N° 26936/15 Aviso del Boletín Oficial
la situación patrimonial del partido” (cf. Fallos
Texto del aviso
la situación patrimonial del partido” (cf. Fallos
23 de la ley 26.215 y modificatoria, corresponde
cumplimiento a lo dispuesto en el ya citado art.
PARTIDO DIGNIDAD POPULAR
no aprobar el balance del ejercicio 2009 del CNE Nros. 3355/04; 3365/04; 3384/04; 3386/04; 23 de la ley de Financiamiento de Partidos Po-
partido Recrear para el Crecimiento. 3405/05; 3981/07; 4048/08, 4290/09 y 4324/10).-
Distrito Salta líticos, al haber presentado el balance del ejer-
cicio 2.009, detallando la cuenta de ingresos y
Que asimismo, a tenor de lo establecido por los En atención a la materia objeto de la presente, egresos y estado patrimonial.-
El Juzgado Federal con Competencia Electoral
arts. 24 y 25 de la ley 26.215 y de lo dispuesto cabe resaltar que, reiterada jurisprudencia de
en el Distrito Salta, cargo del Dr. Julio Leonardo
por el Superior mediante Acordada 58/2002; a la Cámara Nacional Electoral tiene estableci- Que a fs. sub. 61/63 se agrega el informe efec-
Bavio, Juez Federal Subrogante, hace saber
fin de que los datos aportados por el partido do que: “…Las características del régimen de
en cumplimiento de lo establecido en el art. tuado por el Perito Contador designado para
financiamiento vigente, torna imperativo que el
sean de público conocimiento y así de libre y este distrito, en el que informa en el punto 2.1
14 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos
control patrimonial sea estricto y la publicidad
práctico acceso al electorado, corresponde la que respecto a los libros contables la agru-
23.298, que la agrupación política denomina-
publicación en internet por intermedio del Cen- de los ingresos y egresos partidarios detalla- pación política no adjuntó el libro Inventario y
da “PARTIDO DIGNIDAD POPULAR”, se ha
tro de Cómputos de Secretaría Electoral –en la da y constante…” (Fallos CNE Nros. 3010/02; Balance donde consten la transcripción del
presentado ante esta sede judicial iniciando el
página web del Poder Judicial de la Nación– de 3242/03; 3360/04; 3761/06; 4656/11 entre otros); informe del Contador Público independiente y
trámite de reconocimiento de la personalidad
la rendición de cuentas que no se aprueba. igualmente “…No se puede soslayar la obliga-
jurídico-política como partido de distrito, en las firmas del presidente y tesorera partidaria.
ción de rendir cuentas a la Nación, que a los
Asimismo, publíquese en el Boletín Oficial de la Asimismo en el punto 2.2 con relación a los
los términos del art. 7° de la Ley 23.298, bajo
partidos le impone expresamente el art. 38 de
Nación, el sitio de Internet disponible para su aportes privados señala que debido a la inexis-
el nombre partidario: “PARTIDO DIGNIDAD PO-
consulta, de la rendición de cuentas pertinen- la Constitución Nacional y que deriva del princi- tencia de la documentación respaldatoria, las
PULAR”, que adoptó en fecha 2 de diciembre
te, con la modalidad descripta en la Acordada pio republicano de dar a publicidad a los actos tareas de auditoría no pudieron determinar con
de 2014 (Expte. CNE N° 17000669/14).
70/05 de la Cámara Nacional Electoral. Ello, de gobierno.” (cf. Fallos CNE Nros. 3017/02, cierto grado de razonabilidad si existen aportes
En Salta, a los 15 días del mes de abril del año
atento lo normado por el art. 24 de la ley 26.215. 3230/03; 3257/03, 3336/04, 3403/05, 3655/05, privados que no hayan sido incluidos en los
2015.
4021/08, 4103/08, 4145/09; 4338/10; 4365/10; Estados contables presentados, advirtiendo la
Julio Leonardo Bavio, Juez.
4887/12; 4934/13 y 5165/13 entre otros).-
Por todo ello, constancias de autos, normas responsabilidad del tesorero normada en el art.
Adolfo Araoz Figueroa, Secretario Electoral.
legales, jurisprudencia citada y lo dictaminado 19 inc. a) de la ley 26..215, tampoco acompañó
por el señor Fiscal Federal RESUELVO:
e. 20/04/2015 Nº 26936/15 v. 22/04/2015 Resulta indispensable recordar, que el Tribunal un listado donde consten los datos personales