N° 26363/15 Aviso del Boletín Oficial
partidarias (fs. 31/34).
Texto del aviso
partidarias (fs. 31/34).
PARTIDO FE
Sin perjuicio de ello, y conforme lo señalado
En cuanto al distrito Córdoba: certificado de por el Sr. Fiscal electoral en su dictamen de fs.
Distrito Orden Nacional
personería jurídico política vigente (fs. 35). Del 183, se ordenará la presentación, dentro de un
distrito Entre Ríos: certificado de personería plazo razonable de las cartas orgánicas parti-
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correc- jurídico política vigente y copia simple de cer- darias de los distritos Buenos Aires, Córdoba y
cional Federal Nº 1 con competencia Electoral tificado de autoridades partidarias (fs. 36/37). Santiago del Estero, a lo que cabe agregar las
en el Distrito Capital Federal, a cargo de la Dra.
Bases de Acción política de la entidad.
María Romilda Servini, en cumplimiento de lo La citada información llevó al dictado del decre-
establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica to de fs. 60, en el que se ordena hacer saber al Con respecto al distrito Mendoza, si bien figura
de los Partidos Políticos 23.298 y en el marco Sr. Apoderado, que deberá acompañar las ac- en el Acta de fundación de la entidad, no se
del Expte. CNE 5688/2014 caratulado “Partido tas de los órganos partidarios de los distritos, cumplió con los requisitos exigidos por el art.
Fe s/reconocimiento de partido nacional” ha que estén facultados para expresar la voluntad 8º de la ley 23.298, por lo que habré de con-
ordenado publicar por el término de un (1) día, de conformar el partido nacional, correspon- ceder un plazo razonable para su presentación
la Resolución de Reconocimiento y la Carta dientes a Misiones, La Pampa, Tucumán, Santa a fin de considerar su integración al partido de
Orgánica del partido de autos, cuya copia se Fe, Córdoba, Entre Ríos, Buenos Aires, Santia- autos, una vez cumplido dicho extremo.
acompaña al presente.- Fdo. María Romilda go del Estero y Mendoza.
Servini –Juez Federal–, Ante mí: Martín Rosen-
Así las cosas y llegado el momento de valorar lo
do Seguí, Secretario Electoral.
Asimismo, se informó que deberá acompañar expuesto en los considerandos que anteceden
En Buenos Aires, a los 9 días del mes de abril las Bases de Acción Política del partido Nacio- y de conformidad con lo dictaminado por el
del año 2015.
nal. También se ordenó enviar oficios mediante Señor Procurador Fiscal, es que corresponde
Martín Rosendo Seguí, Secretario Electoral. sistema DEO, a fin de establecer la vigencia de y así,
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Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.110
RESUELVO:
tes a los sectores político, gremial, femenino y ARTICULO 14°: En cada comuna, departamento ARTICULO 19º: Sus miembros durarán cuatro
juvenil, y la declaración de principios.
o municipio en que se dividen los distritos elec- (4) años en sus funciones, y serán elegidos por
torales, habrá un Consejo de Comuna, Depar- I) RECONOCER la personería jurídico política
el voto directo y secreto de los afiliados. Se
a la entidad “PARTIDO FE” para actuar como
TITULO II
tamento o Municipio, que ejercerá jurisdicción adjudicará un (1) Congresal Nacional por cada
partido político nacional, con todos los dere-
sobre las unidades básicas de las respectivas cien mil electores o fracción mayor a cincuen-
chos y deberes emergentes del ordenamiento
comunas, departamentos y municipios, super- ta mil. DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES
jurídico vigente y con derecho exclusivo al
visará su desenvolvimiento y acción, y llevará
nombre, que fuera adoptado en su oportuni-
el fichero de afiliados de la Comuna, Departa- ARTICULO 20º: El Congreso Nacional tendrá ARTÍCULO 4º: Constituyen el Partido Fe, los
mento o Municipio, en la forma que determine la dad por la entidad (arts. 8, 14, 38, y 63 de la ciudadanos que habiéndose adherido a esta
su sede en la Ciudad de Buenos Aires, pero
Ley 23.298).-
respectiva reglamentación.
