N° 23055/15 Aviso del Boletín Oficial
todos los niveles de la educación. Prohibición de explotación.
Texto del aviso
todos los niveles de la educación. Prohibición de explotación.
vivienda.
PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO del sostenimiento por el Estado de las escuelas
y establecimientos privados, con excepción de
h) Supresión del Impuesto al Valor Agregado
- X -
Distrito Buenos Aires los totalmente gratuitos.
por ser un impuesto al consumo profundamen-
te regresivo e injusto.
USO RACIONAL Y CONSERVACION DE LOS El Juzgado Federal con competencia electoral C) Vigencia y ampliación al ciclo medio de los
RECURSOS NATURALES Y ENERGETICOS en el Distrito de la Provincia de Buenos Aires, a principios fundamentales de la ley 1420 (laici-
i) Financiación del Estado con recursos genui-
Y PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE cargo del doctor Laureano Alberto Durán -Juez dad, gratuidad y obligatoriedad de la enseñan-
nos, imponiendo impuestos a los grandes patri-
Federal subrogante- hace saber, en cumpli- za). Expansión del régimen de jornada com-
monios y a los ingresos.
a) Las riquezas del subsuelo constituyen un miento de lo establecido en los artículos 63 de pleta. Provisión gratuita de libros y útiles para
todos los alumnos de estos ciclos. Comedores patrimonio inalienable de la Nación quien debe la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298
j) Planificación de la economía para el desarro-
ejercer el monopolio de su exploración y explo- y 14 del Decreto 937/2010, que en los autos escolares gratuitos.
llo independiente, pujante y armónico.
tación a través de empresas del Estado.
caratulados “Partido Demócrata Cristiano s/
Reconocimiento de Personería Jurídico Políti- D) Organización federal de la enseñanza prima-
k) Reactivación del mercado interno mediante
b) Anulación de todo contrato o concesión ca como Partido de Distrito”, Expte. Letra “P”, ria y secundaria.
aumentos reales de salarios.
Nº 1, Año 1982, que tramitan ante sus estrados, a empresas privadas para la exploración
y/o explotación de las reservas minerales y se ha dictado la siguiente resolución: E) Aplicación de una política de alfabetización
I) Protección integral del medio ambiente con-
energéticas. intensiva destinada a erradicar el analfabetismo
siderándolo un patrimonio de las generaciones
La Plata, 16 de marzo de 2015.- y el semianalfabetismo del territorio nacional
futuras. Reforestación y limpieza de los ríos y durante la próxima gestión de gobierno. Em- c) Monopolio estatal sobre el conjunto de las
lagunas. Establecimiento de severos castigos prender una campaña global para eliminar la fuentes de energía (hidroeléctricas, carbo- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en las presen-
para quienes dañen el patrimonio común de deserción escolar, mediante: la creación de nífera, petrolera y nuclear), a fin de lograr el tes actuaciones sobre el pedido de reobtención
la tierra sobre la que habitamos. Estricta legis-
absoluto autoabastecimiento y permitir que la de la personería jurídico política como partido hogares-escuelas en las zonas de escaso
lación para eliminación y control de residuos
exportación de ellas sea fuente de desarrollo de distrito, y desarrollo, atención asistencial completa, pro-
industriales.
nacional. visión gratuita de libros y útiles escolares, ali-
mentación, salud y transporte gratuitos.
CONSIDERANDO:
- V -
d) Monopolio estatal en la industrialización y
F) Formación del magisterio y del profesorado comercialización del petróleo, gas y carbón. I.- Que a fs. 5321, con fecha 17 de octubre de
DEMOCRACIA SOCIAL
como función exclusiva del Estado.
2014, se presentan los señores Nicolás Victorio
e) Uso racional e integral de los recursos hídri- Fusco, apoderado partidario, Armando Taverna
A) Plena igualdad de derechos y deberes para G) Plena vigencia del estatuto del docente. cos (consumo, riego y energía)
y Sergio Emilio Muradian, todos integrantes -a
los ciudadanos de ambos sexos, en materia de Remuneraciones dignas para maestros y
esa fecha- de la Junta interventora del partido
salarios, educación, oportunidades y posibili- profesores.
f) Defensa de la riqueza forestal y plan de de autos, solicitando se conceda nuevamente
dades de acceso a puestos de responsabilidad.
reforestación.
la personería jurídico política como partido de
H) Programa de edificación de escuelas, dando
distrito a la agrupación que representa, com-
B) Establecer un salario mínimo, vital y móvil prioridad a los ámbitos rurales y barrios más g) Preservación de la riqueza de la plataforma pletando anterior solicitud, en igual sentido,
que contemple las necesidades básicas de la pobres de las ciudades.
marítima y promoción de la industria pesquera. formulada a fs. 5299 por los señor apoderados
22
Miércoles 8 de abril de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.103
Nicolás Victorio Fusco y Enrique Alliot en fecha gas oportunamente comunicadas, se mantiene Que a fs. 5629 consta la celebración de la Asimismo se ha tenido como Carta Orgánica
23 de septiembre de 2014.
vigente hasta la fecha, conforme lo ha hecho audiencia con la presencia del señor Claudio del “Partido Demacra Cristiano” del distrito de
saber el Juzgado de referencia en su oficio que Matorras, como apoderado de la agrupación, la Provincia de Buenos Aires, la siguiente:
A tal fin acompañan Acta de la Junta Intervento- obra agregado a fs. 5527 de fecha 11 de febrero quien solicitó se hiciera lugar a la reobtención
ra, de fecha 6 de octubre de 2014, suscripta por de 2015.
de la personería jurídico política como partido
CARTA ORGANICA
los nombrados, mediante la cual ratifican “De-
de distrito de la agrupación que representa.
claración de Principios” transcripta a los folios Que siendo ello así, por lo hasta aquí expresa-
PARTIDO DEMOCRATA CRISTIANO
24/37 del Libro de Actas de la Junta Ejecutiva
Que a fs. 5631 y vta. el señor Fiscal Federal do y teniendo en cuenta que en el Acta por la
Provincial partidaria; “Bases de Acción Política”
dictamina que habiéndose cumplido todos cual los interventores partidarios expresan su
DISTRITO PROVINCIA DE BUENOS AIRES trascriptas a los folios 37 a 38 y “Carta Orgánica
los requisitos establecidos por la ley 23.298 voluntad de rehabilitar el partido y ratifican toda
Partidaria”, transcripta a los folios 38 a 49, todo
corresponde otorgar el reconocimiento de la la documentación de autos, surge claramente
CAPITULO I – DENOMINACION Y FINES: lo cual obra agregado en copias certificadas a
personería jurídico política en forma provisoria que de los requisitos establecidos en el Título II
fs. 5425/5454.
al partido de autos. de la Ley de rito, se encuentran cumplidos los
Artículo 1º: Bajo la denominación de PARTIDO prescriptos por el art. 7, 7 bis. inciso a) y 7 ter.
II.- Que la actual ley Orgánica de Partidos Polí-
Que en consecuencia y encontrándose cumpli- DEMOCRATA CRISTIANO queda organizado de la misma, correspondiendo en consecuen-
ticos Nº 23.298 con las últimas reformas intro-
dos de los requisitos establecidos en el Titulo II, en la Provincia de Buenos Aires el movimiento cia, otorgar al partido de autos la reobtención
ducidas por la ley 26.571 además de garantizar
los exigidos en los artículos 7, 7bis. inciso a) y 7 Demócrata Cristiano existente. El partido ten- de la personería jurídico política provisoria.
a los ciudadanos el derecho de asociación po-
ter de la ley 23.298, corresponde hacer lugar a drá su domicilio legal en la Ciudad Capital de
lítica para agruparse en partidos políticos de-
la reobtención de la personería jurídico política la Provincia de Buenos Aires. Si perjuicio de
En este contexto y en relación a los efectos que mocráticos (art. 1), fija en su artículo 3 las con-
provisoria.
ello, los órganos partidarios provinciales po-
diciones sustanciales que requiere la existencia produce la declaración de caducidad sobre una
drán celebrar sesiones en cualquier lugar de la
agrupación política y la posibilidad de rehabili- de los partidos políticos, estableciendo en sus
Por lo expuesto, normas legales y jurispruden- Provincia y en la Ciudad Capital Federal de la
tar la personería, la Excma. Cámara Nacional artículos 7, 7bis y 7ter del Título II, los requisitos
cia citadas y de conformidad con lo dictamina- República Argentina.
