N° 15691/15 Aviso del Boletín Oficial
de la evaluación de antecedentes curriculares y laborales a los aspirantes admitidos (fojas 267).
Texto del aviso
de la evaluación de antecedentes curriculares y laborales a los aspirantes admitidos (fojas 267).
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO. DESIGNACIÓN POR CONCURSO. RÉGIMEN
DE INCOMPATIBILIDADES. CONJUEZ.
- Acta N° 21 (fs. 314/315), por la cual se aprobó la metodología de corrección para la Evaluación
Técnica.
La Ley 26.376 “Procedimientos para la designación de jueces subrogantes, en caso de
recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento de los Jueces de Primera - Acta N° 32 (fojas 327/355), por la cual se aprobó la calificación de la evaluación técnica.
Instancia y de los integrantes de las Cámaras de Casación o de Apelación, Nacionales o
Federales”, establece:
- Acta N° 33 (fs. 691/720), por la cual se precedió a la apertura de sobres y comunicación de las
ponderaciones de la evaluación técnica (fojas 705).
“ARTICULO 2° — En caso de subrogancia por recusación, excusación, licencia, vacancia
u otro impedimento de los integrantes de las Cámaras de Casación o de Apelación, - Acta N° 44 (fojas 401/426) se administró la evaluación mediante entrevista laboral (fojas 415).
Nacionales o Federales, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 31 del Decreto-
Ley N° 1285/58.
- Acta N° 45 (fs. 427/429) por la cual, se dio cumplimiento con la etapa de evaluación de perfil
psicológico.
De no resultar ello posible, se realizará el sorteo entre la lista de conjueces prevista en el
- Acta N° 46 (fs. 430/445), se estableció el orden de mérito (fojas 439). artículo 3°.
A fojas 565/567, obra el Acta N° 49 por la cual se recomienda la asignación del Grado 2 para ... y
El procedimiento previsto en los párrafos anteriores será igualmente aplicable a los
..., en virtud del artículo 128 del SINEP.
Tribunales Orales en lo Criminal, en lo Penal Económico y de Menores con asiento en la
Ciudad de Buenos Aires”.
A fojas 559/562, obra agregada copia de la Resolución M.T.E. y S.S. N° 1517/13 mediante la cual
se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para los dos cargos de autos, resultado los causantes los
“ARTICULO 3° — El Poder Ejecutivo Nacional confeccionará cada TRES (3) años una lista de únicos en el orden de mérito, notificados a fojas 563/564.
conjueces, que contará con el acuerdo del Honorable Senado de la Nación. Los integrantes
de la misma serán abogados de la matrícula federal que reúnan los requisitos exigidos por A fs. 461/493, 511/554 y 571/586, obran agregados los antecedentes de la persona involucrada
la normativa vigente para los cargos que deberán desempeñar.
en la medida y declaraciones juradas de rigor, en particular, título universitario de abogado (fojas
466 y 534) y certificado de aptitud psicofísica (fs. 574 y 582) y de reincidencia (sin antecedentes
A esos efectos, se designarán entre DIEZ (10) y TREINTA (30) conjueces por cada Cámara penales) de fojas 573 y 581.
Nacional o Federal, según la necesidad de las respectivas jurisdicciones”.
A fojas 472 y 690, obran las certificaciones de servicios de ... del, quien al momento de la
convocatoria revistaba como personal contratado en los términos del artículo 9° del Anexo de la De darse alguno de los supuestos previstos en el artículo 2° de la Ley N° 26.376 y resulte
Ley N° 25.164 Nivel C y Grado 2. sorteado entre la lista de conjueces el agente citado, se deberá propiciar oportunamente la
correspondiente Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes, conforme artículo 13 inciso
A fojas 568, la Dirección General de Recursos Humanos certifica que no se han interpuesto e), apartado II del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por el
recursos contra el orden de mérito de autos. Decreto N° 3413/1979.
A fojas 569, el área pertinente de la jurisdicción de origen certificó la existencia de financiamiento
BUENOS AIRES,
para el presente año.
