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N° 22886/15 Aviso del Boletín Oficial

FUNDICIONES AB S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 6 de abril de 2015

Texto del aviso

FUNDICIONES AB S.R.L.

1) Marcelo José ARMINIO, Soltero, 29/7/1974,

Domiciliado en General Lonardi 3260, Beccar,

Prov. de Bs. As., DNI 24.117.270; Nicolás Daniel

ARMINIO, Casado, 6/12/1978, domiciliado en

General Lonardi 3260, Beccar, Prov. de Bs.

As., DNI 26.114.432; Leandro Ezequiel ARMI-

NIO, soltero, 14/7/1985, domiciliado en General

Lonardi 3260, Beccar, Prov. de Bs. As., DNI

31.816.051; María Catalina ARMINIO, soltera,

24/8/1953, domiciliada en Juncal 2866, Martí-

Lunes 6 de abril de 2015

nez, Prov. de Bs. As., DNI 10.889.254; Y Ruth

Elisabeth DUARTE ARDOY, viuda, 22/3/1961,

domiciliada en Córdoba 295, Martínez, Prov.

de Bs. As., DNI 14.768.110. Todos empresarios

y argentinos. 2) 30/3/2015. 3) FUNDICIONES

AB S.R.L. 4) Montevideo 708, Piso 4 Of. “19”,

CABA. 5) La sociedad tiene por objeto realizar

por cuenta propia o de terceros o asociada a

terceros las siguientes actividades: compra,

venta, importación y exportación de productos

metalúrgicos, metales ferrosos y no ferrosos,

hierros y aceros especiales de aleación, pu-

diendo actuar como agente, representante o

distribuidora de fabricantes, comerciantes o

exportadores. La elaboración de metales ferro-

sos y no ferrosos; la fundición de los mismos.

La forja y laminación; la trafilación, rectificación

y mecanización de metales ferrosos y no ferro-

sos. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obliga-

ciones y ejercer todos los actos que no sean

prohibidos por las leyes o por este contrato.

6) 99 años. 7) Pesos Cien Mil. 8) Gerencia 1 o

varios mientras dure la sociedad. Gerente: Mar-

celo José ARMINIO quien constituye domicilio

en la sede social. 9) Gerentes. 10) 31/12. Auto-

rizado según instrumento privado Contrato de

fecha 30/03/2015.

DANIEL CASSIERI

Tº: 103 Fº: 515 C.P.A.C.F.

e. 06/04/2015 Nº 22886/15 v. 06/04/2015