliados

apoderados del partido en formación quienes

nivel nacional. que deseen constituirse en Corriente Interna

rechazan en todos sus términos las oposiciones

(REVOCATORIA)

deberán ser reconocidos por la Dirección co-

planteadas. Concluido el acto, se resolvió tener

Art. 131) Hasta tanto no se elijan autoridades rrespondiente, creándose un registro a tal fin.

presente lo expuesto y pasar las actuaciones al

Art. 111) Los mecanismos de consulta son un

partidarias conforme la presente Carta Or- Sr. Fiscal federal para que dictamine.

derecho de todos los afiliados y en su imple-

gánica, los miembros fundantes del partido, Art. 120) Las Corrientes Internas pueden ser

mentación se garantizará las mejores condi-

constituidos en Junta Promotora provincial de ámbito comunal, municipal o provincial te-

A fs. 160/176 se incorpora nueva documenta-

ciones en cuanto a participación, discusión, ner actuación en todas las áreas de interés del tendrá todas las facultades inherentes a ción que acredita el cambio de nombre como

información e infraestructura básica.

Partido.

los órganos partidarios. Se llamará a elec- PARTIDO RENOVADOR FEDERAL. Se ordenan

ciones internas dentro de los seis meses de las notificaciones correspondientes a los parti-

I. Los afiliados podrán realizar referendos cuan-

obtenido el reconocimiento por la Justicia Art. 121) Las Corrientes Internas no podrán

dos políticos y en formación y a todos los distri-

Electoral. do hubiera manifestación escrita de por los tener sedes partidarias oficiales. Tendrán dere-

tos, se publica cambio de nombre en el Boletín

menos:

cho de reunirse en las sedes partidarias y sus

Oficial por tres días, y se fija nueva audiencia

actividades deberán ser abiertas a todos los Art. 132) La antigüedad exigida por ésta Carta en los términos del art. 62 para el 07/10/14 a

A. 20% de los afiliados del Municipio para cues- afiliados.

Orgánica para ocupar cargos partidarios no las. 11 hs.

tiones municipales.

tendrá vigencia hasta dos (2) años después del

Art. 122) Las Corrientes Internas podrán produ- reconocimiento por la Justicia Electoral.

A fs. 244 consta Acta de audiencia, en la que

B. 20% de los afiliados de la Provincia distri- cir boletines informativos, editar publicaciones

comparecen los apoderados del partido en

buidos en por lo menos la mitad de los depar- abiertas al debate político y teórico o propues- Resolución Nº 01/15

formación; el apoderado del Partido Federal

tas sobre la coyuntura y el movimiento social, tamentos que la componen para cuestiones

– Distrito Corrientes, Sr. Dardo Rubén Ledes-

provinciales o nacionales.

de circulación interna al Partido.

ma, el Apoderado y Presidente del Partido Corrientes, 05 de febrero de 2015.-

Renovador de la Provincia de Buenos Aires,

II. Plebiscito es una forma de consulta de todos Art. 123) Durante los períodos de Asambleas

Sr. Gustavo Sergio Cuervo y la apoderada del

VISTO: Este Expte. Nº 1759/2014 caratulado: o Congresos, de renovación de autoridades y los afiliados, en un nivel específico, para definir

Partido Justicialista – Distrito Corrientes, Dra.

“PARTIDO RENOVADOR DE LA PROVINCIA consulta a los afiliados, se garantiza la más am- la posición partidaria sobre cuestión relevante y

María Inés Fagetti, se concede la palabra al

DE CORRIENTES sobre RECONOCIMIENTO plia libertad de difusión de las posiciones polí- su resultado tendrá carácter vinculante.

Apoderado del partido en formación, quien

DE PERSONALIDAD JURÍDICO POLÍTICA”, ticas programática defendidas por los afiliados,

manifiesta: Que vienen a ratificar el pedido

tramitado en la Secretaría Electoral, y CON- candidatos y dirigentes partidarios.

de cambio de nombre del Partido Renovador III. Referendo es una forma de consulta a todos

SIDERANDO I) Que el Sr. Leonardo Julio

de la Provincia de Corrientes por el nombre los afiliados, en un determinado nivel, para re-

Ortiz DNI 23.790.840 en representación de la Art. 124) Las Corrientes Internas podrán mante- validar o reafirmar una posición partidaria pre-

“Partido Renovador Federal”, y a solicitar el

agrupación “Partido Renovador de la Provin- ner, con la debida comunicación a la Dirección viamente definida y su resultado tendrá siempre

reconocimiento de la personería jurídico-po-

cia de Corrientes”, se presenta a fin de iniciar correspondiente, mecanismos de recaudación carácter vinculante.