podrá sesionar en el lugar de la República Carta Orgánica, Principios y Bases de Acción
que se designe en cada caso. El quórum se Política, se encuentren inscriptos a los registros
II) Tener como integrantes del Partido Fe —Or-
ARTICULO 15°: Los integrantes de los Con- formará con la mitad más uno de sus miem- oficiales que lleven los órganos distritales del
den Nacional— a los partidos Fe de los distri-
sejos de Comuna, Departamento o Municipio, bros en la primera citación y con un tercio Partido.
en la segunda convocatoria, la cual deberá tos, Capital Federal, Buenos Aires, Córdoba,
deben ser elegidos por simple mayoría, por
La Pampa, Misiones, Santa Fe, Santiago del
voto directo y secreto de los afiliados de las efectuarse en el transcurso de las dos horas ARTICULO 5º: Las Cartas Orgánicas distritales
Estero, Tucumán y Entre Ríos.-
respectivas jurisdicciones y tener dos años subsiguientes. determinarán las condiciones de afiliación de
ininterrumpidos como afiliados. Estarán con- los ciudadanos, reglamentando asimismo, la
formados por veintisiete Secretarías y nueve Sus deliberaciones se regirán por el último III) Hacer saber a las autoridades promotoras inscripción de los adherentes y la participación
Vocalías. Durarán dos años en sus funciones. Reglamento de la Cámara de Diputados de la del partido que en el plazo de seis (6) meses a que les compete dentro del Partido.
Nación. contar de la notificación de la presente resolu-
En las comunas, departamentos o municipios,
ción, deberán efectuar la convocatoria válida
donde se haya oficializado una sola lista para ARTÍCULO 6º: Son derechos de los afiliados:
a la primera elección interna de autoridades
las elecciones internas del Partido, podrá ARTICULO 21º: El Congreso Nacional elegirá
definitivas, como así también, cumplimentar-
prescindirse del voto de los afiliados; será su- de su seno las autoridades por votación y sus
a) Deliberar y participar en las decisiones que
ficiente en tal caso la pública proclamación de decisiones se tomarán por simple mayoría de se con lo prescripto por los arts. 7 bis, inc. c)
competen al organismo u organismos a los
los candidatos o la lista presentada. La única los miembros presentes, salvo en el caso de y art. 37 de la Ley 23.298 y artículo 21 de la
cuales pertenezcan;
Ley 26.215.
lista se pondrá de manifiesto en las respecti- mayorías calificadas enunciadas en el Artícu-
vas sedes partidarias durante cinco días para lo 23. Serán autoridades un Presidente, un
b) Elegir y ser elegido para desempeñar cargos
IV) Hacer saber a las autoridades partidarias
que los afiliados puedan, dentro de ese térmi- Vicepresidente, un Secretario de Actas y dos
partidarios con las prohibiciones especificadas no, impugnar, en su caso, a sus integrantes vocales. que en un plazo no mayor a diez (10) días co-
en la ley orgánica de los partidos políticos nú- por no estar afiliados dentro de la jurisdicción rridos de notificada la presente, deberán pro-
mero 23.298;
del organismo para el cual se lo elige o por las ARTICULO 22º: Se reunirá en sesiones or- ceder a acompañar las Cartas orgánicas de los
distritos Buenos Aires, Córdoba y Santiago del
causales enumeradas en el artículo 36 de la dinarias por lo menos una vez al año, y en
c) Solo los afiliados tienen derecho a ser elegi- Estero y las Bases de Acción política del partido
carta orgánica.
sesiones extraordinarias cuando lo convo-
dos en los cargos partidarios, con dos (2) años nacional.
que el Consejo Nacional, o bien cuando lo
de antigüedad en la afiliación como mínimo,
solicite la mayoría simple de miembros por Las impugnaciones se resolverán por la Junta
con la excepción de la primera elección.
