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N° 23618/15 Aviso del Boletín Oficial

PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 9 de abril de 2015

Texto del aviso

PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

Distrito Capital Federal

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correc-

cional Federal N° 1 con competencia Electoral

en el Distrito Capital Federal, a cargo de la Dra.

María Romilda Servini, en cumplimiento de lo

establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica

de los Partidos Políticos 23.298, ha ordena-

do la publicación en el marco del Expte. CNE

1088824/2012 caratulado “PARTIDO DEL

TRABAJO Y DEL PUEBLO - C.F. S/RECONO-

CIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO” por

el término de un (1) día, de la Carta Orgánica

reformada por el partido de autos.- Fdo. Dra.

María Romilda Servini -Juez Federal-, Ante mí:

Dr. Martin Rosendo Segui, Secretario Electoral.

En Capital Federal, a los 31 días del mes de

marzo del año 2015.

Martín Rosendo Seguí, Secretario Electoral.

Juan Martín Telechea, Secretario.

CARTA ORGANICA DEL DISTRITO

CAPITAL FEDERAL DEL PARTIDO

DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

DE LOS AFILIADOS.-

Artículo 1°.- Pueden ser afiliados y constituyen

el Partido del Trabajo y del Pueblo, todos aque-

llos ciudadanos que adhieran a su declaración

de principios, a su programa, a la presente

carta orgánica y se encuentren debidamente

inscriptos en los registros oficiales del partido.

Artículo 2°.- Los ciudadanos afiliados al Partido

ejercerán el gobierno del mismo por interme-

dio de los organismos creados en esta Carta

Orgánica.

Artículo 3°.- El registro de afiliados estará abier-

to en forma permanente.

Jueves 9 de abril de 2015

Segunda Sección

BOLETIN

DEL GOBIERNO DEL PARTIDO.-

Artículo 15.- En todas aquellas elecciones de mentada y dará el derecho de ser escuchada/s

autoridades, cargos, u organismos partidarios, a la/s persona/s denunciada/s.

Artículo 4°.- El gobierno del Partido se ejercerá que se rigen en esta carta orgánica, se deberá

por intermedio de los organismos creados en respetar el porcentaje mínimo establecido en la DE LA COMISION REVISORA DE CUENTAS.-

esta Carta Orgánica.

Ley 24012 y sus reglamentaciones.

Artículo 19°.- La Comisión Revisora de Cuentas

Artículo 5°.- El Partido del Trabajo y del Pueblo DE LA JUNTA DE DISTRITO:

estará integrada por tres (3) miembros designa-

del Distrito Capital Federal será gobernado por

dos por el Congreso de Distrito y durarán en su

la Junta de Distrito y el Congreso del Partido del Artículo 16°.- La Junta de Distrito es el órgano cargo dos (2) años. Tendrá a su cargo dictami-

Distrito Capital Federal.

máximo de administración y dirección parti- nar sobre el balance que presenten el tesorero

daria. Estará conformada por, al menos, un (1) y el protesorero, recomendando su aprobación

Artículo 6°.- El Congreso de Distrito es el órgano presidente, un (1) vicepresidente; un secretario o no a la Junta de Distrito.

máximo de deliberación y resolución partidaria. (1), un (1) tesorero y un (1) protesorero. Podrá

Se reunirá con el objeto de debatir y diseñar formar parte de la Junta Nacional cualquier afi- DE LA JUNTA ELECTORAL.-

las acciones partidarias. Estará conformado liado al Partido, mencionado en el Artículo 1°

por Delegados Congresales elegidos por sus de esta Carta Orgánica. La conformación de la Artículo 20°.- La Junta Electoral estará inte-

afiliados.

Junta de Distrito estará sujeta a la normativa de grada por tres (3) miembros titulares y dos (2)

cupo femenino.

miembros suplentes designados por el Con-

Artículo 7°.- El Congreso de Distrito se integrará

greso de Distrito y durarán en su cargo dos

por el sistema de representación proporcional. Artículo 17°.- Los integrantes de la Junta de (2) años. Tendrá a su cargo la convocatoria en

La representación proporcional se efectuará Distrito durarán en su cargo el periodo de dos tiempo y forma al Congreso de Distrito.

de la siguiente manera: en cada Congreso se (2) años. La Junta se dará su propio régimen

elegirá un (1) delegado congresal cada 250 afi- de funcionamiento, eventualmente se reunirá DEL PATRIMONIO DEL PARTIDO.-

liados, con un tope máximo de 4000 afiliados. cuando la convoque su presidente o a solicitud