Electoral ha dicho “…que en los antecedentes que deben cumplir para obtener y mantener el
do por el señor Fiscal Federal,
que se registran en fallos CNE 1794/94, 1815/95 reconocimiento una agrupación como partido
Artículo 2º: El partido, que realizará en jurisdic-
y 2190/96, entre otros, el reconocimiento judi- político de distrito.
RESUELVO:
ción provincial los principios de la Democracia
cial solamente importa conferir a una agrupa-
Cristiana Argentina, declara que su finalidad
ción política la autorización para actuar en la Por su parte en el Título VI -De la caducidad y
1º) Hacer lugar a lo solicitado a fs. 5321 y en es lograr un gobierno del pueblo, por el pue-
esfera del derecho público participando de las extinción de los partidos- establece en el artí-
consecuencia rehabilitar la personería jurídico blo y para el pueblo, dentro de la concepción
elecciones y para percibir del estado el aporte culo 53 que en caso de declararse la caducidad
política provisoria al “Partido Demócrata Cris- cristiana de la vida. Adopta para su gobierno la
económico que corresponda” y que “el partido de la personería jurídico-política de un partido,
tiano” del distrito de la Provincia de Buenos presente carta orgánica y ratifica sostener los
declarado caduco […] puede perfectamente podrá ser solicitada nuevamente, a partir de la
Aires.
fines de la Constitución Nacional, expresar la
realizar todo tipo de actividades políticas con fecha de su caducidad y luego de celebrada la
adhesión al sistema democrático, republicano,
la sola excepción de su participación en los primera elección nacional, cumpliendo con lo
2º) Tener por Declaración de Principios y Bases federal, representativo, pluripartidista y par-
comicios a través de candidatos propios”.- Al dispuesto en el Título II, previa intervención del
de Acción Política, y Carta Orgánica partidaria ticipativo, el respeto a los derechos humanos
respecto, es propicio recordar que el artículo procurador fiscal federal.
los textos obrantes a fs. 5428/5442 y 5497/5515, y no auspiciar el empleo de la violencia para
49 de la ley 23.298 distingue claramente entre respectivamente.
modificar el orden jurídico o llegar al poder, ni
los efectos de la caducidad y los de la extinción Que en el caso de autos se pretende la reha-
la concentración personal del poder, compro-
de los partidos. En el primer caso se produce bilitación de la personería jurídico política del
3º) Tener presente que no se ha modificado metiéndose a observar en la práctica y en todo
la cancelación de la inscripción del partido en “Partido Demócrata Cristiano” de este distrito,
el domicilio central partidario oportunamente momentos estos principios, para la promoción
el registro y la pérdida de la personalidad po- por lo que corresponde analizar si se encuen-
denunciado, sito en calle Combate de los Po- del bien común de acuerdo a lo dispuesto por
lítica”,. La segunda situación pone fin a la “la tran acreditados los extremos exigidos por el
zos Nº 1055 Piso 2º de la Ciudad Autónoma de la legislación pertinente.
existencia legal del partido y dará lugar a su artículo 53 de la Ley 23.298.
Buenos Aires.
disolución” (cf. Fallos CNE 2394/98; 2535/99;
CAPITULO II – CATEGORIA DE MIEMBROS: 2620/99 y 2688/99).- Que, al respecto, cabe señalar que por reso-
4º) Tener como domicilio local y legal partidario
lución de fecha 16 de mayo de 2013, recaída
el sito en calle 13 Nº 831/833, Casillero 3726 de
Artículo 3º: El Partido integrará sus filas con a fs. 5124/5127vta. se declaró la caducidad de De esto resulta que el partido sobre el que La Plata.
dos categorías de miembros: a) Afiliados; b) la personería política del partido de autos, en pesa una declaración de caducidad mantiene
Adherentes. los términos del artículo 50 inciso d) de la Ley su existencia legal, puesto que ésta solo se 5º) Tener por apoderados partidarios, conforme lo
23.298, habiendo quedado firme la misma a pierde con la extinción. Por consiguiente sub- ya dispuesto a fs. 5466/5467, a los señores Pablo
Artículo 4º: Para ser afiliado se requiere: a) Estar mérito del desistimiento formulado por el señor siste necesariamente como persona jurídica, Eliseo Vázquez, Claudio Matorras y Carlos Lionel
inscripto en el Registro de Electores; b) No estar apoderado partidario, doctor Guillermo Justo de derecho privado, mientras no se produzca Traboulsi, quienes deberán efectuar sus presenta-
afiliado a ningún otro partido político; c) Tener Favero, respecto del recurso de apelación que la disolución de la entidad con la consecuen- ciones con las firmas de al menos dos (2) de ellos.
este interpusiera oportunamente, conforme te liquidación de sus bienes, en cuyo caso no
medios de vida honestos y lícitos; d) No podrán
resolución del señor Presidente de la Excma.
ser afiliados quienes tengan prohibiciones y/o podría subsistir la agrupación ni como simple 6º) Tener presente el número de afiliados informa-
incompatibilidades previstas en la legislación Cámara Nacional Electoral de fecha 3 de sep- asociación (cf. Guillermo Borda, “Tratado de do a fs. 5330 y por cumplido lo establecido en el
vigente. tiembre de 2013, la que en copia certificada derecho Civil”, Parte General, T.I. Editorial Pe- artículo 7 bis. inciso “a” y 7 ter. de la Ley 23.298.
obra agregada a fs. 5175.
rrot, Buenos Aires, Año 1984, pag. 652) …” “…El
art. 53, 1er. Párrafo, por su parte, dispone que 7º) Hacer saber al partido que, a fin de reobtener Artículo 5º: Son deberes del afiliado: a) Cumplir
Que, con posterioridad a dicha disposición, y la “personería política” del partido en estado
y hacer cumplir la Carta Orgánica; b) Acatar la personería jurídico política definitiva deberá,
las resoluciones y directivas de las autorida- previo al pedido de reestablecimiento de perso- de caducidad podrá ser solicitada nuevamente dentro del plazo improrrogable de ciento ochenta
nería política formulado en autos, se realizaron después de celebrada la primera elección, en (180) días a partir de la notificación del presen- des partidarias; c) Defender los principios en
elecciones nacionales el 27 día de octubre de tanto que el segundo párrafo, referido al partido te resolutorio, realizar elecciones internas para los que se fundamenta el partido y promover
2013.
extinguido, dice que éste no podrá ser “recono- constituir autoridades definitivas (art. 7 bis, inc. el prestigio del mismo a través de una con-
cido” nuevamente por el término de seis años. “b” de la ley 23.298, modificada por la Ley 26.571). ducta y educación cívica acorde en un todo
Así las cosas, cumplida la primera exigencia del Es decir, la ley establece una diferencia entre
con aquellos; d) Pagar contribuciones que fije
la autoridad partidaria para el sostenimiento artículo 53, corresponde analizar si se encuen- la personalidad “jurídico política” y la simple 8º) Tener como autoridades provisorias del par-
tran acreditados los extremos establecidos personalidad “política”, y prevé distintas con- tido de autos a la Junta Interventora conformada de la institución partidaria; e) Dar cuenta a la
en el Título II, artículos 7, 7 bis y 7 ter de la ley secuencias para la perdida de una u otra. La por los señores Pablo Eliseo Vázquez, D.N.I. autoridad partidaria de los cambios de domi-
23.298.
