N° 25993/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 5
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 5
SECRETARÍA N° 9
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial N° 5, secretaría N° 9, comunica
por 2 días en el Boletin Oficial en los autos
caratulados “Girasoles del Sur SA s/quiebra
s/ incidente de concurso especial por Banco
Credicoop Cooperativo limitado- Girasoles
del Sur” exp. N° 8565/2012/13 cuit de la fallida
30-71103426-5, que el Martillero Público Saúl
Rubén Brandenburg, cuit 20-12138582-2 Tel:
(011) -154-4296484, subastará el día 28 de abril
de 2015 a las 10:30 hs, en punto, en el salón de
calle Jean Jaures 545 de C.A.B.A., el inmueble
sito en La Provincia de La Pampa, Localidad de
Rancul, s/título: Una fracción de terreno edifica-
do con todo lo plantado cercado y demás adhe-
rido al suelo que es parte de la parc 1 chacra 23,
Localidad de Rancul, sita en el lote 4, Fracción B,
sección VII, Dpto. Rancul Provincia de La Pam-
pa y de acuerdo a un plano de mensura, part.
y subdiv. prot. en el Reg. de la Prop. al Tomo
339, Folio 14, se designa como parcela 3, que
mide: 150m en su fte al S; 399,34m al O; 150m
al N; 399,19m al E. Sup.: 5 Has. 98 As. 90 Cas. y
linda por su frente al S con Ruta Nac. 188, al O
con la par.2, al N c/ calle de tierra y al E c/ calle
de tierra, todos los rumbos de su mismo plano.
Existe Restricción al Dominio Ley 240 sobre su
lado S. Existe diferencia en menos de 00 Ha,
00 As, 01 Cas. NOMENCLATURA CATASTRAL:
Ejido 080, Circ I, Ch 23 Par 3. Partida 751.294.
La venta incluye el galpón existente, torres, silo y
todo aquello que se encuentre adherido al suelo
con carácter de perpetuidad. Según informe de
fs 159 el inmueble se encuentra ubicado en la
Ruta 188 esquina calle de tierra frente a la sub-
estación transformadora de la Cooperativa de
Electricidad de Rancul, Localidad de Rancul,
Provincia de La Pampa, a pocos Kilómetros de
la entrada principal a dicha localidad. Conforme
surge de la constatación realizada se encuentra
desocupado, en estado de abandono con algu-
nos animales sueltos en el interior del predio. Se
trata de una ex planta de tratamiento de Girasol,
compuesta de un gran terreno con alambre en
su perímetro y tranquera de ingreso, donde se
encuentran oficinas, un gran galpón de gran al-
tura dividido en su interior con dos portones de
ingreso dirigidos hacia la Ruta y un tercer portón
dirigido a camino de tierra, con baños/ vestidores
en su interior sin sanitarios y con dos entre pisos,
a continuación torre y silo. Se observa aparente
sustracción de bienes, con faltantes de chapas,
aberturas y algunos vidrios rotos. Asimismo con
cables cortados o retirados de sus lugares sin
observarse el tablero eléctrico. Venta al contado,
en efectivo y mejor postor sujeta a aprobación
judicial. Visitar: 22 de abril de 2015 de 14 a 16 hs.
BASE: $ 500.000, SEÑA: 30%, comisión: 3%
más iva, sellado de ley, Arancel Acordada 24/00
CSJN: 0,25% a cargo del comprador. El saldo de
precio deberá ser depositado dentro del quinto
día de aprobada la subasta sin necesidad de
otra notificación ni intimación bajo apercibimien-
to de lo dispuesto por el cpr 580. El comprador
en subasta deberá integrar el saldo del precio
aún si se hubiera planteado cualquier objeción
que impida la aprobación de la subasta, más en
caso que no lo hiciere, y fueran rechazadas las
objeciones deberá adicionar al remanente del
precio desde el quinto día de realizada la su-
basta y hasta el efectivo pago, los intereses que
fija el Banco de la Nación Argentina, tasa activa
para sus operaciones de descuento a treinta
días capitalizables. Como condición de remate
Segunda
Fecha Edicto
19/03/2015 TAMBAL
26/02/2015 LUIS PEREZ
03/12/2014 RADONJIC
07/04/2015 BENITEZ
01/04/2015 DI RIENZO
08/04/2015 DELIA DEBATS
queda prohibida la compra en comisión del bien
puesto a subasta así como la ulterior cesión del
boleto que se extienda. Los impuestos tasas y
contribuciones sean estos de carácter Nacional,
Provincial o Municipal, devengados con anterio-
ridad al decreto de quiebra y hasta la fecha del
mismo, deberán ser verificados en autos por los
organismos respectivos; los devengados a partir
del decreto de quiebra hasta la toma de la pose-
sión serán a cargo de la masa y los posteriores a
la toma de posesión son a cargo del adquirente
Las expensas comunes devengadas con ante-
rioridad a la subasta son obligaciones “propter
rem”, y que en caso de que el precio de la cosa
no alcance para que dicha deuda sea satisfecha
por el vendedor, las mismas deben ser pagadas
por el adquirente. Serán admitidas ofertas bajo
sobre, las que deberán ser presentadas al Tribu-
nal, por lo menos dos días antes de la fecha de
la subasta. Serán abiertas al iniciarse el acto del
remate por el martillero, previa entrega al mismo,
bajo recibo, por el Secretario, el día anterior a la
subasta. (LC 212). Se enajena en el estado en que
se encuentre, con los bienes que se encuentren
en su interior, adheridos con carácter de perpe-
tuidad, en el estado en que se encuentren con
faltantes, roturas y como se exhiben como con-
dición de venta. El adquirente no podrá efectuar
reclamos en autos, por eventuales faltantes y/o
roturas y/o sustracciones de cualquier naturale-
za, que eventualmente se produzcan entre la ex-
hibición del bien que se enajena y hasta la toma
de posesión como expresa condición de venta,
no aceptándose reclamos de ninguna naturaleza
al respecto, asumiendo el adquirente los riesgos
de la cosa adquirida. Una vez aprobado y oblado
el saldo de precio, el adquirente será puesto en
posesión “ficta” en su caso por intermedio del
Síndico levantándose acta al respecto.
Buenos Aires, 13 de abril de 2015.
Fernando Durao, juez.
Agustina Díaz Cordero, secretaria.
e. 16/04/2015 Nº 25993/15 v. 17/04/2015