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N° 20860/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL N° 48

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 17 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL N° 48

SECRETARÍA ÚNICA

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Civil 48 de Capital Federal sito en Uruguay 714,

piso 3ro., comunica por dos días en autos cara-

tulados “FORTES ANA LORENA c/ TAN RUBEN

DARIO s/EJECUCION HIPOTECARIA”, Expte.

23112/2013, que el martillero Antonio Ernesto

Pierri subastara el día 28 de Abril de 2015 a las

10:45hs, en la Oficina de Subasta Judiciales

sita en Jean Jaures 545, CABA, lo siguiente:

Un inmueble sito en Lope de Vega 2016 entre

Santo Tome y Marcos Sastre- Planta baja-piso

1 y sotano, Nomenclatura Catastral Circ. 15,

Sec. 93, Manz. 186A, Parc. 2.- Superficie total:

202,21 m2, porcentual 46,52%.- Según informe

efectuado por el martillero, el bien se ubica con

frente a la Avda. Lope de Vega y el ingreso in-

dependiente para la Unidad Funcional Nº 2, que

se enajena en estos obrados; es por el Nº 2020

de dicha avenida. El inmueble posee acceso

desde la calle por un portón que da al garaje, a

continuación se desarrollan: cocina, comedor,

sobre la izquierda el living, por pasillo se acce-

de a dos habitaciones, un baño, patio interno

y lavadero semi-cubierto con parrilla, todo en

Planta Baja. Cuenta con dos escaleras que

conducen a la planta superior una es interna y

llega hasta la primera azotea, y la externa con-

duce a las dos azoteas. Primer Terraza: espacio

libre, dos cuartos uno de ellos con baño en sui-

te. Segunda Terraza: está libre. Todo en regular

estado de uso y conservación. Ocupado por Sr.

Tan Guillermo Alejandro, quien manifiesta que

además de él, son ocupantes también su padre

Roberto Tan, su madre Valeria Saba, y cuatro

hermanas; dos mayores, y dos menores de

edad, en calidad de familiares del demandado

en autos Tan Rubén Darío.- Subastándose en

el estado en que se encuentra en exhibición

pudiendo visitarse los días 23 y 27 de Abril

próximos de 14 a 16hs.- Base: U$S 110.000.-

Sena 30%, el adquirente deberá, dentro de los

cinco días de aprobado el remate, depositar en

autos el saldo de precio, bajo apercibimiento de

lo dispuesto por el art. 580 del Código Proce-

sal.- El enajenador deberá anunciar a viva voz

el nombre del poderdante en caso de invocar

un poder.- Se deja constancia de lo dispuesto

en el fallo plenario “Servicios Eficientes S.A. c/

Yabra Roberto Isaac S/Ejecución Hipotecaria”

por el cual, no corresponde que el adquirente

en subasta judicial afronte las deudas que re-

gistra el inmueble por los conceptos aludidos

precedentemente, devengados antes de la

Sección

BOLETIN

toma de posesión, cuando el monto obtenido

en el remate no alcance para solventarlos, con

la constancia que no cabe una solución análo-

ga respecto de las expensas comunes, para el

caso que el bien se halle sujeto el régimen de la

Ley 13.512 (conf. C.N.Civ. en pleno, febrero 18

de 1999 “in re”).- No procederá la compra en

comisión (cfr. art. 598 INC.7º CPCC), ni la ce-

sión del boleto de compraventa o cualquier otro

negocio que importe sustituir al comprador en

subasta. Tampoco se admitirá la actuación en

estos obrados del eventual cesionario del bole-

to de compraventa.- Comisión 3% más IVA.- Se

encontrara asimismo a cargo del adquirente

abonar el veinticinco centésimos por ciento

(0,25 %) del precio final obtenido en subasta,

correspondiente a arancel de remate, conforme

Acordada Nro. 24/00.- Al contado y al mejor

postor.- El comprador deberá constituir domi-

cilio en Capital Federal.- Deudas: ABL (fs.51)

por $ 2853,94 al 31/07/13; AySA (fs.71) por

$ 1.178,25 al 20/08/13; no registrando deudas

en OSN (fs.93) al 27/03/14; ni en Aguas Argenti-

nas (fs.84) al 20/03/14; no teniendo deudas por

expensas, atento no existir consorcio (fs.109)

al 19/06/14.- Subasta sujeta a aprobación del

Juzgado interviniente.

Buenos Aires, a los 17 días del mes de marzo

de 2015.

Julio Carlos Speroni, juez.

Paula Benzecry, secretaria.

e. 16/04/2015 Nº 20860/15 v. 17/04/2015