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N° 27990/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 24 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

DEPARTAMENTO JUDICIAL

DOLORES

Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Depar-

tamento Judicial de Dolores, a cargo de la Dra.

Maria Fernanda Hachmann sito en calle Pellegrini

Nº 19 de esta localidad, Secretaría Única de

la Dra. Agustina Franco, en autos caratulados

“CORVALAN GIULIANA NAHIR s/ROBO” corres-

ponde a la carpeta de causa Nº 03689-14 de trá-

mite por ante este juzgado, NOTIFICA A CORVA-

LAN GIULIANA NAHIR, con fecha de nacimiento

el día 24 de agosto de 1998 en la localidad de Villa

Diamante, argentina, con DNI 41.473.815, hija de

Mariana Corvalan, con último domicilio en calle 4

n 6046 e/60 y 61 de la localidad de Mar del Tuyú,

Pdo. de la Costa, que en fecha 26 de febrero del

2015 V.S. ha dispuesto... “RESUELVO: RESUEL-

VO: 1º).- DECLARAR A LA MENOR Giuliana Nahir

Corvalán, nacida el 24 de Agosto de 1998 en la

localidad de Villa Diamante - Pdo. de Lanús, hija

de Mariana Corvalán, Documento de Identidad

Nº 41.473.815, con domicilio en calle 4 Nº 6046

e/60 y 61 de Mar del Tuyú, NO PUNIBLE POR

EDAD, SOBRESEYÉNDOLA DEFINITIVAMENTE

en la Causa Nº 3689-14, Caratulada “Corvalán,

Giuliana Nahir s/Robo”, de trámite ante este Juz-

gado de Garantías del Joven Nº 1 Departamento

Judicial Dolores, NO SOMETIENDO A LA MISMA

A PROCESO PENAL.- 2º).- Declarar que la for-

mación de la presente causa, NO AFECTA SU

BUEN NOMBRE.- 3º).- Encontrándose la menor

ante una eventual situación de vulneración de

derechos y de conformidad con lo expresamente

normado por el Art. 3º de la Ley Nº 13.298, Art.

7 de la Ley Nº 26.061 y Decreto Reglamentario

415/06, siendo los principios rectores del proceso

penal la protección integral de los derechos del

niño, reintegración a la familia y a la comunidad,

mínima intervención y que el niño asuma una ac-

titud constructiva y responsable ante la sociedad,

adquiriendo respeto por los derechos humanos y

las libertades fundamentales de todas las perso-

nas, entre otros, CORRESPONDE Y ASÍ RESUEL-

VO, DAR INTERVENCIÓN a los organismos de

aplicación establecidos en la Ley Nº 13.298, todo

ello a la luz del interés Superior del niño, principio

que forma parte del bloque constitucional (Art. 3,

apartado 1 de la Convención Internacional de los

Derechos del Niño y Art. 75 Inc. 22 de la Cons-

ANTERIORES

EN LO CIVIL

Nº 41/74 C.S.J.N.)

y acreedores de los causantes que más abajo

con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo

Asunto

CABRERA MAXIMO

ELVIRA NELIDA, BRUNINI INES ANA Y BRUNINI

DELIA MARIA JOSEFA

NELIDA ESTHER Y SIBAJA HECTOR ALBERTO

JUAN

HORACIO NAHUM

34 OFICIAL Nº 33.116

titución Nacional), ante la posible vulneración de

derechos que pudiera sufrir Giuliana Nahir Cor-

valán.- NOTIFÍQUESE A LA MENOR, SUS RE-

PRESENTANTES LEGALES O EN SU DEFECTO

AL ASESOR DE MENORES; AL SEÑOR AGENTE

FISCAL Y DEFENSOR.- OFÍCIESE AL SERVICIO

LOCAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

DEL NIÑO QUE CORRESPONDA SEGÚN EL DO-

MICILIO DEL MENOR.- REGÍSTRESE.- FECHO,

ARCHÍVESE LA CAUSA SIN MÁS TRÁMITE.- DE-

VUÉLVASE LA IPP ANTE EL SR. AGENTE FISCAL

CON COPIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A

SUS EFECTOS.

María Fernanda Hachmann, juez de garantías

del joven N° 1.

Ante mí. Luciana Pérez Zamora, auxiliar letrada,

juzgado de garantías del joven nº 1, dpto. judi-

cial Dolores.

e. 23/04/2015 Nº 27990/15 v. 29/04/2015