N° 27482/15 Aviso del Boletín Oficial
GUITOSO S.R.L.
Texto del aviso
GUITOSO S.R.L.
16/12/2015. Susana Mabel RUDOVSKY cede
gratis a Gustavo Daniel BASIN, DNI 4.170.189;
y Esther FELDMAN cede gratis a Cynthia Beti-
na GARBER, DNI 4.172.982; cada una de ellas,
cinco mil cuotas sociales, valor nominal $ 1
cada una. Susana Mabel RUDOVSKY renun-
cia como gerente de “GUITOSO S.R.L.”. Se
designa socio gerente Gustavo Daniel BASIN,
domicilio especial calle Iberá 1650, piso 11º,
departamento “B”, CABA. “ARTICULO CUAR-
TO: El Capital social es de PESOS DIEZ MIL
($ 10.000), dividido en diez mil (10.000) cuotas
de un peso ($ 1) de valor valor nominal cada
una, totalmente suscriptas e integradas por los
socios en la siguiente proporción: Gustavo Da-
niel BASIN Cinco mil (5.000) cuotas de 1 peso
valor nominal cada una, por un monto total de
Cinco mil Pesos ($ 5.000); y Cynthia Betina
GARBER, Cinco mil (5.000), cuotas de 1 peso
valor nominal cada una, por un monto total de
Cinco mil Pesos ($ 5.000).- ARTICULO QUIN-
TO: La administración y representación legal
de la sociedad estará a cargo de uno o más
de los gerentes, socios o no, en forma indis-
tinta.- Si se designaren uno o más gerentes no
socios, éstos tendrán los mismos derechos y
obligaciones que los socios gerentes en cuan-
to al desempeño del cargo se refiere.- Para
garantizar el cumplimiento de sus funciones
de acuerdo a lo requerido por los artículos 157
y 256 de la ley de sociedades, cada uno de
los gerentes, al asumir sus funciones, deberá
constituir una garantía a favor de la sociedad,
por un monto no inferior a las sumas que esta-
blezcan las normas y disposiciones legales vi-
gentes, debiendo conformarse dicha garantía
en las modos, formas y condiciones previstas
6 OFICIAL Nº 33.113
por el ordenamiento legal vigente. El uso de la
firma social y la administración y disposición
de los bienes serán ejercidas por uno cuales-
quiera de los gerentes en forma indistinta.-
Los gerentes representarán a la sociedad en
todas las actividades y negocios que corres-
pondan al objeto de la misma, sin limitación
de facultades en la medida en que los actos
tiendan al cumplimiento de los fines sociales,
tendrán todas las facultades para administrar
y disponer de los bienes, incluso aquellas para
las cuales la ley requiere poderes especiales,
conforme al artículo 1881 del Código Civil y al
artículo 9º del Decreto 5965/63.- Pueden, en
consecuencia, celebrar en nombre de la socie-
dad toda clase de actos jurídicos que tiendan
al cumplimiento del objeto social, entre ellos
operar con los Bancos oficiales y privados y
demás instituciones de crédito, oficiales y pri-
vadas, establecer agencias, sucursales y otras
especies de representaciones dentro y fuera
del país. Asimismo, podrán realizar los actos
previstos en el Artículo 1881 del Código Civil
y 9º del Decreto Ley 5965/63, adquirir bienes
muebles, inmuebles, contratar préstamos,
constituir derechos reales de garantía, presen-
tarse en licitaciones públicas y privadas, otor-
gar poderes, dejándose constancia de que la
presente enumeración no es limitativa ni taxa-
tiva.”- Se fija sede social la calle Iberá 1650,
piso 11º, departamento “B”, CABA.- Autoriza-
do según instrumento público Esc. Nº 263 de
fecha 16/12/2015 Reg. Nº 1512.
CLAUDIO HORACIO RODRIGUEZ
Tº: 96 Fº: 871 C.P.A.C.F.
e. 21/04/2015 Nº 27482/15 v. 21/04/2015