pérdida de la primera se da por la “extinción”, 18.590.151; Claudio Matorras, D.N.I. 16.631.249 y cilio, lugar de trabajo y cualquier otro dato que,
que pone fin a la existencia legal del partido y Carlos Lionel Traboulsi, D.N.I. 13.773.406, opor- a juico de aquella, fuere menester para mejor
produce su disolución, como ya fue dicho.- En
organización del partido; f) Votar en las elec- Que respecto a ello, según lo informado por
tunamente comunicada por el Juzgado Federal
el actuario a fs. 5330, la agrupación de autos caso de caducidad, en cambio, el partido con- con competencia electoral en el distrito de la ciones internas después de los noventa (90)
al momento de iniciar su petición registraba, serva su existencia legal, y por lo tanto su nom- Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto se levante la días de la afiliación; g) Prestar colaboración a
18.183 afiliados -según constancias obrantes bre y sus bienes. Obviamente, sus autoridades. intervención dispuesta y asuman las autoridades solicitud de las autoridades partidarias en ta-
en el Registro de Afiliados que lleva esta sede Y también sus afiliados, pues si el partido no se definitivas que resulten de la elección ordenada. reas inherentes a la vida interna y externa del
judicial-.
ha extinguido no se han extinguido tampoco las
Partido; h) Solicitar la pertinente autorización
afiliaciones”. (Fallo CNE 3821/2007).
a la Junta Ejecutiva Provincial o Comunal, 9º) Hacer saber a la agrupación política que de-
según el caso, que corresponda, para asumir Que en ese sentido, también corresponde
berá presentar en el plazo de diez (10) días los
cualquier responsabilidad o cargos políticos en señalar que, conforme surge de lo oportuna-
libros partidarios a los fines de dejar constancia III.- Que, sentado ello, y con respecto a los re-
mente resuelto en autos a fs. 4889/4891vta. y
en cada uno de ellos, que a partir de la fecha se le gobiernos extra partidarios, con obligación de
quisitos procedimentales de la ley 23.298, se
4968/4968vta., el partido convocó a elecciones
ha rehabilitado su personería política provisoria. dar cumplimiento al artículo nueve (9º) de esta
advierte que se cumplió con lo dispuesto por el
internas de autoridades partidarias para el 14
Carta Orgánica.
artículo 14, ordenándose publicar por tres días
de noviembre de 2010, proclamándose las
10º) Publicar por Secretaría la presente resolu- en el Boletín Oficial de la Nación la solicitud de
mismas, por un mandato de dos (2) años según
ción en el Boletín Oficial de la Nación por el tér- Artículo 6º: Son derechos del afiliado: a) Tener rehabilitación de la personería jurídico política
arts. 24 y 45 de la Carta Orgánica vigente a esa
mino de un (1) día, como así también la Carta Or- voz y voto en las Asambleas de los Núcleos Cí- del partido de autos y notificar a los partidos
fecha, el día 5 de noviembre de 2010.
gánica partidaria (arts. 60 y 63 de la Ley 23.298). vicos y demás reuniones según lo reglamenta políticos reconocidos y en trámite de reconoci-
esta Carta Orgánica; b) Peticionar por el con- miento de este distrito y al señor Fiscal Federal.
Que asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en
11º) Comunicar la presente resolución a la Exc- ducto correspondiente, según fije esta Carta
los resolutorios a fs. 5051/5052 y 5089, lo que
ma. Cámara Nacional Electoral (art. 39 de la Ley Orgánica, o los reglamentos, a las autoridades
Que habiendo aprobado y presentado nueva surge del informe actuarial de fs. 5055 y vta. y
23.298, modif. Ley 26.571).
del Partido debiendo siempre seguir la vía ad-
carta orgánica las autoridades interventoras demás constancias de autos, el partido no ce-
ministrativa; c) votar en las elecciones Internas
-conforme surge del acta de fecha 6 de octu- lebró nuevas elecciones válidas de autoridades
12º) Comunicar la presente resolución al Juz- después de noventa (90) días de afiliación; d)
bre de 2014 antes citada- a fs. 5530/5530vta. partidarias con posterioridad a la mencionada.
Presentar a las autoridades partidarias iniciati- gado Federal con competencia electoral en el
se tuvo por subsanadas las observaciones distrito de la Ciudad de Buenos Aires, a mérito vas y proyectos para su tratamiento y/o análisis;
que, respecto de la misma, se efectuaran en Que a fs. 5201, con fecha 7 de noviembre de
de la intervención vigente oportunamente co- e) Ocupar cargos partidarios y ser candidatos
el resolutorio de fs. 5466/5467, obrando a fs. 2013 se tuvo presente la intervención del par-
municada por el mismo.
para cargos públicos electivos. Se requerirá la
5497/5515 el nuevo texto ordenado. tido de autos, comunicada por el Juzgado Fe-
antigüedad en la afiliación de un (1) año para
deral con competencia electoral en el distrito
Regístrese y Notifíquese.-
ocupar cargos partidarios de orden provincial
de la Ciudad de Buenos Aires, dispuesta por
y/o para ser candidato a cargos electivos pú- Asimismo, vencido el plazo de la publicación
el partido de Orden Nacional con el objeto de edictal se fijó la audiencia prescripta por el Fdo. Dr. Laureano Alberto Durán, -Juez Federal blicos, salvo dispensa de la Honorable Con-
restablecer la personalidad jurídico política de artículo 62 de la ley citada, cursándose las noti- subrogante, con competencia electoral en la vención Provincial; f) Participar en todo acto
la agrupación, la cual, a mérito de las prórro- ficaciones de rigor.
Prov. de Bs. As.-
institucional orgánico del Partido.
23
Miércoles 8 de abril de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.103
Artículo 7º: La afiliación se extingue por: a) Artículo 15º: Al cumplir dieciséis (16) años el Artículo 25º: En caso de renuncia, separación, Artículo 38º: Son atribuciones de la Convención:
Renuncia; b) Expulsión; c) Cancelación; d) afi- adherente argentino o extranjero debidamente licencia, ausencia o fallecimiento de un conven- a) Considerar la memoria y balance presenta-
liación a otro partido político; e) fallecimiento; empadronado de acuerdo a las normas vigen- cional titular, será reemplazo automáticamente dos por la Junta Ejecutiva Provincial; b) Desig-
f) designación para cargo judicial como Magis- tes en la materia, tendrán derecho a solicitar la por el suplente, conforme al régimen electoral nar los miembros del Tribuna de Conducta; c)
trado o funcionario cuando sea incompatible categoría de afiliados.
adoptado en esta Carta Orgánica.
Analizar los problemas económicos, sociales y
según la legislación respectiva; g) La adhesión
políticos que correspondan a su ámbito y fijar la
pública a otra estrategia electoral y/o línea polí- Artículo 16º: La autoridad provincial llevará un Artículo 26º: Las Convenciones tendrán el posición partidaria con relación a ellos.
tica que la propiciada por el partido en el orden
carácter de organismos permanentes y tanto registro actualizado de los miembros del Par-
Provincial y/o Nacional, y no desmentida dentro tido con discriminación de sus categorías y éstas como las asambleas serán dirigidas por Artículo 39º: Son atribuciones especiales de
de las setenta y dos horas (72) de recibir solici- tendrá carácter de público, y sobre esa base la Mesa Directiva elegida de su seno. Antes de la Convención Provincial: a) elegir su Mesa Di-
tud de rectificación realizada por la Junta Eje- se organizará el padrón partidario con arreglo clausurar su sesión constitutiva la Convención rectiva Permanente y dictar el Reglamento de
cutiva Provincial y/o Junta Nacional Partidaria, a la reglamentación que se dicte al respecto y elegirá su Mesa Directiva Permanente.
las Convenciones y Asambleas; b) Sancionar y
notificada fehacientemente al domicilio electo- adecuación a las reformas de la ley 23298 intro-
modificar esta Carta Orgánica, el programa y
ral que será el considerado constituido a todos
Artículo 27º: La Mesa Directiva de la Convención ducidas por la ley 26571 y por la ley provincial
la Plataforma partidaria; c) Mantener la orienta-
los efectos; h) Por violación de lo dispuesto en 14086.
