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N° 28522/15 Aviso del Boletín Oficial

GASTRONOMIA SIGLO XXI S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 23 de abril de 2015

Texto del aviso

GASTRONOMIA SIGLO XXI S.R.L.

Constitución de S.R.L.: Datos art. 10: 1) a)

Adriana Amelia GOROSITO DELLA VEDOVA,

argentina, 09/09/1971, soltera, DNI 22413503,

CUIT 2722413503-9, comerciante, domicilio

Burela 2185, piso tercero, dpto. A, CABA; y b)

Emilio Andrés PALUCH, argentino naturalizado,

05/05/1952, divorciado, DNI 18892228, CUIT

20-18892228-8, comerciante, domicilio Juan

F. Seguí 3967, piso quince, dpto. A, CABA.;

2) 15/04/2015; 3) GASTRONOMIA SIGLO XXI

S.R.L.; 4) Sede social: Montiel 5094, CABA; 5)

La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta

propia, de terceros y/o asociada a terceros, en

el país y/o en el extranjero, las siguientes ac-

tividades: ESTABLECIMIENTO GASTRONÓMI-

CO: La explotación comercial de negocios del

ramo de restaurante, pizzería, café, bar, pub y

confitería, despacho de bebidas alcohólicas y

sin alcohol, y toda actividad relacionada con la

gastronomía, la elaboración de comidas para

llevar y casa de comida; podrá además, como

actividad anexa, ofrecer shows musicales, des-

files y espectáculos artísticos; 6) 99 años; 7)

$ 100.000; 8) La administración de la sociedad

estará a cargo del o los socios que se designen

y en forma individual e indistinta, por el término

de TRES AÑOS, pudiendo ser reelegidos, con

el cargo de gerente; Fiscalización: Se prescin-

de; 9) La representación de la sociedad estará

a cargo del o los socios que se designen y en

forma individual e indistinta, por el término de

TRES AÑOS, pudiendo ser reelegidos, con el

cargo de gerente. Se designó como Socio Ge-

rente a: Emilio Andrés PALUCH, quien aceptó

el cargo y constituyó domicilio en Juan F. Seguí

3967, piso quince, dpto. A, CABA. 10) 30/06.

Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 45 de fecha 15/04/2015 Reg. Nº 1397.

ROMINA IVANA CERNIELLO

Matrícula: 5242 C.E.C.B.A.

e. 23/04/2015 Nº 28522/15 v. 23/04/2015