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N° 25255/15 Aviso del Boletín Oficial

se asignar funciones específicas a cada uno

martes, 14 de abril de 2015

Texto del aviso

se asignar funciones específicas a cada uno

IEP DE ILUMINACION S.A.

de sus miembros. El Directorio funciona con

la presencia de la mayoría absoluta de sus

Por Acta de Asamblea de fecha 20/12/2013, miembros, de los cuales 1, como mínimo, per-

se aprueba nuevo texto ordenado de Estatuto, tenecerá a los Directores elegidos por Accio-

1- IEP DE ILUMINACIÓN S. A., con domicilio nistas titulares de acciones ordinarias Clase

Martes 14 de abril de 2015

“A”, y resuelve por mayoría de los presentes,

salvo “materias fundamentales”, en cuyo caso

se requerirá también el voto afirmativo de por

lo menos 1 de los Directores elegidos por la

Clase “A” de acciones. En las reuniones de

Directorio como en las Asambleas de la so-

ciedad, será necesaria la asistencia unánime

de los Socios, o de los Directores según co-

rresponda, o sus representantes, o de los Di-

rectores, según corresponda, y la unanimidad

de votos para la adopción de determinadas

decisiones. Las decisiones adoptadas por el

Directorio en los términos expuestos prece-

dentemente, aún cuando se refrenden poste-

riormente en caso de ausencia de uno de los

Directores, serán válidas y vinculantes para la

sociedad, no pudiendo ser cuestionadas por

sus miembros y el resto de los Accionistas.

10- Los Directores Titulares y Suplentes, en

garantía de su gestión y al aceptar la desig-

nación hecha por la Asamblea, deberán depo-

sitar contra recibo, en la Caja de la Sociedad,

la suma de $ 10.000, en efectivo o en títulos

públicos o bien mediante la constitución de

un seguro de caución. 11- El Directorio tiene

todas las facultades para administrar y dis-

poner de los bienes. Puede en consecuencia

celebrar en nombre de la Sociedad toda clase

de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento

del objeto social. La representación legal de

la Sociedad corresponde al Presidente del Di-

rectorio o al Vicepresidente, indistintamente,

o a uno de los miembros del Directorio espe-

cialmente designado al efecto, por el propio

Directorio. 12- La fiscalización de la Sociedad

estará a cargo de un síndico titular que se

desempeñará en el cargo por el término de un

año, con posibilidad de ser reelegido. 13- Las

Asambleas Ordinarias y Extraordinarias serán

convocadas en la oportunidad, plazo y forma

de los artículos 236 y 237 de la Ley 19550Las

convocatorias a asambleas se realizarán me-

diante una notificación por medio fehaciente

al domicilio registrado por el accionista a tal

efecto en la Sociedad con una anticipación

de 10 días hábiles y deberá especificar los

puntos a ser considerados en la reunión. El

derecho a recibir la notificación estipulada

en el presente párrafo podrá ser dispensada,

siempre y cuando dicha dispensa sea reali-

zada por escrito. Rigen el quórum y mayoría

determinados por los artículos 243 y 244 de

la Ley 19550, excepto en cuanto al quórum

de la Asamblea Extraordinaria en segunda

convocatoria, la que se considerará consti-

tuida cualquiera sea, el número de acciones

presentes con derecho a voto y en cuanto co-

rresponda confirmar o resolver cualquiera de

las “materias fundamentales”, la que deberá

contar con el voto favorable de los accionistas

Clase “A”14- El ejercicio social cierra el 31/12

de cada año. 15- LIQUIDACIÓN. La liquida-

ción de la sociedad puede ser efectuada por

el directorio o por el o los liquidadores desig-

nados por la asamblea, bajo la vigilancia del

Consejo de Vigilancia. Autorizado según ins-

trumento privado Acta de Asamblea de fecha

20/12/2013.

JOSE MARIA ALLONCA

Tº: 36 Fº: 336 C.P.A.C.F.

e. 14/04/2015 Nº 25255/15 v. 14/04/2015