Provincial se integrará con siete (7) miembros ción del Partido de acuerdo con la Declaración
los artículos 21 y 24 de la ley 23298, modificada
titulares con los siguientes cargos: Presidente, de Principios y con los postulados contenidos
por la ley 26571; i) La calidad de afiliado se ex- Artículo 17º: Sin perjuicio de lo que específica- vicepresidente Primero (1º), vicepresidente Se- en esta Carta Orgánica, fijando sus posiciones
tingue además en aquellos casos determinados
gundo (2º), y cuatro (4) Secretarios. Las Mesas en el orden provincial; d) Designar los miembros mente se dispone en los artículos anteriores,
expresamente por la legislación vigente.
Directivas de las Asambleas se integrarán con de la Junta electoral Provincial; e) Sancionar es de aplicación al régimen de afiliaciones lo
tres (3) miembros con los siguientes cargos: un dispuesto en la Carga Orgánica Nacional y en
definitivamente todo proyecto de reglamento
Artículo 8º: Es incompatible el desempeño de la legislación vigente en la materia.
(1) Presidente y dos (2) Secretarios.
que elabore la Junta ejecutiva Provincial; f)
funciones públicas ejecutivas de gobierno, con
Reconocer a las autoridades nacionales del
el ejercicio de cargos dirigenciales en el partido,
Artículo 28º: La Convención Provincial y las Partido; g) Actuar en competencia exclusiva, CAPITULO III – ESTRUCTURA:
salvo autorización expresa otorgada por la es-
Asambleas celebrarán sesión ordinaria entre en todo aquello que no está expresamente
tructura partidaria correspondiente a la función
los meses de marzo y septiembre de cada previsto en esta Carta Orgánica; h) Considerar Artículo 18º: El Partido adopta la siguiente es-
pública a ejercer(comunal, Provincial o Nacio-
año, y será convocadas por la Mesa Directiva la cuota mínima por afiliado que le someta la tructura: a) Núcleos Cívicos: son los organis-
nal); sin perjuicio de ello, los afiliados afectados
Permanente de la Honorable Convención Pro- Junta Ejecutiva Provincial; i) Aprobar la cons- mos primarios a través de los cuales el Partido
por esta incompatibilidad podrán desarrollar
vincial, con temario, fecha y lugar sugerido por titución de confederación o la integración de reúne y adoctrina al pueblo. Se organizarán
dentro del partido las funciones consultivas que
la Junta Ejecutiva Provincial.
alianzas transitorias y/o frentes electorales con atendiendo a las necesidades del medio local;
se les asignen.
otros partidos políticos; inclusión de candida- b) Estructuras Comunales: Integradas con los
Artículo 29º: La convención Provincial sesiona- tos extra partidarios en las listas, requiriendo organismos que dé jurisdicción en las res-
Artículo 9º: Todos los afiliados que ocupen fun-
rá en forma extraordinaria: a) Por decisión de para la aprobación de dichas confederaciones, pectivas secciones electorales en las que se
ciones públicas electivas o no, deliberativas y/o
su Mesa Directiva Permanente, ante asuntos alianzas o inclusión de candidatos extrapar- divide la provincia crea esta Carta Orgánica;
ejecutivas políticas, así como funciones deriva-
de gravedad; b) A solicitud de la Junta Ejecu- tidarios la mayoría de las dos terceras partes c) Estructuras Seccionales: Integradas con los
das de las anteriores y obtenidas en función de
tiva provincial; c) a petición por escrito y con (2/3) de los miembros presentes de la Conven- organismos, que dé jurisdicción en las respec-
la afiliación partidaria, deberá aportar al Partido
especificación de motivos de un quinto (1/5) de ción; j) Resolver el apoyo del Partido a alguna tivas secciones electorales en que se divide la
el quince por ciento (15%) a la Junta Ejecutiva
sus miembros en el ejercicio de sus mandatos lista de candidatos de otro partido o alianza no provincia, crea esta Carta Orgánica. La capital
Provincial de sus ingresos; los que ejerzan fun-
y convocada dentro de los cinco (5) días de integrada por el partido Demócrata cristiano de la Provincia tendrá también su estructura
ciones a nivel municipal el diez por ciento (10%)
la petición respectiva. En caso de los incisos lo que requerirá la mayoría de las dos terceras seccional; d) Estructura Provincial: Integrada
de sus ingresos a la Junta Ejecutiva comunal
b y c las sesiones deberán realizarse dentro (2/3) partes de sus miembros electos de la con los organismos de jurisdicción provincial
y el cinco por ciento (5%) restante a la Junta
de los treinta (30) días corridos de la petición Convención; k) Fijar la línea política y resolver que crea esta Carta Orgánica. La totalidad de
ejecutiva Provincial. Asimismo tendrán que
respectiva.
sobre las estrategias electorales; l) Designar a los órganos partidarios se integrarán respetan-
suscribir al asumir el cargo que fuere remune-
los miembros de la Comisión Fiscalizadora de do el porcentaje mínimo por sexo establecido
rado compromiso de contribución que implique
Artículo 30º: Las Asambleas podrán sesionar Cuentas; ll) autorizar la fusión con otro y/o otros por la legislación vigente en la materia, tanto
suficiente título ejecutivo por tratarse de deuda
en forma extraordinaria por convocatoria de la partidos políticos, para lo cual se requerirá ma- nacional como provincial.
líquida y exigible e importar una cuenta aproba-
Junta Ejecutiva respectiva o a petición de un yoría especial de dos terceras (2/3) partes de
da y reconocida por la Carta Orgánica partida-
tercio (1/3) de los afiliados, en este último caso, los Convencionales electos.
CAPITULO IV – DE LAS
ria y legislación vigente. Las Juntas Ejecutivas
las sesiones deberán realizarse dentro de los AUTORIDADES PARTIDARIAS:
correspondientes están facultadas para reque-
quince (15) días corridos de la petición que ori- Artículo 40º: Serán de rigor en el orden del día
rir de las reparticiones públicas respectivas
gine la convocatoria. Sólo se tratan los asuntos de las Convenciones y Asambleas Ordinarias el
Artículo 19º: El Partido se gobierna en sus donde estén los afiliados ocupando los cargos
incluidos en la convocatoria. Con el voto de los tratamiento de los puntos prescriptos por los
diversas estructuras por los siguientes or- electivos y/o ejecutivos y/o políticos, la reten-
dos tercios (2/3) de los miembros presentes se incisos a) y c) del artículo 38º.
ganismos: a) Núcleos Cívicos: Asambleas y ción establecida en esta Carta Orgánica, de
podrán incluir otros temas.
Juntas Ejecutivas; b) Estructuras Comunales: sus remuneraciones totales para ser percibido
CAPITULO VI – DE LAS JUNTAS EJECUTIVAS: Asambleas y Juntas Ejecutivas; c) Estructura directamente por los organismos partidarios.