SEÑORA SUBSECRETARIA:
A fs. 672/673, se expidió el servicio jurídico permanente del organismo de origen, sin formular
observaciones.
I.- Ingresan las presentes actuaciones por las que tramita un proyecto de decreto —acompañado
por el refrendo del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social— por cuyo artículo 1° se A fojas 676, la Dirección General de Despacho y Decretos de la Secretaría Legal y Técnica de la
Presidencia de la Nación requirió la intervención de esta dependencia, en especial, señala que exceptúa al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de
sólo obra la publicación en dos diarios del día 22.11.2012, que no obran las certificaciones de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el Anexo I del presente
servicios de los citados, que ... fue designado Conjuez de la Cámara Federal de Apelaciones de Decreto, de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 26.895.
Paraná por Decreto N° 864/14 y otras observaciones de carácter formal.
Por el artículo 2°, se designa a las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte
A fojas 678/679, su similar de Asuntos Jurídicos refiere que debe expedirse esta dependencia.
integrante del presente Decreto (... - NIVEL C - AGRUPAMIENTO PROFESIONAL - GRADO 2 -
TRAMO GENERAL - ABOGADO EN ASUNTOS LABORALES) en el Agrupamiento, Tramo, Nivel
A fojas 682, 684 y 690, la Dirección General de Recursos Humanos certifica que ... al momento de
y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
presentarse en el concurso revistaba como personal contratado en los términos del artículo 9° del
del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus
Anexo de la Ley N° 25.164 en el Nivel C y Grado 2.
modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL que se determina.
A fojas 686, la Dirección General de Recursos Humanos certifica que los cargos de autos se
encuentran vacantes.
Y por el artículo 3° se especifica la imputación presupuestaria.
II.1. Oportunamente, la entonces Secretaría de la Gestión Pública dictaminó favorablemente con
La medida en trámite se fundamenta, de acuerdo con lo expresado en el Considerando del proyecto relación a la convocatoria extraordinaria, la denominación y el perfil del cargo, la inscripción en el
que ingresa con el refrendo del Ministro de origen, en que se ha cumplimentado el procedimiento Registro Central de Ofertas de Empleo Público y la cobertura del cargo mediante Convocatoria
de selección establecido en el SINEP.
Abierta.
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Miércoles 1 de abril de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.100
Se encuentran agregadas Actas del Comité de Selección por las cuales se aprobaron las Bases Asimismo, el artículo 13 del Decreto N° 843/77 amplió los alcances del artículo 1° del Decreto N°
del concurso y se dio cuenta de la realización de las etapas del proceso de selección y confección 750/77 al incluir al personal de choferes afectados al servicio de las autoridades consignadas en
del pertinente Orden de Mérito.
el mismo”.
Las mentadas actas dan cuenta de la participación de los veedores gremiales y la Unidad para Por su parte, el artículo 16 del Anexo de la Ley N° 25.164 establece: las personas vinculadas
Personas Discapacitadas y Grupos Vulnerables y se ha adjuntado la citación al Consejo de la laboralmente con la Administración Pública Nacional, según el régimen al que hubieren ingresado,
Mujer.
tendrán entre otros, derecho a “Compensaciones, indemnizaciones y subsidios.” —cfr. inc. g)—.
Obran agregados actos administrativos por los cuales se aprobó las Bases del Concurso y el A su vez, el Decreto Reglamentario N° 1421/02 de la mencionada Ley, dispone que “Constituye
un derecho de los agentes comprendidos en el régimen de estabilidad, de contrataciones y del Orden de Mérito Definitivo.
personal de gabinete de las autoridades superiores, la percepción de las compensaciones,
Asimismo, se ha acreditado la publicidad de la convocatoria.
indemnizaciones y subsidios por los conceptos y en las condiciones que determina la regulación
aplicable en la materia” (el destacado es nuestro).
Se certificó que no se han interpuesto recursos de reconsideración y jerárquico en subsidio contra
el orden de mérito de autos.
