N° 26947/15 Aviso del Boletín Oficial
dición de cuentas de los estados contables dentro de los noventa (90) días de finalizado con relación a los aportes privados señala
Texto del aviso
dición de cuentas de los estados contables dentro de los noventa (90) días de finalizado con relación a los aportes privados señala
M.I.P. MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN
bajo examen, presentados por el Partido.- cada ejercicio, los partidos políticos deberán que debido a la inexistencia de la documen-
PROVINCIAL
Que de las primeras observaciones realizadas
Distrito Salta
por el auditor, el partido de marras sólo sub-
sanó el punto referido a las certificaciones; no
El Juzgado Federal con Competencia Elec- obstante no lo hizo con el resto las observacio-
toral en el Distrito Salta, cargo del Dr. Julio nes vertidas en los informes del perito. Es decir
Leonardo Bavio, Juez Federal Subrogante, que, ante a la intimación efectuada por el sus-
hace saber en cumplimiento de lo estable- cripto (ver fs. sub. 43) a los efectos de subsanar
cido en el art. 14 de la Ley Orgánica de los las deficiencias, la agrupación política subsanó
Partidos Políticos 23.298, que la agrupación aunque extemporáneamente, sólo el punto
política denominada “M.I.P. MOVIMIENTO mencionado supra. Esta circunstancia deja
DE INTEGRACION PROVINCIAL”, se ha pre- expuesta la falta de diligencia de la agrupación
sentado ante esta sede judicial iniciando el y además impide conocer fehacientemente
trámite de reconocimiento de la personalidad los movimientos económicos y la realidad
jurídico-política como partido de distrito, en patrimonial.
los términos del art. 7° de la Ley 23.298, bajo
el nombre partidario: “M.I.P. MOVIMIENTO En tales condiciones y toda vez que la pre-
DE INTEGRACION PROVINCIAL”, que adoptó sentación en cuestión tiene por finalidad
en fecha 25 de marzo de 2014 (Expte. CNE reflejar todos los movimientos económicos
N° 17000672/15). y financieros ocurridos en el ejercicio y de-
En Salta, a los 15 días del mes de abril del año mostrar cabalmente la situación patrimonial
de las agrupaciones (cf. Fallos CNE 3355/04, 2015.
3365/04, 3981/07, 4089/08 y 4139/09 entre Julio Leonardo Bavio, Juez.
otros), al tiempo que explicó que aquella Dr. Adolfo Araoz Figueroa, Secretario Electoral.
debe ser “precisa” puesto que lo que se
e. 20/04/2015 Nº 26947/15 v. 22/04/2015 encuentra en juego es nada menos que el
control efectivo sobre la utilización de los