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N° 20794/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 11

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS lunes, 30 de marzo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 11

SECRETARÍA N° 21

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 11, Secretaría Nº 21 a mi car-

go, sito en Av. Callao 635 5º Piso, C.A.B.A.,

comunica por dos días en los autos “ILUSUD

S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA

AUTOMOTOR” Expte. Nº COM 49153/2002/1,

que el martillero Martín Saráchaga rematará, en

Jean Jaures 545, C.A.B.A., el día 17 de abril de

2015 a las 10:45, el automotor marca Reanult,

modelo AB-9RL, dominio XKZ617. El mismo se

encuentra en buen estado de conservación con

dos pequeñas oxidaciones en el guardabarros

delantero izquierdo y las cubiertas algo desin-

fladas. En algún momento pudo ser puesto en

marcha. Kilometraje de 97.000 km. El interior

se encuentra también en buen estado. BASE:

$ 12.000.- Exhibición: 15 de abril de 2015 de 16

a 18 en la playa policial de la Av. Roca y Laca-

rra. Cond. de Venta: al contado y mejor pos-

tor, Seña 30%, Comisión 10%, Arancel 0,25%

Acordada CSJN, IVA incluido y se extenderá la

factura según lo establecido por la ley especí-

fica 23.349 y de acuerdo a la condición fiscal

del adquirente, todo en efectivo en el acto de

la subasta. El saldo de precio deberá ingresar-

se a la orden del Tribunal en la cuenta que se

abrirá al efecto dentro del plazo de cinco días

de aprobado el remate sin necesidad de noti-

ficación al adquirente ni requerimiento previo y

bajo apercibimiento de declararlo postor remi-

so (Cpr. 580). La posesión y el acto traslativo

de dominio del rodado deberá cumplirse dentro

de los treinta días siguientes de acreditada la

efectivización del saldo de precio. Las deudas

posteriores a la toma de posesión estarán

a cargo del adquirente. Queda prohibida la

venta en comisión y la cesión del boleto. Los

compradores deberán constituir domicilio en la

C.A.B.A. Inf: 4440 0448.

Jimena Díaz Cordero, secretaria.

e. 27/03/2015 Nº 20794/15 v. 30/03/2015