Artículo 31º: Las sesiones extraordinarias de la
Seccionales: Asambleas y Juntas Ejecutivas; Iguales obligaciones tendrán quienes hubieran
Convección sólo tratarán los asuntos incluidos Artículo 41º: Las Juntas Ejecutivas son los órga- d) Estructura Provincial: Convención Provincial, obtenido el beneficio de la jubilación por el ejer-
en la convocatoria. Pero podrán tratarse otros nos responsables de la conducción y gobierno Junta ejecutiva y Tribunal de Conducta, los cicio de cargos y funciones mencionadas.
asuntos por el voto de los dos tercios (2/3) de del Partido en sus diversas estructuras debien-
que, para su conformación, deberán respetar el
los miembros presentes.
do cumplir y hacer cumplir esta Carta Orgánica
porcentaje mínimo por sexo establecido por la
Artículo 10º: Es incompatible el desempeño
y los principios partidarios.
legislación vigente en la materia tanto nacional,
simultaneo de más de un (1) cargo directivo
Artículo 32º: Las Convenciones y Asambleas
como provincial.
partidario en distintas estructuras provinciales,
ordinarias deberán sesionar en días decla- Artículo 42º: Las Junta Ejecutivas estarán inte-
excepto: a) dirigente comunal o de Núcleo Cívi-
rados feriados o no laborables y/o sábados o gradas de las siguiente manera: a) Junta Ejecu-
CAPITULO V – DE LAS co y de Convencional Nacional y/o Provincial; b)
domingos.
tiva Núcleo Cívico: de tres (3) a cinco (5) miem-
CONVENCIONES Y ASAMBLEAS: Dirigente Comunal o de Núcleo Cívico y el de
bros titulares y de tres (3) a cinco (5) miembros
delgado ante la Junta Ejecutiva Seccional. No
Artículo 33º: La convocatoria será dada a co- suplentes, que se distribuirán los siguientes
son incompatibles los cargos provinciales con Artículo 20º: La Honorable Convención Provin- nocer con diez días (10) de anticipación como cargos: Vicepresidente, Secretario, Tesorero
cial constituye la autoridad máxima del Partido. los cargos nacionales.
mínimo y con la publicidad suficiente en perió- y vocales. El número de miembros será deter-
dico de mayor circulación, por notificación a las minado de acuerdo a la cantidad de afiliados
Artículo 11º: La afiliación deberá efectuarse en Artículo 21º: La Honorable convención Pro- autoridades y/o por correo electrónicos a las de cada Núcleo Cívico por la Junta Comunal
el Núcleo Cívico del lugar donde el interesado vincial se constituye con un Convencional por mismas y a los interesados o convocados, para respectiva a propuesta del mismo; b) Junta Eje-
tenga fijado su domicilio. En las localidades cada comuna organizada entiendo por tal, la que trascienda a los afiliados y al pueblo.
cutiva Comunal: de cinco (5) a once (11) miem-
que tenga autoridad designada. El número de donde no exista Núcleo Cívico podrá solicitar
bros titulares y de tres (3) a seis (6) miembros
convencionales aumentará de acuerdo a la directamente su afiliación a la estructura comu-
Artículo 34º: El quórum de la convención será suplentes que se distribuirán después de su
cantidad de afiliados de la comuna a razón de nal. Sino existiere estructura comunal, podrá
de la mitad mas uno (1) de los convencionales elección los siguientes cargos: Vicepresidente,
solicitarla en la comuna organizada vecina o un convencional más por cada doscientos (200) electos. En caso de no lograrse dicho quórum Secretario, Tesorero y Vocales. El número de
directamente a la estructura seccional o pro- afiliados de la Comuna, o fracción mayor a cien- la Mesa Directiva Permanente convocará a se- vocales será determinado por la Junta Ejecutiva
vincial. El registro de afiliaciones permanecerá to cincuenta (150). Juntamente con los conven- sionar nuevamente entre los siete (7) y treinta Provincial en cada caso de acuerdo al número
cionales titulares se elegirán convencionales abierto permanentemente.
(30) días corridos posteriores. De no obtenerse de afiliados y a propuesta de la Junta Comunal
suplentes. Los miembros de la Junta Ejecutiva quórum nuevamente la Junta Ejecutiva Provin- respectiva; c) Junta Ejecutiva Seccional: Un (1)
Provincial, asistirán a las reuniones de la Ho- Artículo 12º: Antes del desempeño de cualquier
cial está facultada para disolverla y convocar a delegado por cada Junta Ejecutiva Comunal.
función partidaria o pública el afiliado deberá norable Convención Provincial con voz pero sin comicios internos para la renovación total de la En su reunión constitutiva, la que deberá rea-
formular declaración jurada de sus bienes bajo voto, y no contarán para el quórum de la misma. Convención Provincial.
lizarse dentro de los quince (15) días corridos
sobre cerrado. Al término de la función dará
siguientes a la celebración de los comicios in-
Artículo 22º: Las Comunas y los Núcleos cuenta de su cumplimiento.
Artículo 35º: La inasistencia sin causa justifica- ternos en los que los delegados fueron electos,
Cívicos deberán realizar asambleas de afilia- da o sin aviso previo a dos (2) convocatorias de la Junta Ejecutiva Seccional elegirá su Mesa
Artículo 13º: Serán considerados adherentes dos para los asuntos de su competencia que los convencionales, provocará automáticamen- Directiva compuesta por tres (3) a cinco (5)
los extranjeros mayores de dieciséis años (16) consideren de su interés. Estas asambleas
miembros. El que resultare electo Presidente de te la separación del convencional y su reempla-
estarán integradas por todos los afiliados de la que se inscriban en los registros partidarios y
zo por el suplente.
la misma por sus pares, será automáticamente
estructura correspondiente y se disolverán una que cumplan con los extremos exigidos para
miembro vocal de la Junta Ejecutiva Provincial
vez tratados los asuntos para los cuales fueron los afiliados y las leyes electorales de extran-
Artículo 36º: Todos los asuntos que se sometan y el Vicepresidente que resultare electo, será
jeros. El adherente tendrá voz como afiliado y convocados.
a la consideración de la convención y asamblea considerado el suplente de aquel en la Junta
voto solamente en las elecciones de Núcleos
serán resueltos por simple mayoría de votos. Se Ejecutiva Provincial; d) Junta Ejecutiva Provin-
Cívicos y Comunales y candidatos a cargos Artículo 23º: Para ser convencional se requiere
cial: compuesta de siete (7) miembros titulares, exceptúa de esta norma la reforma de la Decla-
tener veintiún (21) años de edad, salvo los de- electivos municipales de acuerdo a la ley res-
ración de Principios y de la Carta Orgánica, que que compondrán su Mesa Directiva y cinco (5)
pectiva en la materia.
signados por el Movimiento de la Juventud si requerirán los dos tercios (2/3) de votos de los suplentes por elección directa y, un miembro
lo hubiere.
miembros presentes de la Convención. En caso titular y suplente más por cada Junta Seccional
Artículo 14º: Serán considerados adherentes
de empate el Presidente tendrá doble voto. constituida. La Mesa además del Presidente
juveniles los argentinos y extranjeros menores Artículo 24º: Los convencionales durarán tres
(artículo 67º) se integrará con un Vicepresidente
de quince años inclusive y mayores de 13 inclu-
Primero, un Secretario General; un Tesorero, un (3) años en el ejercicio de sus mandato y de- Artículo 37º: Las resoluciones de las conven-
sive que soliciten su inscripción en el registro berán renovarse en su totalidad al producirse la ciones y asambleas entrarán en vigor de inme- Tesorero Suplente, Un Secretario de Organiza-
partidario respectivo con la autorización de sus caducidad de sus mandatos, siendo de aplica- diato, a menos que las mismas dispongan de ción y un Secretario Político, el resto de los in-
padres o tutores.
ción el artículo 91º, hasta el límite legal.
otra manera.
tegrantes serán vocales y podrán asignárseles
24
Miércoles 8 de abril de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.103
Secretaría o cargos necesarios de acuerdo a la Artículo 49º: Las Juntas ejecutivas deberán mas deberán ser aprobadas por la Honorable cumplir lo determinado en el artículo 32 de la ley
voluntad de la Junta Ejecutiva Provincial.
reunirse como mínimo una (1) vez al mes. El Convención Provincial. De las resoluciones del 5109 modificada por la ley 11733.
quórum legítimo para sesionar será de la mitad Tribunal de Conducta o de la Junta Ejecutiva
Artículo 43º: Sin perjuicio de los miembros de (1/2) más uno (1) de los miembros titulares y Provincial en los caos del artículo sesenta y uno Artículo 68º: Para la designación de candidatos
derecho con voz y voto indicados en el artículo las decisiones se tomarán por simple mayoría, (61) in fine, podrá apelarse ante el Tribunal de a cargos públicos electivos se aplicarán las
anterior, las Junta Ejecutivas de cada estructura salvo disposiciones en contrario de esta Carta Conducta Nacional, como prevé la Carta Orgá- normas establecidas por las leyes 14286 en
podrán integrase con miembros de hecho que Orgánica. En caso de empate el Presidente ten- nica Nacional.
jurisdicción provincial y 26571 arts. 25 a 44 y
tendrán voz pero no voto en las deliberaciones. drá voto doble.