Para el supuesto caso que la cantidad de afilia- de la mayoría de sus miembros. La Junta de Artículo 21°.- El Patrimonio del partido se con-

dos del Distrito supere ese tope se computará Distrito tendrá las siguientes atribuciones:

formará con:

su excedente en un (1) delegado adicional cada

500 afiliados. La Junta de Distrito, por mandato a) El presidente es el representante oficial del a) El aporte voluntario de los afiliados;

del último Congreso del Partido y en caso de partido y su máxima autoridad ejecutiva

ser necesario, modificar la mencionada cifra re-

b) El aporte que realicen los Partidos de Distrito; partidora elevando o disminuyendo el número b) El presidente y el vicepresidente, realizarán

de afiliados que representa cada delegado. En los informes necesarios al Congreso de Distri- c) Las contribuciones y/o donaciones recibidas todos los casos se respetará la proporción del to y al Tribunal de Disciplina, en relación a los de la ciudadanía, ya sea personas físicas o ju- cupo femenino.

cumplimientos e incumplimientos de esta Carta rídicas, con las limitaciones que determine la

Orgánica y a las demás Resoluciones toma- normativa vigente en la materia; Artículo 8°.- El Congreso de Distrito se reunirá das en el Congreso de Distrito y velarán por la

ordinariamente cada dos (2) años y extraordina- observancia del Programa del Partido y su De-

riamente cuando lo determine la Junta de Dis-

d) Las donaciones que realicen los afiliados que

claración de Principios. El Vicepresidente será

detenten cargos públicos electivos; trito, con una anticipación no menor de treinta responsable conjuntamente con el Tesorero de

(30) días, con excepción del Artículo 22°.

las cuentas bancarias como así también de la

e) los aportes correspondientes del Fondo emisión de sus cheques.

Artículo 9°.- El Congreso de Distrito se reunirá

Partidario Permanente o el que en su defecto

a la hora convocada por la Junta de Distrito y

lo reemplace, así como todo otro aporte que

c) El Tesorero y Protesorero, llevaran adelante

ingrese en concepto de financiamiento público se conformará una Comisión de Poderes de- las cuentas partidarias, realizando los balan-

contemplado en la normativa vigente; signada a efectos de validar los certificados ces anuales correspondientes que determine

de los delegados congresales presentes. Esta esta Carta Orgánica y la normativa vigente al

comisión estará integrada por tres (3) integran-

f) los bienes registrales del partido, como así respecto. Por último, representaran al Partido

tes de la Junta de Distrito, elegida por mayoría

también las percepciones del arrendamiento de en la propiedad de sus bienes y sus usufructos.

simple de sus componentes. Terminado el acto

los mismos.

de certificación de los poderes, se constituirá d) La Junta de Distrito en pleno será la encar-

el Congreso en forma de plenario y se elegirá

Se designa como fecha de cierre del ejercicio gada de designar a las Autoridades Partidarias

por mayoría simple un (1) presidente y dos (2)

contable anual el 30 de diciembre de cada responsables de las Campañas Electorales.

secretarios de actas quienes, a su vez, contro-

año calendario, los fines de las obligaciones

larán el uso de la palabra en el Plenario y se

determinadas en la presente carta orgánica y

e) La Junta de Distrito deberá resolver y pro-

encargarán que las votaciones y resoluciones

en la normativa concordante al Régimen de los

pender a colaborar con los asuntos que le so-

se transcriban en acta pertinente.

Partidos Políticos.

metan las autoridades de los distritos.

Artículo 10°.- El Congreso de Distrito, una vez

DE LA EXTINCION DEL PARTIDO.-

f) La Junta de Distrito, observando los linea-

constituido funcionará en comisiones a deter-

mientos dispuestos por el Congreso de Distrito

minarse en cada sesión. Las resoluciones que

Artículo 22°.- El Partido del Trabajo y del Pue- del Partido, ejecutará los mecanismos perti-

se emitan serán tratadas en forma de plenario

blo se extinguirá por resolución del Congreso nentes para la elección de candidatos a cargos

y la votación de las mismas se realizará a mano

de Distrito en convocatoria extraordinaria a ese electivos públicos.

alzada con el voto de los delegados presentes.

efecto con noventa (90) días de anticipación y

por el voto de los dos tercios de sus miembros

g) La Junta de Distrito convocará las reuniones Artículo 11º.- El Congreso de Distrito, una vez

presentes.

ordinarias y extraordinarias del Congreso de constituido y en sesión plenaria, es soberano

Distrito, acorde a lo determinado en esta Carta para abocarse a cualquier cuestión partidaria

Orgánica.

e. 09/04/2015 N° 23618/15 v. 09/04/2015 que considere pertinente.