N° 25993/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 5
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 5
SECRETARÍA N° 9
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial N*5, secretaría N* 9, comunica por 2
días en el Boletin Oficial en los autos caratula-
dos “Girasoles del Sur SA s/quiebra s/ incidente
de concurso especial por Banco Credicoop
Cooperativo limitado- Girasoles del Sur” exp.
N* 8565/2012/13 cuit de la fallida 30-71103426-
5, que el Martillero Público Saúl Rubén Bran-
denburg, cuit 20-12138582-2 Tel: (011) -154-
4296484, subastará el día 28 de abril de 2015 a
las 10:30 hs, en punto, en el salón de calle Jean
Jaures 545 de C.A.B.A., el inmueble sito en La
Provincia de La Pampa, Localidad de Rancul,
s/título: Una fracción de terreno edificado con
todo lo plantado cercado y demás adherido al
suelo que es parte de la parc 1 chacra 23, Lo-
calidad de Rancul, sita en el lote 4, Fracción B,
sección VII, Dpto. Rancul Provincia de La Pam-
pa y de acuerdo a un plano de mensura, part.
y subdiv. prot. en el Reg. de la Prop. al Tomo
339, Folio 14, se designa como parcela 3, que
mide: 150m en su fte al S; 399,34m al O; 150m
al N; 399,19m al E. Sup.: 5 Has. 98 As. 90 Cas. y
linda por su frente al S con Ruta Nac. 188, al O
con la par.2, al N c/ calle de tierra y al E c/ calle
de tierra, todos los rumbos de su mismo plano.
Existe Restricción al Dominio Ley 240 sobre su
lado S. Existe diferencia en menos de 00 Ha, 00
As, 01 Cas. NOMENCLATURA CATASTRAL: Eji-
do 080, Circ I, Ch 23 Par 3. Partida 751.294. La
venta incluye el galpón existente, torres, silo y
todo aquello que se encuentre adherido al suelo
con carácter de perpetuidad. Según informe de
fs 159 el inmueble se encuentra ubicado en la
Ruta 188 esquina calle de tierra frente a la sub-
estación transformadora de la Cooperativa de
Electricidad de Rancul, Localidad de Rancul,
Provincia de La Pampa, a pocos Kilómetros de
la entrada principal a dicha localidad. Conforme
surge de la constatación realizada se encuen-
tra desocupado, en estado de abandono con
algunos animales sueltos en el interior del pre-
dio. Se trata de una ex planta de tratamiento
de Girasol, compuesta de un gran terreno con
alambre en su perímetro y tranquera de ingreso,
donde se encuentran oficinas, un gran galpón
de gran altura dividido en su interior con dos
portones de ingreso dirigidos hacia la Ruta y un
tercer portón dirigido a camino de tierra, con
baños/ vestidores en su interior sin sanitarios y
con dos entre pisos, a continuación torre y silo.
Se observa aparente sustracción de bienes,
con faltantes de chapas, aberturas y algunos
vidrios rotos. Asimismo con cables cortados
o retirados de sus lugares sin observarse el
tablero eléctrico. Venta al contado, en efectivo
y mejor postor sujeta a aprobación judicial. Vi-
sitar: 22 de abril de 2015 de 14 a 16 hs. BASE:
$ 500.000, SEÑA: 30%, comisión: 3% más iva,
sellado de ley, Arancel Acordada 24/00 CSJN:
0,25% a cargo del comprador. El saldo de pre-
cio deberá ser depositado dentro del quinto día
de aprobada la subasta sin necesidad de otra
notificación ni intimación bajo apercibimiento
de lo dispuesto por el cpr 580. El comprador
en subasta deberá integrar el saldo del precio
aún si se hubiera planteado cualquier objeción
que impida la aprobación de la subasta, más en
caso que no lo hiciere, y fueran rechazadas las
objeciones deberá adicionar al remanente del
precio desde el quinto día de realizada la su-
basta y hasta el efectivo pago, los intereses que
fija el Banco de la Nación Argentina, tasa activa
para sus operaciones de descuento a treinta
días capitalizables. Como condición de rema-
te queda prohibida la compra en comisión del
bien puesto a subasta así como la ulterior ce-
sión del boleto que se extienda. Los impuestos
tasas y contribuciones sean estos de carácter
Nacional, Provincial o Municipal, devengados
Sección
BOLETIN
con anterioridad al decreto de quiebra y hasta
la fecha del mismo, deberán ser verificados en
autos por los organismos respectivos; los de-
vengados a partir del decreto de quiebra hasta
la toma de la posesión serán a cargo de la masa
y los posteriores a la toma de posesión son a
cargo del adquirente Las expensas comunes
devengadas con anterioridad a la subasta son
obligaciones “propter rem”, y que en caso de
que el precio de la cosa no alcance para que
dicha deuda sea satisfecha por el vendedor, las
mismas deben ser pagadas por el adquirente.
Serán admitidas ofertas bajo sobre, las que de-
berán ser presentadas al Tribunal, por lo menos
dos días antes de la fecha de la subasta. Serán
abiertas al iniciarse el acto del remate por el
martillero, previa entrega al mismo, bajo recibo,
por el Secretario, el día anterior a la subasta.
(LC 212). Se enajena en el estado en que se
encuentre, con los bienes que se encuentren
en su interior, adheridos con carácter de perpe-
tuidad, en el estado en que se encuentren con
faltantes, roturas y como se exhiben como con-
dición de venta. El adquirente no podrá efectuar
reclamos en autos, por eventuales faltantes y/o
roturas y/o sustracciones de cualquier natura-
leza, que eventualmente se produzcan entre la
exhibición del bien que se enajena y hasta la
toma de posesión como expresa condición de
venta, no aceptándose reclamos de ninguna
naturaleza al respecto, asumiendo el adqui-
rente los riesgos de la cosa adquirida. Una vez
aprobado y oblado el saldo de precio, el ad-
quirente será puesto en posesión “ficta” en su
caso por intermedio del Síndico levantándose
acta al respecto.
Buenos Aires, 13 de abril de 2015.-
Fernando Durao, juez.
Agustina Díaz Cordero, secretaria.
e. 16/04/2015 Nº 25993/15 v. 17/04/2015