Conc. en jurisdicción nacional, y/o las leyes que
Cada Junta Ejecutiva reglamentará el ingreso a
Artículo 60º: El Partido adopta para su vida en su futuro se dicten en la materia.
las mismas en las condiciones enunciadas. Artículo 50º: La inasistencia de los titulares de interna el régimen de sanciones de la Carta
las Juntas Ejecutivas a tres (3) reuniones conse- Orgánica Nacional. Las normas procesales que Artículo 69º: La Junta Electoral Provincial será
Artículo 44º: En caso de acefalía de uno (1) o cutivas o seis (6) alternadas en el año, sin causa regirán las causas disciplinarias se proyectarán la autoridad que dirigirá la realización de los ac-
más integrantes titulares por renuncia, sepa- justificada, producirá en forma automática la
tos eleccionarios y juzgaran sobre la legalidad sobre las bases de las disposiciones indicadas
caducidad de su mandato y dará lugar a la in- ración, licencia, ausencia o fallecimiento, los
en el párrafo anterior y teniendo en cuenta lo de los mismos en las elecciones de autoridades
corporación del suplente que lo reemplace. suplentes reemplazarán automáticamente a los
prescripto en el presente capítulo.
partidarias y para candidatos a cargos electivos
titulares de acuerdo al régimen electoral adop-
provinciales, las que surgen conforme ordena-
tado en esta Carta Orgánica.
Artículo 51º: Producida la acefalía total de la
miento legal introducido por las leyes 14086 Artículo 61º: En caso de acefalía total del Tri-
Junta Ejecutiva Provincial, la Mesa Directiva de
de la Provincia, y las de la ley nacional 26571, bunal de Conducta, la Mesa Directiva de la
la Convención Provincial asumirá el gobierno
modificatoria de la le ley 23293 para candidatos Artículo 45º: Los miembros de las Junta Ejecu-
Convención Provincial que deba designarlo
transitorio del partido y convocará a elecciones tivas durarán tres (3) años en sus funciones y se
citará de inmediato la sesión extraordinaria a cargos electivos nacionales (senadores, dipu-
renovarán en su totalidad al producirse la cadu- dentro de los treinta y cinco (35) días corridos para proceder a elegir a sus representantes. El tados, Presidente de la Nación y su vicepresi-
cidad de sus mandatos, siendo de aplicación el con la publicidad establecida en el artículo 71 Tribunal de Conducta deberá dictar resolución dente) y/o las normas que regulen la materia en
artículo 91.
de esta Carta Orgánica. Cuando se produzca
el futuro. dentro de los cuarenta y cinco (45) días corri-
la acefalía total de Junta Ejecutiva Comunal, dos a partir del momento en que el Presidente
la Junta Ejecutiva Provincial designará un (1)
Artículo 70º: La Junta Electoral Provincial del Artículo 46º: Para integrar las Juntas Ejecutivas
tome conocimiento de los hechos sobre los
delegado que convocará a elecciones en igual se requiere tener diecinueve (19) años de edad
cuales deba juzgar. Transcurrido ese plazo, si el Partido será designada por la Convención
como mínimo y un (1) año de antigüedad para plazo. Cuando la acefalía sea del Núcleo Cívi- Tribual no hubiera dictado resolución, la Junta Provincial con un mandato de cinco (5) años
la Junta Provincial y seis (6) meses para el resto co, la Junta Ejecutiva Comunal designará un (1) Ejecutiva Provincial, si lo considera de urgente debiendo renovarse totalmente al vencimien-
delegado que convocará a elecciones en igual
to del mismo pudiendo ser reelectos. Estará de las Juntas de la estructura provincial, salvo
necesidad, podrá abocarse al conocimiento di-
plazo. El régimen de gobierno de este artículo
constituida por tres (3) miembros titulares y tres los designados por el Movimiento de la Juven-
recto de los hechos mencionados y aplicar las
se prolongará hasta completar el periodo cuan-
(3) miembros suplentes y designará en su seno tud si lo hubiere.
sanciones que creyere convenientes.
do falten menos de seis meses para la expira-
un (1) presidente y un (1) Secretario. Los miem-
Artículo 47º: Son funciones de las Juntas Ejecu- ción del mismo.
bros de las Juntas Electorales Provinciales y/o CAPITULO IX – DE LOS MOVIMIENTOS:
Seccionales mientras duren en el desempeño tivas: cumplir y hacer cumplir las disposiciones
CAPITULO VII – DE LOS CONSEJOS
de sus funciones no podrán ocupar cargos en de esta Carta Orgánica y las resoluciones de
Artículo 62º: Dentro de la estructura partidaria
CONSULTIVOS Y ORGANISMOS AUXILIARES:
otros organismos partida iOS o desempeñar los organismos partidarios.
se promoverá la organización de Movimientos,
cargos públicos electivos. los que serán rama política de función especia-
Artículo 52º: En todas las estructuras partida- Artículo 48º: Además de las expuestas son
lizada que actuarán en un mando predetermi-
rias, a excepción de ls Núcleos Cívicos y Sec-
Artículo 71º: La convocatoria a elecciones para funciones específicas de la Junta Ejecutiva
nado al servicio de la estrategia partidaria. No
cionales, las Juntas Ejecutivas constituirán un
todas las estructuras será efectuada por la Provincial:
podrán participar en líneas internas.
organismo llamado Consejo Consultivo, el que
Junta Ejecutiva Provincial con una anticipación
no desarrollará funciones directivas, ni ejecuti-
mínima de treinta (30) días corridos, dando pu- a) Dictar el Reglamento de las Juntas Ejecutivas
Artículo 63º: Los Movimientos serán autoriza-
vas y estará destinado a la labor del consejo y
blicidad de la fecha en que habrán de realizarse de la estructura;
dos en forma provisoria por la Junta Ejecutiva
asesoramiento técnico.
las mismas, en periódico de mayor circulación
Provincial. Una vez organizados se dará reco-
en la Provincia, por correo electrónico y en las b) Someter a consideración de la Convención
nocimiento oficial por la Convención Provincial
Artículo 53º: Los Consejos Consultivos se inte-
páginas web del Partido, y dándola a conocer Provincial las contribuciones que considere
presentando su correspondiente estatuto acre-
grarán con la cantidad de miembros especiali-
tanto a las autoridades Provinciales, Comuna- necesarias;
ditando estar organizados en por lo menos el
zados que en cada estructura partidaria se con-
les, como así también a las seccionales si las
treinta por ciento (30%) de las Comunas en que
sideren necesarios para el mejor cumplimiento
hubiere.
c) Elaborar todo proyecto de reglamento
este organizado el Partido.
de sus funciones específicas.
que quede a carga de la autoridad partidaria
Artículo 72º: La Junta Electoral Provincial con-
provincial;
Artículo 64º: El reconocimiento por parte de Artículo 54º: Los Consejos Consultivos desa-
feccionará el padrón sobre la base del registro
la Convención Provincial dará derecho a cada rrollarán su labor constituyendo comisiones de
provincial de afiliados que extienda al efecto
d) Intervenir las estructuras partidarias infe-
Movimiento a tener dos (2) representantes en la estudio que buscarán mediante la investigación
la autoridad de aplicación y también habrá de
riores cuando se viole la Carta Orgánica o los
Convención Provincial y un (1) representante en y el análisis de los problemas que en cada
expedirse sobre las condiciones de los elegi-
Reglamentos; se incurra en infidelidad a la
las Juntas Ejecutivas Provincial y/o comunal, en estructura se presenten las soluciones acon-
bles, referidas a la antigüedad necesaria y a las
Declaración de Principios o al programa, o en
ambos casos con voz y voto y elegidos al efecto sejables y elevarán sus resultados a las Junta
incompatibilidades de los mismos para serlo.
caso de incumplimiento a las directivas ema-
por el respectivo Movimiento. Ejecutivas.
nadas de autoridades superiores partidarias.
