N° 25255/15 Aviso del Boletín Oficial
se asignar funciones específicas a cada uno
Texto del aviso
se asignar funciones específicas a cada uno
IEP DE ILUMINACION S.A.
de sus miembros. El Directorio funciona con
la presencia de la mayoría absoluta de sus
Por Acta de Asamblea de fecha 20/12/2013, miembros, de los cuales 1, como mínimo, per-
se aprueba nuevo texto ordenado de Estatuto, tenecerá a los Directores elegidos por Accio-
1- IEP DE ILUMINACIÓN S. A., con domicilio nistas titulares de acciones ordinarias Clase
Martes 14 de abril de 2015
“A”, y resuelve por mayoría de los presentes,
salvo “materias fundamentales”, en cuyo caso
se requerirá también el voto afirmativo de por
lo menos 1 de los Directores elegidos por la
Clase “A” de acciones. En las reuniones de
Directorio como en las Asambleas de la so-
ciedad, será necesaria la asistencia unánime
de los Socios, o de los Directores según co-
rresponda, o sus representantes, o de los Di-
rectores, según corresponda, y la unanimidad
de votos para la adopción de determinadas
decisiones. Las decisiones adoptadas por el
Directorio en los términos expuestos prece-
dentemente, aún cuando se refrenden poste-
riormente en caso de ausencia de uno de los
Directores, serán válidas y vinculantes para la
sociedad, no pudiendo ser cuestionadas por
sus miembros y el resto de los Accionistas.
10- Los Directores Titulares y Suplentes, en
garantía de su gestión y al aceptar la desig-
nación hecha por la Asamblea, deberán depo-
sitar contra recibo, en la Caja de la Sociedad,
la suma de $ 10.000, en efectivo o en títulos
públicos o bien mediante la constitución de
un seguro de caución. 11- El Directorio tiene
todas las facultades para administrar y dis-
poner de los bienes. Puede en consecuencia
celebrar en nombre de la Sociedad toda clase
de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento
del objeto social. La representación legal de
la Sociedad corresponde al Presidente del Di-
rectorio o al Vicepresidente, indistintamente,
o a uno de los miembros del Directorio espe-
cialmente designado al efecto, por el propio
Directorio. 12- La fiscalización de la Sociedad
estará a cargo de un síndico titular que se
desempeñará en el cargo por el término de un
año, con posibilidad de ser reelegido. 13- Las
Asambleas Ordinarias y Extraordinarias serán
convocadas en la oportunidad, plazo y forma
de los artículos 236 y 237 de la Ley 19550Las
convocatorias a asambleas se realizarán me-
diante una notificación por medio fehaciente
al domicilio registrado por el accionista a tal
efecto en la Sociedad con una anticipación
de 10 días hábiles y deberá especificar los
puntos a ser considerados en la reunión. El
derecho a recibir la notificación estipulada
en el presente párrafo podrá ser dispensada,
siempre y cuando dicha dispensa sea reali-
zada por escrito. Rigen el quórum y mayoría
determinados por los artículos 243 y 244 de
la Ley 19550, excepto en cuanto al quórum
de la Asamblea Extraordinaria en segunda
convocatoria, la que se considerará consti-
tuida cualquiera sea, el número de acciones
presentes con derecho a voto y en cuanto co-
rresponda confirmar o resolver cualquiera de
las “materias fundamentales”, la que deberá
contar con el voto favorable de los accionistas
Clase “A”14- El ejercicio social cierra el 31/12
de cada año. 15- LIQUIDACIÓN. La liquida-
ción de la sociedad puede ser efectuada por
el directorio o por el o los liquidadores desig-
nados por la asamblea, bajo la vigilancia del
Consejo de Vigilancia. Autorizado según ins-
trumento privado Acta de Asamblea de fecha
20/12/2013.
JOSE MARIA ALLONCA
Tº: 36 Fº: 336 C.P.A.C.F.
e. 14/04/2015 Nº 25255/15 v. 14/04/2015