N° 27673/15 Aviso del Boletín Oficial
DISTECNA.COM S.A.
Texto del aviso
DISTECNA.COM S.A.
Por Acta de Asamblea General Extraordinaria
Unánime del 11 de febrero de 2015 se resolvió: I)
Reformar el Artículo Quinto del Estatuto Social
para que en adelante sea leído como sigue: “Ar-
tículo Quinto: El capital social se fija en la suma
de pesos Trece Millones Trescientos Ochenta y
Seis Mil Cien ($ 13.386.100), representado por
Trece Millones Trescientos Ochenta y Seis Mil
Cien (13.386.100) acciones ordinarias, nomina-
tivas no endosables de valor nominal $ 1 cada
una con derecho a un (1) voto por acción. Todo
aumento de capital será resuelto en asamblea
Segunda
extraordinaria la que podrá delegar en el Di-
rectorio su emisión en una o más veces con-
diciones y forma de pago, en los términos del
artículo 188 de la Ley 19.550 t.o. A su vez, la
suscripción e integración de las acciones debe-
rá hacerse en las condiciones que establezca la
asamblea. Los accionistas tendrán derecho de
suscripción preferente y derecho de acrecer en
la proporción de sus respectivas tenencias para
la adquisición de las nuevas acciones que se
emitan. Estos derechos podrán ejercerse den-
tro de los 30 días siguientes contados desde la
recepción de la notificación fehaciente que el
Directorio curse a cada uno de los accionistas
para informar el aumento de capital resuelto por
unanimidad en asamblea unánime o, en su de-
fecto, de la última publicación que por tres días
se efectuará a tal fin conforme el artículo 194
de la Ley 19.550. Todo aumento de capital se
publicará en el Boletín Oficial y se inscribirá en
el Registro Público de Comercio.” II) Reformar
el Artículo Décimo Sexto del Estatuto Social
para que en adelante sea leído como sigue:
“ARTICULO DÉCIMO SEXTO: La fiscalización
de la sociedad será ejercida por uno o más Sín-
dicos titulares que durarán TRES (3) ejercicios
en sus funciones e igual número de Síndicos
suplentes que reemplazarán a los titulares en
los casos previstos por el Artículo 291 de la
Ley 19.550 (t.o. 1984). Los síndicos titulares y
suplentes permanecerán en sus cargos hasta
tanto se designe a sus reemplazantes.- Las re-
muneraciones de los Síndicos serán fijadas por
la Asamblea, debiendo ajustarse a lo dispuesto
por el Artículo 261 de la Ley 19.550 (t.o. 1984).-
Los Síndicos se reunirán por lo menos una vez
cada tres meses; también podrá ser citados a
pedido de cualquiera de sus miembros dentro
de los CINCO (5) días de formulado el pedido
al Presidente de los Síndicos o del Directorio,
en su caso. Todas las reuniones deberán ser
notificadas por escrito al domicilio que cada
Síndico indique al asumir sus funciones. Las
deliberaciones y resoluciones de los Síndicos
se transcribirán a un libro de actas, las que
serán firmadas por los Síndicos presentes en
la reunión. Los Síndicos sesionarán con la pre-
sencia de la mayoría miembros y adoptarán las
resoluciones por mayoría de votos, sin perjuicio
de los derechos conferidos por la ley al Síndico
disidente. Será presidida por uno de los Síndi-
cos, elegido por mayoría de votos en la primera
reunión de cada año; en dicha ocasión también
se elegirá reemplazante para el caso de ausen-
cia. El Presidente de los Síndicos los representa
ante el Directorio.”. III) Designar como Síndico
Titular al Sr. Mariano José Lafiosca y como
Síndico Suplente al Sr. Miguel Eduardo Mirmi,
quienes constituyen domicilio especial en la
calle Irala 1950, 2º Piso, “A”, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Autorizado según instrumento
privado Acta de Asamblea de fecha 11/02/2015.
JUAN PABLO MC EWAN
Tº: 58 Fº: 626 C.P.A.C.F.
e. 21/04/2015 Nº 27673/15 v. 21/04/2015