Artículo 73º: La Junta Electoral Provincial de-
Dichas intervenciones deberán ser sometidas
Artículo 55º: A los efectos del mejor cumpli- CAPITULO X – DE LAS ELECCIONES: signará los lugares donde funcionarán las me-
a consideración de la Convención Provincial en
miento de la acción de gobierno que compete
sas receptoras de votos y las autoridades que
sus sesiones ordinarias.
Artículo 65º: Los miembros de la Convención a las Junta Ejecutivas, éstas constituirán Secre-
presidirá los comicios.
tarías y Comisiones Auxiliares, cuyo número, Provincial, los de la Mesa Directiva de la Junta
e) Solicitar a la Mesa Directiva de la Convención integración y funcionamiento estarán supedita- Ejecutiva Provincial, los de las Juntas Ejecuti- Artículo 74º: Con por lo menos diez (10) días
Provincial la convocatoria de ésta;
dos a las necesidades de la labor a desarrollar. vas Comunales y Núcleos Cívicos, serán ele- corridos antes de la elección, los miembros
La Junta Ejecutiva Provincial designará a los gidos por el sufragio directo y secreto de los permanentes de la Junta electoral Provincial
f) Organizar en la Provincia entidades juveniles
afiliados de las estructuras correspondientes miembros de la Secretaría de Formación y Ca-
del Partido procederán a designar los miem-
y de profesionales y de fines proselitistas y re-
y por el régimen electoral de representación pacitación Política la que desarrollará su activi-
bros de las Juntas Electorales, Seccionales y
glamentar su funcionamiento;
dad formativa en coincidencia y de acuerdo al proporcional D´hont, sistema preferencial de Comunales. Las Juntas Electorales Secciona-
Instituto de formación que responda al órgano suplentes y voto por lista. Los candidatos a les, Comunales actuarán como delegados de la
g) Mantener sus relaciones con el organismo Nacional de Formación Partidaria.
cargos públicos, serán electos de conformidad Junta electoral Provincial.
nacional del Partido;
a las normas establecidas por la ley nacional
Nº 26.571 y provincial Nº 14.086 o las que se CAPÍTULO VIII – DEL TRIBUNAL
Artículo 75º: Las listas de candidatos deberán
h) Convocar a una reunión anual, como mínimo,
dicten en el futuro sobre la materia. DE CONDUCTA:
presentarse hasta quince (15) días corridos an-
de todos los presidente de Juntas Ejecutivas
tes de cada elección con reserva de nombre,
Comunales o delgados que los sustituyan, para Artículo 56º: La Convención Provincial elegirá Artículo 66º: Los candidatos que no resulten número y color y con el aval del 2 por ciento
informar y consultar;
un Tribunal de Conducta integrado por tres (3) electos serán los suplentes en primer término (2%) de los afiliados que integren el padrón de
miembros titulares y dos (2) suplentes que ac- de quienes lo hayan sido en su misma lista y la jurisdicción a la que represente la estructura.
i) Ejercer la dirección general del Partido y tuarán con: un (1) Presidente, que deberá ser el reemplazo por cualquier circunstancia de un Este último requisito no será exigido en caso de
adoptar todas las resoluciones no enumeradas abogado, un (1) Secretario y un (1) vocal.
(1) titular se hará automáticamente y siguiendo lista única; junto con las listas respectivas se
precedentemente, que sean indispensables
el orden de colocación en la respectiva lista de presentarán los nombres de un (1) apoderado
para la vida partidaria, siempre que ellas no Artículo 57º: Los miembros del Tribunal de Con- candidatos, debiendo ser llamados los suplen- titular y un (1) suplente por cada agrupación
estén expresamente confiadas a otros orga-
tes una vez agotada la nómina de titulares. Los presente para defender sus intereses por ante ducta durarán cinco (5) años en sus funciones
nismos según esta Carta Orgánica. En caso de y se renovarán en su totalidad al producirse la miembros de las listas que no alcancen a con- la Junta Electoral Provincial. Asimismo deberá
extrema necesidad podrán tomarse decisiones caducidad de sus mandatos, siendo de aplica- tar con los votos suficientes que los habilite a cada lista presentar una síntesis de los fun-
con el consentimiento de la Mesa Directiva de ción el artículo 91.
integrar los órganos partidarios y representen a damentos que alientan a la presentación para
la Convención Provincial debiendo presentar
sectores minoritarios tendrán derecho, a su so- conducir los destinos del partido en la estruc-
las decisiones adoptadas a consideración de Artículo 58º: Para ser miembro del Tribunal de licitud, a participar con voz pero sin voto en las tura en la que se presentan. Acreditados estos
la próxima reunión de la convención Provincial
decisiones de aquellos órganos para los cuales requisitos, la Junta Electoral Provincial, oficiali- Conducta se requiere tener treinta (30) años de
Ordinaria.
edad como mínimo y una antigüedad de tres hubiesen sido propuestos.
zará las listas presentadas dentro del quinto (5º)
(3) años como afiliado al Partido. Cuando el Tri-
día corrido de presentado, estando habilitada a
j) Aplicar las sanciones a los afiliados en los bunal de Conducta deba juzgar a un (1) afiliado Artículo 67º: Será elegido Presidente de las partir de ese momento para imprimir las boletas
casos del artículo sesenta y uno (61);
deberá excusarse el o los miembros que per- junta Ejecutivas de Núcleos Cívicos, Comuna- respectivas de comicios.
tenezcan a la misma comuna que el acusado, les y Provincial, el candidato que encabece la
k) Designar las Secretarías de Formación y
Artículo 76º: El acto eleccionario deberá efectuar- en este caso deberá ser reemplazado por el lista que obtenga la mayor cantidad de votos.
Capacitación Política; Prensa y Propaganda; suplente.
Los restantes cargos serán distribuidos en la se entre los quince (15) y noventa (90) días hábiles
Promoción y de Relaciones Externas.
reunión constitutiva que realicen los electos. antes de la fecha en que finalicen los mandatos.
Artículo 59º: Es competencia del Tribunal de El Presidente de la Junta Ejecutiva Seccional Se realizará en días festivos, sábados, domingos
l) Designar a los Responsables requeridos por Conducta Provincial: a) Conocer y dictar sen- será elegido en el plazo que determina el artí- y/o o no laborables y las mesas receptoras de
el artículo 48 de la ley 26571 y 27 de la ley 26215
votos funcionarán ente las 8 y 18 horas. tencia en los casos en que se ventilen cuestio- culo cuarenta y dos (42º) inciso “c”, por mayoría
o las designaciones que hubiere que efectuar nes entre afiliados y/o dirigentes; b) Proyectar simple de votos emitidos por los Delegados
en un futuro ante el dictado de nuevas normas las normas procesales a la que deberán Comunales Titulares en su reunión constitutiva. Artículo 77º: En cada elección los afiliados ele-
que regulen la materia.
ajustarse las causas disciplinarias. Estas nor- La totalidad de las listas de candidatos deberán girán simultáneamente a los integrantes de las
25
Miércoles 8 de abril de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.103
Juntas Ejecutivas y Convencionales de las distin- los libros y su opinión sobre el balance general
tas estructuras. Se elegirán también cuando co- e informar semestralmente a la Mesa Directiva
rresponda, los convencionales nacionales según de la Convención el resultado de su gestión y
las normas de esa estructura. Cuando la elección trimestralmente a la Junta Ejecutiva Provincial
sea convocada por acefalía total, se realizará ais- el resultado de los controles efectuados.
ladamente al sólo efecto de completar el período.