Mientras que el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06, establece en su inciso e) que los
Con ello, se ha dado cumplimiento al Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público homologado agentes no permanentes tienen, entre otros, derecho a compensaciones, indemnizaciones y
por el Decreto N° 2098/08 y a la Resolución ex SGP N° 39/10 que aprobó el Régimen de Selección subsidios.
de Personal de dicho Sectorial.
2. Al respecto, cabe reseñar lo expuesto por esta Dependencia mediante el Dictamen ONEP
N° 608/07 (B.O. 29/08/07) —en copia se acompaña—, en el que se señaló “Ahora bien, de lo 2.- Con relación a la propiciada asignación de Grado 2 por parte del Comité de Selección para ...
dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 750/77 surge que el concepto en cuestión no constituye y ... en virtud del artículo 128 del SINEP, nada tiene que observarse.
un adicional propio de un determinado escalafón, sino que se trata de una compensación por
III.- Se señala que por Decreto N° 864/2014 se designó a ... como Conjuez de la Cámara Federal los gastos incurridos como consecuencia del desempeño de una función determinada, en el
de Apelaciones de PARANA.
caso, chofer de los funcionarios allí consignados y que debe ser “conforme a la real prestación
de servicios”.
La Ley 26.376 “Procedimientos para la designación de jueces subrogantes, en caso de
Por lo expuesto, se concluye que verificados los extremos requeridos por las normas recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento de los Jueces de Primera
Instancia y de los integrantes de las Cámaras de Casación o de Apelación, Nacionales o precedentemente citadas y certificada la existencia de crédito presupuestario por el área
Federales”, establece:
competente, no se advierte óbice para el reconocimiento de la mentada compensación.
Subsecretaría de Gestión y Empleo Público “ARTICULO 2° — En caso de subrogancia por recusación, excusación, licencia, vacancia u
otro impedimento de los integrantes de las Cámaras de Casación o de Apelación, Nacionales
Expediente JGM N° 51715/14. MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. o Federales, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 31 del Decreto-Ley N°
1285/58.
DICTAMEN DE LA OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO N° 4337/14.
De no resultar ello posible, se realizará el sorteo entre la lista de conjueces prevista en el artículo 3°.
Cra. MÓNICA BEATRIZ ZORRILLA
Subsecretaria de Gestión y Empleo Público
Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa El procedimiento previsto en los párrafos anteriores será igualmente aplicable a los Tribunales
Jefatura de Gabinete de Ministros Orales en lo Criminal, en lo Penal Económico y de Menores con asiento en la Ciudad de Buenos
Aires”.
e. 01/04/2015 Nº 15691/15 v. 01/04/2015
#F4796555F#
“ARTICULO 3° — El Poder Ejecutivo Nacional confeccionará cada TRES (3) años una lista de
conjueces, que contará con el acuerdo del Honorable Senado de la Nación. Los integrantes de la
misma serán abogados de la matrícula federal que reúnan los requisitos exigidos por la normativa
vigente para los cargos que deberán desempeñar.
A esos efectos, se designarán entre DIEZ (10) y TREINTA (30) conjueces por cada Cámara Nacional
o Federal, según la necesidad de las respectivas jurisdicciones”.
Por lo expuesto, de darse alguno de los supuestos previstos en el artículo 2° de la Ley N° 26.376 y
resulte sorteado entre la lista de conjueces el agente citado, se deberá propiciar oportunamente la
correspondiente Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes, conforme artículo 13 inciso e), apartado
II del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto N° 3413/1979.
IV.- Por lo tanto, no se formulan observaciones a la prosecución del trámite, debiendo tenerse
presente, oportunamente, lo señalado en el apartado III.
Subsecretaría de Gestión y Empleo Público
EXPEDIENTE JGM N° 36862/14 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
DICTAMEN DE LA OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO N° 4132/14.
Cra. MÓNICA BEATRIZ ZORRILLA
Subsecretaria de Gestión y Empleo Público
Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
Jefatura de Gabinete de Ministros
e. 01/04/2015 N° 15690/15 v. 01/04/2015