nota, con firmas certificadas, dirigidas a su V) Respecto del Distrito Mendoza, sin perjuicio
Electoral, según las disposiciones reglamenta-
Presidente. Será obligación de las autorida- de su inclusión en el Acta de fundación del par-
rias o que se dicten, dentro de las cuarenta y
ARTÍCULO 7º: Son obligaciones de los afiliados: tido de autos, deberá acompañar, en un plazo
ocho horas de vencido dicho término.
des del Congreso, en estos casos, efectuar
la convocatoria dentro del quinto (5) día de no mayor a diez (10) días corridos de notificada
a) Aceptar las disposiciones emanadas de los
solicitada, para que este pueda reunirse la presente, la documentación exigida por el
ARTICULO 16°: En las Comunas, Departamen-
organismos partidarios y obrar consecuente-
dentro del plazo de veinte (20) días de efec- art. 8º de la Ley Orgánica de Partidos Políticos
tos o Municipios para los que deban elegirse
mente con ellas;
tuada la petición. Nº 23.298, a fin de considerar su integración,
cargos electivos, los candidatos del Partido
como distrito constitutivo del partido nacional.
serán elegidos por simple mayoría, por el voto
b) No realizar actos que lesionen o entorpezcan directo y secreto de los afiliados de la respecti- ARTICULO 23°: Corresponderá al Congreso
las decisiones adoptadas por los organismos
Nacional: VI) Hacer saber a las autoridades partidarias
va jurisdicción o por el modo en que las cartas
de conducción; que en un plazo no mayor a diez (10) días corri-
orgánicas de cada distrito lo dispongan.
a) Fijar en el orden nacional un plan de acción dos de notificada la presente, deberán proce-
política, social, económica y cultural del Partido der a corregir el artículo 41 de la Carta Orgánica c) Ningún afiliado o grupo de afiliados podrán Los candidatos a legisladores provinciales se
partidaria, conforme lo dictaminado por el Sr. atribuirse la representación del Partido, de sus
y/o aprobar la plataforma electoral. designarán igualmente por el modo que lo se-
organismos o de otros afiliados, sino estuvieren Fiscal Electoral, y presentar el texto ordenado,
ñalan las cartas orgánicas de cada distrito.
legítimamente autorizados;
b) Impartir las directivas generales para el de- en soporte papel y en formato PDF, para su pu-
senvolvimiento del partido, en toda la Nación, blicación en el Boletín Oficial.
TITULO IV
expedir los reglamentos necesarios para su ARTÍCULO 8°: La afiliación se extingue: por
mejor gobierno. fallecimiento, renuncia; por desafiliación, ex- VII) Una vez cumplido lo precedentemente or-
DE LAS AUTORIDADES DE
pulsión del Partido, o por las causales de in- denado, publicar por el término de un (1) día y
DISTRITO Y CANDIDATOS
c) Recabar y recibir informes de los organismos sin cargo en el Boletín Oficial de la Nación la habilitación sobrevinientes previstas en la ley
nacionales o provinciales del Partido o de sus presente Resolución y la Carta Orgánica parti- electoral.
ARTICULO 17°: En cada distrito (Ciudad de afiliados. daria (conf. Art. 63 de la Ley 23.298).
Buenos Aires y provincias) la dirección del Par-
ARTICULO 9°: La renuncia a la afiliación pre- tido estará a cargo de los organismos que se d) Juzgar en definitiva, originariamente, o por VIII) NOTIFÍQUESE, tómese razón y comuní- sentada en forma fehaciente debe ser resuelta indican a continuación sobre los que legislarán apelación, de la conducta de todas la autorida- quese a la Excma. Cámara Nacional Electoral por la autoridad partidaria correspondiente las respectivas cartas orgánicas, ajustándose a des establecidas por esta carta orgánica o las (art. 14 —in fine— y art. 39 de la ley 23.298), dentro de los 15 días de presentada. Si no fuera las siguientes bases generales: Congreso de la de distrito. a los efectos de lo dispuesto en la Acordada resuelta dentro de ese plazo, se la considerará Ciudad de Buenos Aires o provincial represen-
94/2002; a la Dirección Nacional Electoral; al aceptada.