CAPITULO XII - DISPOSICIONES GENERALES:
Artículo 78º: Los escrutinios se realizarán en cada
mesa, en forma inmediata al cierre del acto elec- Artículo 87º: Todo reglamento proyectado y
cionario y su resultado, con el acta labrada, se aprobado por la Junta Ejecutiva Provincial re-
elevará a la Junta Electoral Comunal, la que rea- girá “ad referéndum” de la primera convención
lizará el computo de sufragios de su jurisdicción Provincial que se convoque, la que resolverá
y lo comunicará a la Junta electoral Seccional, sobre su sanción definitiva.
si la hubiere, que procederá de igual forma, co-
municándolo y remitiendo lo actuado a la Junta Artículo 88º: La disolución del Partido sólo podrá
Electoral Provincial del partido. Esta efectuará el disponerse por una Convención Extraordinaria
cómputo total y proclamará a los electos.
convocada especialmente al efecto, la que exigirá
la mayoría de dos terceras partes (2/3) de los miem-
Artículo 79º: Las Junta Electorales labrarán actas bros electos para tomar la decisión. La misma Con-
de sus sesiones y trabajos que con el informe de vención fijará el destino de los bienes partidarios,
los comicios serán remitidos por la Junta Electoral que deberán ser entregados a instituciones reco-
Provincial del partido a los archivos partidarios. nocidas de bien público exentas de todo impuesto
en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal. Se-
Artículo 80º: La autoridad partidaria provincial rán causales de extinción del Partido: a) su fusión
reglamentará todo lo atinente al procedimiento con otro movimiento político cuya doctrina, método
de las elecciones con sujeción a la prescripción de acción política y objetivos sean concordantes
de este capítulo y esta Carta Orgánica.
con los del partido; b) la voluntad de los afiliados
expresada a través de la Honorable convención.
CAPITULO XI – DEL PATRIMONIO
DEL PARTIDO:
Artículo 89º: Toda reforma a esta Carta Orgánica
deberá ser previamente declarada necesaria por
Artículo 81º: El patrimonio del Partido se cons- la Convención Provincial o por la Junta Ejecuti-
tituirá con:
va Provincial o por la Justicia electoral Nacional
o Provincial con competencia electoral en el
a) el aporte de la cuota mensual y las previstas distrito Electoral Buenos Aires. La Junta Ejecu-
en el artículo nueve (9);
tiva Provincial queda facultada a introducir las
modificaciones y/o adecuaciones que la Justicia
b) con las donaciones y/o legados que efectúen Electoral Nacional y/o Provincial propicie u orde-
los afiliados;
ne. Las resoluciones en cualquiera de los casos,
serán aprobadas por el voto favorable de las dos
c) con las contribuciones especiales que organi- terceras (2/3) partes de los miembros presentes.
zan y/o establezcan las autoridades partidarias;
Artículo 90º: Serán considerados afiliados
d) con el producto de los bienes muebles e in-
fundadores a todos aquellos que se hubieran
muebles del partido;
inscripto en los Registros partidarios hasta el
día veintitrés (23) de Abril de mil novecientos
e) con el aporte y/o subsidio determinado por
cincuenta y seis (1956) inclusive.
las normas electorales.
Artículo 91º: Concluido el plazo para el que
En ningún caso el Partido aceptará donaciones
hubieran sido designados los miembros de la
anónimas ni de empresas concesionarias de servi-
totalidad de los órganos de gobierno partidario,
cios públicos ni proveedores del estado. Los asien-
continuarán en el desempeño de sus funciones
tos contables en los que se determine el estado
hasta el momento en que sus sucesores pue-
patrimonial del Partido serán públicos para los afi-
dan ejercer legalmente sus cargos, no pudiendo
liados y deberán serles exhibidos a su solo requeri-
en ningún caso prolongarse por más de ciento
miento. Sin perjuicio de lo expuesto anualmente la
ochenta (180) días hábiles sus mandatos. En
Junta Ejecutiva provincial confeccionará un detalle
caso de acefalía de autoridades e imposibilidad
completo de dicho estado patrimonial y lo girará a
de poner en marcha el proceso establecido en
todas las junas comunales a fin de que por medio
esta Carta Orgánica para la elección y asunción
de ellas se informe a los afiliados. El balance anual
de las nuevas autoridades, será ello causal in-
cerrará el día 31 de diciembre de cada año.
mediata de Intervención por el órgano Nacional
Partidario, Junta Nacional, a los fines de regula-
Artículo 82º: Los Núcleos Cívicos remitirán a la
rizar y normalizar el distrito.
Junta ejecutiva comunal del primero (1º) al diez
(10) de cada mes el importe establecido en el
CLAUSULA TRANSITORIA: A los fines de la artículo cuarenta y ocho (48) inc. b, más el cin-
normalización del distrito Provincia de Buenos cuenta por ciento (50%) del excedente recauda-
Aires del Partido Demócrata Cristiano y elegir a do en concepto de cuota voluntaria. Las Juntas
las autoridades partidarias, en esta primer elec- ejecutivas comunales, remitirán a la Junta Ejecu-
ción, a partir de la rehabilitación de la persone- tiva Provincial antes del día veinte (20) de cada
ría política, el padrón de afiliados con derecho a mes la totalidad de los aportes establecidos en
voto y ser elegidos cerrará 5 días hábiles antes el artículo cuarenta y ocho (48) inc. b. Todos los
de las fecha de vencimiento de presentación de aportes se harán de acuerdo a las prescripcio-
listas de candidatos de acuerdo al cronograma nes legales contenidas en la ley 26571.
electoral que fije la Junta Interventora constitui-
da en Junta electoral a sus efectos y no será Artículo 83º: Toda operación que verse sobre
exigible la antigüedad de los afiliados para bienes inmuebles deberá ser resuelta por la
ocupar los distintos cargos en la estructura Junta Ejecutiva Provincial, la que designará la
partidaria. Asimismo estará autorizada la Junta persona facultada para suscribir toda la docu-
Interventora a modificar los plazos de convoca- mentación necesaria para finalizar la operación
torias y plazos electorales fijados en esta Carta de que se trate a nombre del Partido.
Orgánica a los fines de lograr la más rápida nor-
malización partidaria. Esta cláusula transitoria Artículo 84º: La Junta Ejecutiva Provincial
tendrá vigencia exclusivamente para el primer deberá llevar en forma regular los libros y do-
proceso eleccionario a partir de la rehabilitación cumentos que disponga la legislación vigente
de la personería política, posteriormente a este en la materia, pudiendo contratar en forma per-
acto será de aplicación únicamente las normas manente un profesional para trabajar dentro del
de esta Carta Orgánica aprobada por la Junta área de Tesorería a dichos efectos.
Interventora, Normalizadora y Rehabilitadora.-
COMISION FISCALIZADORA DE CUENTAS:
Pablo Eliseo Vázquez. — Claudio Matorras.
— Carlos Lionel Traboulsi. Junta Interventora, Artículo 85º: La fiscalización de los fondos par-
Normalizadora, Rehabilitadora. tidarios será efectuada por una comisión fiscali-
zadora de cuentas integrada por tres miembros Partido Demócrata Cristiano Distrito Provincia
de Buenos Aires.- (3) titulares y tres miembros (3) suplentes desig-
nados por la Convención Provincial.
20 de Noviembre de 2014.
Artículo 86º: Los miembros de la comisión Publíquese por un (1) día.
fiscalizadora de cuentas deberán reunir las La Plata, 31 de marzo de 2015.
condiciones requeridas para ser miembros del Leandro Luis Luppi, Prosecretario Electoral Na-
Tribunal de Conducta y tendrán las facultades cional Provincia de Buenos Aires.
de someter a la Convención Provincial sus dic-
támenes sobre el estado contable asentado en
e. 08/04/2015 Nº 23055/15 v. 08/04/2015