N° 27706/15 Aviso del Boletín Oficial
COMPSER S.R.L.
Texto del aviso
COMPSER S.R.L.
Por Reunión de Socios de fecha 15.12.2014 se
resolvió: (i) eliminar el Artículo 9º del Contrato
Social referido a la representación legal del so-
cio que deviniera en incapaz total; (ii) modificar
los Artículos 1º, 3º, 4º y 5º del Contrato Social
quedando redactados de la siguiente manera:
“PRIMERO: Denominación y domicilio legal: La
Sociedad se denomina “COMPSER S.R.L.”, y
tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, pudiendo establecer toda
clase de agencias, sucursales y representa-
ciones en cualquier lugar del país y del extran-
jero. TERCERO: La Sociedad tiene por objeto,
realizar por cuenta propia, de terceros y/o
asociada a terceros, la prestación de servicios
vinculados al posicionamiento de productos y
de servicios de terceros en el mercado (ya sea
que se trate de empresas privadas, mixtas y/o
públicas, ya sea en el país o en el extranjero),
a saber: servicios de consultoría en negocios,
de logística promocional -comprensivos de
servicios de organización, planificación, pro-
gramación e implementación de campañas
publicitarias y promocionales, de lanzamiento
y desarrollo de productos y servicios en todo
tipo de medios y lugares, (incluyendo pero no
limitado a la vía pública, supermercados, co-
mercios, y/o establecimientos educativos) de
organización de eventos y exposiciones, de
provisión de todo tipo de elementos de publi-
cidad, merchandising y difusión y de contrata-
ción de todo tipo de medios-. De acuerdo a lo
dispuesto por el Artículo 66 de la Resolución
General IGJ 07/2005, en forma complementa-
ria y en relación a su objeto prestará servicios
de selección, promoción, provisión, capacita-
ción, entrenamiento y administración de per-
sonal (no comprendiendo actividades propias
de agencias de personal eventual). Las acti-
vidades que así lo requieran serán llevadas a
cabo por profesionales con título habilitante y,
en los casos que se requiera, deberá poseer la
habilitación de la autoridad que sea pertinente.
A tales fines la Sociedad tiene plena capaci-
dad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por este con-
trato. CUARTA: Capital Social: El capital social
se fija en la suma DIEZ MIL PESOS ($ 10.000),
dividido en cien cuotas (100) de valor nominal
CIEN PESOS cada una ($ 100). QUINTA: Ad-
ministración, representación legal y uso de la
firma social: La administración de la sociedad
está a cargo de una gerencia compuesta por
el número de miembros que fije la reunión de
socios entre un mínimo de uno (1) y un máxi-
mo de cinco (5) titulares, con mandato por
tres ejercicios. Podrán designarse hasta igual
número de gerentes suplentes por el mismo
plazo a fin de llenar las vacantes que se produ-
jeran, en el orden de su elección. Los gerentes
serán elegidos por la reunión de socios. Los
socios o gerentes deberán designar un geren-
te general. La gerencia funciona con la presen-
cia de la mayoría absoluta de sus miembros,
presentes personalmente o por medio de sus
gerentes suplentes y resuelve por unanimi-
dad de miembros presentes. Ningún gerente
tendrá doble voto o voto de desempate. La
asamblea fijará la remuneración de la geren-
Segunda
cia. Los gerentes deben prestar una garantía
de pesos diez mil ($ 10.000) por el ejercicio de
su función. Dicha garantía podrá constituirse
en bonos, títulos públicos, o sumas de dinero
en moneda argentina o extranjera y debe ser
depositada en entidades financieras o cajas
de valores a la orden de la sociedad. También
podrán constituirse en fianzas, avales banca-
rios o seguros de caución o de responsabili-
dad civil a favor de la sociedad. La garantía no
podrá constituirse mediante el ingreso directo
de fondos a la caja social. La gerencia tiene
amplias facultades para administrar y dispo-
ner de los bienes, incluidas aquellas para las
cuales la ley requiere poderes especiales a
tenor de lo establecido por los artículos 1881
del Código Civil y 9 del decreto ley 5.965/63.
Puede, en consecuencia, celebrar en nombre
de la sociedad toda clase de actos jurídicos
que tiendan al cumplimiento del objeto social;
entre ellos, operar con los Bancos de la Na-
ción Argentina, Ciudad de Buenos Aires, de la
Provincia de Buenos Aires, Hipotecario S.A. y
toda clase de bancos, compañías financieras
o entidades crediticias oficiales o privadas;
establecer agencias, sucursales u otra espe-
cie de representación dentro o fuera del país;
dar y revocar poderes especiales y generales,
judiciales -incluso para querellar criminal-
mente- o extrajudiciales, de administración
u otros con o sin facultad de sustituir con el
objeto y extensión que juzgue conveniente.
Asimismo podrá iniciar, proseguir, contestar
o desistir denuncias o querellas penales y
realizar todo hecho u acto jurídico que haga
adquirir derechos o contraer obligaciones a
la sociedad. La representación legal de la so-
ciedad corresponde al gerente general. Para
el caso de encontrarse ausente y/o incapaz el
gerente general, la gerencia podrá autorizar
la actuación de un gerente titular para ejercer
la representación legal por el tiempo limitado
en que dure la ausencia y/o incapacidad del
gerente general”; (iii) reorganizar numérica-
mente el articulado del Contrato Social como
consecuencia de la eliminación del Artículo 9º.
Autorizado según instrumento privado Acta de
Reunión de Socios de fecha 15/12/2014.
MARIA REGINA ONETO GAONA
Tº: 68 Fº: 706 C.P.A.C.F.
e. 20/04/2015 Nº 27706/15 v. 20/04/2015