tativo de la soberanía local partidaria, elegido e) Considerar los informes de representaciones Departamento de Sistemas del Consejo de la
por simple mayoría y voto directo y secreto de parlamentarias nacionales. Magistratura de la Nación; a las Secretarías La desafiliación y la expulsión son sanciones los afiliados de las respectivas jurisdicciones en
Electorales de todos los distritos y póngase en que se aplicarán por los órganos y procedi- el modo, número y proporción que determinen f) Reformar la carta orgánica, con la mayoría conocimiento de la oficina Control Patrimonial, mientos que más adelante se señalan, según las respectivas cartas orgánicas. Corresponde- absoluta del total de sus miembros. a sus efectos. — María Romilda Servini, Juez la gravedad de la infracción cometida por el rán al Congreso de la Ciudad de Buenos Aires
Federal. Ante mí: Martín Rosendo Seguí, Secre- afiliado.
o provincial la facultad disciplinaria sobre los g) Intervenir los organismos partidarios, cuya tario Electoral.
afiliados y autoridades partidarias de su juris- duración en ningún caso podrá extenderse
ARTICULO 10°: Podrán adherirse, los argenti- dicción, proclamará conforme a las respectivas más de un año, con la mayoría absoluta del total
En 9/2/15 del mismo, notifiqué al Sr. Procurador nos mayores de 16 años que se encuentren ins- cartas orgánicas los candidatos a jefe de go- de sus miembros.
Fiscal. Doy Fe.
criptos a los registros oficiales. Deben solicitar- bierno y vicejefe de la Ciudad de Buenos Aires,
lo y recibir constancia de su adhesión. Gozarán gobernador y vicegobernador de las provincias h) Entender en grado de apelación sobre las
Martín Rosendo Seguí, Secretario Electoral. de los mismos derechos y obligaciones que los y a los legisladores nacionales. Sus integrantes intervenciones que dispongan los Congresos
afiliados.
durarán hasta cuatro años en sus mandatos y de distrito en los organismos que dependan de
PARTIDO FE
deberán reunir para ser elegidos, las mismas ellos.
TITULO III
cualidades que para ser delegados al Congreso
CARTA ORGANICA
Nacional, Consejo Nacional; Congreso y Con-
ARTICULO 24°: El Congreso verificará los po-
DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS sejo de la Ciudad de Buenos Aires o provincial
deres de los delegados en su sesión preparato-
compuesto por el número que determinen las ORDEN NACIONAL
Y CANDIDATOS DE COMUNAS,
ria y será único juez de su validez.
cartas orgánicas respectivas, elegidos a simple DEPARTAMENTO O MUNICIPIOS
TITULO I
mayoría por el voto directo y secreto de los
ARTICULO 25°: Los delegados del Congre-
ARTICULO 11°: Las Unidades de Acción Políti- afiliados. Sus integrantes durarán hasta cuatro
so Nacional deberán encontrarse afiliados al
años en su mandato y para ser elegidos debe- ARTICULO 1°: Esta Carta Orgánica es la ley fun- ca constituyen el organismo primario del Parti-
Partido.
rán reunir las mismas cualidades que para ser damental del Partido FE, cuya organización y do, centro natural de adoctrinamiento y difusión
integrantes del Consejo Nacional. Ejercerá la funcionamiento se ajustará a sus disposiciones. de sus principios y bases de acción política,
DEL CONSEJO NACIONAL
autoridad efectiva en el orden local y tendrá la actividades culturales y asistencia social. La
afiliación se efectuará por los organismos parti- facultad de crear organismos administrativos y ARTICULO 2°: El Partido FE está constituido
ARTÍCULO 26º: El Consejo Nacional es el
de difusión necesarios y de conducir el Partido por la totalidad de sus afiliados en la Ciudad darios y según normas que ellos dicten.
órgano ejecutivo permanente encargado de
en el orden local. Autónoma de Buenos Aires y las veintitrés pro-
cumplir y hacer cumplir las disposiciones
vincias de la República.
