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N° 25993/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 5

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 16 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 5

SECRETARÍA N° 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial N° 5, secretaría N° 9, comunica

por 2 días en el Boletin Oficial en los autos

caratulados “Girasoles del Sur SA s/quiebra

s/ incidente de concurso especial por Banco

Credicoop Cooperativo limitado- Girasoles

del Sur” exp. N° 8565/2012/13 cuit de la fallida

30-71103426-5, que el Martillero Público Saúl

Rubén Brandenburg, cuit 20-12138582-2 Tel:

(011) -154-4296484, subastará el día 28 de abril

de 2015 a las 10:30 hs, en punto, en el salón de

calle Jean Jaures 545 de C.A.B.A., el inmueble

sito en La Provincia de La Pampa, Localidad de

Rancul, s/título: Una fracción de terreno edifica-

do con todo lo plantado cercado y demás adhe-

rido al suelo que es parte de la parc 1 chacra 23,

Localidad de Rancul, sita en el lote 4, Fracción B,

sección VII, Dpto. Rancul Provincia de La Pam-

pa y de acuerdo a un plano de mensura, part.

y subdiv. prot. en el Reg. de la Prop. al Tomo

339, Folio 14, se designa como parcela 3, que

mide: 150m en su fte al S; 399,34m al O; 150m

al N; 399,19m al E. Sup.: 5 Has. 98 As. 90 Cas. y

linda por su frente al S con Ruta Nac. 188, al O

con la par.2, al N c/ calle de tierra y al E c/ calle

de tierra, todos los rumbos de su mismo plano.

Existe Restricción al Dominio Ley 240 sobre su

lado S. Existe diferencia en menos de 00 Ha,

00 As, 01 Cas. NOMENCLATURA CATASTRAL:

Ejido 080, Circ I, Ch 23 Par 3. Partida 751.294.

La venta incluye el galpón existente, torres, silo y

todo aquello que se encuentre adherido al suelo

con carácter de perpetuidad. Según informe de

fs 159 el inmueble se encuentra ubicado en la

Ruta 188 esquina calle de tierra frente a la sub-

estación transformadora de la Cooperativa de

Electricidad de Rancul, Localidad de Rancul,

Provincia de La Pampa, a pocos Kilómetros de

la entrada principal a dicha localidad. Conforme

surge de la constatación realizada se encuentra

desocupado, en estado de abandono con algu-

nos animales sueltos en el interior del predio. Se

trata de una ex planta de tratamiento de Girasol,

compuesta de un gran terreno con alambre en

su perímetro y tranquera de ingreso, donde se

encuentran oficinas, un gran galpón de gran al-

tura dividido en su interior con dos portones de

ingreso dirigidos hacia la Ruta y un tercer portón

dirigido a camino de tierra, con baños/ vestidores

en su interior sin sanitarios y con dos entre pisos,

a continuación torre y silo. Se observa aparente

sustracción de bienes, con faltantes de chapas,

aberturas y algunos vidrios rotos. Asimismo con

cables cortados o retirados de sus lugares sin

observarse el tablero eléctrico. Venta al contado,

en efectivo y mejor postor sujeta a aprobación

judicial. Visitar: 22 de abril de 2015 de 14 a 16 hs.

BASE: $ 500.000, SEÑA: 30%, comisión: 3%

más iva, sellado de ley, Arancel Acordada 24/00

CSJN: 0,25% a cargo del comprador. El saldo de

precio deberá ser depositado dentro del quinto

día de aprobada la subasta sin necesidad de

otra notificación ni intimación bajo apercibimien-

to de lo dispuesto por el cpr 580. El comprador

en subasta deberá integrar el saldo del precio

aún si se hubiera planteado cualquier objeción

que impida la aprobación de la subasta, más en

caso que no lo hiciere, y fueran rechazadas las

objeciones deberá adicionar al remanente del

precio desde el quinto día de realizada la su-

basta y hasta el efectivo pago, los intereses que

fija el Banco de la Nación Argentina, tasa activa

para sus operaciones de descuento a treinta

días capitalizables. Como condición de remate

Segunda

Fecha Edicto

19/03/2015 TAMBAL

26/02/2015 LUIS PEREZ

03/12/2014 RADONJIC

07/04/2015 BENITEZ

01/04/2015 DI RIENZO

08/04/2015 DELIA DEBATS

queda prohibida la compra en comisión del bien

puesto a subasta así como la ulterior cesión del

boleto que se extienda. Los impuestos tasas y

contribuciones sean estos de carácter Nacional,

Provincial o Municipal, devengados con anterio-

ridad al decreto de quiebra y hasta la fecha del

mismo, deberán ser verificados en autos por los

organismos respectivos; los devengados a partir

del decreto de quiebra hasta la toma de la pose-

sión serán a cargo de la masa y los posteriores a

la toma de posesión son a cargo del adquirente

Las expensas comunes devengadas con ante-

rioridad a la subasta son obligaciones “propter

rem”, y que en caso de que el precio de la cosa

no alcance para que dicha deuda sea satisfecha

por el vendedor, las mismas deben ser pagadas

por el adquirente. Serán admitidas ofertas bajo

sobre, las que deberán ser presentadas al Tribu-

nal, por lo menos dos días antes de la fecha de

la subasta. Serán abiertas al iniciarse el acto del

remate por el martillero, previa entrega al mismo,

bajo recibo, por el Secretario, el día anterior a la

subasta. (LC 212). Se enajena en el estado en que

se encuentre, con los bienes que se encuentren

en su interior, adheridos con carácter de perpe-

tuidad, en el estado en que se encuentren con

faltantes, roturas y como se exhiben como con-

dición de venta. El adquirente no podrá efectuar

reclamos en autos, por eventuales faltantes y/o

roturas y/o sustracciones de cualquier naturale-

za, que eventualmente se produzcan entre la ex-

hibición del bien que se enajena y hasta la toma

de posesión como expresa condición de venta,

no aceptándose reclamos de ninguna naturaleza

al respecto, asumiendo el adquirente los riesgos

de la cosa adquirida. Una vez aprobado y oblado

el saldo de precio, el adquirente será puesto en

posesión “ficta” en su caso por intermedio del

Síndico levantándose acta al respecto.

Buenos Aires, 13 de abril de 2015.

Fernando Durao, juez.

Agustina Díaz Cordero, secretaria.

e. 16/04/2015 Nº 25993/15 v. 17/04/2015