lítica provisoria del partido que representan y

los trámites de reconocimiento de personería de fondos, siempre y cuando no se contrapon-

que fuera oportunamente formulado en razón

jurídico política de esta agrupación, de acuer- ga con las finanzas partidarias o que no adquie-

de estimar que se encuentran cumplimen- CAPÍTULO 23: DE LOS BLOQUES

do con las disposiciones de la Ley 23.298. A ra carácter de financiamiento público para las

tados en autos la totalidad de los requisitos PARLAMENTARIOS

tal efecto acompaña, Acta de fundación, con Corrientes Internas.

prescriptos por la ley que rige la materia. A

designación de autoridades promotoras y apo-

continuación, la Dra. Fagetti, en su carácter Art. 112) Los Bloques Parlamentarios orien-

derados (fs. 01/08) Carta Orgánica (fs. 9/26), CAPÍTULO 25: DE LAS INCOMPATIBILIDADES

de apoderada del Partido Justicialista expre- tan su accionar de acuerdo a las decisiones

Bases de Acción Política (fs. 27/28) Declaración

sa que Viene a impugnar la utilización de los de las instancias partidarias de dirección y

de Principios (29/31) y constituye domicilio en Art. 125) Se establece por la presente Carta Or-

nombres “Teniente General Juan Domingo deliberación.

calle España 531 de la Ciudad de Corrientes (fs. gánica que los integrantes de las todas Direc-

Perón” y “PERON” conforme a la Declaración

32/34). Que a fs. 35, se ordena que se informe ciones participan de las asambleas convocadas

de Principios obrante a fs. 161/162 de estos

I. Los Bloques Parlamentarios son considera-

por Secretaría, si la documental acompañada en su nivel, con voz y sin voto, no pudiendo una

autos, por cuanto tales nombres son símbo-

dos instancias del Partido que definen la acción

se ajusta a las exigencias de las leyes electo- misma persona presentar se como candidato a

los partidarios reconocidos por esta justicia

parlamentaria.

rales vigentes y si las adhesiones cumplen con ambas instancias.

electoral y protegidos en consecuencia, por

las condiciones prescriptas con el art. 7º inc. a) la ley de partidos políticos, por lo que tales

II. Los Bloques Parlamentarios colaborarán con

de la Ley 23298, asimismo se dispone notificar CAPÍTULO 26: DISPOSICIONES GENERALES

denominaciones no podrán ser utilizadas en

el Partido en la elaboración de políticas públi-

por cédula a los partidos políticos reconocidos ninguna actuación tanto de trámite ante este

cas, de Proyectos y propuestas temáticas.

y en formación de este distrito, el nombre PAR- Art. 126) El Partido Renovador Federal solo

Juzgado Federal como públicamente en ac-

TIDO RENOVADOR DE LA PROVINCIA DE CO- podrá disolverse y extinguirse por resolución

tos partidarios, publicidad por medios audio-

III. La política de los bloques e intereses parla-

RRIENTES adoptado por la agrupación política de la Asamblea provincial que se adopte por

visuales y/o escritos, afiches callejeros y toda

mentarios deberán ser conmensuradas con el

presentante, como lo dispone el art. 14 de la ley el voto de los tres cuartos de sus miembros

otra manifestación del partido en formación.

Partido.

23.298 y que ello se publique por tres días en el titulares. En el mismo acto deberá destinar-

Seguidamente, toma apoderado del Partido

Boletín Oficial de la Nación, con noticia fiscal. se el patrimonio como candidato a ambas

Federal – Distrito Corrientes y manifiesta que

Que a fs. 37, obra constancia de consulta al Art. 113) La elección del Presidente y los Vice- instancias.

se opone a la utilización de la palabra “Fe-

Registro Nacional de Agrupaciones Políticas de presidentes de los Bloques Parlamentarios será

deral” ya que al partido que representa lleva

hecha periódicamente, con comunicación pos-

la Cámara Nacional Electoral en la cual consta CAPÍTULO 27: DE LOS APODERADOS

como sello y símbolo “Partido Federal – Dis-

terior de los nombres de los legisladores esco-

que solo en este Distrito Corrientes se Registra trito Corrientes”, porque ello va a traer apa-

con ese nombre. gidos a la Dirección Partidaria correspondiente. Art. 127) La designación y el relevo de los apo-

rejada confusión ante el electorado y en la

derados del Partido Renovador Federal (P.R.),

confección de las futuras boletas, por lo que

Art. 114) La Dirección del nivel correspondiente

Que a fs. 38/68 corren constancias de notifica- corresponderá a la Dirección Provincial como

solicita que n o se haga lugar a la misma en

al Bloques Parlamentarios deberá promover

ción fs. 91/102 se agrega nueva carta orgánica facultad exclusiva.

la utilización de la palabra “federal”. A conti-

con correcciones a efectos de su adecuación a reuniones periódicas con los legisladores y sus

nuación, la Prosecretaria informa: a) Que en

las leyes electorales vigentes. respectivos asesores y funcionarios.