ARTICULO 12°: Los organismos directivos del
de esta Carta Orgánica, las resoluciones del
Partido fijarán el número mínimo de afiliados
TITULO V
Congreso Nacional y las reglamentaciones
ARTICULO 3º: El Partido FE adoptará los sím- que sea preciso para constituir una Unidad Bá-
que se dicten.
DE LAS AUTORIDADES NACIONALES bolos, colores y logotipos que establezcan sica, y tendrán la jurisdicción territorial que ellos
oportunamente las autoridades partidarias na- establezcan.
ARTÍCULO 27°: El Consejo Nacional estará
cionales. Su accionar político estará orientado
DEL CONGRESO NACIONAL
integrado por setenta y dos miembros y será
a garantizar la Soberanía Política, la Indepen-
de conformación federal. Contará con repre- ARTICULO 13°: Serán autoridad de cada Uni-
dencia Económica y la Justicia Social con es- dad Básica el Consejo de la Unidad Básica, que ARTICULO 18°: El Congreso Nacional del Par- sentación del sector político, gremial, feme-
píritu movimientista, con la integración y plena actuará de acuerdo a las instrucciones y direc- tido es su organismo supremo y representa nino y juvenil. Serán autoridades del Consejo
representatividad de compañeros pertenecien- tivas de las autoridades superiores del Partido. directamente a la soberanía partidaria.
Nacional un Presidente; dos Vicepresidentes;
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un Secretario General; un Secretario Políti-
TITULO VI
b) Suspensión temporaria de la afiliación.
el Partido FE, deberán contar con la represen-
co, un Secretario de Asuntos Electorales; un
tación femenina correspondiente.
Secretario de Organización; un Secretario
DE LA ELECCION DE CANDIDATOS
c) Desafiliación.
de Prensa; un Secretario de Propaganda;
A PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
TITULO XIII
un Secretario de Finanzas; un Secretario de
DE LA NACIÓN
d) Expulsión.
Finanzas Adjunta; un Secretario de Actas; un
DE LA JUVENTUD
Presidente del Instituto Nacional de Capaci- ARTICULO 30°: La elección de los candidatos
TITULO IX
tación y Formación; un Secretario de Asuntos
ARTICULO 44°: La Juventud del Partido FE par- a Presidente y Vicepresidente de la Nación se
Económicos; un Secretario de Asuntos Legis- regirá por las normas que regulan las eleccio- DE LA COMISION DE FISCALIZACIÓN ticipa en forma activa de la estructura partida-
lativos; un Secretario Gremial; un Secretario nes primarias, abiertas y obligatorias. Cuando
ria con su propia integración. La compondrán
de Políticas Portuarias y Vías Navegables; este sistema no se encuentre en vigencia, por
todos los afiliados menores de treinta y cinco ARTICULO 37°: A los efectos del contralor con-
un Secretario de Familia, Mujer, Niñez y el motivo que fuere, los candidatos a Presidente
años inclusive. table de los ingresos y egresos de los fondos
Adolescencia; un Secretario de Juventud; un y Vicepresidente de la Nación, se elegirán por partidarios, el Congreso Nacional designará
Secretario de la Tercera Edad; un Secretario
ARTICULO 45°: Presidirá la Juventud del Partido cargo y en una sola lista o fórmula, a simple plu- una Comisión Fiscalizadora. La misma estará
de Relaciones Institucionales; un Secretario ralidad de sufragios, por voto directo, secreto y compuesta por un Presidente, un Vicepresiden- FE un secretario de juventud integrante del Con-
de Relaciones Internacionales; un Secretario obligatorio de los afiliados de la República con-
sejo Nacional. La Juventud del Partido FE tiene te, un Secretario y seis vocales, preferentemen-
de Estudios Económicos y Sociales; un Se- siderada a esos efectos como distrito único. En
derecho a participar en las listas de candidatos te profesionales especializados en la materia,
cretario de Cultura; un Secretario de Política caso de empate decidirá el Congreso Nacional
electivos municipales, provinciales y nacionales. que durarán cuatro años en sus funciones,
Ferroviaria; un Secretario de Seguridad So- en única sesión.
