W20 Argentina W20Argentina

N° 26301/15 Aviso del Boletín Oficial

PENCAHUE S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS jueves, 16 de abril de 2015

Texto del aviso

PENCAHUE S.A.

Por Escritura 37, del 10/04/2015, Registro

313 CABA, se protocolizaron de la sociedad

“PENCAHUE S.A.”: a) Acta de Asamblea del

29/09/2010 que por unanimidad eligió director

3 OFICIAL Nº 33.109

titular y presidente a Santiago Felix José de

Alzaga Unzué y director suplente a Facundo Al-

zaga, quienes aceptaron los cargos; b) Acta de

Asamblea del 22/01/2014, que por unanimidad:

1) dejó RECONDUCIDA la sociedad, por el plazo

de 99 años a partir del 30/06/2011, fecha en que

venció el anterior plazo de duración mantenien-

do su nexo de continuidad. La reconducción

no revierte causal de disolución sancionatoria;

que no consta en los libros sociales acuerdo,

causal, convocatoria o citación a asambleas

para considerar la disolución por vencimiento

de su plazo de duración ni nombramiento de

liquidadores de la misma. 2) Reformó el artí-

culo segundo del estatuto así: “ARTÍCULO 2º:

La duración de la sociedad es de NOVENTA Y

NUEVE años contados desde el día 30 de junio

de 2011. Dicho plazo podrá prorrogarse por re-

solución de la Asamblea General Extraordinaria

de Accionistas”. 3) Elegió y conformó al direc-

torio vigente por 3 ejercicios por vencimiento

del anterior así: Presidente: Santiago Félix

José de ALZAGA UNZUÉ, argentino, nacido:

20/04/1937, productor agropecuario, divorcia-

do, DNI 4.199.477 CUIT 20-04199477-1. Direc-

tor Suplente: Facundo de ALZAGA UNZUE,

argentino, nacido: 14/04/1967, empresario,

casado, DNI 18.208.822 CUIT 20-18208822-7,

quienes aceptaron los cargos y fijaron domicilio

real y especial en Cerviño 3919, piso 11, depto

A, CABA. 4) Trasladó la sede social a Cerviño

3919, piso 11, depto A, CABA. AUTORIZADA:

Escribana Susana Luisa MESSINA, en escritura

citada. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 37 de fecha 10/04/2015 Reg. Nº 313.

SUSANA LUISA MESSINA

Matrícula: 2742 C.E.C.B.A.

e. 16/04/2015 Nº 26301/15 v. 16/04/2015