Art. 128) Deberán presentar al partido en los

el día de la fecha, siendo las nueve horas se

estrados de la Justicia Federal con competen-

ha recibido vía fax OFICIO Nº 3205 de la Se-

Art. 115) La Dirección del nivel correspondien- cia Electoral y ante el Tribunal Electoral de la

cretaría Electoral Nacional de Misiones a car- A fs. 104, consta informe de la Sección Afiliacio-

te deberá asegurar a todos los legisladores el Provincia de Corrientes. Así mismo deberán nes que acredita que la agrupación ha alcanza- go del Dr. Eduardo José Bonetto, junto con

acceso al proceso de deliberación y decisión presentar al público ante las autoridades ad- do el mínimo de adherentes (4 por mil = 3081) una presentación de efectuada por la apode-

partidaria.

ministrativas pertinentes y ante las autoridades exigido por la ley, 3119 adherentes.

rada del “Partido Renovador” de ese distrito,

29

Viernes 27 de marzo de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.097

Karla Andrea Higa, en un total de 10 fs., en puedan provocar confusión en el electorado

el cual formula observaciones y solicita que y máxime teniendo presente que la “distin-

se incorpore al acta de esta audiencia; b) De ción no debe hacerse separando vocablo

la presentación del apoderado del “Partido por vocablo sino tomando el nombre en su

Renovador de la Provincia de Buenos Aires” integridad, pues es de ese modo de donde

en trámite de cambio de nombre por “Parti- ha de resultar si se produce confusión o no”

do Renovador Federal” Dr. Gustavo Sergio (FALLO CSJN 319:1640 Yfallo CNE 3769/06).

Cuervo, a los efectos de prestar conformidad

para el cambio de nombre. Seguidamente, En efecto, el nuevo nombre aquí solicitado - a

se agregan a estos autos las presentaciones fin de lograr la personeria provisoria de esta

mencionadas. En consecuencia, con las res- agrupación, PARTIDO RENOVADOR FEDERAL,

pectivas copias simples de las mismas y con se diferencia claramente de los nombres de los

las objeciones formuladas en esta audiencia, partidos oponentes PARTIDO RENOVADOR

se corre traslado a los apoderados de las y PARTIDO FEDERAL, por lo que no puede

agrupaciones formación por el término de suponerse que el elector pueda confundirlos,

ley. Que no habiendo más para agregar, se ya que tal como surge la denominación en su

resuelve: tener presente lo expuesto para el conjunto produce la distinción suficientemente

estado procesal oportuno de la causa y en necesaria de los nombres de los partidos opo-

cuenta lo dispuesto por el art. 62 Ley 23.298, nentes. (FALLOS CNE 25/84; 554/88; 3589/05;

pasar estas actuaciones al Sr. Procurador 4602/11; entre otros). Por lo demás no es ocioso

Fiscal con competencia electoral para que se recordar, la confusión puede resultar de la total

expida dentro del tercer día hábil.

desinformación – lo que no se presume – y ello

se disipa por la acción conciente y continua de

Que atento a las objeciones formuladas en la los partidos (cf. FALLOS CNE 680/89; 1615/93;

audiencia a fs. 255/256 el Apoderado partidario 3834/07; 4662/11; entre otros) III) Que del aná-

rechaza observaciones al cambio de nombre, lisis de las presentes, surge que se encuentran

y a fs. 258/259. presenta nueva Declaración cumplidos los requisitos exigidos por los arts.

de Principios con correcciones donde suprime 7º y 14º de la Ley Nº 23.298, y teniendo en cuen-

las palabras “Teniente General Juan Domingo ta el dictamen del Sr. Procurador Fiscal Federal

Perón” y “PERON” de la Declaración de Princi- con competencia electoral, RESUELVO:

pios, conforme lo oportunamente solicitado por

la apoderada del Partido Justicialista.

1) Rechazar las oposiciones formuladas al nom-

bre del partido en formación en este distrito y

A fs. 262, se agrega la contestación de la vista en consecuencia, otorgar la personería jurídi-

al Sr Fiscal, en la cual opina que se han cumpli- co-política en forma provisoria, al “PARTIDO

do los requisitos exigidos por la ley 23298 y que RENOVADOR FEDERAL” en el Distrito Corrien-

este ministerio no tiene objeción que formular tes, con esta denominación, con los derechos y

respecto de la a probación de la personería ju- obligaciones emergentes de la Ley Orgánica de

rídica del Partido de autos.

los Partidos Políticos Nº 23.298 y modificacio-

nes introducidas por la Ley Nº 26.571 y con de-

Atento el estado de la causa, pasan los autos a recho exclusivo al uso del nombre expresado.

Despacho para resolver.