Las cartas orgánicas provinciales incluirán dis- pudiendo ser reelectos. La Comisión se dará
cial; un Secretario de Deporte; un Secretario
posiciones para la incorporación de las estructu- su propia reglamentación de funcionamiento,
de Seguridad Vial; un Secretario de Turismo;
TITULO VII
la que deberá ser aprobada por el Consejo ras organizativas de la Juventud del Partido FE.
un Secretario de Salud; un Secretario de Edu-
Nacional.
cación; un Secretario de Asuntos Federales;
TITULO XIV DE LA JUNTA ELECTORAL NACIONAL
un Secretario de Medio Ambiente y Desarrollo
ARTÍCULO 38°: El Consejo Nacional pondrá a
Sustentable; un Secretario de Economías Re-
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ARTICULO 31º: La Junta Electoral Nacional disposición de la Comisión de Fiscalización el
gionales; un Secretario de Desarrollo Urbano; estará integrada por nueve miembros titulares Balance Anual y los Estados Complementarios,
CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN
un Secretario de Acción Social; un Secreta- y tres suplentes, los que deberán reunir las así como la Memoria del Ejercicio, treinta días
rio de Defensa; un Secretario de Justicia; un
ARTICULO 46º: El Instituto Federal de Capa- condiciones requeridas para ser congresal y antes de la reunión ordinaria anual del Congre-
Secretario de Derechos Humanos; Secretaría
citación y Formación, cuyo funcionamiento e durarán cuatro (4) años en sus funciones. El so Nacional. Con el dictamen técnico elevará a
de Asuntos Constitucionales; un Secretario
integración será reglamentado por el Consejo Congreso Nacional designará cinco miembros consideración del Congreso dicha documenta-
de Seguridad; un Secretario de Transporte;
Nacional, tendrá por finalidad el estudio y ela- titulares, un Presidente, un Vicepresidente, un ción para su oportuna aprobación.
un Secretario de Relaciones del Trabajo; un Secretario, dos vocales. Frente a cada proceso
boración de programas de gobierno y políticas
Secretario de Asuntos Municipales; un Secre- electoral, y hasta la finalización del mismo, la
para las instituciones del sector social, gremial, TITULO X
tario Legal y Técnico; un Secretario de Movi-
profesional y universitario. Junta designará hasta seis miembros vocales
lización; un Secretario de Obras y Servicios titulares a propuesta de los apoderados de lista
DE LOS APODERADOS
Públicos y 25 vocalías.
TITULO XV que hayan oficializado candidatos a razón de
uno por lista. El presidente de la Junta tendrá ARTICULO 39°: El Congreso Nacional y las
Los vocales titulares asumirán el lugar de los doble voto en caso de empate. Las decisiones
DE LA DISOLUCION DEL PARTIDO autoridades distritales, en sus respectivos
Secretarios en caso de ausencia, renuncia o de la Junta Electoral son inapelables e irrevoca- ámbitos, nombrarán uno o más apoderados,
inhabilitación sobreviniente por causales pre-
ARTICULO 47°: El Partido FE sólo se disolve- bles en el ámbito partidario y tendrán autoridad para que conjunta, alternativa o separadamen-
vistas en la ley electoral.
rá, además de las causales previstas por las de cosa juzgada.
te representen al Partido ante las Autoridades
leyes, por la voluntad de sus afiliados, que Judiciales, Electorales o Administrativas, y rea-
deberán expresarse por el Congreso Nacional ARTICULO 28º: El Consejo Nacional dictará su ARTICULO 32°: La Junta Electoral Nacional tie- licen todas las gestiones o trámites que le sean
propio reglamento y determinará las funciones
del Partido, en decisiones unánimes de sus ne las siguientes facultades:
encomendados por aquellos.
y composición de todos sus organismos. Ten-
miembros.
drá Sede en la Ciudad de Buenos Aires y podrá a) Dirección y control de todo acto eleccionario
TITULO XI
e. 17/04/2015 Nº 26363/15 v. 17/04/2015
sesionar en el lugar de la República que se es- interno.