2) Aprobar la Carta Orgánica, Declaración de

II) A efectos de resolver la cuestión planteada Principios y Bases de Acción Política.

debe recordarse reiterada Jurisprudencia del

Máximo Tribunal CSJN Fallos: 288-230; 294- 3) Tener por apoderados a los Sres. Ricardo

466, que dispone que los jueces no están obli- Eduardo Harvey DNI 30.424.503 y Leonardo

gados a tratar todas las cuestiones propuestas Julio Ortiz DNI Nº 23.790.840 y por constituido

por las partes, sino solo aquellas que estimen domicilio legal en la calle España Nº 531 de la

conducentes para la correcta solución del liti- Ciudad de Corrientes.-

gio. Así también lo expresa la CNE en su Fallo

573/88, entre muchos otros

4) Hacer saber a las autoridades promotoras

que a partir de la notificación de la presente

En primer término, cabe analizar la oposición

resolución, deberán cumplir con lo dispuesto

efectuada por la apoderada del Partido Re-

por el art. 7º bis de la ley 23.298 a efectos

novador del Distrito Misiones, que expresa

de obtener la personería jurídico política

que este partido fue reconocido por el Juzga-

definitiva, de manera que: a) En el término

do Federal con competencia electoral desde

de sesenta (60) días deberán presentar los

el año 2005 y que desde esa época funciona

libros requeridos por el artículo 37 de la ley

y es conocido con ese nombre, reconoce

23298, a los fines de su rúbrica; b) Dentro

que si bien se trata de un partido de distrito,

de los ciento cincuenta (150) días, acreditar

podría producirse confusión ene l elector si

afiliación de un número de electores no in-

el partido del distrito corrientes se nacionali-

ferior al cuatro por mil (4‰) del total de los

zara, cita jurisprudencia de CNE en favor del

inscriptos en el registro de electores de este

nombre de su agrupación sosteniendo que

distrito, requisito de cumplimiento previo ne-

no tiene derecho a usar el término “Renova-

cesario para la convocatoria válida a su pri-

dor” que es el nombre propio del partido que

mera elección interna que deberá llevarse a

representa. Por otro lado, y en igual sentido,

cabo dentro de los ciento ochenta (180) días,

se presenta el apoderado del Partido Federal

debiendo remitir a este Tribunal el acta de la

oponiéndose al uso del nombre del vocablo

elección de las autoridades definitivas.-

“Federal”, toda vez que esto podría prestarse

a confusión en el electorado.

5) Publicar por un día, sin cargo, en el Boletín

Oficial de la Nación el presente auto y la Carta En segundo lugar debemos tener presente,

Orgánica partidaria, (art. 63, Ley 23.298). la contestación del traslado de los apodera-

dos del Partido Renovador de la Provincia de

6) Solicitar copia fiel de la carta orgánica parti- Corrientes, señalando que la denominación

daria en formato PDF a los fines ordenados en “Partido Renovador Federal” responde a un

el punto proyecto nacional dentro del espacio del

Diputado Nacional Sergio Massa y se han

presentado juntas promotoras del partido 7) Recaratular las presentes actuaciones de la

renovador federal en otros distritos, como siguiente manera: “Partido Renovador Federal

– Distrito Corrientes s/ reconocimiento de per- Chaco, Jujuy, Mendoza, Stgo. Del Estero,

sonalidad jurídico política”. etc. Persiguiendo el reconocimiento del

“Partido Renovador Federal” y que compa-

rado con los nombres “Partido Renovador” 8) Registrar y notificar la presente, a los apode-

por un lado, y “Partido Federal” por otro, no rados de la agrupación de autos, a la apodera-

presentan un grado de similitud sino más da del Partido Renovador – Distrito Misiones,

bien de distinción, de manera que no puede al apoderado Partido Federal – Distrito Co-

existir confusión alguna en el electorado. rrientes y al Sr. Fiscal Federal con competencia

electoral.

Ahora bien, analizados los argumentos ver-

tidos por las agrupaciones en autos, tanto 9) Firme que se encuentre, comunicar esta re-

de los que proponen como de los que se solución a la Excma. Cámara Nacional Electoral

oponen, entiendo y desde ya adelanto que y a la Dirección Nacional Electoral, actualíce-

corresponde hacer lugar a la solicitud de se la página web de este distrito y efectúen-

cambio de nombre, toda vez que resulta de se las demás comunicaciones de estilo que

absoluta claridad que la denominación “Par- correspondan.

tido Renovador Federal” no puede prestarse

a confusión respecto del Partido Renovador Carlos V. Soto Davala, Juez Federal de

de misiones, como tampoco del Partido 1º Instancia.

Federal – Distrito Corrientes, ya que estos

no presentan un grado de similitud que

e. 27/03/2015 Nº 20795/15 v. 27/03/2015